Registro y autorización de títulos en el área de la salud
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Obtener autorización para el ejercicio de la profesión, en todo el territorio nacional, en el área de la salud, como técnico, tecnólogo y universitario, en las profesiones de psicología y gerontología.
Nota: Las profesiones exceptuadas son: Medicina, jefe de enfermería, bacteriología, químicos farmacéuticos, fisioterapia, fonoaudiología, instrumentadores quirúrgicos, optometría, terapia respiratoria, odontología, nutrición y dietética y terapia ocupacional. Lo anterior, teniendo en cuenta que el registro y autorización del título de dichas profesiones, fue delega a sus respectivos cuerpos colegiados.
VIRTUAL
- Se realiza a través de la Ventanilla Única Digital de Trámites y Servicios.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
Solamente para recibir orientación en información sobre el trámite.
- (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y sábados de 7:00 a.m. a 12:00 m.
- Conmutador SDS (601) 3649090 (extensión 6622 para atención a la ciudadanía) horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- Cualquier duda o inquietud sobre como realizar el trámite en línea, podrá escribirnos al correo electrónico contactenos@saludcapital.gov.co, así mismo podrá acercarse directamente a la Secretaría Distrital de Salud, carrera 32, No. 12 - 81, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. en jornada continua, para resolver sus dudas frente a la realización del trámite por vía electrónica.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónEste trámite no tiene costo.
Como respuesta se obtiene la resolución autorización del ejercicio profesional en todo el Territorio Nacional.
En un término de veinte (20) días hábiles.
Acto administrativo que será remitido por vía correo electrónico al email registrado. Igualmente, se podrá consultar y descargar las veces que sea necesario, directamente en el link: Ventanilla Única Digital de Trámites y Servicios, con el usuario y contraseña asignados.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones requeridas:
- Original escaneado de la cédula de ciudadanía del solicitante.
- Original escaneado del diploma que acredite el título profesional o el de especialista.
- Original escaneado del acta de grado.
Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:
- Para profesionales en psicología: Original escaneado de la tarjeta profesional, expedida por el Colegio Colombiano de Psicólogos COLPSIC.
- Si los títulos fueron obtenidos en el exterior: Original escaneado de la resolución de convalidación.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- Para ciudadanía venezolana con PPT, se debe realizar de forma presencial en la sede principal de la Secretaria Distrital de Salud, carrera 32 No. 12 - 81, primer piso, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. Para este caso, en el que los títulos fuesen obtenidos en la ciudad de Bogotá, los documentos: original y copia de la carta de solicitud del trámite, diploma y acta de grado. Para profesionales en psicología deben aportar la tarjeta profesional de psicología vigente y en el caso de título extranjero, la resolución de convalidación, dichos documentos deben evidenciar como tipo de documento el Permiso de Protección Temporal - PPT.
- Si se requiere copia de una resolución ya expedida, podrá solicitarla directamente a través del siguiente correo electrónico: contactenos@saludcapital.gov.co, indicando: nombre completo, número de identificación, número de la resolución y año de expedición de la resolución.
- Una vez el solicitante obtiene su resolución de registro y autorización de su título en el área de la salud, la Secretaria Distrital de Salud, los primeros cinco (5) días hábiles del mes subsiguiente a la expedición del acto administrativo, procederá a remitir al Ministerio de Salud y Protección Social en archivo plano, la información respectiva para su correspondiente cargue en la plataforma “Registro Único del Talento Humano en Salud – RETHUS”
- A partir del 27 de abril de 2015, de acuerdo a lo señalado en la Resolución 0087 de 2015, los químicos farmacéuticos no solicitan Resolución para el ejercicio de la profesión ante esta Secretaría. Deben hacer el trámite ante el respectivo colegio.
- A partir del 01 de junio de 2015, de acuerdo a lo señalado en la Resolución 0721 de 2015, los bacteriólogos y laboratoristas clínicos no solicitan Resolución para el ejercicio de la profesión ante esta Secretaría. Deben hacer el trámite ante el respectivo colegio. Igualmente para la profesión de fisioterapia según la Resolución 0382 de 2015.
- A partir del 15 de julio y según indicaciones del Ministerio de Salud y Seguridad Social, entrarán la vigencia la Resolución 0085 de 2015 para enfermería y Resolución 1395 de 2015 para médicos en las cuales se dará competencia a estos tres colegios para el registro de los títulos de estas profesiones, y ya la Secretaría Distrital de Salud no emitirá las Resoluciones para el ejercicio profesional.
- Los auxiliares de enfermería si deberán realizar el trámite de inscripción de su título ante la Secretaria Distrital de Salud, de acuerdo con la información consignada en el presente trámite.
- Usted podrá consultar aquí el Manual del Usuario.
¿Qué se debe hacer?
- Diligenciar el formulario electrónico.
- Ingresar al siguiente link: "Ventanilla Única Digital de Trámites y Servicios" a través de la página web de la Secretaría Distrital de Salud. (No aplica para ciudadanía de nacionalidad venezolana, que tenga Permiso de Protección Temporal PPT. Para este caso se debe realizar el trámite de forma presencial en la sede principal de la Secretaria Distrital de Salud, carrera 32 No. 12 - 81, primer piso, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.)
- Registrarse como "personal natural" diligenciando toda la información de forma verídica y completa, asegurándose de registrar correctamente el correo electrónico de contacto.
- Posteriormente, recibirá un correo electrónico con su usuario y contraseña para el ingreso a la plataforma.
- Una vez haya ingresado a la plataforma, usted deberá dar clic en el trámite "Registro y autorización de títulos en el área de la salud"
- Posteriormente, deberá diligenciar todos los campos, adjuntando de forma completa y legible cada uno de los documentos exigidos en formato PDF y que no superen los tres (3) MB por documento. (Favor tener en cuenta el Manual de usuario Ventanilla de trámites).
- Atender requerimientos si es necesario.
- Ley 1164 de 2007, "Por la cual se dicta disposiciones en materia del Talento Humano en Salud"
- Decreto 780 de 2016" Por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social"
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