Terapia
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Acceder a tratamientos para la habilitación o rehabilitación integral del paciente.
Solicitar la cita en uno de los canales de atención.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea gratuita 01 8000 118181 lunes a sábado 6:00 a.m. a 8:00 p.m.
- Línea Fija (601) 3078181 lunes a sábado de 6 a.m. a 8 p.m.
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- www,subredsur.gov.co.
- contactenos@subredsur.gov.co.
PRESENCIAL
Ver puntos de Atención- Según la terapia y actividad solicitada y el tipo de afiliación del usuario.
- Como respuesta se obtiene la atención terapéutica.
- En 1 hora.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Original de orden médica con la solicitud del tipo de terapia.
- Original de autorización del servicio, entregada por parte de la Entidad Promotora de Salud – EPS del régimen subsidiado, en caso de ser necesaria.
- Estar afiliado a la Entidad Promotora de Salud - EPS del régimen subsidiado que tenga convenio con la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E.
En caso de ser población vinculada:
Si se encuentra clasificado en el SISBÉN en los siguientes grupos, acérquese a una EPS del régimen subsidiado para realizar la afiliación en salud:
- Grupo A: Conformado por 5 subgrupos (desde A1 hasta A5).
- Grupo B: Conformado por 7 subgrupos (desde B1 hasta B7).
- Grupo C: Conformado por 18 subgrupos (desde C1 hasta C18).
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- Original de la cédula de ciudadanía.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- Tarjeta de identidad para menores de 18 años y mayores de 7 años.
- Registro civil de nacimiento para menores de 7 años.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- Cédula de extranjería.
En caso de no poder asistir a la cita, realizar la cancelación con 3 horas de anticipación, comunicándose a:
- (601) 3078181 y a la línea gratuita 01 8000 118181 lunes a sábado de 6 a.m. a 8 p.m.
- De manera presencial en el punto de atención.
¿Qué se debe hacer?
Solicitar la cita en uno de los canales de atención.
Realizar el pago: se debe realizar según la terapia y actividad solicitada y el tipo de afiliación del usuario.
Asistir con veinte (20) minutos de anticipación a la terapia en la fecha y hora programada, presentando los documentos requeridos.
- Ley 528 de 1999, (Artículo 1, título VI capítulo I, III y IV) “Por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de fisioterapia, se dictan normas en materia de ética profesional y otras disposiciones”.
- Resolución 5261 de 1994, (Artículo 5 Parágrafo, 18, 49, 52) “Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud."
- Ley 23 de 1981, (Artículos 10, 12, 13)“por lo cual se dictan Normas en Materia de Ética Médica”.
- Acuerdo 641 de 2016, (Todos): “Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones.”
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