Registro de movilizadores de aceite usado en Bogotá, Distrito Capital.
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Toda persona natural o jurídica que realice la actividad de movilización de aceites usados debe adelantar el trámite de registro ambiental para la movilización de aceites usados ante la Secretaría Distrital de Ambiente; presentar mensualmente el reporte de movilización de aceite usado, con el fin de registrar y controlar la información concerniente al movimiento de aceites usados. (Recolección en las instalaciones de un acopiador primario o secundario, tipo de transporte utilizado y entrega en las instalaciones de un acopiador secundario, un procesador o un dispositor final).
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud.
- Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
VIRTUAL
- CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
- El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
- Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
- Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.
La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:
- Observatorio ambiental de Bogotá: https://oab.ambientebogota.gov.co/.
- Observatorio regional ambiental y de desarrollo sostenible del río Bogotá: https://www.orarbo.gov.co/.
- Visor geográfico ambiental de Bogotá: https://visorgeo.ambientebogota.gov.co/.
Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.
- Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:
Corresponsal Ambiental:
- Twitter: @AMBcorresponsal.
- Facebook: http://www.facebook.com/SoyCorresponsalAmbiental.
- Instagram: @corresposal_ambiental.
- Proyecto de ciencia ciudadana participativa en naturalista Colombia: https://colombia.inaturalist.org/people/ corresponsalambiental.
Secretaría Distrital de Ambiente:
- https://www.tiktok.com/@ambientebogota.
- https://www.youtube.com/user/AmbienteBogota.
- https://twitter.com/Ambientebogota.
- https://www.instagram.com/ambiente_bogota/.
- https://www.facebook.com/AmbienteBogota/.
Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.
PRESENCIAL
HORARIO DE ATENCIÓN.
- SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
- CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
SEDE PRINCIPAL Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Realizar el pago de la evaluación de la licencia ambiental:
- Ingresar al Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y seguir con las instrucciones para la liquidación del servicio y establecer el valor a cancelar.
- Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente.
Resolución que otorga o niega la solicitud de registro de movilización de aceite usado en el perímetro urbano de Bogotá, Distrito Capital.
Tiempo de respuesta: Aproximadamente 90 días hábiles.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.
Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
- En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).
"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."
En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.
¿Qué se debe hacer?
1. Descargar y diligenciar los siguientes formatos:
- Lista chequeo Solicitud registro único movilización aceites usados.
- Solicitud registro ambiental para la movilización de aceites usados.
2. Radicar los documentos en alguno de los puntos de atención o en nuestros canales virtuales.
El movilizador tendrá la responsabilidad de hacer la presentación del informe mensual de movilizador de aceites usados durante los primeros diez (10) días de cada mes, entregando el original de cada registro de movilización en orden consecutivo, incluyendo aquellos que hubieren sido anulados.
Nota:
- Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
- En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
- Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
- Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear.
- Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
- Ley 99 del 22 de Diciembre de 1993. Congreso de Colombia: Por la cual se crea el MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental –SINA y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 2811 del 18 de Diciembre de 1974: Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
- Decreto 959 del 1 de Noviembre de 2000. Alcaldía Mayor de Bogotá: Por el cual se compilan los textos del Acuerdo 01 de 1998 y del Acuerdo 12 de 2000, los cuales reglamentan la publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital de Bogotá.
- Decreto 1609 de julio 31 de 2002. Presidencia de la República – (compilado en Decreto 1079/2015 – Min transporte): Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.
- Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005. Ministerio de ambiente, vivienda y desarrollo territorial - (compilado en Decreto 1076/2015 – MADS): Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y manejó de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
- Decreto 109 del 16 de Marzo de 2009. Alcaldía Mayor de Bogotá: Por el cual se modifica la estructura de la Secretaría Distrital de Ambiente y se dictan otras disposiciones.
- Decreto 175 del 04 de Mayo de 2009. Alcaldía Mayor de Bogotá D.C: Por el cual se modifica el Decreto 109 de Marzo 16 de 2009.
- Resolución 1188 del 1 de septiembre de 2003. Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente: Por la cual se adopta el manual de normas y procedimientos para la gestión de aceites usados en el Distrito Capital.
- Resolución 3074 del 26 de Mayo de 2011. Secretaría Distrital de Ambiente: Por la cual se delegan unas funciones y se deroga una resolución.
- Ley 1564 de 2012: Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.
- Ley 1437 de 2011: Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
- Resolución 019 de 2012 Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública.
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