La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) estableció para las notarías de Bogotá un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m., cambio que regirá del 16 de julio al 1 de agosto.
Las notarías 79 y 80, que prestan el servicio en el Aeropuerto Internacional el Dorado, continuarán con sus jornadas así: Notaria 80, de lunes a domingo de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. Notaría 79, de 1:00 p.m. a 6:00 p.m. Así mismo, se mantiene la prestación del servicio los sábados de acuerdo a los turnos establecidos.
Cabe recordar que en Bogotá aplica la medida de 'Pico y Cédula', por lo cual los ciudadanos podrán realizar sus trámites presenciales dependiendo del último dígito de su cédula de ciudadanía, así: dígito par no puede salir los días pares; y dígito impar, no puede salir los días impares.
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Respecto de las medidas de bioseguridad establecidas por la SNR, cada notario debe continuar implementándolas. Algunas de ellas son:
Elaborar actas de control de ingreso de usuarios a los despachos.
Desinfectar el captor biométrico antes de su uso por cada usuario. Según las recomendaciones sanitarias, este proceso de limpieza debe hacerse cada vez que se utilice el dispositivo.
El uso de sensores de huella solamente debe ser utilizado por personal autorizado, designado por el notario. De esta manera, se disminuye el número de personas que tienen contacto con estos equipos.
Tener a disposición de trabajadores y usuarios elementos necesarios para el lavado de manos.
#Atención a partir del 16 de julio hasta el 01 agosto, las notarías en Bogotá prestarán el servicio de lunes a viernes de 9 a.m a 4 p.m. Las Notarías que atienden en el aeropuerto internacional El Dorado siguen con el horario de 8 a.m a 6 p.m. Se mantienen los turnos los sábados pic.twitter.com/j53dodyKv5
— Supernotariado (@Supernotariado) July 13, 2020
Servicio a domicilio
Continúa la prestación del servicio a domicilio, en especial a personas en situación de vulnerabilidad y sujetos de especial protección constitucional. Sin embargo, se mantiene la suspensión del mismo en clínicas, hospitales y en establecimientos penitenciarios y carcelarios.
Para este caso también se tomarán estas medidas de bioseguridad:
Se debe verificar que el usuario al que se le prestará el servicio no haya ingresado recientemente a Colombia proveniente de países con casos de Covid-19, o que se encuentre en aislamiento debido a contagio de este virus.
Es obligatorio el uso del tapabocas, la toma de temperatura y el lavado de manos antes y después de haber facilitado el servicio.