¡Aquí sí pasa! La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) y la Secretaría Jurídica Distrital (SJD), expidieron la Circular Conjunta 009 de 2025, que precisa los cambios relacionados con el Registro de Información Tributaria (RIT) para fortalecer la transparencia y simplificar los trámites en la ciudad.
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El RIT es el documento mediante el cual la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) identifica a las personas naturales y jurídicas que tienen obligaciones con el Distrito.
Con esta circular, se aclara que:
- El RIT no tiene fecha de vencimiento.
- Solo debe actualizarse si cambian los datos del titular.
- Ninguna entidad distrital puede exigir el RIT como requisito previo para vinculación laboral o contractual.
- La verificación del RIT corresponde exclusivamente a la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH).
"Con esta aclaración, seguimos avanzando hacia una ciudad más ágil, donde los trámites sean sencillos, confiables y estén al servicio de la gente", afirmó Adriana Vargas, Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Así dio a conocer la Secretaría General esta novedad a través de Instagram:
Esta medida hace parte de la estrategia BogotáÁgil, orientada a eliminar pasos innecesarios en los procesos administrativos y promover una relación más transparente y eficiente entre la administración distrital y la ciudadanía.
La simplificación de este trámite se suma a los ahorros generados de cerca de 19.000 millones de pesos para la ciudadanía y las entidades del Distrito.
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Todas las entidades distritales deberán ajustar sus manuales de contratación para dar cumplimiento a lo establecido en la Circular Conjunta.
Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá https://secretariageneral.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.







