En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa trabajamos por proyectos innovadores que fortalecen la infraestructura y promueven el desarrollo sostenible. Bogotá pondrá en marcha el mecanismo de Obras por Impuestos como una herramienta estratégica que le permita a los contribuyentes, personas naturales o jurídicas, destinar un porcentaje de sus obligaciones tributarias al financiamiento directo de proyectos de inversión pública de importancia estratégica y trascendencia social en la ciudad.
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Uno de los proyectos a los que podrán vincularse los contribuyentes corresponde a la implementación y puesta en operación de los sistemas solares fotovoltaicos (paneles solares), que harán parte del programa de comunidades energéticas en zonas urbanas y rurales en Bogotá.
Este proyecto, con una inversión de $15.800 millones, se desarrollará en los Centros de Felicidad del Tunal y San Cristóbal.
“Hoy abrimos la primera convocatoria, buscamos un proyecto que es muy importante para la comunidad, el proyecto de comunidades energéticas, ver avanzar este proceso es un motivo de orgullo para nosotros y esperamos ver pronto nuestra primera obra por este esquema. Bogotá es la primera entidad territorial en Colombia que implementa el mecanismo, la nación hace unos años viene avanzando en ese sentido, y sobre eso hemos querido construir”, indicó Ana María Cadena, secretaria de Hacienda.
Requisitos de participación
Desde este 1.° de octubre, los interesados podrán presentar su solicitud de vinculación enviando al correo obrasporimpuestos@shd.gov.co la siguiente documentación:
- Carta de solicitud firmada por el representante legal
- Certificación de ingresos brutos superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario (UVT) ($1.673.744.390 para 2025)
- Copia de la declaración del impuesto sobre la renta o certificación de contador
- Certificación de patrimonio contable que indique que el valor del proyecto no supera el 30 % del mismo
- Certificados de RUT y RIT
- Certificado de la Junta Directiva (si aplica)
- Documento de identificación (para personas naturales)
- En caso de proyectos con varios contribuyentes: solicitud conjunta, NIT de cada entidad, aportes individuales y cumplimiento de requisitos por cada participante
- Los demás documentos previstos en los anexos técnicos sectoriales del Manual Operativo, disponibles en el siguiente enlace: https://www.haciendabogota.gov.co/es/normatividad/resolucion-shd-000066-parte-2
Fechas clave
- Cierre de la convocatoria: 7 de octubre
- Conclusión de la verificación de requisitos: 10 de octubre
Contexto normativo
Este instrumento de Obras por Impuestos para Bogotá está sustentado en el artículo 287 del Acuerdo 927 de 2024, que hace parte del Plan Distrital de Desarrollo Bogotá Camina Segura, y en el Decreto 054 de febrero 6 de 2025, cuyo propósito es garantizar una implementación eficiente, transparente y alineada con las prioridades del Distrito Capital.
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Este mecanismo de Obras por Impuestos es una herramienta que fortalece la infraestructura de la ciudad, fomenta la participación ciudadana y promueve el desarrollo social y económico de Bogotá.
Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co/es . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.







