La Secretaría Distrital de Gobierno le recuerda a los ciudadanos de Bogotá, dueños y cuidadores de ejemplares caninos, que se debe realizar el registro de los perros potencialmente peligrosos, a través de las Alcaldías Locales de la ciudad.
Elaborar una carta dirigida al alcalde o alcaldesa local especificando: nombre del ejemplar canino; identificación y lugar de ubicación de su propietario, con su dirección de residencia y teléfono y una descripción que contemple las características o los genes del ejemplar canino que hagan posible su identificación.El registro se debe hacer en la Alcaldía Local a la que corresponda el barrio en el que vive la mascota, siguiendo cada uno de los siguientes pasos:
Adicional a la carta, la persona que elabore el registro deberá adjuntar dos fotos del propietario tamaño 3x4, dos fotos del canino tamaño 3x4, fotocopia de la cédula de ciudadanía, fotocopia del carné de vacunas y póliza de responsabilidad civil extracontractual.
Durante el trámite de registro tenga en cuenta esta información.
En caso de ser requerido consulte la normatividad aplicable:
Ley 746 de 2002 "Por la cual se regula la tenencia y registro de perros potencialmente peligrosos"
Resolución 1644 de 2000 "Por medio de la cual se dicta el reglamento que ordena el Acuerdo 036 de 1999"
Acuerdo 079 de 2003, númeral 9 del Artículo 12, “Por el cual se expide el código de policía de Bogotá D.C.”
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