Este es el pico y placa en Bogotá para el servicio de transporte especial en agosto de 2026

3·AGO·2026
El servicio de transporte especial incluye automóviles, camionetas o camperos de cuatro pasajeros (sin incluir conductor).
Foto de un vehículo de transporte especial rodando por las calles de Bogotá Foto: Secretaría Distrital de Movilidad.
Los domingos y festivos no aplica la restricción de circulación para este tipo de vehículos en la capital del país.

Conoce cómo funciona la medida de pico y placa para vehículos de servicio de transporte especial, que incluye automóviles, camionetas o camperos de cuatro pasajeros (sin incluir conductor), del 1 al 31 de agosto de 2026 en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa. Aquí encuentras el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM). ¡Aquí sí pasa! 

No olvides leer: Así opera el pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante agosto de 2026

La medida para vehículos de servicio de transporte especial funciona de lunes a sábado, de 5:30 a. m. a 9:00 p. m. Los domingos y festivos no aplica la restricción. 

Así opera el pico y placa para el servicio de transporte especial en Bogotá durante agosto de 2026

Semana del 1 al 2 de agosto

  • Sábado 1 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Domingo 2 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

Semana del 3 al 9 de agosto

  • Lunes 3 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Martes 4 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.

  • Miércoles 5 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

  • Jueves 6 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

  • Viernes festivo 7 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

  • Sábado 8 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Domingo 9 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

Semana del 10 al 16 de agosto

  • Lunes 10 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.

  • Martes 11 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

  • Miércoles 12 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

  • Jueves 13 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Viernes 14 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Sábado 15 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.

  • Domingo 16 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

Semana del 17 al 23 de agosto

  • Lunes festivo 17 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

  • Martes 18 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

  • Miércoles 19 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Jueves 20 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Viernes 21 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.

  • Sábado 22 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

  • Domingo 23 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

Semana del 24 al 30 de agosto

  • Lunes 24 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

  • Martes 25 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Miércoles 26 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

  • Jueves 27 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 7, 8, 9 y 0.

  • Viernes 28 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 9 y 0.

  • Sábado 29 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8.

  • Domingo 30 de agosto: no aplica la medida de pico y placa. 

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31 de agosto

  • Lunes 31 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 0.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) https://www.movilidadbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
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