¿Hay pico y placa durante la cuarentena nacional?

Calle de Bogotá muy transitada
Habrá restricción total de vehículos hasta el 13 de abril.
Publicado:
17
Jun
2020
Escucha la noticia

Vehículos particulares

Durante la vigencia de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio previstas por los gobiernos nacional y distrital regirá la restricción total a la circulación de vehículos, por esta razón no aplica el Pico y Placa para vehículos particulares en Bogotá. Podrán circular las personas y vehículos necesarios para cumplir con las actividades excepcionadas.

Transporte público colectivo (SITP Provisional)

Se levanta temporalmente el Pico y Placa para estos vehículos en Bogotá, permitiéndose la circulación de vehículos de Transporte Público Colectivo sin restricción alguna en el perímetro urbano de la ciudad.

Taxis

Continúa la restricción de circulación para los taxis de Bogotá de acuerdo con el último dígito de la placa entre las 5:30 y las 21:00 horas de lunes a sábado.

Vehículos de servicio público especial

Continúa la restricción de circulación de vehículos de servicio público de transporte terrestre automotor especial, clase automóvil, camioneta o campero, con capacidad para cuatro (4) pasajeros (sin incluir conductor), conforme al último dígito de la respectiva placa, entre las 5:30 y las 21:00 horas, de lunes a sábado.

Transporte de carga

Para los vehículos de transporte de carga, aplican las restricciones establecidas en los decretos distritales 840 de 2019 y 077 de 2020. Es decir, los vehículos de transporte de carga tendrán restricción de circulación para los automotores de más de 20 años entre las 6:00 a.m. y la 8:00 a.m. y la 5:00 p.m. y las 8:00 p.m. de lunes a viernes.

Adicionalmente, los sábados tendrán restricción rotativa de 5:00 de la mañana a 9:00 de la noche, de acuerdo con el último dígito de la placa (par /impar).

 

pico y placa junio

De la misma manera, la restricción también aplica para las camionetas de más de 20 años con carrocería, estacas, estibas, furgón y panel.