Solicitud de imágenes del archivo digital del Museo de Bogotá

¿Qué es y para qué sirve?

El Museo de Bogotá tiene una amplia colección de fotografías y planos cartográficos de la historia de Bogotá, material útil para investigadores, estudiantes y personas que difunden el patrimonio cultural, por lo que el museo presta el servicio de entrega de copias digitales y autorización de reproducción de las mismas. Esto de acuerdo a los lineamientos de la subdirección de divulgación del patrimonio cultural relacionados con la difusión del patrimonio.  

Antes de realizar su solicitud mediante el formato y guía para solicitud de imágenes, puede solicitar información y cita para la revisión de la base de datos escribiendo a la dirección de correo electrónico: archivodigitalmdb@idpc.gov.co.


TELEFÓNICO

Para consultas, inquietudes y solicitud de citas para asesoría técnica, presencial o virtual puede llamar a los siguientes teléfonos:

  • (601) 355 0800 Ext. 5029.
  • Celular: 315 869 5159.
  • Línea gratuita: 195 atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.

VIRTUAL

El IDPC cuenta con los siguientes correos electrónicos:

  • atencionciudadania@idpc.gov.co para consultas, inquietudes o solicitud de información.
  • archivodigitalmdb@idpc.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

 Costo: El servicio no tiene ningún costo.

El Museo de Bogotá facilita el acceso a las copias digitales de sus colecciones con fines de investigación, enseñanza o difusión cultural, científica y otros proyectos en los que se considere pertinente su uso.

    • Queda totalmente prohibida la realización de duplicados del material entregado o la cesión del mismo a terceros sin el conocimiento y la autorización previa del Museo.
    • El Museo de Bogotá suministrará las imágenes en la resolución que disponga en el momento de tramitar la solicitud.
    • En todos los casos las imágenes deberán ser solicitadas exclusivamente por mayores de edad.
    • En el ejercicio de los derechos que le confiere la Ley 23 de 1982 sobre derechos de autor, y los convenios internacionales sobre derecho de autor ratificados por Colombia, el Museo de Bogotá otorga autorización de uso de las imágenes de sus colecciones en las siguientes condiciones:
  1. La autorización de reproducción no confiere ningún derecho de propiedad intelectual o industrial.
  2. La empresa editora o particular se compromete a dar los créditos al Museo de Bogotá como depositario del original reproducido, haciendo constar que los derechos de reproducción le pertenecen con el símbolo de copyright (©) al Museo de Bogotá y al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), de la siguiente manera: “Título / Autor / Fecha / Número de registro /© Colección Museo de Bogotá”, y cualquier otra que sea indicada por el Museo, quien facilitará los datos de identificación de la(s) imagen(es).
  3. La autorización de reproducción se concede para un solo uso, y exclusivamente para la finalidad indicada en la solicitud. Cualquier reedición de la obra deberá contar con un nuevo permiso de reproducción.
  4. La autorización de reproducción se concede para un solo idioma, que ha de ser debidamente especificado en la solicitud. La edición en idioma o idiomas distintos al originalmente señalado deberá ser nuevamente solicitada y autorizada.
  5. El Museo de Bogotá – IDPC podrá solicitar en contraprestación una copia física o digital del material producto del uso de las imágenes del Museo de Bogotá que le hayan sido entregadas. En dado caso, la persona solicitante se compromete a entregar el material dentro de los seis (6) meses siguientes a la publicación; si cumplida la fecha no se ha recibido dicho material, el usuario no podrá volver a acceder al servicio. 
  6. En los casos en que los derechos patrimoniales de las obras no pertenezcan al dominio público o al museo, el solicitante deberá tramitar los permisos requeridos con los derechos habientes de las obras, y entregarlos al museo para que este pueda proceder a entregar de las imágenes.

¿Qué se debe hacer?

  • En todos los casos:
  1. Las solicitudes para obtener copias digitales de las colecciones del Museo de Bogotá, o de autorización de reproducción sobre las mismas, se enviarán por correo electrónico a la dirección: archivodigitalmdb@idpc.gov.co
  2. Si transcurriera un mes sin que el solicitante realice las gestiones necesarias para proseguir la tramitación de su solicitud, la misma se considerará caducada y se procederá a su archivo.
  3. Queda expresamente prohibido que el solicitante utilice el nombre o el logotipo del Museo de Bogotá para fines publicitarios o comerciales, a menos de que se hayan solicitado y autorizado.
  4. El Museo de Bogotá no se responsabiliza del uso que pueda hacerse de las reproducciones en contra de la Ley de Propiedad Intelectual o cualquiera otra disposición legal, y se reserva el derecho a emprender las acciones legales que considere oportunas contra quienes incumplan las condiciones expresadas en este formato de solicitud.
  5. Si le es enviado al usuario el enlace de descarga con las imágenes y créditos y este deja vencer la caducidad de los mismos (5 días), el solicitante debe reiniciar el trámite de su solicitud.
  6. Para que esta solicitud tenga validez, la solicitud debe estar debidamente diligenciada por el solicitante, firmada y aprobada por la persona encargada de la Subdirección de Divulgación del Instituto Distrital de Patrimonio Cultural.
  • El máximo de imágenes que se pueden solicitar por usuarios externos al IDPC es de veinte (20) por solicitud o proyecto. La solicitud de un número mayor de imágenes deberá ser justificada por el solicitante en el Motivo de la solicitud para ser evaluada por la gerencia del Museo de Bogotá.
  • Para programas de televisión de tipo histórico o documental se solicitará una (1) copia digital del material audiovisual, así como los créditos institucionales, que tendrán como destino el Centro de Documentación del IDPC. Si al transcurrir seis (6) meses de la publicación no se han recibido dichos ejemplares, el usuario no podrá volver a acceder al servicio.
  • En los casos en que los derechos patrimoniales de las obras no pertenezcan al dominio público o al Museo de Bogotá, el solicitante deberá tramitar los permisos requeridos con los derechohabientes de las obras, y entregarlos al museo para que éste pueda proceder a la entrega de las imágenes.

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