Concepto sanitario a comercio y transporte de alimentos no vence: Sec. de Salud

Concepto sanitario a comercios y transporte de alimentos no vence Foto. Secretaría de Salud.
La Secretaría de Salud vigila las condiciones higiénicas y sanitarias de los establecimientos de alimentos para prevenir afectaciones a la salud pública.
Publicado:
18
Abr
2022
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La Secretaría de Salud de Bogotá se permite aclarar a la ciudadanía que el concepto sanitario que emite, como autoridad competente, a los establecimientos de comercio de alimentos abiertos al público, así como a los vehículos de transporte de alimentos o medicamentos, no tiene un termino de caducidad, debido a que la entidad realiza un proceso integrado de inspección, vigilancia y control sin definición legal de un tiempo determinado, sino de manera permanente a estos lugares.

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De esta manera, la entidad informa que una vez el concepto sanitario es emitido, este se mantiene vigente hasta cuando la Secretaría de Salud expida otro que lo reemplace, luego de hacer una evaluación y visita de inspección sanitaria previa, que certifique que el establecimiento vehículo cumple con las normas sanitarias exigidas.

La entidad reitera que tanto la visita de inspección, vigilancia y control sanitario, como la obtención del concepto sanitario son de acceso gratuito y están regulados por el artículo 126 del Decreto 019 de 2012, reglamentado por la Resolución 2674 de 2013 y la Resolución 1229 de 2013: “Por la cual se establece el modelo de inspección, vigilancia y control sanitario para los productos de uso y consumo humano”.

En el siguiente trino, la Secretaría Distrital de Salud amplía esta información:

¿Qué es un concepto sanitario?

La Secretaría Distrital de Salud, como autoridad sanitaria, realiza visitas de inspección para determinar si los establecimientos de comercio como restaurantes, expendios de carnes o vehículos de transporte de alimentos o medicamentos, cumplen con la norma y protegen la salud de los ciudadanos. Como resultado de las visitas de inspección, se diligencia un acta y se emite un concepto sanitario, el cual puede ser:

  • Favorable: cuando se cumple con todo lo evaluado y establecido en el acta.
  • Favorable con requerimientos o pendiente: cuando existen aspectos pendientes por cumplir, aunque estos no generan riesgo a la salud.
  • Desfavorable: cuando se incumple con lo establecido por la norma.

Si requieres más información sobre los requisitos que debe cumplir un establecimiento de alimentos o a quienes regula y vigila la Secretaría de Salud, te invitamos a consultar la página web 👉 Negocios Saludables, Negocios Rentables.