Requisitos sanitarios para crear un negocio de alimentos en Bogotá, consúltalos

Imagen de un expendio de carne en Bogotá
Los restaurantes o expendios de carne deben inscribirse y solicitar autorización sanitaria a la Secretaría de Salud de Bogotá. Foto. Secretaría de Salud.
Publicado:
12
Oct
2021
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Si estas pensando en abrir un negocio de venta de alimentos como: un restaurante o un establecimiento de expendio y/o almacenamiento de carne y productos cárnicos comestibles, ten en cuenta que debes cumplir con una serie de requisitos sanitarios expedidos a nivel nacional y solicitar la autorización sanitaria a la Secretaría de Salud de Bogotá.

De esta manera, todos los establecimientos que son objeto de inspección, vigilancia y control sanitario deben vincularse al proceso de autorregulación, el cual busca que todos los propietarios o representantes legales de establecimientos de Bogotá, aseguren el cumplimiento de los requisitos vigentes y no generen riesgos a la salud de los habitantes y visitantes de la capital.

La Secretaría Distrital de Salud habilitó la página web 👉 'Negocios Saludables, Negocios Rentables', por medio de la cuál se explica toda la información sanitaria que se debe cumplir y además permite hacer la inscripción, autoevaluación, solicitud de concepto y autorregulación de estos establecimientos. 

A continuación, te compartimos cuáles son los requisitos para crear tu negocio de alimentos en Bogotá:

✔ Requisitos para crear un restaurante 

Los restaurantes son establecimientos dedicados a la preparación y consumo de alimentos y se encuentran regulados por la Ley 09 de 1979 del Código Sanitario Nacional y por la Resolución 2674 de 2013, entre otras normas. Dicha normativa puede ser consultada en la página web saludambiental.saludcapital.gov.co.

Una vez conozcas las normas, hay que registrarse en la página web de Secretaría de Salud 👉 'Negocios Saludables, Negocios Rentables', luego verificar que cumples con todos los requisitos, solicitar una visita al establecimiento y luego asegurarte de mantener el cumplimiento de las normas en tu establecimiento. 

Aquí, los requisitos:

1. Documentación

En el establecimiento siempre deberán estar disponibles los siguientes documentos:

Plan de saneamiento: Incluye programas de limpieza y desinfección, manejo de desechos sólidos y control integrado de plagas.

Plan de capacitación continuo y permanente: Debe contener metodología, duración, docentes, cronograma y temas.

Certificación médica del personal que trabaja en el establecimiento: En esta certificación debe constar su aptitud o no para manipular alimentos.

2. Condiciones del establecimiento

Buenas prácticas de manufactura

  • Los pisos deben ser construidos en material sanitario no poroso ni absorbente, de fácil lavado y desinfección.
  • Las paredes continuas y de tonos claros, con materiales resistentes, impermeables y no porosos.
  • Techos diseñados de manera que eviten la acumulación de suciedad, la condensación y la formación de hongos.
  • Recipientes con tapa para almacenamiento de residuos en suficiente cantidad.
  • Suministro permanente de agua potable y conexión a alcantarillado.

Equipos y utensilios

Los restaurantes deben disponer de suficiente cantidad de equipos y utensilios, en buenas condiciones de mantenimiento, fabricados con materiales sanitarios que no contaminen los alimentos, que no sean porosos ni absorbentes; con acabado liso y sin grietas, defectos ni otras irregularidades para manipular alimentos.

3. Personal manipulador

  • El personal del establecimiento debe contar con certificación médica, en la cual conste su aptitud o no para manipular alimentos.
  • Debe seguir el procedimiento de higiene de manos conforme con la norma.
  • Ejecutar procedimientos de limpieza y desinfección según el plan de saneamiento (áreas, superficies, herramientas y equipos de trabajo).
  • Debe utilizar uniforme completo de color claro.
  • Tomar las medidas necesarias para que los alimentos no se contaminen. Ejemplos: no manipular dinero, no manipular alimentos sin uso de guantes, usar tapabocas de forma apropiada, aplicar permanentemente las buenas prácticas de manufactura (BPM).

4. Materias primas e insumos

Se deberá verificar el estado de todos los productos que ingresan al establecimiento. Luego deben ser sometidos a lavado con agua potable antes de su preparación. El almacenamiento de los productos debe realizarse según las condiciones de temperatura requeridas para su conservación (ambiente, refrigeración, congelación). Así mismo, se debe garantizar la rotación de los productos.

Recuerda: el registro o inscripción de establecimientos es obligatorio para todo tipo de negocio. Ingresa aquí para hacer el proceso de registro 👉 'Negocios Saludables, Negocios Rentables'.

✔ Requisitos para crear un expendio y/o almacenamiento de carne y productos cárnicos comestibles

Estos establecimientos son los que expenden, almacenan y comercializan carne y productos cárnicos comestibles para consumo humano, y que adelantan la actividad secundaria de desposte o desprese en el mismo establecimiento, siempre y cuando se efectúe la venta directa y abierta al público.

Deben inscribirse y solicitar la autorización sanitaria a la Secretaría Distrital de Salud en la página web www.saludcapital.gov.co, botón 👉 'Negocios Saludables, Negocios Rentables'.

Estos son los requisitos que se deben cumplir:

1. Adecuada conservación de los productos cárnicos

  • La carne y los productos cárnicos comestibles no deben estar expuestos al medio ambiente; deben permanecer dentro de equipos que permitan mantener la cadena de frío.
  • Deben contar con indicadores y sistema de registro de temperaturas.
  • Deben contar con un sistema de refrigeración con la capacidad de almacenar el volumen de carne que comercializa, para mantener la temperatura a la cual fueron recibidos los productos cárnicos comestibles.

2. Temperaturas para la conservación de cárnicos

Las temperaturas establecidas en la normatividad sanitaria vigente son: Bovino, porcino y orden Crocodilia.

  • Refrigeración: Canal, menor o igual a 7 °C medidos en el centro de la masa muscular. Productos cárnicos comestibles, 5 °C (solo bovinos y porcinos).
  • En congelación: -18 °C o menor.

Aves de corral

  • Refrigeración: Canales y sus partes, de -2 a 4 °C; productos cárnicos comestibles, máximo 4 °C.
  • En congelación: Canales, sus partes y productos cárnicos comestibles a -18 °C o menos.
  • Se debe contar con los soportes para garantizar que la carne y los productos cárnicos comestibles provienen de plantas de beneficio autorizadas e inspeccionadas por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA).
  • La carne y los productos cárnicos se deben almacenar de forma separada.
  • Los utensilios empleados en el expendio se deben encontrar en buenas condiciones, de tal forma que protejan el producto de daños en el empaque.
  • Queda prohibido el uso de madera u otros materiales que no sean sanitarios.
  • Deben contar con termómetros calibrados y en perfecto estado de funcionamiento.

3. Vehículos transportadores de carne o productos cárnicos comestibles

Los vehículos que transporten carne o productos cárnicos comestibles también deben estar autorizados por la Secretaría Distrital de Salud. La inscripción debe hacerse en la página web 👉 'Negocios Saludables, Negocios Rentables'.

Todo vehículo debe cumplir los siguientes requisitos sanitarios:

  • Estar construido en material sanitario.
  • Garantizar limpieza y desinfección.
  • Mantener la temperatura del producto de acuerdo con lo establecido en la normatividad sanitaria (unidad de frío, registro de temperaturas).
  • Los utensilios deben estar en buenas condiciones sanitarias para evitar la contaminación del producto (daño al empaque).
  • Contar con una barrera que proteja la carne del exterior.
  • Los productos no deben entrar en contacto directo con el piso.
  • La cabina del conductor debe estar separada físicamente de la unidad de transporte. 
  • Contar con soporte de procedencia.
  • Los productos cárnicos comestibles y la carne podrán transportarse en la misma unidad de transporte siempre y cuando cuenten con separación física que garantice independencia.
  • No transportar en un mismo vehículo carne de diferentes especies de animales para consumo humano, excepto si se encuentran empacadas y embaladas.
  • En el mismo vehículo se permitirá el transporte de canales de distintas especies, siempre y cuando se realice en momentos diferentes.
  • Disponer de tanques receptores de líquidos.
  • Identificarse con un aviso visible en cada costado del furgón que diga “Transporte de carne o productos cárnicos”.