Consejos Consultivos Locales de Infancia y Adolescencia
Son espacios de participación democrática con el objeto de garantizar que las opiniones y sugerencias de los niños, las niñas y adolescentes sean escuchadas y tenidas en cuenta en las decisiones de la Administración Distrital y local.
Consejo Estudiantil
Es una instancia que sirve como canal de comunicación entre estudiantes y las directivas, constituyéndose en un espacio que garantiza la participación de los y las estudiantes dentro de las instituciones educativas.
¿Quiénes lo integran?
• Los representantes de cada grado.
• Los alumnos del nivel preescolar y de los tres primeros grados del primer ciclo de primaria, serán convocados a una asamblea conjunta para elegir un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.
¿Y qué hace el Consejo de estudiantes?
• Darse su propia organización interna.
• Elegir un representante de cada jornada ante el Consejo Directivo.
• Invitar a sus deliberaciones a estudiantes que presenten iniciativas significativas para la institución.
Cabildante Estudiantil
¿Quién puede ser elegida/o como cabildante?
• Estudiantes delegados de los colegios a la Mesa Local de estudiantes.
• En las localidades de Usaquén, Chapinero, Santa Fe, Barrios Unidos, Teusaquillo, Mártires, Antonio Nariño, Puente Aranda, Candelaria y Sumapaz, las Mesas de estudiantes eligen 4 cabildantes por mesa. En las localidades de San Cristóbal, Usme, Tunjuelito, Bosa, Kennedy, Fontibón, Engativa, Suba, Rafael Uribe y Ciudad Bolívar, se eligen 5 cabildantes por mesa.
¿Qué hacen las y los cabildantes estudiantiles?
• Representar a los niños, niñas y jóvenes de su localidad ante entidades como el Concejo de Bogotá, las Juntas Administradoras Locales y todas aquellas que inciden en el desarrollo de su vida como ciudadano para proponer, discutir y pronunciarse, sobre las problemáticas de su localidad.
Personero Estudiantil
¿Quién puede ejercer la personería estudiantil?
Estudiantes de último grado ofrecido por la institución.
¿Qué hace la/él personera/o estudiantil?
• Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los y las estudiantes.
• Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los y las estudiantes, o quejas sobre los mismos.
• Presentar ante el rector o el director administrativo, según sus competencias, las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.
• Apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.
Contralor Estudiantil
Están compuestas por la o el contralor estudiantil, el o la vicecontralora estudiantil y el Comité estudiantil de control social.
¿Quién puede ser él o la contralora estudiantil?
Estudiantes que cursen entre 6 y 11 grado de acuerdo con la estructura del colegio.
¿Y él o la vicecontralora?
• La o el estudiante que obtenga la segunda mejor votación.
¿Y el Comité de Control Social?
• Lo componen los delegados de grados 6 a 11 según la estructura de cada colegio.
¿Qué hace la contraloría estudiantil?
• Contribuir en la creación de una cultura del control social, del cuidado, buen uso y manejo de los recursos y bienes públicos del colegio, a través de actividades formativas y/o lúdicas, con el apoyo de la institución y de la Contraloría de Bogotá D.C.
• Promover los derechos ciudadanos relacionados con los principios de participación ciudadana y el ejercicio del control social en su institución, con el apoyo de la Contraloría de Bogotá D.C.
• Trabajar por la defensa del patrimonio ambiental de la ciudad.
• Velar por el mejoramiento de la calidad de la educación.
• Presentar a la Contraloría de Bogotá las denuncias relacionadas con las presuntas irregularidades detectadas, en relación al uso de los recursos y bienes públicos de la institución educativa a la que pertenecen.