Mediante el decreto 207 de septiembre 2020 se definen las medidas necesarias para dar continuidad a la reactivación económica y social en Bogotá, a través de la realización de las diferentes actividades comerciales, laborales, académicas y de servicios, teniendo en cuenta el cumplimiento de normas de bioseguridad que preserven la vida, salud y trabajo de la ciudadanía.
El decreto también establece que todas las actividades económicas en Bogotá podrán funcionar sin restricción de horarios o días y aclara cuáles serán los sectores comerciales que estarán exentos de la medida y que deberán cumplir con horarios establecidos para su funcionamiento.