El Instituto Distrital de Recreación y Deporte, IDRD, dio respuesta a la Personería sobre una reciente advertencia frente al Campín, que formalmente sólo se refiere al Sistema de Protección contra descargas Eléctricas Atmosféricas.
Es importante aclarar que a través de los medios de comunicación conocimos el boletín de prensa presentado el 23 de febrero por la Personería en la que se habla de otras temáticas que no fueron expresadas en la comunicación recibida por el IDRD, pero sí comunicada a medios como, “deterioro de infraestructura y riesgos en las tribunas”.
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En la comunicación, el IDRD hace las siguientes precisiones:
1. En atención a lo manifestado por parte de la Personería de Bogotá respecto al apantallamiento del Estadio El Campín, el IDRD entregó a la Personería el 25 de enero de 2023, bajo el oficio 20236100014391 los cálculos del sistema de protección contra descargas atmosféricas, que están de acuerdo con la norma NTC 4552, para el máximo nivel de riesgo de una instalación por descargas atmosféricas.
2. Con este sistema se garantiza que las áreas que tienen una mayor concentración de personas, como lo son la tribuna de occidental, tiene la cobertura necesaria de acuerdo con la norma.
3. En referencia al apantallamiento de la tribuna occidental, el público que se ubica en esta gradería se encuentra protegido, no solo por las puntas Franklin ubicadas de las torres de iluminación del costado occidental, sino que, por su altura, también está protegida la cubierta de la gradería. Con lo anteriormente mencionado se aclara y recalca que se cumple con el sistema, sin desconocer que estos son cálculos tratan de controlar un fenómeno natural que es totalmente impredecible.
4. Para hablar de los parámetros de evaluación del RETIE, que es el que evalúa el nivel de concentración de ocupación como lo expresa la norma, se menciona que se aplica a instalaciones eléctricas en lugares con alta concentración de personas, que puedan reunir simultáneamente más de 50 personas, lo que permite concluir que el estadio El Campín está cumpliendo con lo solicitado por la norma, en donde las áreas de alta concentración de público, es decir las graderías están protegidas.
5. Es importante resaltar que de querer proteger todo el terreno deportivo del estadio El Campín se requeriría la instalación de una malla de cables, entre cubierta y cubierta, que estructuralmente no están diseñadas para eso y no se garantizaría el no impacto de la descarga de un rayo en esta área por ser un fenómeno natural.
6. Respecto a la certificación RETIE, no se logró disponer de la expedida en el año 2011, pero se recuerda que, en esa ocasión, dicha certificación fue necesaria e indispensable para la puesta en funcionamiento de las subestaciones del escenario deportivo que se llevaron a cabo de manera correcta y que hoy se encuentran operativas.
Finalmente, el IDRD como se manifestó y se entregó mediante evidencia en la visita realizada en el mes de enero de 2023, ha venido realizando el respectivo mantenimiento preventivo y correctivo, mediante los contratos de mantenimiento a la infraestructura de parques y escenarios administrados por la entidad. Reiteramos la invitación al señor personero para visitar el estadio y, adicionalmente, conocer las observaciones que hizo ante los medios y que no están consignadas en el informe que recibimos.