El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través del magistrado José María Armenta, de la sección segunda, ordenó suspender la destitución e inhabilidad por 15 años al alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, impuesta por la Procuraduría. La suspensión será hasta que haya pronunciamiento de fondo frente a tutela presentada por un ciudadano.
El Tribunal le pide al presidente Juan Manuel Santos no ejecutar la destitución del Alcalde, mientras ese alto Tribunal se pronuncia de fondo frente al caso. En principio habla de un plazo de 10 días.
La tutela mencionada, impuesta por el ciudadano José Gotardo Pérez Soto, es una de las 358 que se instauraron en medio de la llamada 'tutelatón', en diciembre pasado. El recurso, radicado en diciembre pasado, alegaba que los derechos procesales de Petro habían sido violados.
Puntos claves de la decisión
Ampara los derechos de elegir y ser elegido.
Pide que se anule el fallo en primera instancia de la Procuraduría en la que destituyó a Gustavo Petro y los inhabilitó por 15 años.
Pide que se suspendan los efectos del fallo hasta que haya una decisión de fondo del Tribunal.
El Tribunal admite la acción de tutela y ordena que, como medida provisional, se congelen sus efectos hasta cuando se adopten decisiones de fondo.
El magistrado le ordena al Presidente de la República que se abstenga a dar cumplimiento a la decisión de la Procuraduría hasta que haya un fallo de fondo.