Convención Belém Do Pará: 30 años de lucha por los derechos de las mujeres

Convención Belém Do Pará Bogotá lucha por los derechos de las mujeresFoto: Secretaría de la Mujer
En Bogotá, en el camino por garantizar los derechos de las mujeres, se actualizó la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género.
Publicado:
10
Jun
2024

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La Convención de Belém do Pará es el tratado internacional más importante para la lucha de los derechos de las mujeres en América Latina. Fue el primer instrumento en el mundo que reconoció que las violencias en contra de las mujeres constituyen una violación sancionable en derechos humanos. Estableció el derecho que tienen las mujeres a vivir una vida libre de violencias y obligó a los Estados a proteger el derecho y a dar la posibilidad a las mujeres de denunciar a quienes incumplieran con esa responsabilidad.

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Este 9 de junio, la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la Mujer (conocida popularmente como Convención Belém do Pará) cumplió 30 años. La aprobación de esta convención se realizó durante la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos que se reunía en Brasil en 1994. Allí se instituyó que la violencia contra las mujeres no era un asunto privado, sino que abarca la violencia en comunidad y la violencia estatal, o tolerada por el Estado.

La Belém do Pará estableció tres tipos de violencias. La violencia física: golpes, empujones, puños, bofetadas, patadas, quemaduras, ataques con armas, agentes químicos u otros líquidos. La violencia sexual: manoseo, acoso, relaciones sexuales u otro acto sexual en contra de su voluntad. Y la violencia psicológica: insultos, humillaciones, chantajes, descalificaciones, celos extremos o intentos de control.

Los diferentes enfoques han sido cruciales para abordar los estereotipos de género, las causas, la normativa y la discriminación a la que algunas mujeres podrían enfrentarse. Este último es sustancial debido a que la Convención reconoce las diferencias entre las mujeres y cómo esas diferencias pueden aumentar su vulnerabilidad, puesto que trasciende todos los sectores de la sociedad sin importar su clase social, color de piel, grupo étnico, nivel educativo, cultural, edad o religión.

Por eso, y tal como su nombre lo indica, son tres los objetivos de la Convención: Promover el derecho de las mujeres a una vida libres de violencia, establecer mecanismos para proteger sus derechos y garantizar su acceso a la justicia y crear medidas para prevenir y sancionar la violencia

La implementación del tratado requiere el compromiso de los Estados, por lo que desde que se sancionó los Estados han tenido que adoptar de forma progresiva medidas y políticas para prevenir y sancionar la violencia de género, así como la promoción activa de la participación de las mujeres en la toma de decisiones. Por ejemplo, gracias a este convenio, decenas de países modificaron sus leyes para sancionar la violencia intrafamiliar.

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Particularmente, la Ley 248 de 1995 aprobó la Convención en Colombia y reconoció el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencias.

En Bogotá, en el camino por garantizar los derechos de las mujeres, se actualizó la Política Pública de Mujeres y Equidad de Género para promover la igualdad de género con la priorización de ocho derechos fundamentales, que además se tienen en cuenta en el nuevo Plan Distrital de Desarrollo.