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Según el artículo 14 de la ley la 1755 de 2015 “(por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), toda petición deberá resolverse dentro de los términos de ley y podría presentase como:

Usuario¿Qué es?¿Cómo registrarse?
AnónimoSi usted registra la solicitud como anónimo, declara reserva sobre sus datos personales y de contacto, por lo tanto, debe tener en cuenta que la información a suministrar debe ser clara y completa tanto en tiempo(cuándo), modo(cómo) y lugar(dónde) de los hechos a denunciar, lo anterior con el fin de efectuar el trámite a que haya lugar. Así mismo podrá realizar seguimiento en este Sistema mediante el número consecutivo asignado y/o suministrar un correo electrónico para notificaciones electrónicas sobre el estado de su petición.Como presentarse usuario anónimo
IdentificadoSi usted quiere identificarse, debe registrarse, ingresando los campos obligatorios requeridos por el Sistema. Será notificada una confirmación de Registro exitoso de peticionario por medio de correo electrónico el cual relaciona el usuario y contraseña para ingreso al Sistema. Para dar mayor seguridad a su cuenta usuario, al ingresar por primera vez a Bogotá te escucha, éste le solicitará el cambio de su contraseña, la cual podrá personalizar con una de fácil recordación teniendo en cuenta que debe tener seis (6) o más caracteres de longitud entre letras mayúsculas, minúsculas, y contener como mínimo un (1) número. Se recomienda no divulgar, ni revelar la clave y el usuario asignado ya que es intransferible y de uso exclusivo, con el fin de proteger la información contra uso desautorizado o incorrecto.

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