Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Comisión de estudio para docentes y directivos docentes

¿Qué es y para qué sirve?

Conceder al docente o directivo docente en servicio activo una comisión con el fin de adelantar estudios para recibir capacitación o perfeccionamiento en el ejercicio de las funciones propias del empleo del que se es titular.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

Comisión de estudios.

  • El tiempo de respuesta es de cuarenta y cinco (45) días hábiles para comisiones de estudio al exterior y de treinta y cinco 35 días hábiles para comisiones de estudio en el país.
  • El tiempo de respuesta puede sufrir modificación dependiendo de los trámites que la oficina de personal deba adelantar ante la subsecretaría de calidad y pertinencia, Ministerio del Interior y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
     

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Requisitos generales para la participación en la convocatoria.

Para optar por una comisión de estudios remunerada o no remunerada, los y las docentes y directivos docentes en servicio activo deben cumplir con los siguientes requisitos que serán verificados por la SED:


1. Ser docente o directivo docente de las instituciones educativas del sector oficial de Bogotá nombrado en propiedad.

2. Ser docente o directivo docente que se encuentre en ejercicio de sus funciones en la institución educativa, con un año continuo de servicio en la Secretaría de Educación del Distrito.

3. No encontrarse en período de prueba.

4. No estar tramitando ni encontrarse en otras situaciones administrativas.

5. No ser beneficiario/a activo de los Fondos de Formación para docentes SED.

6. No estar tramitando algún tipo de traslado a otra entidad territorial certificada en educación o renuncia a la planta de personal SED.

7. No estar incurso en causal de inhabilidad o incompatibilidad o conflicto de interés de acuerdo con lo establecido en la Constitución y la Ley.

8. Para el caso de haber sido beneficiario de una comisión de estudios y postularse a una nueva, haber cumplido con el tiempo de prestación de servicio pactado en el convenio suscrito con la Secretaría de Educación del Distrito.

9. No encontrarse en calidad de pre-pensionado.

10. En las fechas establecidas realizar la inscripción completa en el formulario dispuesto por la SED para la convocatoria a la cual se presente.

11. Estar matriculado en un programa de educación formal y presencial o inscrito si se trata de eventos académicos.

12. Diligenciar el Formulario Único de Trámites, señalando las fechas de inicio y finalización del período de estudio solicitado, con la firma del peticionario y del rector/a de la institución educativa (para el caso de los coordinadores(as) firmará el rector, para el caso de los rectores(as) y directores(as) rurales firmará el director(a) local de educación.

13. Adjuntar Certificado de Antecedentes Vigentes: Personería Distrital, Procuraduría General, Contraloría General, Policía Nacional, Consulta sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas - RNMC, Documento para la autorización de consulta de inhabilidades por delitos sexuales, Consulta inhabilidades por delitos sexuales cometidos contra menores (Policía Nacional – PONAL) y Certificado de inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM (Ley 2097 de 2021).

14. Fotocopia cédula de ciudadanía.

Parágrafo: la Dirección de Formación Docentes e Innovaciones Pedagógicas, solicitará a la Oficina de Personal la revisión del cumplimiento de los requisitos generales para la participación en la convocatoria, de acuerdo con su competencia, dependencia que a su vez informará a la secretaría técnica, para consolidar el listado de los habilitados y no habilitados, fase III de la convocatoria.

Requisitos para analizar la viabilidad de conceder la comisión de estudios.

Con el formulario de inscripción los y las docentes y directivos docentes en servicio activo deben adjuntar los siguientes documentos para la postulación, los cuales aplican para las solicitudes en la modalidad remunerada y no remunerada.


1. Justificación: escrito firmado por el/la docente solicitante que contenga la justificación de la comisión solicitada, indicando:
a) Datos de los estudios a realizar: Nombre de los estudios, nombre de la institución educativa, el país y ciudad donde se realizarán los estudios, fechas de desarrollo de los estudios y de la comisión solicitada.
b) Pertinencia de la comisión: objetivo de la comisión, relación con los objetivos del Plan Sectorial de Educación vigente, relación de esta comisión con la cualificación de su ejercicio profesional, académico y pedagógico.
c) La modalidad de comisión (remunerada o no remunerada) bajo la cual realiza la solicitud.

2. Acta del Consejo Académico del Colegio: el acta firmada por todos sus miembros del Consejo Académico del Colegio que contenga específicamente:

a) El objeto de los estudios que realizará el/la docente o directivo docente y cómo se relaciona el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de la institución educativa donde ejerce su cargo.

b) El compromiso que adquiere el/la docente con la institución educativa para implementar, socializar o apropiar los resultados de su comisión a dinámicas propias de la institución.

c) El aval explícito de esta instancia al desarrollo de la comisión.

d)Las consideraciones que dicho Consejo estime pertinente.

3. Certificación de la Universidad o Instituto educativo: documento debidamente firmado y con membrete que señale: la matrícula (o inscripción para eventos académicos), lugar donde se van a realizar los estudios de formación, actualización o perfeccionamiento, señalando las fechas de inicio y fin (dd/mm/aaaa) del periodo a realizar los estudios, el lugar (país, ciudad) en el cual se desarrollarán dichos estudios, cronograma de actividades señalando fechas específicas (dd/mm/aaaa), horarios, jornada e intensidad horaria y modalidad. La certificación debe estar acompañada de la respectiva traducción oficial, en el evento en que la misma no haya sido expedida en idioma español.

4. Carta de gastos: escrito indicando quién asumirá los gastos que genere la comisión. En el evento en que el 100% de los gastos los asuma el/la docente o directivo docente, el escrito debe estar firmado por él. Si los gastos son compartidos, la comunicación del interesado debe indicar qué parte de los gastos asume él y el porcentaje restante debe ser certificado por la entidad que los cubre.

Requisitos para los/las docentes y directivos docentes que cuentan con beca o estipendio y/o requieren realizar pasantía en la comisión de estudios.

Con el formulario de inscripción los y las docentes y directivos docentes en servicio activo deben adjuntar los siguientes documentos para la postulación, en el caso que apliquen:

1. Carta de beca o estipendio: en caso de recibir apoyo económico por parte de instituciones internacionales u otras entidades públicas o privadas, el aspirante debe presentar carta especificando la naturaleza jurídica de la institución (pública o privada), actividad a la cual se invita al docente, las fechas de inicio y finalización exacta del programa o evento (dd/mm/aaaa) y el aporte económico que sufragará la institución o entidad, diferente a la SED. El documento debe venir firmado y con la respectiva traducción oficial en caso de que no haya sido expedido en idioma español. Es deber del o de la docente o directivo docente solicitante informar sobre el recibo de algún estipendio en el marco de la comisión solicitada.

2. Carta aval de pasantía: certificación o carta de aval de la universidad o instituto académico donde va a realizar la pasantía, indicando fechas de inicio y finalización (dd/mm/aaaa), objetivo de la pasantía, locación (país y ciudad) y cronograma de actividades, debidamente firmado. En el evento de que la misma no haya sido expedida en idioma español, debe estar acompañada de la respectiva traducción oficial y debe estar debidamente firmada.

Para las solicitudes que tengan alguna beca o estipendio de instituciones u otras entidades públicas o privadas internacionales el/la docente o directivo docente deberá aportar el convenio o documento debidamente firmado que avala el apoyo económico. La SED tramitará internamente ante el Ministerio del Interior la autorización - en los casos en que de conformidad con la normatividad vigente sea requerido - para que los/las docentes y directivos docentes puedan acceder al apoyo ofrecido, atendiendo a lo señalado en el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia: "Está prohibido a los servidores públicos recibir de gobiernos extranjeros o de organismos internacionales cargos, honores o recompensas, así como celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno".

  • La resolución de comisión se remite por correo electrónico a la Dirección Local de Educación a la que pertenece el docente, coordinador o director docente. 
  • Dentro de los tres días siguientes de finalizada la comisión, el comisionado deberá radicar en la oficina de servicio al ciudadano del nivel central, un informe detallado sobre las actividades desplegadas en desarrollo de la misma, dirigido a la Dirección de Formación Docente e Innovaciones Pedagógicas, el cual debe contener como mínimo la información que se cita a continuación:
    • Nombre del comisionado.
    • Identificación del acto administrativo por medio del cual se concedió la comisión.
    • Objeto de la comisión.
    • Lugar y fecha.
    • Relación detallada de cada uno de los temas tratados.
    • Conclusiones y aplicabilidad a la entidad.
    • Certificación donde conste la participación en el evento para el cual fue comisionado.
    • Constancia de reintegro a laborar expedido por el rector de la institución educativa.
    • El docente o directivo docente no puede separarse del cargo sin que medie acto administrativo autorizando la comisión, so pena de incurrir en abandono de cargo.
       
  • El tiempo de respuesta puede sufrir modificación dependiendo de los trámites que la oficina de personal deba adelantar ante la subsecretaría de calidad y pertinencia, Ministerio del Interior y la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
  • Para solicitar la prórroga de la comisión de estudios requiere la totalidad de la documentación presentada para otorgar la comisión de estudios por primera vez, más la certificación de notas e informe de las actividades desarrolladas durante el tiempo que lleva en comisión de estudios, estos documentos deben ser radicados con no menos de cincuenta (50) días hábiles de antelación a la finalización de la actual comisión de estudios cuando se trate de comisión de estudios al exterior y no menos de cuarenta (40) días hábiles, cuando se trate de comisión de estudios al interior del país y teniendo en cuenta las fechas estipuladas para cada convocatoria.
  • Atendiendo a lo establecido en la Resolución 2078 de 2024 y Circular Agenda CACE 2025, la Subsecretaría de Calidad y Pertinencia, establece las fechas para cada una de las convocatorias a realizarse durante el año 2025, indicando los tiempos para cada una de las fases que están contempladas en el Artículo 14 de la Resolución No 2078 del 27 de diciembre de 2024, en las cuales el Comité Académico de Comisiones de Estudio (CACE), estudiará, conceptuará, aprobará y concederá las comisiones de estudio presentadas para la presente vigencia.
  • La postulación a esta convocatoria deberá realizarse, atendiendo a las fechas estipuladas en la Circular Agenda CACE 2025 teniendo en cuenta las fechas de cada convocatoria, para lo cual debe:

1. Diligenciar y firmar el Formulario de Trámites Únicos de la SED (FUT)

2. Diligenciar el formulario de postulación a esta convocatoria, disponible en: https://formularios.educacionbogota.edu.co/index.php/812492?lang=es


 ¿Qué se debe hacer?

La postulación a esta convocatoria deberá realizarse de la siguiente manera, atendiendo a las fechas estipuladas en la Circular Agenda CACE 2025 teniendo en cuenta las fechas de cada convocatoria, para lo cual debe:

1. Diligenciar y firmar el Formulario de Trámites Únicos de la SED (FUT)

2. Diligenciar el formulario de postulación a esta convocatoria, disponible en: https://formularios.educacionbogota.edu.co/index.php/812492?lang=es

NormaDescripción

Resolución 2078 de 2024

Por medio de la cual se expide el Reglamento para la selección y asignación del incentivo de Comisiones de Estudio a docentes y directivos docentes vinculados en propiedad en la planta de la Secretaría de Educación del Distrito.

Circular 005 de 2024

Lineamientos y cronograma para la selección y asignación del incentivo de comisiones de estudio a docentes y directivos docentes vinculados en propiedad en la planta de la Secretaría de Educación del Distrito 2025.

convocatoria_cace_2025_1_0.pdf

Comisiones de Estudio.

Circular Agenda CACE 2024

Cronograma de sesiones 2024 para Comité Académico de Comisiones de Estudio y requisitos académicos para la solicitud de comisiones de estudios

Circular 001 de 2022

Agenda y requisitos académicos comisiones de estudios - Comité Académico de Comisiones de Estudio, CACE 2022

Decreto 2277 de 1979

Por el cual se adoptan normas sobre el ejercicio de la profesión docente

Decreto 2197 de 1996

Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 1950 de 1973

Decreto 1050 de 1997

Por el cual se dictan disposiciones sobre comisiones en el exterior

Decreto 1278 de 2002

Por el cual se expide el Estatuto de Profesionalización Docente

Infracciones de tránsito

¿Qué es y para qué sirve?

Se considera como una transgresión o violación de una norma de tránsito, de las cuales se desprenden dos tipos de infracciones, simple y compleja. Será simple cuando se trate de la violación de a la norma y compleja si se produce un daño material.

¿Qué infracciones tendrán comparendos en el carril preferencial?

Es importante anotar que cualquier infracción que sea cometida por un vehículo no solo sobre el carril preferencial, sino sobre todo el corredor, recibirá comparendo, de acuerdo con las violaciones a las normas de tránsito estipuladas en el código.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • Formulario de radicación de Correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad.Clic Aquí.
  • Formulario de Bogotá te Escucha. Clic Aquí.
  • Chatea con nuestro asesor en línea Clic Aquí.

 


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

En cuanto a la dinámica del corredor, las sanciones que con más frecuencia se presentan son:  

Código

Infracción

Valor 2024

 C.02

Estacionar un vehículo en sitios prohibidos.

$604.100

 C.14

Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente.

$604.100

 H.02

El conductor que no porte la licencia de tránsito, además el vehículo será inmovilizado.

$201.400

 D.04

No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de "PARE" o un semáforo intermitente en rojo. En el caso de motocicletas se procederá a su inmovilización.

$1.207.800

Tabla de Autoliquidación 2025.

Si quiere conocer los horarios de SIMIT. Clic aquí.

Para realizar la búsqueda lo podrá realizar a través del siguiente link: https://webfenix.movilidadbogota.gov.co/#/consulta-pagos.

¿Qué se debe hacer?

Consiste en la transgresión o violación de una norma de tránsito por cuanto las autoridades de tránsito, bien sea por medios electrónicos (cámaras y comparenderas electrónicas) o directamente en la vía, emite la orden formal de notificación para que el presunto contraventor o implicado, se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de la infracción o efectúe el pago en los términos establecidos. Las sanciones impuestas por contravención se pueden cancelar dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la imposición del comparendo con el 50% de descuento o un 25% de descuento si lo cancela entre el día sexto y el día 20 hábil siguiente. En ambos casos deberá asistir obligatoriamente a un curso sobre normas de tránsito en los puntos autorizados por la Secretaría Distrital de Movilidad.

Conozca el procedimiento para el Pago de Comparendos

  • Ley 769 de 2002 "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones".
  • Ley 1383 de 2010 "Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones".
  • Resolución N° 003027 de 2010 "Por la cual se actualiza la codificación de las infracciones de tránsito, de conformidad con lo establecido en la Ley 1383 de 2010, se adopta el Manual de Infracciones y se dictan otras disposiciones".
 
 

Punto de contacto y gestión local en temas de movilidad

¿Qué es y para qué sirve?

Son puntos de relacionamiento  en los cuales se promueven espacios y escenarios de participación con la ciudadanía en temas de Movilidad.

Los Centros Locales de Movilidad, están ubicados en las veinte (20) localidades de Bogotá:

  • Usaquén
  • Fontibón
  • Chapinero
  • Engativá
  • Santa Fe
  • Suba
  • San Cristóbal
  • Barrios Unidos
  • Usme
  • Teusaquillo           
  • Tunjuelito
  • Bosa
  • Los Mártires
  • Antonio Nariño
  • Kennedy 
  • Puente Aranda                                                 
  • La Candelaria
  • Rafael Uribe Uribe
  • Ciudad Bolívar
  • Sumapaz 

Existe un punto de contacto en cada una de las localidades.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

CENTROS LOCALES DE MOVILIDAD

LOCALIDAD

DIRECCIÓN 

CORREO INSTITUCIONAL

1.USAQUÉN

Cl 120a No 7 - 55 Antigua JAL

clusaquen@movilidadbogota.gov.co

2. CHAPINERO

Cr 13 No 54 -74 Alcaldía Local Chapinero 1 Piso

clchapinero@movilidadbogota.gov.co

3. SANTA FE

Cl 21 No 5 - 74 Alcaldía Local Santa Fe Piso 3

clsantafe@movilidadbogota.gov.co

4. SAN CRISTÓBAL

Av. Primera de Mayo No 1 - 40 Sur Alcaldía Local San Cristóbal

clsancristobal@movilidadbogota.gov.co

5. USME

Cl 137B No 14 - 24 sur Alcaldía Local de Usme

clusme@movilidadbogota.gov.co

6. TUNJUELITO

DG 50 A 18-48 Sur Piso 4 Nuevo Edificio Alcaldía Local

cltunjuelito@movilidadbogota.gov.co

7. BOSA

Cr 80k No 61 - 28 sur Casa de la Participación

clbosa@movilidadbogota.gov.co

8. KENNEDY

Transversal 78 k # 41 a 04 sur Alcaldía local de Kennedy

clkennedy@movilidadbogota.gov.co

9. FONTIBÓN

Cl 18 No 99 - 56

clfontibon@movilidadbogota.gov.co

10. ENGATIVÁ

Cl 71 No 73a - 44 Alcaldía Local Engativá Piso 1

clengativa@movilidadbogota.gov.co

11. SUBA

Carrera 93c # 129c-15

clsuba@movilidadbogota.gov.co

12. BARRIOS UNIDOS

Cl 74a No 63 - 07 Piso 2

clbarriosunidos@movilidadbogota.gov.co

13. TEUSAQUILLO

Travs 18 bis # 38- 41 Alcaldía Local Teusaquillo

clteusaquillo@movilidadbogota.gov.co

14. LOS MÁRTIRES

Cr 19b N 23 - 90 Junta Administradora Local

clmartires@movilidadbogota.gov.co

15. ANTONIO NARIÑO

Cl 17 sur No 18 - 49 Alcaldía Local Antonio Nariño Piso 5

clantonionarino@movilidadbogota.gov.co

16. PUENTE ARANDA

Cl 4 No 31d - 30 Alcaldía Local Puente Aranda

clpuentearanda@movilidadbogota.gov.co

17. LA CANDELARIA

Cl 12d No. 3 -22 Casa de la Concordia

clcandelaria@movilidadbogota.gov.co

18. RAFAEL URIBE

Cl 32 sur No 23 -62 Alcaldía Local Rafael Uribe Piso 1

clrafaeluribeuribe@movilidadbogota.gov.co

19. CIUDAD BOLÍVAR

Diag. 62sur No 20f - 20 Alcaldía Local Ciudad Bolívar Piso 2

clciudadbolivar@movilidadbogota.gov.co

20. SUMAPAZ

Centro de Servicios de Santa Rosa

clsumapaz@movilidadbogota.gov.co

Ver puntos de Atención

Este servicio no requiere de pago.

  • Cada Centro Local de Movilidad cuenta con un equipo de trabajo compuesto por Gestores y Orientadores, que gestionan las necesidades de la comunidad en materia de movilidad.

  • El horario de Atención a la ciudadanía en cada Centro Local de Movilidad, es el primer día hábil de cada semana , en el horario de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.


     

Dentro de las actividades desarrolladas por los Centros Locales De Movilidad se encuentra:

  • Comunicación con un representante de la entidad para escuchar sus opiniones y socializar información sobre planes y proyectos a ejecutar en los territorios, en temas relacionados con la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Recepcionar y radicar las solicitudes de la ciudadanía y autoridades locales referentes a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Promover la participación incidente en torno a temas de movilidad.
  • Orientar a la ciudadanía sobre trámites y servicios de la entidad.
  • Gestionar ante la Secretaria de Movilidad y entidades adscritas al sector, soluciones a las problemáticas de movilidad que afectan a la comunidad.
  • Mantener comunicación con la ciudadanía para escuchar sus opiniones y socializar información sobre planes y proyectos a ejecutar en los territorios.
  • Fomentar los comportamientos ciudadanos orientados a una movilidad segura, sostenible, eficiente, equitativa e incluyente.
  • Atender las solicitudes de los habitantes y autoridades de la localidad en materia de información del sector movilidad.
  • Los Centros Locales de Movilidad atienden todas las solicitudes de los habitantes y autoridades de la localidad en materia de información del sector movilidad.

Si la solicitud de información, fue radicada por el sistema de correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad podrá consultarla en el siguiente link: https://gestiondocumental.movilidadbogota.gov.co/orfeo-api/  

La Secretaría Distrital de Movilidad hace presencia en todas las localidades de Bogotá a través de los Centros Locales de Movilidad (CLM). Para ello, cuenta con un equipo interdisciplinario, dispuesto para brindar información de forma oportuna y para gestionar las solicitudes de las comunidades locales en el marco del Plan Institucional de Participación de la Secretaría, como cabeza del sector Movilidad:

¿Cómo está conformado el equipo del Centro Local de Movilidad?

  • Gestor de Local de Movilidad: Profesional de perfil social, cuya presencia en la localidad facilita los procesos de participación y quien, a través de la comunicación directa, acompaña los trámites y solicitudes ciudadanas. Su trabajo permite optimizar el tiempo de los usuarios y su misión es ofrecer información veraz y oportuna.
  • Orientador de Servicio Local: Es la persona encargada de orientar a la comunidad en trámites y servicios, así como acompañar en los procesos de convocatoria comunitaria. Apoyan en la logística y en los operativos pedagógicos implementados en las localidades.
  • Constitución Política de Colombia.
    •  Artículo 1: “Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria (…) democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general”.
    • Artículo 20: Establece el derecho de toda persona a recibir información veraz e imparcial.
    • Artículo 74: “Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establezca la ley”
    • Artículo 79: “La Ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo (…)”.
    • Artículo 270: "La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados”.
  • Ley 190 de 1995, Todo ciudadano tiene derecho a estar informado periódicamente acerca de las actividades que desarrollen las entidades públicas y las privadas que cumplan funciones públicas o administren recursos del Estado.
  • Ley 769 de 2002: “Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones”.
  • Ley 1383 de 2010: “Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 - Código Nacional de Tránsito, y se dictan otras disposiciones”.
  • Ley 1437 de 2011: Artículo 3 numeral 6: En virtud del principio de participación, las autoridades promoverán y atenderán las iniciativas de los ciudadanos, organizaciones y comunidades encaminadas a intervenir en los procesos de deliberación, formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.
  • Decreto 448 de 2007: Por el cual se crea y estructura el Sistema Distrital de Participación Ciudadana.
  • Decreto 101 de 2010: "Por medio del cual se fortalece institucionalmente a las Alcaldías Locales, se fortalece el esquema de gestión territorial de las entidades distritales en las localidades, se desarrollan instrumentos para una mejor gestión administrativa y se determinan otras disposiciones".
  • Decreto 371 de 2010: "Por el cual se establecen lineamientos para preservar y fortalecer la transparencia y para la prevención de la corrupción en las Entidades y Organismos del Distrito Capital".
  • Decreto 503 DE 2011: Por el cual se adopta la Política Pública de Participación Incidente para el Distrito Capital.
  • Decreto 086 de 2012: "Por medio del cual se ordena convocar a los Comités de Desarrollo y Control Social de usuarios del servicio público de transporte terrestre automotor masivo, colectivo e individual de pasajeros en Bogotá, Distrito Capital"
  • Ley 1757 de 2015: Ley de transparencia y del derecho de acceso a la información pública.

Video: 400 policías intervinieron con operativos San Bernardo y sus alrededores

Con el fin de hacer frente a aquellas estructuras delincuenciales dedicadas a la comercialización y tráfico de estupefacientes en el centro de Bogotá.

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Publicado por:
Cielo Fierro
25•Feb•2025

En el marco de la estrategia integral de seguridad Bogotá Camina Segura’, la Policía de Bogotá desplegó más de 400 uniformados de las diferentes especialidades en el sector de San Bernardo y sus alrededores.

Ver más: Capturados responsables de agredir a varios policías en la localidad de Suba

“Mediante actividades sostenidas de registro y control, y ante las continuas denuncias ciudadanas y hechos de afectación a la seguridad y convivencia ciudadana, nos tomamos este sector de la capital. Con el fin de hacer frente a aquellas estructuras delincuenciales dedicadas a la comercialización y tráfico de estupefacientes en el centro de Bogotá”, aseguró el brigadier general Giovanni Cristancho, comandante de la Policía Metropolitana de Bogotá.

Las autoridades, con estos operativos han logrado la captura de 199 personas por tráfico de estupefacientes y homicidio, y más de 300 armas cortopunzantes incautadas.

De igual manera, en el año 2024, gracias a las diferentes acciones operativas, fueron desarticulados tres grupos delincuenciales organizados.

A continuación, el post de la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia (SDSCJ), en la red social X, con información sobre estos operativos. 

“La Policía de Bogotá continuará adelantando acciones que permitan contrarrestar los delitos que afectan a los nacionales y extranjeros en la capital”, concluyó el brigadier general Giovanni Cristancho.

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Recuerde denunciar cualquier hecho contrario a la convivencia o delictivo en la ciudad a través de la Línea de Emergencias 123. La denuncia es clave para lograr las sanciones o procesos investigativos que permitan la lucha contra el crimen y contribuir a que Bogotá camine segura.

Asiste al lanzamiento de la Oferta Cultural y Creativa de Bogotá 2025

Festivales, conciertos, teatro, cine y experiencias únicas pondrán a la capital en el centro del mapa cultural.
Planes en Bogotá asiste al lanzamiento oferta cultural y creativa 2025Foto: Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ se sigue consolidando como gran epicentro cultural y de entretenimiento de talla mundial. Este jueves 27 de febrero de 2025 en el hotel Hilton Corferias, la ciudad presentará toda la oferta de entretenimiento, aprendizaje y creatividad para el 2025; la cual busca seguir convirtiéndola en un hub global de arte y turismo. ¡Asiste, la entrada es libre, hasta completar aforo!

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En el evento estarán presentes entidades como la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SDCRD), el Instituto Distrital de las Artes (IDARTES), la Fundación Gilberto Alzate Avendaño (FUGA), el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural (IDPC), la Orquesta Filarmónica de Bogotá y la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB), presentando toda la oferta que convertirá a Bogotá en el destino ideal de cerca de 15 millones de turistas.

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Festivales, conciertos, teatro, cine y experiencias únicas pondrán a la capital en el centro del mapa cultural, atrayendo grandes eventos y posicionándola como referente mundial. La presentación de la Agenda será el jueves 27 de febrero en la terraza del Hotel Hilton Corferias, ubicado en la Carrera 37 # 24-29, desde las 2:00 p. m. 


Descubre más eventos en la ciudad en la Agenda Cultural de Bogotá.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.





Solicitud desembargo por multas, infracciones a las normas de tránsito y transporte público; autorización de apropiación o devolución de títulos de depósito judicial

¿Qué es y para qué sirve?

Un embargo es una medida preventiva en la que se busca garantizar el cumplimiento de una obligación con los bienes de propiedad del deudor(a) sacándolos de su libre comercio. En el caso de la Secretaría de Movilidad, la mayoría de los embargos corresponden a multas de tránsito, no obstante, también se pueden presentar por multas pendientes por infracción a las normas de transporte, por saldos pendientes, acuerdos de pago en mora o por tener vehículos en los patios y como consecuencia de esta situación, la Dirección de Gestión de Cobro con las facultades otorgadas por la ley, ordena embargos sobre diferentes tipos de bienes de las o los deudores (Vehículos, inmuebles, productos bancarios y/o financieros, etc);  embargos que según el artículo 838 del Estatuto Tributario Nacional, pueden generarse por el doble del capital de la obligación, más sus respectivos intereses.

Si se realiza una medida cautelar sobre los salarios, honorarios u otros productos bancarios y financieros que le pertenezcan al deudor o deudora, para evitar el descuento de dinero, la persona deudora puede pagar sus obligaciones pendientes usando los canales dispuestos por la Secretaría Distrital de Movilidad.

Para hacerlo, debe acceder al sitio web www.movilidadbogota.gov.co en la sección de "Consulta Comparendos". Allí podrá pagar de forma virtual a través del botón de PSE, o descargar el volante de pago, que puede usar para cancelar la deuda.

De forma virtual o presencial.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00, opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía.
  • Línea 195, lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m. 

VIRTUAL


PRESENCIAL 

Para radicar los documentos acercarse a:

  • Sede Administrativa de Movilidad Calle 13. Horario de radicación de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 05:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Sede Administrativa de Movilidad Paloquemao. Horario de radicación de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 05:00 p.m.

Centro de Servicios de Movilidad Paloquemao.

Ver puntos de Atención

Para acceder realizar al tramite de desembargo, debe acceder al sitio web www.movilidadbogota.gov.co en la sección de "Consulta Comparendos". Allí podrá pagar de forma virtual a través del botón de PSE, o descargar el volante de pago, que puede usar para cancelar la deuda. Nota: El sistema liquida los intereses diariamente, por lo tanto, el pago debe realizarse el mismo día en que se genera el volante de pago.


Para el pago de las multas por infracción a las normas de transporte público, patios y grúas, declaratoria de abandono, etc, te invitamos a acercarte a la Dirección de Gestión de Cobro ubicada en la Carrera 28A No. 17A -20, Segundo Piso (Paloquemao), en el horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. - 1:00 p.m. y de 2:00 pm - 4:00 p.m.; con el fin de informarte el procedimiento a seguir para la liquidación y pago de la obligación.

Quince (15) días, hábiles siguientes a la radicación de la solicitud.

  • La solicitud de desembargo es una petición dirigida a la Dirección de Gestión de Cobro, mediante la cual las y los ciudadanos pueden solicitar el levantamiento de medidas cautelares que pesan sobre sus bienes muebles o inmuebles y que se originaron en el marco del proceso de cobro por obligaciones a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Si tienes un embargo y ya realizaron descuentos con cargo a tus cuentas de ahorro o corrientes o salarios u honorarios, debes tener en cuenta que el descuento de fondos por un embargo representado en dinero tiene como consecuencia la constitución de un título de depósito judicial, que es una garantía para el cumplimiento de la obligación, pero NO ES UN PAGO y conforme a ello, la Secretaría Distrital de Movilidad sólo puede disponer de este, sí el deudor(a) autoriza la apropiación de dicho dinero o hasta que se agote la totalidad del procedimiento descrito en el Estatuto Tributario, lo cual puede llevar a que te sean cobrados los gastos en que incurrió la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para recuperar la obligación y sus intereses.
  • De esta manera, si quieres hacer el pago de tus deudas, con los recursos que han sido descontados, puedes autorizar a la SDM, para lo cual, deberás diligenciar el formato sugerido por la Entidad en  el espacio denominado APROPIACIÓN DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL.   (Formato desembargo y TDJ)
  • Ante un descuento producto de un embargo, si el ciudadano(a) realiza el pago total de las obligaciones, tiene la posibilidad de solicitar la devolución de los títulos de depósito judicial constituidos. 

Nota 1: Una vez hecha la solicitud de desembargo, queda en manos de las entidades tanto bancarias como de registro, el tiempo y el desbloqueo efectivo de la(s) cuenta(s), así como, los registros correspondientes.

Nota 2: El sistema liquida los intereses diariamente, por lo tanto, el pago debe realizarse el mismo día en que se genera el volante de pago. 

Para el pago de las multas por infracción a las normas de transporte público, patios y grúas, declaratoria de abandono, etc, te invitamos a acercarte a la Dirección de Gestión de Cobro ubicada en la Carrera 28A No. 17A -20, Segundo Piso (Paloquemao), en el horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. - 1:00 p.m. y de 2:00 pm - 4:00 p.m.; con el fin de informarte el procedimiento a seguir para la liquidación y pago de la obligación. 

Para la radicación de tu solicitud, ten en cuenta:

  • Si ya realizaste el pago a través de los canales tradicionales y simultáneamente  fue debitada alguna suma de dinero de tu salario o de tus productos bancarios y financieros, deberás diligenciar el espacio denominado DESEMBARGO y ENTREGA DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL de este formulario. (Formato desembargo y TDJ)
  • Si no has pagado tus obligaciones y ya te hicieron descuentos en tu nómina o en alguno de tus productos bancarios y/o financieros, puedes autorizar a la Secretaría Distrital de Movilidad para que el pago de tu deuda se realice aplicando dichos; para lo cual, deberás diligenciar el espacio denominado APROPIACIÓN DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL de este formulario. Recuerda que, de no autorizar la aplicación de las sumas de dinero, solo se podrá saldar la obligación hasta tanto se adelanten todas las etapas del proceso de cobro coactivo. (Formato desembargo y TDJ)

Antes de radicar tu solicitud, verifica que la medida cautelar que registra en tu contra haya sido ordenada por la Secretaría Distrital de Movilidad, dado que la gestión de desembargo solo es procedente sobre embargos impuestos por esta Entidad; si tu deuda es con un organismo diferente, el trámite se debe adelantar directamente en el organismo de tránsito correspondiente, ya que la Secretaría Distrital de Movilidad solo se encarga sobre multas y comparendos impuestos en Bogotá D.C.

Finalmente, si has sido notificado sobre un embargo y no tienes licencia de conducción, deberás acercarte a la Subdirección de Contravenciones de la Secretaría Distrital de Movilidad, con el fin de que se verifique tu situación como infractor(a), en la medida que pueden darse casos de suplantación o inconsistencias en la imposición de comparendos por parte de las y los agentes de tránsito.

La Secretaría Distrital de Movilidad, adelanta internamente el trámite de desembargo, ante la entidad correspondiente (entidad financiera, empleador, pagador, oficina de tránsito o de registro); este procedimiento se surte dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al pago efectivo de la obligación o una vez se verifica que la obligación motivo de embargo no registra saldo pendiente por cobrar, de forma masiva y sin que medie una solicitud del interesado.

Si la solicitud fue radicada por el sistema de correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad podrá consultarla en el siguiente link: https://gestiondocumental.movilidadbogota.gov.co/orfeo-api/

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  1. Diligenciar el Formato desembargo y Titulo DJ 
  2. Fotocopia de documento de identificación (pasaporte o cédula de extranjería).
  3. Certificado de existencia y representación legal. Cuando sea necesario. 

(Formato desembargo y Título de Depósito Judicial) donde se encuentra la información personal del ciudadano, la identificación del bien embargado y la ciudad; formato al cual se debe anexar copia de la cédula o si la solicitud se realiza a través de apoderado, poder debidamente otorgado y copia del pago realizado.

 

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Poder con las facultades específicas.
  • Es necesario precisar que, en el caso de autorización, si una vez realizada la liquidación se encuentra que existen saldos a favor del ciudadano, la entidad procederá a realizar la devolución del título que se haya constituido como remanente del proceso de cobro. Este formato diligenciado debe radicarse de manera virtual o presencial. 

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Si se trata de persona jurídica, la representación legal deberá soportarse con copia del certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá.
  • Realizar el trámite de apropiación de títulos de depósito judicial a través de la autorización emitida por el ciudadano o devolución de títulos de depósito judicial en caso de pago de las obligaciones.
  • La solicitud de desembargo es una petición dirigida a la Dirección de Gestión de Cobro, mediante la cual las y los ciudadanos pueden solicitar el levantamiento de medidas cautelares que pesan sobre sus bienes muebles o inmuebles y que se originaron en el marco del proceso de cobro por obligaciones a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Si tienes un embargo y ya realizaron descuentos con cargo a tus cuentas de ahorro o corrientes o salarios u honorarios, debes tener en cuenta que el descuento de fondos por un embargo representado en dinero tiene como consecuencia la constitución de un título de depósito judicial, que es una garantía para el cumplimiento de la obligación, pero NO ES UN PAGO y conforme a ello, la Secretaría Distrital de Movilidad sólo puede disponer de este, sí el deudor(a) autoriza la apropiación de dicho dinero o hasta que se agote la totalidad del procedimiento descrito en el Estatuto Tributario, lo cual puede llevar a que te sean cobrados los gastos en que incurrió la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para recuperar la obligación y sus intereses.
  • De esta manera, si quieres hacer el pago de tus deudas, con los recursos que han sido descontados, puedes autorizar a la SDM, para lo cual, deberás diligenciar el formato sugerido por la Entidad en  el espacio denominado APROPIACIÓN DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL.   (Formato desembargo y TDJ)
  • Ante un descuento producto de un embargo, si el ciudadano(a) realiza el pago total de las obligaciones, tiene la posibilidad de solicitar la devolución de los títulos de depósito judicial constituidos.  

Nota 1: Una vez hecha la solicitud de desembargo, queda en manos de las entidades tanto bancarias como de registro, el tiempo y el desbloqueo efectivo de la(s) cuenta(s), así como, los registros correspondientes.


Nota 2: El sistema liquida los intereses diariamente, por lo tanto, el pago debe realizarse el mismo día en que se genera el volante de pago. 

Para el pago de las multas por infracción a las normas de transporte público, patios y grúas, declaratoria de abandono, etc, te invitamos a acercarte a la Dirección de Gestión de Cobro ubicada en la Carrera 28A No. 17A -20, Segundo Piso (Paloquemao), en el horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. - 1:00 p.m. y de 2:00 pm - 4:00 p.m.; con el fin de informarte el procedimiento a seguir para la liquidación y pago de la obligación. 

  • Si ya realizaste el pago a través de los canales tradicionales y simultáneamente  fue debitada alguna suma de dinero de tu salario o de tus productos bancarios y financieros, deberás diligenciar el espacio denominado DESEMBARGO y ENTREGA DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL de este formulario. (Formato desembargo y TDJ)
  • Si no has pagado tus obligaciones y ya te hicieron descuentos en tu nómina o en alguno de tus productos bancarios y/o financieros, puedes autorizar a la Secretaría Distrital de Movilidad para que el pago de tu deuda se realice aplicando dichos; para lo cual, deberás diligenciar el espacio denominado APROPIACIÓN DE TÍTULO DE DEPÓSITO JUDICIAL de este formulario. Recuerda que, de no autorizar la aplicación de las sumas de dinero, solo se podrá saldar la obligación hasta tanto se adelanten todas las etapas del proceso de cobro coactivo. (Formato desembargo y TDJ)

Antes de radicar tu solicitud, verifica que la medida cautelar que registra en tu contra haya sido ordenada por la Secretaría Distrital de Movilidad, dado que la gestión de desembargo solo es procedente sobre embargos impuestos por esta Entidad; si tu deuda es con un organismo diferente, el trámite se debe adelantar directamente en el organismo de tránsito correspondiente, ya que la Secretaría Distrital de Movilidad solo se encarga sobre multas y comparendos impuestos en Bogotá D.C.

Finalmente, si has sido notificado sobre un embargo y no tienes licencia de conducción, deberás acercarte a la Subdirección de Contravenciones de la Secretaría Distrital de Movilidad, con el fin de que se verifique tu situación como infractor(a), en la medida que pueden darse casos de suplantación o inconsistencias en la imposición de comparendos por parte de las y los agentes de tránsito.

  • Decreto 624 de 1989: "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales". Aplica los Artículos 837, 839 y aplica siempre. 
  • Ley 1066 de 2006 “Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones”. Aplica toda la norma y siempre.
  • Ley 1437 de 2011 – CPACA: “Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”. Aplica los Artículos 98, 99 y 100 y aplica siempre
  • Decreto Distrital 289 de 2021 “Por el cual se establece el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”. Aplica toda la norma y siempre.
  • Resolución 172831 de 2021 “Por la cual se adopta el manual administrativo de cobro coactivo de la Secretaría Distrital de Movilidad”. Aplica toda la norma y siempre.

Bogotá presente en el Foro Latinoamericano de Inversión de Impacto en México

26·FEB·2025
Invest in Bogotá participará en el Foro Latinoamericano de Inversión en Mérida México, con el propósito de establecer alianzas estratégicas
Bogotá presente en Foro Latinoamericano de Inversión de Impacto 2025Foto: Invest In Bogotá
Bogotá presente en el Foro Latinoamericano de Inversión de Impacto en México 2025

Desde este martes y hasta el 27 jueves de febrero de 2025, Invest in Bogotá - Corporación para el Desarrollo y la Productividad -Bogotá Región- representa a ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ en uno de los eventos más relevantes de la región en materia de inversión de impacto. Se trata del Foro Latinoamericano de Inversión de Impacto 2025 reúne a inversores, empresarios y expertos para compartir conocimientos y estrategias enfocadas en proyectos sostenibles en México.

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Este importante evento congrega a inversores, líderes empresariales y expertos en inversión de impacto de toda la región, creando un espacio para el intercambio de conocimientos y estrategias orientadas a proyectos sostenibles. Igualmente, el evento tendrá espacios académicos con pioneros y expertos en las últimas tendencias acerca de tecnología, sostenibilidad y emprendimiento.

A través de paneles, mesas redondas y sesiones de networkingInvest in Bogotá buscará identificar oportunidades de financiamiento que generen impacto social y ambiental. Este enfoque colaborativo permitirá catalizar iniciativas innovadoras y fortalecer la sinergia entre el sector público y privado, impulsando el crecimiento y desarrollo inclusivo.

Cifras en materia de inversión regional 

En 2024, América Latina consolidó su posición como un ecosistema empresarial en ascenso, captando USD 4.100 millones en inversiones durante el año, e incluso el sector fintech emergió como el más atractivo para los inversionistas, movilizando USD 2.400 millones, con un notable interés en segmentos específicos como la banca digital y las tecnologías de finanzas personales.

Recientemente, Colombia se destacó como un caso de éxito regional en el levantamiento de capital por medio de emprendedores de alto impacto, consolidándose como el tercer ecosistema de la región con mayor inversión de capital de riesgo. De hecho, en 2024, el país alcanzó un incremento del 30 % en comparación con 2023.

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En el caso de Bogotá, vale la pena resaltar que se ha consolidado como un centro neurálgico para el desarrollo de startups y de emprendimientos innovadores, por eso más del 90 % de las inversiones recibidas en el país fueron para emprendimientos originados en la capital en sectores como Fintech, E-commerce, DeepTech y Proptech.

Sobre Invest in Bogotá

Invest in Bogotá es una alianza entre la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) y la Alcaldía Mayor de Bogotá, que facilita la inversión internacional relevante, atrae reuniones y eventos de clase mundial y articula el ecosistema de emprendimiento de alto impacto para contribuir al desarrollo socioeconómico, la competitividad y la calidad de vida de Bogotá-Región, posicionándola como el destino preferido para hacer negocios en América Latina.

Capturadas las ‘Maracuchas’ por hurto mediante el uso de sustancias tóxicas

Estas mujeres habrían conocido a su víctima en un bar en Chapinero y pretendían trasladarlo hasta la localidad de Bosa.

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Publicado por:
Cielo Fierro
26•Feb•2025

En el marco de la estrategia ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’, la Policía de Bogotá capturó a dos mujeres por el delito de hurto. Según las investigaciones, las hoy detenidas cometían robo a personas mediante el uso de sustancias tóxicas o escopolamina. Las víctimas eran abordadas en sitios de rumba y establecimientos nocturnos de la localidad de Chapinero y eran trasladadas hasta la localidad de Bosam al sur de Bogotá.

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"Fuimos alertados por el conductor de un taxi, quien manifestó que estas dos mujeres le estaban suministrando una sustancia a la bebida que estaba tomando este ciudadano, dejándolo en estado de indefensión y despojándolo de sus pertenencias. Estas mujeres habrían conocido a su víctima en un bar en Chapinero y pretendían trasladarlo hasta la localidad de Bosa.”, aseguró el teniente coronel Norberto Caro, jefe Seccional de Protección y Servicios Especiales de la Policía de Bogotá.

Durante el procedimiento se les halló en su poder un celular de alta gama y un reloj. Asimismo, con el fin de salvaguardar la vida e integridad de este ciudadano de nacionalidad francesa fue traslado a centro asistencial, con el fin de recibir atención médica.

Las capturadas de nacionalidad extranjera fueron dejadas a disposición de la Fiscalía General de la Nación y deberán responder por los delitos que se les atribuyen.

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Recuerde denunciar cualquier hecho contrario a la convivencia o delictivo en la ciudad a través de la Línea de Emergencias 123. La denuncia es clave para lograr las sanciones o procesos investigativos que permitan la lucha contra el crimen y contribuir a que Bogotá camine segura.

Distrito aprobó plan salud y primeros auxilios de conciertos Shakira en Bogotá

26·FEB·2025
El equipo de salud estará compuesto por 102 auxiliares, 5 módulos de estabilización y clasificación, 5 médicos generales y 6 ambulancias medicalizadas.
Concierto de Shakira en Bogotá plan de primeros auxilios Foto: Secretaría Distrital de Salud
Se invita al público a disfrutar del concierto con responsabilidad y a estar atentos a las recomendaciones de seguridad emitidas por las autoridades sanitarias.

¡‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ está lista para recibir a Shakira en el Estadio El Campín! Por eso la Secretaría Distrital de Salud (SDS) emitió un concepto favorable para el plan de salud y primeros auxilios que se implementará durante los esperados conciertos de Shakira "Las Mujeres Ya No Lloran World Tour" Bogotá, que se vivirán este miércoles 26 y jueves 27 de febrero de 2025.

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Este plan de salud, coordinado por la IPS Cruz Roja Colombiana seccional Cundinamarca y Bogotá, contempla una adecuada disposición de recursos humanos y materiales para atender cualquier emergencia que pudiera presentarse durante el evento.

A continuación, un post de la Secretaría Distrital de Salud en la red social X, con más información sobre el plan de salud y primeros auxilios que se implementará en los conciertos en el estadio El Campín:

El personal de atención estará compuesto por 102 auxiliares, cinco módulos de estabilización y clasificación (MEC), 5 médicos generales y seis ambulancias tipo TAM (transporte asistencial medicalizado). También estarán presentes los equipos de Gestión de Riesgo y Salud Pública antes, durante y después del evento.

Este esfuerzo del Sector Salud garantizará una respuesta inmediata y eficaz ante cualquier contingencia que pueda surgir durante el concierto, asegurando el bienestar de todos los asistentes.

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Se invita al público a disfrutar del concierto con responsabilidad y a estar atentos a las recomendaciones de seguridad emitidas por las autoridades sanitarias y de tránsito.