La tenencia de animales es un tema de conocimiento muy importante tanto para los administradores como para los residentes de propiedad horizontal. El desconocimiento o desinformación sobre las normas y obligaciones que contempla la Ley acerca de la tenencia responsable, es origen frecuente de conflictos internos que obliga a la intervención de autoridades y otros organismos para su resolución.
Por un lado, algunas administraciones que prohíben tener animales de compañía y por otro lado, están los conjuntos residenciales que respetan la Ley y sí lo permiten. Sin embargo, a menudo se presentan conflictos por el mal olor, excrementos, ruido, daño a los bienes comunes o temor a la reacción violenta de algunos animales de razas especiales.
Portal Bogotá consultó la opinión de expertos en el tema que trabajan en el Distrito y que ayudan a la resolución de conflictos por tenencia de animales en propiedad horizontal.
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¿Cuáles son los principales conflictos por la tenencia de animales en propiedad horizontal?
Según elInstituto de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA), los conflictos que más se presentan entre residentes y la administración de propiedad horizontal, son la falta de recolección y deposición de las excretas, el ladrido del perro o maullido del gato especialmente en horas de la noche, el maltrato o desentendimiento de la tenencia responsable de un animal y la inconformidad de los usuarios por no dejar pasear los animales en zonas comunes.
Los gatos muchas veces son dejados sueltos deambulando por la áreas comunes de propiedad horizontal como lo muestra foto. Procura que tu gato esté siempre en casa pues según el IDPBA, son los mayores depredadores de fauna silvestre.
¿Y cómo solucionar entonces este tipo de conflictos?
Para ayudar a solucionar a los conflictos más recurrentes en propiedad horizontal están los organismos al interior de la propiedad horizontal, es decir, el Comité de Conivencia y el Consejo de Administración y también través del Centro de Atención Jurídica del IDPYBA.
Santiago Enciso González, líder del Programa de Participación Ciudadana de Copropiedades y Convivencia del IDPYBA, afirma que efectivamente la ley 675 de 2001habla de los organismos al interior de un conjunto residencial como los propicios para tratar conflictos, pero resalta que hay dos maneras más antes de llegar a estas instancias: primero, el diálogo entre la persona directamente responsables del animal y el residente con el que se tiene el conflicto. Segundo, el administrador de propiedad horizontal, quien debe ser un mediador neutral en el conflicto.
En la foto se observa a dos personas llegando a un acuerdo, lo que se debería hacer en la solución de conflictos en propiedad horizontal.
“Si no se logra nada con el diálogo uno a uno, pasamos al segundo paso que es que el Administrador haga la mediación; si esto no da resultado, se convoca al Comité de Convivencia, y si tampoco hay solución, el siguiente paso es el Consejo de Administración. Hasta aquí lo que se puede hacer dentro de la propiedad horizontal”, afirma Enciso.
Si es imposible resolver en estas instancias, la situación de convivencia ciudadana se vuelve más compleja, donde la Policía Nacional asumiría la resolución del conflicto, impartiría multas o buscaría mecanismos alternos de resolución, pero la idea es no llegar hasta estos extremos.
Por otro lado, el IDPYBA cuenta con un Centro de Atención Jurídica para la Protección y Bienestar Animal, el cual acoge las consultas, peticiones y denuncias de los ciudadanos que quieran tener orientación jurídica con respecto a situaciones que involucran animales. “La mayoría de personas que los consultan son los copropietarios de propiedad horizontal quienes muchas veces manifiestan decisiones arbitrarias por parte de la administración u organismos internos del conjunto”, señala Sergio Andrés Macana Guerrero, abogado y líder del Centro de Atención Jurídica.
En la foto se ven las oficinas del Centro de Atención Jurídica donde comúnmente se atienden los casos de conflicto por animales en propiedad horizontal.
Macana también coincide con la idea de darle solución a los conflictos desde la propiedad horizontal, pero también señala que, en ciertos casos, el problema radica en la desconfianza con la persona involucrada en el conflicto al verla como un contradictor o porque en ocasiones no cumple su palabra, lo que hace que muchas veces se opte por la orientación jurídica en el Centro de Atención Jurídica. Sin embargo, recomienda retomar figuras comunitarias como un tercero imparcial que ayude a la solución del problema y que viva en el mismo conjunto y que no pertenezca a los espacios institucionalizados.
En la foto se ve uno de los SuperCade donde también puedes acudir para pedir asesoría jurídica.
Si te gustaría solicitar un servicio del Centro de Atención Jurídica puedes escribir un correo a atencionjuridica@animalesbog.gov.co o puedes acudir directamente al IDPYBA de manera presencial.
También puedes asistir a los consultorios jurídicos de las universidades o SuperCade de la ciudad en donde te orientarán hacia la atención particular en el IDPYBA o en las universidades aliadas.
Obligaciones y responsabilidades de los copropietarios y administradores en relación a animales de compañía en propiedad horizontal
Aunque la administración de la propiedad horizontal no puede prohibir a los copropietarios la tenencia de animales, puede estipular reglas de convivencia que deben estar consignadas en el manual de convivencia del conjunto residencial. Sin embargo, el administrador no puede excederse en sus funciones y el manual debe regirse según los parámetros de la Ley de Propiedad Horizontal en relación a la tenencia de animales. Así mismo, los cuidadores de animales y copropietarios deben cumplir y respetar dichas reglas.
Parámetros de convivencia, regulados por el Código Nacional de Policía y Convivencia y la Ley 746 de 2002:
- Recoger las excretas de tu perro y arrojarlas desecharlas en los recipientes adecuados.
- Llevar a tu perro siempre con correa o traílla en las áreas comunes.
- No inducir a tu animal de compañía para atacar a personas, animales o bienes.
- No permitir que tu animal doméstico escarbe o esparza basura en las zonas y espacios comunes.
- Los tenedores de perros de raza fuertes están obligados a llevarlos SIEMPRE con correa y bozal, según la Ley 746 de 2002.
Si resides en edificios o conjuntos y tienes animales de compañía:
- Haz uso de los bienes comunes (zonas verdes y parques).
- Solicita a la Asamblea General la adecuación de áreas comunes para tu animal de compañía, teniendo en cuenta la disponibilidad de los espacios.
- Utiliza el ascensor, siempre y cuando no lo esté usando otro vecino, de lo contrario, solicítale permiso para ingresar con tu animal de compañía.
- Cuida del aseo y la salud de tu animal de compañía.
Cuando vayas con tu perro de raza especial por las áreas comunes de la propiedad horizontal, llévalo con bozal y traílla así como lo muestra la foto a continuación:
Sergio Macana agrega que muchas personas que habitan en propiedad horizontal llevan mucho tiempo viviendo en el mismo conjunto y perciben que las reglas del conjunto son las mismas de cuando ellos ingresaron. “Pues la ley y la sociedad misma se ha movido a abrirse mucho más o retomar ciertas instancias para la convivencia con otros animales”.
Por su parte, Enciso señala que casi cinco millones de personas viven en propiedad horizontal, es decir, el 60% de la población bogotana y explica que hoy en día existen las familias multi-especie, conformadas no solo por humanos, sino por animales no humanos. “Ya hacen parte de esta sociedad y la idea es que los animales sean un excelente miembro de la comunidad”.
Talleres de Convivencia en la propiedad horizontal
El IDPYBA, con el liderazgo de Santiago Enciso, ofrece talleres y capacitaciones para las comunidades de propiedad horizontal (copropietarios, cuerpo administrativo, comités y consejos). Su objetivo principal es que las personas comprendan primero el concepto de la tenencia responsable. “Teniendo claro esto, comenta Enciso, explicamos un poco los procesos de ley y toda su implicación desde la constitución política nacional y cómo desde estos espacios la comunidad tiene responsabilidades, deberes y derechos”.
Si te gustaría que estos talleres fuera impartidos en tu propiedad horizontal puedes enviar un correo a proteccionanimal@animalesbog.gov.co o a través del sistema Bogotá te Escucha, describiendo la solicitud. El IDPYBA se pondrá en contacto contigo.
Cabe aclarar que por época de pandemia las actividades se están desarrollando de forma virtual.