Asignación de cita para la prestación de servicios en salud

¿Qué es y para qué sirve?

Agendar una cita para acceder a la prestación de los servicios de salud de acuerdo con las necesidades del usuario.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Call Center 6013078181 de lunes a sábado 6:00 a.m. a 8:00 p.m.
  • Línea gratuita 01 8000 118181 de lunes a sábado 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

VIRTUAL

  • Chat de asignación de citas aquí.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Orden médica.
  • Autorización de servicios, si es necesario (original).

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

  • En caso de ser afiliado a una Entidad Promotora de Salud del Régimen subsidiado: estar afiliado a la entidad promotora de salud - EPS del régimen subsidiado que tenga convenio con el hospital.
  • En caso de ser población vinculada: encontrarse en el SISBÉN IV en los siguientes grupos:
    • Grupo A: conformado por 5 subgrupos (desde A1 hasta A5).
    • Grupo B: conformado por 7 subgrupos (desde B1 hasta B7).
    • Grupo C: conformado por 18 subgrupos (desde C1 hasta C18).
    • No estar afiliado a una entidad promotora de salud.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general. 

  • Mayor de 18 años original de la cédula de ciudadanía (original).

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Menores de 18 años tarjeta de identidad (original).
  • Menores de 7 años registro civil de nacimiento (original).

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Para ciudadanos extranjeros debe:

Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas:

  • Cédula de extranjería (original).
  • Orden médica y autorización de servicios, si es necesaria (original).
  • Solicitar la cita, a través de los medios telefónicos.
  • presencial: acercándose a los puntos de consulta externa en la Unidad De Servicios De Salud de la Subred Sur Occidente E.S.E.
  • virtual también se podrá gestionar la asignación de su médica horario lunes a sábado, de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. 
  • Recuerde presentarse con veinte (20) minutos de anticipación a su cita para realizar el proceso de facturación.

En caso de no poder asistir a su cita, realizar la cancelación con 24 horas de anticipación.

  • Presencial.
  • Telefónico, call center.

En caso de ser afiliado a entidad promotora de salud del régimen subsidiado debe:

  • Estar afiliado a la entidad promotora de salud - EPS del régimen subsidiado que tenga convenio con la subred (Capital Salud / Unicajas).
  • No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.

En caso de ser población vinculada:

  • Encontrarse en el nivel I o II del SISBÉN y no estar afiliado a una entidad promotora de salud.
  • No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.

¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas.
  2. Realizar el pago, de acuerdo al copago que deba cancelar o nivel del SISBÉN.
  • Ley 1438 de 2011(Artículos 55, 139.8) “Por medio del cual se reforma el Sistema General de Seguridad en Salud y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto Ley 019 de 2012 (Artículos 123, 124) “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública”.
  • Acuerdo 260 de 2004 “Por el cual se define el régimen de pagos compartidos y cuotas moderadoras dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
  • Resolución 5261 de 1994(Artículo 5) “Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
  • Ley 1122 de 2007 “Por cual se hacen algunas modificaciones en el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones”.
  • Decreto 4747 de 2007 “Por medio del cual se regulan aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo, y se dictan otras disposiciones”.

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