Cesantías parciales para docentes oficiales.

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener el reconocimiento y pago de las cesantías de forma parcial para: educación, compra de vivienda o lote, construcción, reparación o liberación de hipoteca, ya sea para el docente oficial, su cónyuge o hijo(s).

Realice la solicitud a través de Humano en Línea.


TELEFÓNICO

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

Reconocimiento de las cesantías de forma parcial.

El tiempo máximo para el trámite de reconocimiento de cesantías desde su radicación y emisión del número de trámite en el aplicativo dispuesto por la Fiduprevisora aplica de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 1955 de 2019.

Para consultar el estado de la solicitud, lo debe realizar a través de Humano en Línea ingresando con su usuario y contraseña.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

De acuerdo al tipo de cesantía, deberá adjuntar la documentación correspondiente.


Cesantía parcial para compra de vivienda.

  • Copia documento de identidad del docente (obligatorio).
  • Copia registro civil de matrimonio o declaración de terceros sobre convivencia. Requerido si se cumplen las siguientes condiciones: si la vivienda es del cónyuge o compañero (a) permanente.
  • Copia contrato de promesa de compra - venta (obligatorio). Importante: para que sea válido debe estar firmado por las partes.

Nota: El documento debe contener descripción del inmueble o lote a comprar, firmado por las partes que intervienen. En el evento en que no se adjunte promesa de compraventa se requiere anexar documento expedido por el vendedor donde especifique porque motivo no se expide promesa de compraventa.

  • Certificado de libertad y tradición del inmueble a comprar con la fecha de expedición no superior a tres meses (obligatorio) observaciones.

Nota: En caso de requerir adjuntar documentos de entidades extranjeras, o documentos en otro idioma, los mismos deben adjuntarse de la siguiente manera: - documento original, documento con traducción oficinal y apostillaje del mismo; el certificado de libertad y tradición debe evidenciar que el inmueble o predio se encuentra libre de toda afectación al derecho de dominio (hipoteca, embargo, constitución de patrimonio de familia, afectación a vivienda familiar). No se acepta documento con folio cerrado.

  • Copia documento de identificación del beneficiario.
  • Copia Certificado de cuenta bancaria (obligatorio).

Nota: Cuando la compra del inmueble se realice a persona natural, se requiere anexar certificación bancaria del prometiente vendedor o vendedores con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses (no se acepta cuenta pensional).

  • Copia contrato de leasing habitacional (opcional) solo aplica para vivienda.

Nota: Únicamente cuando las cesantías son solicitadas para leasing habitacional.

  • Copia certificación expedida por la entidad con la que se suscribió el contrato de leasing habilitación (opcional) es requerido cuando se trata de leasing habitacional.
  • Copia certificado de resguardo indígena (opcional). Es requerido cuando la vivienda pertenece a un resguardo indígena.

Cesantía parcial para liberación de gravamen hipotecario.

  • Copia documento de identidad del docente (obligatorio).
  • Copia registro civil de matrimonio o declaración de terceros sobre convivencia (opcional). Es requerido si se cumplen las siguientes condiciones: si la vivienda es del cónyuge o compañero (a) permanente.
  • Certificado original de libertad y tradición del inmueble a comprar con la fecha de expedición no superior a tres meses (obligatorio).

Nota: El documento debe evidenciar la obligación hipotecaria adquirida.

  • Documento de identificación del beneficiario.
  • Certificado monto y vigencia de obligación (obligatorio).

Nota: El documento debe ser expedido por la entidad con la cual se mantiene la obligación.

  • Certificado de cuenta bancaria (obligatorio).

Nota: El documento debe ser expedido por la entidad con la cual se mantiene la obligación y a la cual se debe realizar el pago.


Cesantía parcial para reparaciones locativas.

  • Copia Documento de identidad del docente (obligatorio).
  • Registro civil de matrimonio o declaración de terceros sobre convivencia (opcional). Es requerido si se cumplen las siguientes condiciones: Cesantías parciales: si la vivienda es del cónyuge o compañero (a) permanente.
  • Certificado original de libertad y tradición del inmueble a reparar con la fecha de expedición no superior a tres meses (obligatorio).
  • Contrato de obra civil o construcción (obligatorio). Importante: para que sea válido debe estar firmado por las partes.

Nota: El contrato debe especificar las partes intervinientes del contrato, así mismo debe contener descripción de las reparaciones que se pretenden ejecutar y cuya nomenclatura relacionada debe coincidir plenamente con la especificada en el certificado de libertad y tradición.

  • Matrícula del contratista: Ing. Civil, arquitecto o maestro de obra (obligatorio).

Nota: Cuando las reparaciones sean efectuadas por maestro de obra, se requiere anexar RUT con fecha de generación no mayor a un (1) año. Tenga en cuenta que la actividad económica relacionada debe ser afín con la obra que se desea ejecutar. Así mismo, cuando la obra es ejecutada por persona jurídica, debe anexar RUT (con fecha de generación no mayor a un (1) año) y Cámara de Comercio (con fecha de generación no mayor a tres (3) meses). De la empresa contratista.

  • Certificado de resguardo indígena (opcional). Es requerido cuando la vivienda pertenece a un resguardo indígena.
  • Certificado de cuenta bancaria (obligatorio).

Nota: No se admiten cuentas bancarias pensiónales, con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses.


Cesantía parcial para estudio.

  • Copia documento de identidad del docente (obligatorio).
  • Copia registro civil de matrimonio o declaración de terceros sobre convivencia (opcional). Es requerido si se cumplen las siguientes condiciones: Es requerido, si se cumplen las siguientes condiciones, para educación: si se solicita para cónyuge.
  • Registro civil de nacimiento del beneficiario.

Nota: Documento exigido únicamente cuando las cesantías sean requeridas para pago de estudio de hijos del docente.

  • Documento de identidad beneficiarios.

Nota: Se requiere adjuntar documento de identidad del estudiante, cuando este sea persona diferente al docente.

  • Recibo de pago - certificación de la institución educativa de estudios.

Nota: Fotocopia del recibo de pago u orden de matrícula expedido por la institución educativa que incluya: identificación de la institución, programa académico, periodo académico, valor de la matrícula y fechas establecidas para pago. Estudios avalados por el Ministerio de Educación Nacional. En el caso de las solicitudes de cesantías parciales para estudio de programas en el exterior, los docentes deberán presentar el certificado de escolaridad original, apostillado o legalizado por la autoridad competente. Así mismo, los documentos deben presentarse en idioma castellano o su traducción oficial. Para los casos de universidades extranjeras con moneda extranjera se liquidará la solicitud a la TRM del día del estudio de la prestación.

  • Certificado de cuenta bancaria (obligatorio).

Nota: No se admiten cuentas bancarias pensiónales, con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses.

  • Certificación expedida por el ICETEX (que evidencie el valor del crédito a la fecha).

Cesantía parcial para construcción de vivienda.

  • Copia documento de identidad del docente (obligatorio).
  • Copia registro civil de matrimonio o declaración de terceros sobre convivencia (opcional) Es requerido si se cumplen las siguientes condiciones: si la vivienda es del cónyuge o compañero permanente.
  • Certificado de libertad y tradición del lote o terreno donde se realizará la construcción con la fecha de expedición no superior a tres meses (obligatorio).
  • Contrato de obra civil o construcción (obligatorio) Importante: para que sea válido debe estar firmado por las partes.

Nota: El contrato debe especificar las partes intervinientes del contrato, así mismo debe contener descripción de la obra de construcción que se pretenden ejecutar y cuya nomenclatura relacionada debe coincidir plenamente con la especificada en el certificado de libertad y tradición.

  • Matrícula del contratista: Ing. Civil, arquitecto o maestro de obra (obligatorio).

Nota: Cuando la construcción sea ejecutada por maestro de obra, se requiere anexar RUT con fecha de generación no mayor a un (1) año. Tenga en cuenta que la actividad económica relacionada debe ser afín con la obra que se desea ejecutar. Así mismo, cuando la obra es ejecutada por persona jurídica, debe anexar RUT (con fecha de generación no mayor a un (1) año) y Cámara de Comercio (con fecha de generación no mayor a tres (3) meses). De la empresa contratista.

  • Certificado de resguardo indígena (opcional). Es requerido cuando la vivienda pertenece a un resguardo indígena.
  • Certificado de cuenta bancaria (obligatorio).

Nota: No se admiten cuentas bancarias pensiónales, con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Cesantía parcial para compra de vivienda.

  • Sí es persona jurídica, NIT y representación legal (obligatorio).

Nota: Cuando la compra del predio o inmueble se realice a persona jurídica, se requiere anexar RUT (con fecha de generación no mayor a un (1) año) y Cámara de Comercio (con fecha de generación no mayor a tres (3) meses) del beneficiario de pago descrito en la carta de especificación del beneficiario. Sí es persona natural, copia del documento de identidad del vendedor o vendedores.

Nota: Únicamente cuando las cesantías son solicitadas para leasing habitacional.

  • Copia carta de especificación del beneficiario a quien se le debe girar el dinero (opcional). Es requerido cuando se trate de un beneficiario persona jurídica.

Nota: La carta debe ser expedida por el vendedor donde se indique a nombre a quien se debe realizar el desembolso de las cesantías (persona jurídica) y No de NIT.


Cesantía parcial para liberación de gravamen hipotecario.

  • Sí es persona jurídica, NIT y representación legal (obligatorio).

Nota: Cuando la hipoteca sea adquirida con Cooperativa, se requiere anexar RUT de esta, con fecha de generación no mayor a un (1) año.

Las certificaciones bancarias expedidas por la entidad financiera Bancolombia correspondientes a productos de tipo de cuenta ahorro a la mano están presentando inconvenientes para realizar el pago, puesto que son cuentas que manejan un tope máximo de $8.000.000 para realizar el desembolso de la prestación, razón por la cual, por recomendación de la fiduciaria no autorizar este tipo de cuentas para el desembolso de las cesantías.


¿Qué se debe hacer?

1. Realice la solicitud a través de Humano en Línea.

2. De acuerdo al tipo de cesantía, deberá adjuntar la documentación correspondiente.

NormaDescripción

Ley 1955 de 2019

Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 Pacto por Colombia, pacto por la equidad" Artículo 57

Decreto 942 de 2022

Por el cual se modifican algunos artículos de la Sección 3, Capítulo 2, Título 4, Parte 4, Libro 2 del Decreto 1075 de 2015 -Único Reglamentario del Sector Educación- sobre el reconocimiento y pago de Prestaciones Económicas a cargo del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y se dictan otras disposiciones

Acuerdo 34 de 1998

Por el cual se modifican los acuerdos del 11 de enero de 1995 y número 1 del 26 de junio de 1996 sobre el trámite de cesantías parciales de los docentes afiliados al fondo Nacional de prestaciones Sociales del Magisterio

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