Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

En Día de Velitas camina la Navidad por la Carrera Séptima con gran desfile

Con más de 700 artistas y talentos locales, once comparsas estarán en el desfile navideño este 7 de diciembre desde la Plaza Cultural La Santamaría.
Navidad en Bogotá con Velitas en desfile 7 de diciembre Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte de Bogotá

Con más de 700 artistas y talentos locales, once comparsas con mensajes alusivos a esta época especial del año y cinco Bandas de Marcha, la capital abre oficialmente este sábado 7 de diciembre, la temporada ‘En Bogotá, mi ciudad, mi casa, la Navidad es Cultura’.

(Este contenido te puede interesar: Todo lo que tienes que saber de la Navidad 2024 en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa)

Un recorrido cargado de magia y creatividad, que comenzará a las 4:00 p.m. en la Plaza Cultural La Santamaría, en la calle 26, se tomará toda la Séptima y llegará a las 6:00 p.m. a la Plaza de Bolívar, donde se encenderá oficialmente el árbol de Navidad de 24 metros de altura y las 15 estructuras lumínicas de gran formato, y el alumbrado de la carrera séptima.

En este colorido desfile con talento 100% local, participarán colectivos de las localidades de Antonio Nariño, Ciudad Bolívar, Fontibón, Kennedy, La Candelaria, Rafael Uribe Uribe, San Cristóbal, Santa Fe, Teusaquillo y Usaquén, en propuestas cargadas de magia, diversidad y tradiciones que representan el poder del trabajo en equipo y festivo que se vive en los barrios de Bogotá durante la época navideña. 

Navidad Bogotá 2024

“Desde la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte realizamos 23 convocatorias e invitaciones dirigidas a artistas locales, con el objetivo de democratizar la participación ciudadana y generar oportunidades de circulación y empleo para el sector creativo y artístico de la ciudad. Será una Navidad sin precedentes donde el talento, la diversidad y la creatividad de los artistas y emprendedores locales despertarán el orgullo capitalino, ofreciendo diferentes espectáculos para toda la ciudadanía”, destacó el secretario de Cultura, Recreación y Deporte, Santiago Trujillo Escobar.

El desfile de comparsas será el inicio de una temporada inolvidable, cargada de diversión, magia y espectáculos para habitantes de Bogotá y turistas de todas las edades, quienes del 14 al 23 de diciembre podrán “Caminar la Navidad”, desde El Parque Nacional hasta la Plaza de Bolívar, pasando por la Plaza Cultural La Santamaría y la Catedral Primada, por la Carrera Séptima.  

Navidad Bogotá 2024

En este circuito, la ciudadanía podrá disfrutar de tres grandes espectáculos gratuitos, con más de 100 funciones, diseñadas y producidas especialmente para esta Navidad, con la participación de más de 1.060 artistas locales en propuestas que incluirán circo, teatro, música, danza, video mapping, figuras gigantes de luz, performance, experiencias sensoriales y arte digital inmersivo. 

El desfile es organizado por la Alcaldía Mayor de Bogotá a través de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, con el apoyo de Canal Capital, Brilla y ENEL. Será transmitido por Canal Capital, a partir de las 4:00 p.m. 

Navidad Bogotá 2024

Un alumbrado más sostenible para Bogotá en Navidad

Por primera vez, una administración distrital prioriza la sostenibilidad energética y el ahorro en el gasto público. Este 2024, en sintonía con el desafío mundial que presenta el cambio climático, el alumbrado navideño utilizará tecnologías eficientes y un diseño de iluminación estratégico, lo que permitirá reducir el consumo energético de 70.550 kw/h, en el año 2023, a 35.900 Kw/h, en 2024; es decir, un ahorro del 63%.

De igual manera, se optimizará el gasto público con una reducción en la inversión de recursos del 51%, con respecto a 2023.

Además, por indicaciones del alcalde Mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, las alcaldías locales se sumarán a una estrategia de alumbrado consciente, priorizando actividades culturales para el disfrute de todos los bogotanos. 

Circuito por el centro de Bogotá para ‘Caminar la Navidad’:

  • En la Plaza de Bolívar se presentará del 14 al 23 de diciembre ‘La Fiesta de la Vida’, una experiencia inmersiva, visual y sonora inolvidable, con una potente puesta en escena, que incluye un gran despliegue tecnológico, más de 50 artistas, entre actores y músicos, estructuras lumínicas y un árbol navideño de 24 metros.  

Del 14 al 23 de diciembre

Funciones: 6:30 p.m., 7:30 p.m. 8:30 p.m. y 9:30 p.m.

El 17 de diciembre no hay función por día de racionamiento de agua en la zona.

Duración: 20 minutos / Entrada libre. 

  • En la Catedral Primada de Bogotá tendrá lugar ‘Lo Sagrado’, un espectáculo de arte digital inmersivo, con música, teatro y danza en vivo para sorprender y conmover al público de la capital en un viaje al interior del ser humano. Una obra de Jimmy Rangel y el Teatro de Juguete, en colaboración con La Maison Production de Francia.


Del 14 al 22 de diciembre

Funciones abiertas al público: 6:00 p.m., 7:00 p.m., 8:00 p.m. y 9:00 p.m.

Del 16 al 20 de diciembre no hay función de 6:00 p.m. 

El 17 de diciembre no hay función por día de racionamiento de agua en la zona. 

Duración: 27 minutos. 

Entrada libre hasta completar aforo (600 personas). 

  • En la Plaza Cultural La Santamaría se presentará ‘El Secreto de Ana Nieves'. Más de 80 artistas en escena acompañarán a Ana en una aventura mágica y divertida donde se fusiona circo, danza, multimedia, teatro, canto y música en vivo en una obra multisensorial. Una obra de Producciones La Ventana. 


Del 14 al 23 de diciembre

Funciones: 7:00 p.m. y 9:00 p.m. 

Duración: 35 minutos. / Entrada libre hasta completar aforo (20.000 personas). 

  • Parque Nacional – Circulación de artistas: frente al monumento Rafael Uribe, la ciudadanía podrá apreciar y disfrutar de presentaciones artísticas y culturales con invitados especiales, ganadores de becas LEP e invitaciones culturales en homenaje a artistas de la Carrera Séptima.

Días 20, 21 y 22 diciembre / 10:00 a.m. a 9.00 p.m. / Entrada libre

  • Carpa Bailable Navideña 2024 - Parque Nacional: habitantes de Bogotá podrán disfrutar de una gran pista de baile con la presencia de bailarines profesionales que  activarán una experiencia de danza para los asistentes, con música en vivo o con Dj (vinilos). Organizan: SCRD e IDARTES. 

Abierta del 20 al 22 diciembre / 6:00 a 8:00 p.m. Entrada libre hasta completar aforo. 

(No te vayas sin leer: Esta Navidad 2024 Monserrate es Puerto de Fe con asombrosa iluminación ¡Vamosss!)


La Navidad en Bogotá 2024

La Navidad en Bogotá 2024, será un ejemplo de cómo podemos disfrutar de nuestras tradiciones de manera responsable y en armonía con el medio ambiente y los recursos públicos. Toda la programación se podrá consultar en nuestro Portal Bogotá. Conoce toda la programación haciendo clic aquí.

Conoce en el siguiente video el abre bocas de la agenda gratuita de ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ para Navidad 2024:


Descubre más eventos navideños en la ciudad en la  Agenda Cultural de Bogotá.  ¡La Navidad en Bogotá es Cultura!

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.





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Secretaría Distrital de Hacienda - Red CADE

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Incrementa el control contra licor adulterado en Bogotá durante diciembre

6·DEC·2024
El Distrito hace llamado hacia la ciudadanía para que adopten medidas para cuidar su bienestar y el de su familia durante la celebración del 7 de Velitas.
Distrito iincrementa el control contra licor adulterado en BogotáFoto: Secretaría Distrital de Salud
Desde Secretaría Distrital de Salud invitamos a las y los ciudadanos para que adquieran licores en lugares de confianza y celebren estas festividades con MAS Bienestar.

En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ la Navidad 2024! es cultura. Por eso, la Alcaldía de Bogotá junto con la Secretaría de Salud (SDS) continúa realizando acciones intensificadas para la inspección, vigilancia y control de bebidas alcohólicas en los diferentes expendios y establecimientos comerciales en las 20 localidades de la ciudad con el fin de salvagurrdar la vida y salud de los capitalinos y capitalinas en las celebraciones de Día de Velitas, novenas, Navidad y fin de año. ¡Te contamos recomendaciones de cuidado y prevención! 

Te puede interesar: ¡Ojo a las recomendaciones! Ten cuidado con el licor adulterado en Navidad

Desde el 15 de noviembre hasta la fecha, el Sector Salud ha liderado 42 operativos en cigarrerías, bares, gastrobares, tabernas, discotecas, entre otros tipos de establecimientos, en los cuales se han inspeccionado más de 21.546 litros de bebidas alcohólicas. De estos, 336 litros se han destruido por riesgo a la salud pública.

Las causas de las medidas sanitarias aplicadas a estas bebidas alcohólicas fueron productos fraudulentos (que corresponden al 80 % de los litros destruidos) y licor adulterado, con 17 % de los mismos; siendo la cerveza la principal bebida alcohólica con medida sanitaria de destrucción (71 % de lo inspeccionado), seguido de las presentaciones envasadas de cocteles (16 %) y de los vinos (7 %).

Así mismo, los resultados de los operativos arrojaron que los lugares en donde más se evidenció desnaturalización del producto o adulteramiento son los expendios directos de licores, cigarrerías y depósitos, en donde se aplicaron las respectivas medidas sanitarias de destrucción.

Desde Secretaría de Salud (SDS) invitamos a las y los ciudadanos para que adquieran licores en lugares de confianza y celebren estas festividades con MAS Bienestar. Además, recomendamos a las personas que, en caso de presentar síntomas como dolor abdominal, malestar general, náuseas, vómitos o diarrea tras consumir alguna bebida alcohólica, eviten automedicarse y acudan de inmediato al centro de salud más cercano.

Se resalta que, durante la temporada navideña 2024 – 2025, ninguna persona se ha intoxicado por consumir bebidas alcohólicas adulteradas con metanol. En caso de que la ciudadanía tenga sospecha de comercialización de licores de dudosa procedencia, se invita a denunciar estos establecimientos a través de la Línea 123. Entre todos podemos crear MAS Bienestar.

Vigilancia a alimentos en Bogotá en Navidad 2024 y fin de año

Entre el 15 de noviembre y hasta la fecha se han llevado a cabo 283 operativos liderados por los equipos de vigilancia de la Secretaría Distrital de Salud. En este periodo de tiempo se han atendido dos eventos de Enfermedades Transmitidas por Alimentos (ETA) y siete casos asociados a intoxicaciones por alimentos.

Desde la Secretaría continuamos intensificando la vigilancia con controles en supermercados, hipermercados, cigarrerías, tiendas, depósitos de alimentos, panaderías, minimercados y expendios de carne en las 20 localidades de Bogotá.

Más de 21.721 kilos de alimentos han sido inspeccionado en 39 establecimientos intervenidos, de los cuales se han destruido 289 kilos por no cumplir las condiciones para su consumo. Entre los productos se incluyen:

  • Productos cárnicos, 108 kg (37,37 %).
  • Galletas y dulces, 54 kg (18,69 %).
  • Productos de panadería, 27 kg (9,34 %).
  • Derivados cárnicos 24 kg, (8,30 %).
  • Productos listos para el consumo 23 kg, (7,96 %).
  • Derivados lácteos (quesos y mantequilla), 17 kg (5,88 %).
  • Otros (dentro de los cuales se encuentran condimentos y huevos), 54 kg (18,69 %).

Casos de lesionados por artefactos pirotécnicos en Bogotá

De acuerdo con los datos reportados por las unidades de urgencias y el monitoreo realizado por la Secretaría Distrital de Salud con corte al 6 de diciembre de 2024, se registraron tres casos de personas lesionadas con pólvora.

De acuerdo con la información recopilada, la mayoría de los casos (2) se han presentado en menores de edad. Los casos registrados durante esta temporada ocurrieron en las localidades de Fontibón (1 caso), Engativá (1 caso) y Rafael Uribe Uribe (1 caso). Teniendo en cuenta los artefactos que causaron las lesiones, en primer lugar, están los voladores y, en segundo lugar, las luces de bengala.

En cuanto al lugar anatómico de la lesión, las manos representan el mayor número de casos, con dos lesionados; le sigue 1 caso con lesiones en la cara y 1 en los ojos. Es importante tener en cuenta que una persona puede tener más de una lesión.

Desde la Administración reiteramos el llamado a no comprar ni usar pólvora ni permitir que niños, niñas y adolescentes la manipulen. Evitar situaciones que pongan en riesgo el bienestar de las familias y la comunidad es responsabilidad de todos y todas. Si presencian la manipulación o comercialización de pólvora, deberán denunciar a la Línea 123.

Recomendaciones para la salud durante las festividades de Navidad 2024 y fin de año en Bogotá

Por todo lo anterior, se hace las siguientes recomendaciones a la ciudadanía:

1. Al momento de comprar licor, verifique que los sellos, envolturas, tapas, bandas de seguridad, dosificadores, estampillas y etiquetas no hayan sido manipulados, que estén en buen estado y bien ubicados (no deben estar rotos, ni rasgados). En caso de que el envase sea de cartón con cubierta interior en aluminio, se debe revisar que las pestañas estén bien pegadas.

2. Observe muy bien el contenido de la botella, que el color sea según el tipo de licor; observe bien la botella a contraluz verifique que no presente cuerpos extraños en su interior, a menos que corresponda al tipo de producto.

3. Las cervezas, cremas, sabajones, ponches, piña colada, deben declarar fecha de vencimiento. Verifique la misma antes de consumirla. Después de consumir bebidas alcohólicas rompa las etiquetas de los envases, el dosificador y la tapa, para evitar que estos sean usados nuevamente.

No te vayas sin consultar: Prepárate a ‘La Fiesta de la Vida’ del 14 al 23 de diciembre en Plaza de Bolívar

4. Si va a comprar alimentos o bebidas alcohólicas, hágalo únicamente en sitios legales y que sean lugares de confianza. No compre en la vía pública ni en establecimientos no vigilados por la autoridad sanitaria.

5. Desconfíe de los precios más bajos de los que regularmente se encuentran en el mercado.

6. No reciba alimentos ni bebidas alcohólicas de personas desconocidas.

7. En sitios públicos, siempre exija que el licor se destape en su presencia.

8. El rotulado de alimentos debe proporcionar información sobre el producto lo suficientemente clara y comprensible de modo que no induzca a engaño o confusión y permita realizar una elección informada.

9. La fecha de vencimiento indica hasta cuando un alimento es apto para su consumo, ya que ingerir un producto posterior a esta fecha aumenta el riesgo de intoxicación alimentaria.

10. Conserve siempre refrigerados alimentos como carnes, lácteos y sus derivados.

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Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - Red CADE

El día de hoy, 6 de diciembre del 2024, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - SDSCJ, brindará atención hasta las 3:20 en el siguiente punto de la Red CADE:

Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - SDSCJ
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En esta Navidad, visita el emblemático Parque de los Novios en Bogotá

7·DEC·2024
El Parque de los Novios, ubicado en el corazón de la capital, es el destino ideal para disfrutar esta Navidad en familia.
Navidad en familia: visita el Parque de los Novios en esta temporadaFoto: IDRD
Parque de los Novios está abierto al público de lunes a domingo, entre las 6:00 a.m. y 5:00 p.m.

El Parque de los Novios, de Bogotá, mi Ciudad, mi Casa también conocido como El Lago, es uno de los lugares recreativos más representativos de Bogotá. Ubicado en la localidad de Barrios Unidos, en la avenida calle 63 #45-10, este espacio de 23 hectáreas combina naturaleza, actividades al aire libre y un ambiente familiar, ideal para celebrar la temporada navideña. 

También te puede interesar: Día de Velitas para deleitarlo con la Filarmónica en Teatro El Parque: Es gratis

Con un lago habitado por patos, gansos y peces, los visitantes pueden disfrutar de paseos en botes de remo, bicicletas acuáticas o kayak, mientras aprecian aves como ocas africanas, tinguas y patos zambullidores. Además, el parque cuenta con una zona de asadores perfecta para compartir en familia, integrando la tradición navideña con una deliciosa gastronomía al aire libre. 

Recomendaciones para un uso adecuado del parque 

Para disfrutar al máximo de esta experiencia, es fundamental respetar las normas del parque: 

  • Hacer uso de las canecas de basura y evitar desperdiciar agua. 
  • Respetar la señalización y horarios del parque. 
  • Está prohibido el ingreso de bebidas alcohólicas, sustancias alucinógenas, armas, bicicletas y animales de compañía. 
  • En la zona de asadores, se recomienda usar carbón y mantener el espacio limpio al finalizar la actividad. 
  • El uso de los asadores debe ser registrado antes del mediodía. 

Horarios de atención 

  • Parque: lunes a domingo, de 5:00 a.m. a 6:00 p.m. 
  • Administración: martes a viernes, de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. 
  • Parqueadero: de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. 

Este fin de año, el Parque de los Novios se presenta como el destino ideal para salir de la rutina y disfrutar en familia, rodeados de naturaleza y actividades recreativas en el corazón de Bogotá.

Lee también: Del 16 al 23 de diciembre los comercios se unen a Bogotá Despierta de Navidad

La Navidad en Bogotá 2024, será un ejemplo de cómo podemos disfrutar de nuestras tradiciones de manera responsable y en armonía con el medio ambiente y los recursos públicos. Toda la programación se podrá consultar en nuestro Portal Bogotá. Conoce toda la programación haciendo clic aquí.

Conoce en el siguiente video el abre bocas de la agenda gratuita de ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ para Navidad 2024:

 

Inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud

¿Qué es y para qué sirve?

Es el registro de los datos del prestador de servicios de salud y de los servicios de salud a prestar, en la base de datos del aplicativo denominado Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud – REPS, de cada secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, siendo estas entidades las responsables de su verificación, administración y diligenciamiento, correspondiéndole al Ministerio de Salud y Protección Social su consolidación.

Los tipos de prestadores de servicios de salud son:

  • Instituciones Prestadoras de Servicios - IPS.
  • Profesionales Independientes - PI.
  • Transporte Especial de Pacientes- TEP.
  • Entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud- OSD.

El prestador de servicios de salud deberá diligenciar el formulario de inscripción y la declaración de la autoevaluación de servicios de salud en el aplicativo REPS.

El trámite de inscripción es netamente presencial en las instalaciones de la Secretaría Distrital de Salud. Presentar y radicar el formulario de inscripción del REPS, la declaración de la autoevaluación y los soportes establecidos en la Resolución 3100/2019, de acuerdo con el tipo de prestador definido. Para más información, consulte aquí.

 

VIRTUAL

  • Usted podrá realizar ingreso diligenciamiento formulario de inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud AQUÍ.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

Para asistencia técnica relacionada con la inscripción de prestadores de servicios de salud:

  • Conmutador SDS (601) 3649090 ext. 9209 - 9890 horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua.
  • Atención vía celular 301 7241721 horarios de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua.

Para información general: 

  • (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

    PRESENCIAL

    Horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua. DirecciónCRA 32 #12-81 Bogotá, ColombiaEdificio Administrativo Primer Piso - Módulo 10 y 12.

    Ver puntos de Atención

    Este trámite no tiene costo.

     Incorporación en la base de datos Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud-REPS.

    La recepción de los documentos no implica la decisión favorable del trámite, estos serán objeto de verificación y validación en un plazo de 15 días hábiles. En caso de encontrar inconsistencias o errores en los documentos, serán devueltos para su corrección o ajuste según proceda y deberán ser presentados nuevamente para adelantar la inscripción del prestador, sin perjuicio de la puesta en conocimiento ante las autoridades correspondientes cuando haya lugar.

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    Persona natural:

    • Para conocer Información de la inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud en el REPS, consulte aquí.

    Consulte requisitos de acuerdo con el tipo de prestador definido:

    • Profesionales independientes-PI.

     

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • En caso de que el trámite de inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud sea realizado por persona diferente al profesional independiente o al representante legal de la persona jurídica interesada en el trámites, deberá debe presentar donde conste la autorización para realizar el trámite, acompañada de la  fotocopia del documento de identidad del autorizado y de quien autoriza.
    • Consulte requisitos aquí.

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    Persona jurídica:

    Para conocer información de la inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud en el REPS, consulte aquí.

    Consulte requisitos de acuerdo con el tipo de prestador definido:

    • Instituciones Prestadoras de Servicios- IPS.
    • Transporte Especial de Pacientes- TEP.
    • Entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud- OSD.

    Nota: En la Resolución 544 de 2023: Artículo 7. Requisitos para el trámite de la inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud en el REPS. Para que un prestador de servicios de salud se inscriba y habilite servicios en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud -REPS, establece:

    En el Parágrafo 1: El prestador de servicios de salud que cambie de NIT y continúe prestando los servicios de salud en el mismo domicilio y sede de manera ininterrumpida, deberá efectuar novedad de cierre del prestador y realizar de manera inmediata el trámite de inscripción del prestador, de acuerdo con lo establecido en el presente artículo y habilitar los servicios que vaya a continuar prestando ante la secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias. Dichos prestadores no serán objeto de visita previa. La secretaría de salud departamental o distrital, o la entidad que tenga a cargo dichas competencias, deberá priorizarlos en el plan de visitas de verificación de la siguiente vigencia.

    Para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPS (inscripción y/o reactivación), Transporte Especial de Pacientes- TEP y servicios oncológicos: Requiere de vista previa, para lo cual la secretaría tendrá seis (6) meses de plazo para la ejecución de la visita a partir del momento de la radicación de la solicitud. Para más información consulte aquí.

    • Decreto 0780 de 2016 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social” en la Parte 5. Reglas para aseguradores y prestadores de servicios de salud; Título 1, establece el Sistema Obligatorio de la Garantía de la Calidad de la Atención en Salud (SOGCS). 
    • Decreto 507 de 2013  “Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.”  Artículo 15 - numeral 11. 
    • Resolución 3100 de 2019 "Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de los servicios de salud y adopta el manual de inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud. 
    • Resolución 2082 de 2014 "Por la cual se dictan disposiciones para la operatividad del Sistema Único de Acreditación en Salud" 
    • Circular 012 de 2016 "Por el cual se hacen adiciones, eliminaciones y modificaciones a la circular 047 de 2007, y se imparten instrucciones en lo relacionado con el programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud y el sistema de información para la calidad" 
    • Resolución 256 de 2016 "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Sistema de Información para la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud" 
    • Resolución 3539 de 2019 "Por la cual se adopta el instrumento para las entidades responsables del aseguramiento en salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, reporten los servicios y tecnologías en salud ordenados por el médico tratante, que sean negados y se modifica la Resolución No. 256 de 2016" 
    • Decreto 903 de 2014 "Por el cual se dictan las disposiciones en relación con el Sistema Único de Acreditación en Salud"
    • Resolución 544 de 2023 “Por la cual se modifica la Resolución 3100 de 2019 en el sentido de adecuar algunos aspectos relacionados con la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud”

    Reporte de novedades al registro especial de prestadores de servicios de salud

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Es el reporte que deben realizar los prestadores de servicios de salud, sobre las novedades o modificaciones en los servicios ofertados en el momento en que se presenten, a través del formulario de reporte de novedades disponible en el aplicativo del REPS publicado en la página web la Secretaría Distrital de Salud.

    Si la novedad reportada requiere verificación, deberá anexar los soportes definidos en el manual de inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud de acuerdo al tipo de prestador definido (Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud-IPS, Profesionales Independientes- PI, entidad con Objeto Social Diferente- OSD y Transporte Especial de Pacientes-TEP).

    VIRTUAL

    • Usted podrá realizar el ingreso al diligenciamiento del formulario de inscripción en el registro especial de prestadores de servicios de salud  AQUÍ.

    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    Para asistencia técnica relacionada con el reporte de novedades al registro especial de prestadores de servicios de salud

    • Conmutador SDS (601) 3649090 ext. 9209 - 9890 horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua.
    • Atención vía celular 301 7241721 lunes a viernes 7:00 a.m. a 4:00 p.m. Jornada continua.

    Para información general: 

    • (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
    • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

      PRESENCIAL

      Horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua. Dirección CRA 32 #12-81 Bogotá, Colombia Edificio Administrativo Primer Piso - Módulo 10 y 12.

      Ver puntos de Atención

      Este trámite no tiene costo.

      Como respuesta se obtiene el registro de la novedad.

      El tiempo definido está de acuerdo al tipo de novedad a realizar.

      ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

      Para persona natural, consulte los requisitos para prestador de servicios de salud:

      • Profesionales independientes-PI.

      Requisitos para presentar la novedad.

      • Diligenciar el formulario de novedades que encontrará AQUÍ.
      • Presentar el formulario de novedades debidamente diligenciado y firmado por el profesional independiente o representante legal de la entidad y anexar los documentos establecidos en el manual de inscripción de prestadores y habilitación de servicios de salud de acuerdo con el tipo de prestador inscrito en el REPS. Consulte aquí los soportes, de acuerdo al tipo de prestador definido: AQUÍ.
      • Las siguientes novedades deben radicarse en la ventanilla de correspondencia de la Secretaría Distrital de Salud, con oficio firmado por el prestador o representante legal de la institución indicando la novedad a realizar y citando los datos contenidos en el formulario correspondientes a:  Documento de identidad o NIT de la institución, Nombre del prestador, correo electrónico, teléfono de contacto, nombre del representante legal de la institución.

      Novedades:

      • Apertura de sede.
      • Cambio de domicilio.
      • Apertura de servicios que requieran visita de verificación previa.

      Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

      Para persona jurídica consulte los tipos de prestadores de servicios de salud según corresponda:

      • Instituciones Prestadoras de Servicios- IPS.
      • Transporte Especial de Pacientes- TEP.
      • Entidades con objeto social diferente a la prestación de servicios de salud- OSD.

      Algunas novedades requieren soporte documental. Consulte aquí los requisitos de novedades.

      Para poder demostrar la posible fecha en que fue construida la edificación, se debe tener en cuenta las indicaciones dadas en el artículo 2.2.6.1.1.1 del Decreto 1203 de 2017:

      • “ARTÍCULO 2.2.6.1.1.1 Licencia urbanística. (…) La licencia urbanística es el acto administrativo de carácter particular y concreto, expedido por el curador urbano o la autoridad municipal o distrital competente, por medio del cual se autoriza específicamente a adelantar obras de urbanización y parcelación de predios, de construcción, ampliación, modificación, adecuación, reforzamiento estructural, restauración, reconstrucción, cerramiento y demolición de edificaciones, de intervención y ocupación del espacio público, y realizar el loteo o subdivisión de predios. El otorgamiento de la licencia urbanística implica la adquisición de derechos de desarrollo y construcción en los términos y condiciones contenidos en el acto administrativo respectivo, así como la certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas y sismo resistentes y demás reglamentaciones en que se fundamenta, y conlleva la autorización específica sobre uso y aprovechamiento del suelo en tanto esté vigente o cuando se haya ejecutado la obra siempre y cuando se hayan cumplido con todas las obligaciones establecidas en la misma.  (…)”

      El único documento válido para certificar el momento de construcción o adecuación probable de un inmueble es la licencia de construcción.

      4.3. DEFINICIONES DEL ESTÁNDAR DE INFRAESTRUCTURA. (pg26).

      • Edificación de uso mixto: Edificaciones destinadas para la prestación de servicios de salud, cuya infraestructura es usada para diferentes actividades (comercial, residencial, educación, vivienda, entre otros), acorde con lo establecido en la respectiva normatividad de ordenamiento territorial del municipio o distrito correspondiente.
      • Edificación de uso exclusivo de salud: Edificaciones destinadas para la prestación de servicios de salud cuya infraestructura es usada exclusivamente para la prestación de servicios de salud, acorde con lo establecido en la respectiva normatividad de ordenamiento territorial del municipio o distrito correspondiente.

      Lo anterior de acuerdo a las disposiciones contenidas en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011.


      ¿Qué se debe hacer?

      1. Para el registro de novedades de un prestador de servicios de salud, valide previamente si corresponde a un trámite virtual o presencial, según el tipo de prestador: AQUÍ.
      2. Para el registro de novedades de un prestador de servicios de salud, el representante legal de la entidad debe presentar en la ventanilla de habilitación ubicada en el primer piso del edificio administrativo de la Secretaría Distrital de Salud, los documentos debidamente diligenciados, de lo contrario debe enviar autorización por escrito para realizar el trámite. Consulte los requisitos de acuerdo al tipo prestador y la novedad a realizar: AQUÍ.
      3. Las novedades que requieran presentar la licencia de construcción, necesariamente se deben presentar los documentos en la ventanilla de habilitación ubicada en el edificio administrativo de la Secretaría de Salud de Bogotá, primer piso, ventanillas 10 y 12. Una vez hayan sido verificados que se encuentren completos, se informará al prestador que puede radicar en la ventanilla de correspondencia para ser validados por el arquitecto o ingeniero designados por parte de la Subdirección de Inspección Vigilancia y Control. La recepción de los documentos no implica la decisión favorable de su trámite, estos serán objeto de verificación y validación en un plazo de 15 días hábiles. El resultado de la validación de los documentos se le informará vía correo electrónico al prestador con indicaciones del paso a seguir. Consulte aquí los requisitos para presentar novedades, de acuerdo a cada tipo de prestador definido: AQUÍ.
      • Decreto 0780 de 2016 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social” en la Parte 5. Reglas para aseguradores y prestadores de servicios de salud; Título 1, establece el Sistema Obligatorio de la Garantía de la Calidad de la Atención en Salud (SOGCS). 
      • Decreto 507 de 2013  “Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.”  Artículo 15 - numeral 11. 
      • Resolución 3100 de 2019 "Por la cual se definen los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de los servicios de los servicios de salud y adopta el manual de inscripción de Prestadores y Habilitación de Servicios de Salud. 
      • Resolución 2082 de 2014 "Por la cual se dictan disposiciones para la operatividad del Sistema Único de Acreditación en Salud" 
      • Circular 012 de 2016 "Por el cual se hacen adiciones, eliminaciones y modificaciones a la circular 047 de 2007, y se imparten instrucciones en lo relacionado con el programa de auditoría para el mejoramiento de la calidad de la atención en salud y el sistema de información para la calidad" 
      • Resolución 256 de 2016 "Por la cual se dictan disposiciones en relación con el Sistema de Información para la Calidad y se establecen los indicadores para el monitoreo de la calidad en salud" 
      • Resolución 3539 de 2019 "Por la cual se adopta el instrumento para las entidades responsables del aseguramiento en salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, reporten los servicios y tecnologías en salud ordenados por el médico tratante, que sean negados y se modifica la Resolución No. 256 de 2016" 
      • Decreto 903 de 2014 "Por el cual se dictan las disposiciones en relación con el Sistema Único de Acreditación en Salud"
      • Resolución 544 de 2023 “Por la cual se modifica la Resolución 3100 de 2019 en el sentido de adecuar algunos aspectos relacionados con la inscripción de prestadores y la habilitación de servicios de salud”

        Concejo aprobó el Presupuesto Distrital de $38,4 billones para Bogotá 2025

        6·DEC·2024
        La iniciativa ahora pasa a sanción del alcalde mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán.
        Concejo distrital aprueba presupuesto de $38,4 billones para BogotáFoto:Secretaría Distrital de Hacienda
        Seguridad, reactivación económica y acción climática fueron los de mayor crecimiento.

        ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ consolida su Plan Distrital de Desarrollo 'Bogotá Camina Segura' con la aprobación del Presupuesto Distrital de 2025. Este viernes 6 de diciembre de 2024, El Concejo de Bogotá aprobó en sesión plenaria el Presupuesto Anual de Rentas e Inversiones para la vigencia 2025, por un valor de $38,4 billones, lo que representa un incremento del 13 % frente al presupuesto de 2024, que fue de $33,2 billones. Este presupuesto garantiza la continuidad de programas sociales estratégicos y fortalece significativamente sectores clave como seguridad, reactivación económica y acción climática.

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        Con este presupuesto se garantiza la ejecución del Plan Distrital de Desarrollo ‘Bogotá Camina Segura’ con la siguiente distribución:

        • • Inversión: $31,3 billones (81,4 % del total)
        • Gastos de funcionamiento: $5,1 billones (13,4 %)
        • Servicio de la deuda: $2 billones (5,2 %)

        “Un agradecimiento para el Concejo de Bogotá, que durante más de un mes ha dado un debate constructivo, que nos permite tener un presupuesto definido para el año 2025 y que le permite avanzar a la ciudad en estrategias fundamentales como la seguridad, reactivación económica y el medio ambiente. Nos comprometemos con toda responsabilidad a ejecutar este presupuesto y a valorar cada peso como lo más sagrado para toda la ciudad”. Ana María Cadena, secretaria de Hacienda de Bogotá.

        Principales prioridades aprobadas en el Presupuesto Distrital de 2025

        En síntesis, estos son los puntos destacados del presupuesto:

        • Seguridad: incremento del 43 % en el presupuesto de seguridad para fortalecer la videovigilancia, la justicia y la convivencia ciudadana.
        • Reactivación económica: aumento de recursos para el empleo, vivienda y el desarrollo de infraestructura, con un enfoque especial en mujeres y jóvenes.
        • Acción climática: proyectos de restauración ambiental, protección de cuencas y bosques urbanos.
        • Gasto social: garantía de acceso a la educación, subsidios para las familias vulnerables y atención integral a poblaciones en riesgo.
        • Eficiencia en el gasto: prioridad a la inversión, con un aumento del 15 % en comparación con el 10 % de gasto en funcionamiento.

        En el fortalecimiento de la seguridad, convivencia y justicia (con un incremento histórico del 43 %) se tendrán entre otras inversiones:

        • Ampliación de cobertura del sistema de videovigilancia

        Nueva Cárcel Distrital II:

        • Entrega de la URI Norte
        • Entrega del CAI Bosa Libertad
        • Fortalecimiento sin precedentes del Cuerpo de Bomberos con un aumento del 59 % en su presupuesto de inversión, gracias a los recursos de la sobretasa bomberil

        En el impulso al hábitat y vivienda (aumento del 41 %):

        • 24.240 nuevos subsidios distribuidos en:
        • 18.936 para vivienda nueva
        • 800 para arrendamiento
        • 4.504 para mejoramiento de vivienda

        Frente a la acción climática (incremento del 35 %)

        • Plan de restauración de 696 hectáreas: 445,8 hectáreas en Cerros Orientales y 250,3 hectáreas en humedales y otras áreas de interés ambiental
        • Dos nuevas Zonas Urbanas por un Mejor Aire (ZUMA)

        El siguiente cuadro refleja el crecimiento de la inversión para estos tres sectores, en comparación con años pasados:

        Hacienda

        Inversiones en movilidad:

        Financiación de 480 frentes de obra, incluyendo:

        • Infraestructura para Regiotram
        • Puente vehicular Av. Ferrocarril x Av. Ciudad de Cali
        • Avance en Cable Potosí
        • Estructuración cable aéreo La Calera – San Rafael

        Inversión social: 

        Ampliación Jóvenes a la E:

        • 5.900 nuevos cupos
        • Continuidad para 32.000 beneficiarios de cohortes anteriores

        Apoyo a 300.000 hogares vulnerables mediante transferencias monetarias

        No te vayas sin leer: Pensionados emprendedores: así son las ferias organizadas por el FONCEP Bogotá

        ¿Cómo se distribuirán estos recursos por sectores?

        Hacienda

        A continuación, un post del Alcalde Mayor de Bogotá en X, con más información.

        Ingreso Mínimo Garantizado: jornadas para resolución de dudas a adultos mayores

        7·DEC·2024
        Las jornadas se realizarán en el mes de diciembre en tres localidades de la ciudad: Kennedy, Bosa y Ciudad Bolívar.
        Ingreso Mínimo Garantizado en Bogotá jornadas para resolución de dudasFoto: Secretaría de Integración Social
        Las jornadas están dirigidas puntualmente a quienes se encuentran en las categorías A y B del Sisbén IV y que nunca han tenido Tarjeta Compensar.

        La estrategia de Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y la Secretaría Distrital Integración Social (SDIS) organizan unas jornadas de bancarización para personas mayores de 60 años de los grupos A y B del Sisbén IV que son potenciales beneficiarios del subsidio de persona mayor a través de Ingreso Mínimo Garantizado y que nunca han tenido acceso a la Tarjeta Compensar.

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        Por esta razón, se realizarán las siguientes jornadas:

        En la localidad de Kennedy, el 6 de diciembre, desde las 7 a. m. hasta las 12 p. m.

        • Centro de Desarrollo Comunitario o Subdirección Local Bellavista: Carrera 38 Sur # 94C - 29

        En la localidad de Bosa, el 9 de diciembre, desde las 7 a. m. hasta las 12 p. m.

        • Subdirección Local Para La Integración Social Bosa: Calle 73 Sur # 81B -10

        En la localidad de Ciudad Bolívar, el 12 de diciembre, desde las 7 a. m. hasta las 12 p. m.

        • Salón San Francisco: Carrera 22 # 64 – 99 Sur

        En estos espacios, las personas mayores podrán acceder a toda la información necesaria sobre IMG. De igual manera, si cumplen con los requisitos para ser parte de la estrategia, tendrán la posibilidad de abrir una cuenta o billetera digital para recibir los apoyos económicos de persona mayor. (En las jornadas no se entrega dinero en efectivo).

         

        Es importante que estos ciudadanos asistan con su teléfono celular, ya que recibirán acompañamiento por parte de Integración Social para poder activar la billetera digital de su elección.

        Las entidades y productos disponibles en Bogotá para recibir estos apoyos son:

        • Davivienda: DaviPlata
        • Bancolombia: Ahorro a la Mano, Nequi
        • MOVii: cuenta MOVii
        • Banco de Occidente: Dale

        Las personas mayores que no cuenten con billetera digital pueden retirar las transferencias monetarias a través de ventanilla en más de los 900 puntos de Efecty habilitados en la ciudad. Para realizar el retiro, deben presentar el documento de identidad y seguir el esquema establecido de 'pico y cédula'.

        Es importante recordar que el plazo máximo para retirar las transferencias monetarias es de 30 días; de no hacerlo dentro de este tiempo, los recursos serán devueltos a la Secretaría de Hacienda sin posibilidad de reembolso.

        En caso de que las personas mayores presenten dificultades para registrar su huella digital, podrán solicitar la exoneración de este requisito directamente en el punto de atención.

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        Descubre las jornadas de bancarización para personas mayores de 60 años, organizadas por Ingreso Mínimo Garantizado y la SDIS en Bogotá. Infórmate sobre cómo retirar transferencias, activar billeteras digitales y los requisitos para acceder a los apoyos económicos.