Abren convocatoria para elegir jueces y juezas de paz y de reconsideración 2015-2020

Localidades de Bogotá eligen jueces y juezas de paz y de reconsideración 2015-2020
Foto: unimedia.info
Publicado:
20
Nov
2014
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A partir del 26 de noviembre y hasta el 2 de diciembre de 2014 estarán abiertas las inscripciones para que las personas interesadas sean postuladas y posteriormente elegidas mediante voto popular, como jueces y juezas de paz y de reconsideración.

Para ser elegidos, los ciudadanos interesados deberán ser postulados por organizaciones comunitarias, con personería jurídica, o por grupos organizados de vecinos, inscritos en la respectiva Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) y Rural.

Otras de las condiciones exigidas a los aspirantes son las de ser mayor de edad, ser ciudadano en ejercicio, estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos, ser residente de la localidad.

La inscripción de los aspirantes deberá hacerse en las respectivas personerías de cada localidad, de lunes a sábado.

Las elecciones se realizarán en cada una de las UPZ de las localidades de la ciudad, donde se escogerán democráticamente 108 jueces de paz y 40 de reconsideración. Una vez elegidos y posesionados, se desempeñarán gratuitamente como mediadores en la resolución de conflictos particulares o comunitarios, a fin de que tales controversias no tengan que ser llevadas a otras instancias, con los consecuentes costos de tiempo y dinero.

Dada la importancia de esta elección, la Secretaria Distrital de gobierno, Gloria Flórez Schneider, hace un llamado los bogotanos y bogotanas para que participen en la jornada democrática, que hace parte de la estrategia de la administración distrital de apoyo al fortalecimiento de la justicia.

Cabe mencionar que la figura de los jueces de paz y reconsideración está estipulada en la Ley 497 de 1999, y la elección de los mismos, reglamentada en el Decreto No.466 de 2014. Con todo lo anterior, se busca darle respuesta integral, rápida y pacífica a los conflictos comunitarios o particulares que voluntariamente se sometan al conocimiento de los mencionados jueces y juezas.

Amplíe la información y/o asesórese en la sede de la respectiva alcaldía local.