Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Apertura, registro y/o reemplazo de libros de las organizaciones comunales de primero y segundo grado

¿Qué es y para qué sirve?

También se conoce como: "reemplazo de libros" de tesorería, inventarios, actas de asamblea, directivas, y registro de afiliados de las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 ext 1115-1117 Horario de Atención de Lunes a Viernes de 7:30 am a 5:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Se puede realizar en la Sede B Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

El trámite se puede realizar en cualquier fecha.

Como respuesta se obtiene el registro de libros de las organizaciones de acción comunal.

En un término de 2 horas.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Radicar en la sede principal del IDPAC ubicada en Avenida calle 22 Nº 68C - 51 la solicitud escrita de apertura y registro de libros, firmada por el dignatario responsable del manejo de los libros, manifestando las causales de la apertura o reemplazo (Utilización Total, extravío o hurto, deterioro, retención, exceso de enmendaduras o inexactitudes) - Este documento debe contener la siguiente información:
    • Nombre completo del solicitante.
    • Número de identificación del solicitante.
    • Identificación de la organización comunal, incluyendo la localidad a la que pertenece, código y NIT (si lo tiene).
    • Datos de correspondencia, incluyendo el número de teléfono, ó número de celular, correo electrónico.
    • Indicar qué libro se debe registrar.
  • Aportar Libro(s) nuevo(s) y foliado(s) para el registro.

Nota: las causales de apertura o reemplazo de libro son:

  • Por utilización total: Se debe aportar el libro utilizado en su totalidad.
  • Extravió o hurto: Se debe allegar soporte de denuncia sobre el hecho.
  • Por deterioro: Se debe verificar que tal elemento de deterioro afecta la verificación de la información consignada en el libro.
  • Por retención: Soporte de la decisión adoptada por la Comisión de Convivencia y Conciliación (CCC), donde se decide lo relacionado con la detención del libro.
  • Por exceso de enmendaduras o inexactitudes: Se debe presentar el libro a reemplazar

Adicionalmente la organización comunal de primer y segundo grado debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Tener personería jurídica.
  • Tener resolución de aprobación de estatutos.
  • Tener auto de inscripción de dignatarios.
  • Si requiere asesoría e información puede acercarse a la sede principal del IDPAC Avenida calle 22 Nº 68 C - 51, en horario de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 5:00 p.m.  

¿Qué se debe hacer?

  • Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas.
  • Radicar la solicitud en la Sede principal del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal.

Inscripción o reforma de estatutos de las organizaciones comunales de primero y segundo grado

¿Qué es y para qué sirve?

Aprobación de la adopción o reforma de los estatutos que rigen los asuntos internos de las Juntas de Acción Comunal, Juntas de Vivienda Comunitaria y Asociaciones de Acción Comunal.

 TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 Horario de Atención de Lunes a Viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

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El trámite no tiene costo.

El trámite se puede realizar en cualquier fecha.

Como respuesta obtiene la reforma de los estatutos de las organizaciones comunales.

En término de un mes.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Realizar una solicitud escrita de aprobación de los estatutos que contenga lo siguiente:

  • Debe ir dirigido a la Oficina Asesora Jurídica solicitando la aprobación o modificación de los estatutos.
  • Nombre completo del solicitante.
  • Número de identificación.
  • Identificación de la Junta de Acción Comunal.
  • Localidad a la que pertenece.
  • Código.
  • Número de teléfono o número de celular.
  • Correo electrónico.
  • Firmada por el Presidente de la organización comunal.
  • Acta de Asamblea de aprobación o reforma de estatutos, debe indicar lo siguiente: Firma del Presidente y Secretario de Asamblea y la Asamblea. La Asamblea de afiliados o delegados; se requiere el voto afirmativo de por lo menos los dos tercios (2/3) de estos.
  • Original y fotocopia de estatutos aprobados por la Asamblea.
  • Se debe remitir en medio físico y digital el articulado, es decir, el cuerpo íntegro de los estatutos.
  • Listado de asistentes a la Asamblea.

¿Qué se debe hacer?

  • Realizar una solicitud escrita de aprobación de los estatutos.
  • Radicar los documentos en los puntos de atención.

Sistema de Votación Electrónica VOTEC

¿Qué es y para qué sirve?

El sistema de Votación Electrónica Ciudadana (VOTEC), es una plataforma en la que las ciudadanas y los ciudadanos y representantes de organizaciones o instancias de participación pueden ejercer su derecho al voto electrónico de manera segura, fácil y confiable.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

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La plataforma VOTEC cuenta con un software seguro que brinda transparencia en cada etapa del proceso electoral. Los datos registrados en la misma son verificados y alojados de forma idónea, cumpliendo con los parámetros definidos por la Ley. Además, en la etapa de votación y escrutinio logra emitir actas de forma inmediata, asegurando la transparencia y veracidad de los resultados obtenidos..


Etapas del proceso electoral

El desarrollo de los procesos electorales en la plataforma VOTEC, se divide en las siguientes etapas:

PRE-ELECTORAL

  • Inscripción: Donde se registran tanto candidatos como electores, a quienes se solicitan unos documentos básicos como información demográfica y la acreditación de los requisitos correspondientes a cada proceso.
  • Subsanación y validación: Esta etapa inicia una vez cerradas las inscripciones, en esta etapa se hace la validación de la información aportada en la etapa anterior y el cumplimiento de los requisitos definidos por cada proceso.

ELECTORAL

  • Votación:  En esta etapa se lleva a cabo la elección de los candidatos.

POST ELECTORAL

  • Resultados: Una vez cerradas las votaciones, se genera las actas de escrutinio con el número de votos obtenidos por cada candidato.

 

Ley 1581 de 2012 Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales.

Fortalecimiento Organizativo

¿Qué es y para qué sirve?

La estrategia de fortalecimiento organizativo de Organizaciones Sociales permite que cualquiera de los integrantes de estas, utilizando el Índice de Fortalecimiento Organizativo -IFOS pueda medir su nivel de fortalecimiento y a partir de allí solicitar o recibir la asesoría técnica del IDPAC para mejorar su ejercicio social y comunitario.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • PBX: (+57) (601) 2417900 - 2417930  Ext: 3212 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.

VIRTUAL

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Este servicio no tiene costo.

Al caracterizarse como organización/proceso social dentro de la plataforma de la participación 2.0, podrá obtener los siguientes beneficios:

  • Constancia de registro como una organización social activa en el Distrito.
  • Pertenecer al directorio de organizaciones sociales de la ciudad, a través del cual podrá recibir oferta de convocatorias que se abran en el IDPAC o en otra entidad del Distrito Capital.
  • Participar en el modelo de fortalecimiento de organizaciones sociales del IDPAC a través de acciones de caracterización y diagnóstico, formulación del plan de fortalecimiento, asistencias técnicas, cursos de formación, incentivos a través de convocatorios y evaluación de fortalecimiento.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Ser una Organización Social con o sin Personería Jurídica que desee hacer parte del modelo de fortalecimiento.

¿Qué se debe hacer?

1. Ser una Organización Social con o sin Personería Jurídica que desee hacer parte del modelo de fortalecimiento.

2. Comunicarse con el IDPAC mediante el correo electrónico subdireccionfortalecimiento@participacionbogota.gov.co, indicando lo siguiente:

Asunto: Caracterización de la organización social

Contenido del correo: se debe indicar:

  • Nombre completo de la organización social
  • Nombre completo del líder o representante
  • Número de identificación del líder o representante
  • Teléfono de contacto
  • Tipo de organización social (jóvenes, mujeres, LGBTI, étnicas, ambientalistas, animalistas, movilidad sostenible, migrantes, víctimas, niñez y persona mayor)

Casa de experiencias de la participación

¿Qué es y para qué sirve?

La casa de experiencias de la participación es un espacio para el encuentro de diversas y novedosas expresiones y experiencias sobre participación ciudadana en Bogotá, incentivando el trabajo en red y el intercambio de saberes para aportar a la construcción de acuerdos sociales que incidan en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de los territorios de la ciudad región.

Instalaciones físicas.

La casa de experiencias de la participación cuenta con una sala de consulta general, con más de 8.000 recursos sobre participación. En el primer piso también se encuentra la sala tiflotécnica, con una colección para personas con capacidades diversas (libros en braille y audiolibros, principalmente), además de un equipo de cómputo con software para facilitar la lectura de personas ciegas y con baja visión.

A su vez, existe un espacio exclusivo para niños, con libros y material didáctico para ellos, donde podrán aprender de participación de manera lúdica y divertida.

En el segundo piso, el usuario encontrará el museo de la participación, una sala audiovisual y un auditorio con capacidad para 30 personas. Además, allí se encuentra el espacio de atención al ciudadano de la localidad de Barrios Unidos.

Recuerde que este servicio solo lo encuentra disponible en la carrera 19 A # 63 C 40 barrio Baquero localidad de Barrios Unidos.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 Ext. 1152 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

  • Ubicada en la Carrera 19A Nº 63C - 40 

  • Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm. 

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Aportar a la construcción de acuerdos sociales que incidan en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de los territorios de la ciudad región.

Certificación de la personería jurídica y representación legal de las organizaciones comunales de primero y segundo grado

¿Qué es y para qué sirve?

Certificación de reconocimiento legal que se otorga a organismos comunales de primer grado (Junta de acción comunal, junta de vivienda comunitaria) o segundo grado (asociación de juntas de acción comunal), que se encuentren ubicados dentro de la jurisdicción.

A través de los canales:


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

El trámite se puede realizar en cualquier fecha.

Como respuesta obtiene el certificado de registro, existencia y representación legal de la organización comunal.

Inmediato.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Debe conocer el código de la junta de acción comunal del cual va a solicitar el certificado y suministrarlo en el sistema o al funcionario que lo atienda.
  • De no conocer el código de la junta de acción comunal, en los puntos de atención de la entidad lo puede solicitar. 

¿Qué se debe hacer?

  • Realizar la solicitud a través de los canales de atención.

​Para realizar el trámite de manera virtual:

  • Ley 2166 de 2021 "Por la cual se deroga la Ley 743 de 2002, se desarrolla el Artículo 38 de la Constitución Política de Colombia en lo  referente a los organismos de acción comunal y se establecen lineamientos para la formulación e implementación de la política pública de los organismos de acción comunal y de sus afiliados, y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 1501 del 2023"Por el cual se sustituyen los Capítulos 1 y 2 del Título 2 de la Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, para reglamentar la Ley 2166 de 2021, referente a la acción comunal"

Reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal de primero y segundo grado

¿Qué es y para qué sirve?

Acreditar a las juntas de acción comunal, juntas de vivienda comunitaria y asociaciones de juntas de acción comunal como organizaciones sin ánimo de lucro, con capacidad suficiente para contraer obligaciones, ejercer derechos y realizar actividades en beneficio de la comunidad que representan.

Se puede realizar en los puntos de atención.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

Se puede realizar en cualquier fecha.

Como respuesta obtiene reconocimiento de personería jurídica de los organismos de acción comunal.

En un término de 15 días.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Fotocopia y original de certificación de delimitación de territorio indicando lo siguiente:

  • Relacionada con la delimitación del territorio en la cual va a desarrollar su actividad.
  • Expedida por la autoridad competente.
  • Copia y original de la relación de los afiliados(as) al organismo comunal en la que se detalle lo siguiente: Nombre, documento de identificación de cada uno de los integrantes.
  • Copia de acta de constitución y de elección de las directivas que contenga lo siguiente: Debidamente suscritas por el presidente y secretario de la asamblea general.
  • El acta correspondiente a la elección de directivas debe estar firmada por los miembros del tribunal de garantías nombrados por la organización comunal para tal fin.
  • Copia de estatutos de la organización comunal.
  • Copia de acta de aprobación de estatutos.
  • Debidamente suscritas por el presidente y secretario de la asamblea general.
  • En caso de ser requerido, consulte la normatividad aplicable. 

¿Qué se debe hacer?

  • Realizar una solicitud escrita de reconocimiento de personería jurídica.
  • Radicar los documentos en los puntos de atención.

Inscripción, actualización y certificación de medios de comunicación comunitaria y alternativa

¿Qué es y para qué sirve?

Mediante el directorio distrital de comunicación comunitaria y alternativa, el IDPAC registra y georreferencia los medios comunitarios del Distrito, permitiéndoles el acceso a la ruta de fortalecimiento, las instancias de participación local y procesos de contratación.

 

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 - 241 7930. ext 3212 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

Esta solicitud se podrá realizar vía correo electrónico.


PRESENCIAL

Sede principal del IDPAC: Avenida calle 22 Nº 68C - 51

Ver puntos de Atención
  • Certificaciones de medios ya inscritos en el directorio de comunicación comunitaria del Distrito.
  • Inscripción de nuevos medios al directorio de comunicación comunitaria del Distrito.
  • Actualización de datos de medios ya inscritos en el directorio de comunicación comunitaria del Distrito.
  • Implementación del modelo de fortalecimiento de la organización social y medios comunitarios.
  • El resultado de la solicitud de inscripción de un nuevo medio será comunicado en el término de quince (15) días hábiles y le será notificado vía correo físico o electrónico según los datos que se hayan especificado en la carta radicada.
  • La publicación de los datos del nuevo medio caracterizado en el directorio de comunicación comunitaria del Distrito, se hará dentro de los diez (10) primeros días hábiles de cada mes.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

PARA INSCRIPCIÓN DE NUEVOS MEDIOS AL DIRECTORIO DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA DEL DISTRITO:  

  • Es requisito para la inclusión de un nuevo medio en el directorio de comunicación comunitaria del Distrito, que demuestre actividad periodística de por lo menos (3) tres meses antes de la fecha de la solicitud, presentando los soportes impresos, sonoros o audiovisuales en medio físico o magnético que den cuenta de dicha actividad.

El medio comunitario realiza radicación de una carta solicitando la inscripción al directorio distrital con la información con los siguientes datos:

  • Nombre del medio.
  • Nombre del representante legal.
  • Sector (Escrito, Sonoro, Audiovisual o Tic).
  • Dirección donde se encuentra ubicado del medio.
  • Página Web.
  • Teléfono del medio.
  • Teléfono del representante legal.
  • Localidad.
  • Cobertura.
  • Población objetivo.
  • Si ha pautado con la ETB.
  • Si está constituido legalmente.
  • Una breve reseña de la historia del medio.

Documentos adjuntos: Fotocopia del representante legal, RUT, RIT, cámara de comercio, si se encuentra constituido legalmente, adjuntar las tres últimas publicaciones del medio correspondiente a los últimos tres meses (Si el medio es tic, audiovisual o sonoro, se adjunta en un CD).

¿Qué se debe hacer?

  • Realizar radicación de una carta en la sede principal del IDPAC o mediante el correo electrónico sfosmedioscomunitarios@participacionbogota.gov.co solicitando la inscripción al directorio distrital con la información.

PARA ACTUALIZACIÓN DE DATOS DE MEDIOS YA INSCRITOS EN EL DIRECTORIO DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA DEL DISTRITO:  

  • Para la modificación de datos diferentes a los de contacto, es decir, datos relativos a la caracterización, el medio debe radicar una carta en la sede principal del IDPAC o a través del correo electrónico sfosmedioscomunitarios@participacionbogota.gov.co solicitando asesoría para la modificación. Dicha asesoría se llevará a cabo de forma presencial o virtual durante el mes siguiente a la solicitud, con el fin de actualizar la hoja de vida que contiene la información del medio.

PARA LA SOLICITUD DE CERTIFICACIONES DE MEDIOS YA INSCRITOS EN EL DIRECTORIO DE COMUNICACIÓN COMUNITARIA DEL DISTRITO:   

Las certificaciones pueden ser solicitadas por el representante o director del medio a los correos:

  • correspondencia@participaciónbogota.gov.co
  • atencionalaciudadania@participacionbogota.gov.co.

Las certificaciones estarán firmadas digitalmente por el subdirector o subdirectora de fortalecimiento de la organización social del IDPAC.

Solicitud de copia de certificados de la Escuela de la Participación

¿Qué es y para qué sirve?

Si realizó un curso con la escuela de participación y necesita el certificado, por favor escribir un correo electrónico a: escuela@participacionbogota.gov.co.

Cómo te fue haciendo este trámite, si quieres contar tu experiencia y ganar un super premio participa aqui.

A través del correo electrónico a: escuela@participacionbogota.gov.co.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Servicio a la ciudadanía (601) 241 7900 Horario de atención de lunes a viernes de 7.30 am a 5.00 pm.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este servicio no tiene ningún costo.

El certificado le será enviado 10 días hábiles después su solicitud.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

En el correo electrónico deberá relacionar los siguientes datos:

  • Nombre(s) y apellido(s).
  • Número de identificación.
  • Nombre del proceso de formación.
  • Año de la realización del curso.