Aprende a calcular las tarifas de taxi: carrera mínima, recargos y más

Tarifas vigentes para taxis en Bogotá: carrera mínima, nocturna y másFoto: Alcaldía de Bogotá.
En caso de considerar que la tarifa que te cobraron es inadecuada, puedes interponer una queja a través de los canales dispuestos por la Administración Distrital. Te contamos.
Publicado:
20
Abr
2022
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Si te has preguntado cómo están definidas las tarifas del servicio de taxi en Bogotá, aquí te explicamos cuál es el valor de las unidades reflejadas en el taxímetro. Teniendo clara la información, tendrás todas las herramientas para conocer cuál es el valor de tu recorrido. 

Uno de los aspectos a tener en cuenta es el costo inicial de cada servicio, denominado banderazo o arranque. Se cobra una vez por carrera, al inicio de la misma.  

También recuerda que los costos varían según la hora y el día. El recargo nocturno aplica de 8:00 p.m. a 5:00 a.m.; mientras que el recargo dominical o festivo está vigente durante todo el día. 

Ahora bien, cuando tomas el servicio a través de una plataforma tecnológica, debes tener presente que la tarifa es liquidada automáticamente antes de iniciar la carrera. Esta se calcula de acuerdo con la distancia del recorrido y la información del tráfico de la ciudad. 

En el Decreto 004 de 2022, expedido por la Administración Distrital, se estipulan las tarifas para el servicio de taxi en la ciudad durante este 2022.  

Estas son las tarifas vigentes para el servicio de taxi en Bogotá 

1. Para la liquidación de la tarifa del servicio de taxi se deben tener en cuenta los siguientes parámetros: 

  • El valor unidad cada 100 metros es de $90 

  • El valor a pagar por el banderazo o arranque del taxímetro es de $2.500 

  • El valor por cada 24 segundos de espera es de $90.       

  • El valor de recargo desde y hacia el Aeropuerto o Puente Aéreo es de $4.500 

  • El recargo nocturno y/o dominical o festivo está en $2.200 

  • La carrera mínima está en $4.500 

  • El recargo al servicio puerta a puerta es de $800 

2. Si el mecanismo de liquidación es mediante plataforma tecnológica, los parámetros de cobro son los siguientes: 

Costo por kilómetro

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $957   

  • Valor a pagar con factor de calidad: $1.085 

Banderazo o Arranque   

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $ 2.700   

  • Valor a pagar con factor de calidad: $ 3.000 

Recargo hacia y desde el Aeropuerto o Puente Aéreo 

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $4.800   

  • Valor a pagar con factor de calidad: $5.400 

Recargo nocturno y/o dominical o festivo       

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $ 2.300    

  • Valor a pagar con factor de calidad: $2.600 

Carrera Mínima 

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $4.800 

  • Valor a pagar con factor de calidad: $5.400                           

Recargo por el servicio puerta a puerta 

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $ 900 

  • Valor a pagar con factor de calidad: $1.000 

Factor de seguridad vial  

  • Valor a pagar sin factor de calidad: $500 

  • Valor a pagar con factor de calidad: $500 

Los valores asociados a factor de calidad aplican para quienes, además de implementar el cobro a través de las plataformas, cumplen las características descritas en el Art.16 del Decreto 568 de 2017 o para vehículos de propulsión exclusivamente eléctrica. 

Según la norma, para acceder a la tarifa con factor de calidad, los vehículos deberán cumplir, como mínimo con las siguientes características: 

  • Ser de color amarillo. 

  • Contar con frenos ABS. air bags frontales y apoyacabezas. 

  • Tener cuatro (4) puertas laterales. 

  • Tener una cabina de pasajeros con capacidad para acomodar a mínimo cinco personas. incluido el conductor, con un módulo de espacio por pasajero no inferior a cuatrocientos cincuenta milímetros (450 mm) de ancho a la altura de los hombros y con el módulo de silletería de setecientos cincuenta milímetros (750 mm). 

  • Tener una bodega o espacio para el equipaje con capacidad no inferior a cero comas cuatro metros cúbicos (0,40 m3). 

  • El vehículo no debe tener más de tres años desde la fecha de expedición de la licencia de tránsito. 

¿Puedo interponer una queja por el cobro inadecuado del servicio de taxi? 

Carol Angie Pinzón, subdirectora de Control e Investigaciones al Transporte Público de la Secretaría Distrital de Movilidad, destacó en entrevista con Portal Bogotá que las usuarias y usuarios de taxi pueden interponer una queja ante la mala prestación del servicio, como es el caso del cobro excesivo del viaje: “la persona puede interponer una queja por cualquier motivo que considere que incurre en la prestación inadecuada del servicio”.   

Aquí, un audio con la explicación de la subdirectora Carol Angie sobre los canales (línea 195 y Bogotá te Escucha www.bogota.gov.co/sdqs) a los que puedes acudir para interponer una queja: 

Recomendaciones de la Secretaria Distrital de Movilidad para usuarias y usuarios de taxi en Bogotá 

  • Antes de entrar al vehículo, verifica que la información contenida en la tarjeta de control corresponde a la persona y vehículo que lo está transportando. Las usuarias y usuarios pueden validar la anterior información a través de la página web SIMUR https://www.simur.gov.co/conductores-de-taxi ingresando el número de la placa del vehículo o de la Tarjeta de Control. 

  • Revisa que el vehículo se encuentre limpio y cuente con cinturones de seguridad en funcionamiento. Utilízalos tan pronto ingreses al vehículo. 

  • Confirma que el conductor ponga en funcionamiento el taxímetro al iniciar la carrera y que marque las unidades indicadas para el arranque o banderazo.