Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Novedad de nómina - acrecimiento por fallecimiento del beneficiario

¿Qué es y para qué sirve?

Reconocimiento para obtener el aumento de la mesada pensional, cuando ha existido una sustitución pensional a varios beneficiarios, en las condiciones previstas por la ley; y uno de estos beneficiarios fallece.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención SuperCADE Suba - SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de Puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Trámite no contiene fechas específicas.

Novedad de pago en la mesada pensional.

2 Meses.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

¿Qué se debe hacer?

  • Alistar documentación y cumplir con las condiciones establecidas en el trámite.

  • Radicar documentación.

  • Ley 71 de 1998, (Artículo 3) Por la cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1889 de 1994, (Artículo 8 Parágrafo 1) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993
  • Ley 92 de 1938, (Artículos 18, 19, 20)

Indemnización sustitutiva de sobrevivientes

¿Qué es y para qué sirve?

Reconocer la prestación económica, una sola vez, a una persona beneficiaria de un afiliado al régimen de prima media con prestación definida que fallece sin haber reunido los requisitos exigidos por la ley para acceder a la pensión de vejez y/o jubilación.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención SuperCADE Suba - SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.

Presencial utilizando empresa de mensajería en Av. Carrera 68 No. 13 37 Bogotá, horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continúa.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Reconocimiento de indemnización sustitutiva de sobrevivientes.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Requisitos clave para identificar si puede solicitar una indemnización sustitutiva de sobrevivientes:

  • El afiliado fallecido no alcanzó a reunir las 50 semanas cotizadas dentro de los tres últimos años inmediatamente anteriores a su fallecimiento.
  • Los solicitantes no cumple con las calidades de beneficiarios para acceder a una pensión de sobrevivientes.
  • Decreto 726 de 2018, (TODOS)
  • Ley 92 de 1938, (Artículos 18, 19, 20) Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios.
  • Decreto 1260 de 1970, (Artículo 5). Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas.
  • Ley 100 de 1993, (Artículo 49). Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1889 de 1994, (Artículo 15). Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993.
  • Ley 1574 de 2012, (Artículo 2). Por la cual se regula la condición de estudiante para el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes.

Pensión de invalidez

¿Qué es y para qué sirve?

Reconocer la prestación al causante que ha sido declarado inválido con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50% por riesgo común y que cumple con el número de semanas mínimas exigidas.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención, SuperCADE Suba - SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.

Presencial utilizando empresa de mensajería en Av. Carrera 68 No. 13 37, Bogotá, horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Reconocimiento de pensión de invalidez.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Pérdida de capacidad laboral igual o mayor a 50%.
  • De origen común: haber cotizado a pensiones como mínimo 50 semanas dentro de los últimos 3 años inmediatamente anterior a la fecha en que se produjo la invalidez. 
  • De origen laboral: estar afiliado a la ARL, aplica únicamente para ISS ARL (competencia UGPP).
  • Circular 13 de 2007, (Todo.) Formatos unicos de información laboral.
  • Ley 860 de 2003, (Artículo 1) Por la cual se reforman algunas disposiciones del Sistema General de Pensiones previsto en la Ley 100 de 1993 y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 100 de 1993, (Artículo 38, 39) Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 1260 de 1970, (Artículo 5) Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas.
  • Ley 92 de 1938, (Artículo 18, 19, 20) Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios.
  • Decreto 726 de 2018, (TODOS) Por el cual se modifica el Capítulo 2 del Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1833 de 2016, que compila las normas del Sistema General de Pensiones y se crea el Sistema de Certificación Electrónica de Tiempos Laborados (CETIL) con destino al reconocimiento de prestaciones pensionales.

Novedad de nómina - reincorporación suspensión por no cobro

¿Qué es y para qué sirve?

Realizar la reincorporación, cuando se ha suspendido la mesada pensional, por falta de cobro durante tres meses consecutivos.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención SuperCADE Suba SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Trámite no contiene fechas específicas.

Reincorporación.

2 Meses.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

¿Qué se debe hacer?

  • Alistar documentación y cumplir con las condiciones establecidas en el trámite.
  • Radicar documentación.
  • Ley 92 de 1938, (Artículo 18, 19, 20) Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios.
  • Decreto 1260 de 1970, (Artículo 1,2) Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas.
  • Ley 71 de 1988, (Artículo 1,2) Por la cual se expiden normas sobre pensiones y se dictan otras disposiciones.
  • Otra fuente de consulta      

Novedad de nómina - mesadas atrasadas

¿Qué es y para qué sirve?

Realizar el pago de mesadas que se acumulan debido al no cobro de las mismas.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención SuperCADE Suba - SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de Puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Trámite no contiene fechas específicas.

Reconocimiento de mesadas atrasadas.

2 Meses.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

¿Qué se debe hacer?

  • Alistar documentación y cumplir con las condiciones establecidas en el trámite.

  • Radicar documentación.

  • Ley 92 de 1938, (Artículo 3) Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios.
  • Decreto 1260 de 1970, (Artículo 5) Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas.
  • Decreto 1889 de 1994, (Artículo 15) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993

Novedad de nómina - escolaridades

¿Qué es y para qué sirve?

Registrar certificado que permite acreditar la condición de estudiante e hijo beneficiario del causante (entre los 18 y 25 años de edad), para iniciar o continuar con el pago de la pensión de sobrevivientes.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención SuperCADE Suba SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Trámite no contiene fechas específicas.

Registro de escolaridades para pago de pensión de sobrevivientes.

2 Meses.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

¿Qué se debe hacer?

  • Alistar documentación y cumplir con las condiciones establecidas en el trámite.

  • Radicar documentación.

Información aspectos pensionales generales

¿Qué es y para qué sirve?

Brindar al ciudadano información sobre la determinación y administración de derechos pensiónales y prestaciones económicas.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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  • Esta puede ser solicitada por cualquier persona, dado que es información general de los tipos de trámite pensional que atiende la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) y la legislación aplicable.
  • Acceda a nuestras capacitaciones de procesos pensiónales haciendo click aquí.
  • Decreto 575 de 2013, (Artículos 2 y 6 (puntos 1 al 11)) Por el cual se modifica la estructura de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social - UGPP - y se determinan las funciones de sus dependencias.
  • Decreto 169 de 2008, (Articulo 1 (literal A puntos 1 al 4)) Por el cual se establecen las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, UGPP, y se armoniza el procedimiento de liquidación y cobro de las contribuciones parafiscales de la protección social.
  • Otra fuente de consulta 

Distrito lamenta muerte de Alba Rocío Riaño, lideresa comunal de Ciudad Bolívar

Alba Rocío fue una defensora de la justicia social y el desarrollo comunitario, dedicando su vida a mejorar las condiciones de quienes la rodeaban.

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Publicado por:
Cielo Fierro
25•Jun•2024

Con profunda tristeza el Distrito anuncia el fallecimiento de Alba Rocío Riaño Nossa, una respetada lideresa comunal de Ciudad Bolívar, al sur de BogotáAlba Rocío fue una defensora incansable de la justicia social y el desarrollo comunitario, dedicando su vida a mejorar las condiciones de quienes la rodeaban. Sus esfuerzos y compromiso han dejado una huella en su comunidad.

Si te interesa leer: En su jornada 21 ‘El Centro Vive’ siguió recuperando espacio público con aliados

Bogotá condena firmemente cualquier tipo de violencia contra lideresas, líderes y defensores sociales. Además, reconoce el papel fundamental que desempeñan en la promoción de la paz, la justicia y el progreso dentro de nuestra sociedad. La violencia y la intimidación no tienen cabida en la ciudad, y está comprometida a garantizar la seguridad y protección de todos aquellos que dedican su vida al servicio de la comunidad.

La ciudad de Bogotá se solidariza con la familia, amigos y todas aquellas personas que fueron tocados por el espíritu y la dedicación de Alba Rocío y extiende las más sinceras condolencias en este difícil momento.

En el siguiente post de la red social X, Gustavo Quintero, secretario de Gobierno sobre esta lamentable noticia: 

"Alba Rocío Riaño Nossa fue una referente de esperanza y fortaleza en Ciudad Bolívar. Su legado como defensora de las causas sociales continuará inspirándonos a todos. Debemos honrar su memoria manteniendo vivos los valores por los que luchó cada día". Destacó, el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero Ardila.

No te vayas sin ver: Por cámaras de video en Bogotá mujer fue capturada por porte ilegal de armas

El Distrito hace un llamado a todos los ciudadanos para que se unan a nosotros en el rechazo a la violencia y la promoción de una cultura de respeto y apoyo a nuestros líderes sociales. Juntos, podemos crear una sociedad más justa y compasiva, una que honre las contribuciones y sacrificios de personas como Alba Rocío Riaño Nossa.

Indemnización sustitutiva por vejez

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la prestación económica para los afiliados, que habiendo cumplido la edad para obtener la pensión de vejez, no han cotizado el mínimo de semanas exigidas por la ley, y declaren su imposibilidad de continuar cotizando.

También pude radicar sus documentos presencialmente en nuestros puntos de atención, agende o consulte su cita.

Horario de atención, puntos presenciales: lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Horario de atención SuperCADE Suba SuperCADE Américas: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.

Presencial utilizando empresa de mensajería en Av. Carrera 68 No. 13 37 Bogotá, horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. en jornada continua.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de atención en Bogotá: (+57) 601 4 926 090.
  • Línea gratuita: 01 8000 423 423.
  • Línea de cobros: (+57) 601 4 926 099.
  • Línea exclusiva para extrabajadores de puertos de Colombia: (+57) 601 4 926 094.
  • Horario de atención: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

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Indemnización sustitutiva de pensión por vejez.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Consulte aquí los documentos para solicitar la indemnización sustitutiva por vejez.
  • Cumplir con la edad de pensión por vejez, mujeres 57 años y hombres 62 años.
  • No tener las 1.300 semanas cotizadas. 
  • No contar con los medios para seguir aportando a pensiones.
  • Ley 92 de 1938, (Artículos 18, 19, 20) Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre registro civil y cementerios.
  • Decreto 1260 de 1970, (Articulo 5) Por el cual se expide el Estatuto del Registro del Estado Civil de las personas.
  • Ley 100 de 1993, (Articulo 37) Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones
  • Decreto 726 de 2018, (TODOS)