Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Lavado de áreas públicas

¿Qué es y para qué sirve?

La actividad de lavado, se desarrolla en áreas de gran afluencia vehicular y peatonal como puentes, rotondas y bahías, así como en las zonas de prestación donde se ejecutan las actividades de recolección y transporte de residuos.

Se desarrolla en áreas de gran afluencia.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas.

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PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Consulte las frecuencias y horarios de lavado de su localidad en el mapa.

El lavado de áreas públicas hace parte del servicio CLUS -Costo de Limpieza Urbana por Suscriptor– regulado por la Resolución 720 de 2015 (https://www.promoambientaldistrito.com/web/wp-content/uploads/2018/09/Resolucion-CRA-720-de-2015.pdf), la cual establece el régimen de regulación tarifaría de los operadores que prestan el servicio de aseo público. Es de señalar que para el lavado de áreas públicas, es requisito primordial contar con la autorización previa de la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos. Lo anterior dando cumplimiento al numeral 4.3. De la Resolución UAESP No. 26 de 2018, la cual cita lo siguiente “(…) El lavado de puntos críticos sanitarios se ejecutara previa verificación y autorización de la interventoría (…)”.

  • Esta actividad debe ser previamente aprobada por la UAESP.

Notificaciones

¿Qué es y para qué sirve?

Para la notificación de la decisión de una PQR interpuesta, se informa que esta se realizará conforme al procedimiento legal establecido en el Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo ley 1437 de 2011, de conformidad con el artículo 159 de la ley 142 de 1994.

Para realizar la notificación de la decisión que emite Promoambiental Distrito S.A.S. ESP, el usuario reclamante deberá acudir presencialmente a los puntos de atención

  • Si el usuario no puede asistir presencialmente a la citación para notificación personal,  la ley manifiesta que la administración o quien emite el acto o respuesta a la petición deberá realizar la notificación subsidiaria, es decir; se llevará a cabo mediante aviso de conformidad con el artículo 69 del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día, medio de comunicación meramente informativo.
  • Línea 110, medio de comunicación meramente informativo.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Una vez notificado de la decisión, el usuario podrá interponer los recursos de que trata el artículo 154 de la ley 142 de 1994, en los términos allí señalados, y contra las decisiones que sean susceptibles de esta vía.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Presentar los siguientes documentos:

  • Cédula de ciudadanía original, (en caso de robo o perdida deberá presentar el respectivo denuncio frente a la Policía Nacional o la Fiscalía General de la Nación, según corresponda, y la contraseña o documentos temporal expedido por la Registraduría nacional del estado civil)
  • Citación a notificación personal emitida por la Empresa.

En caso de no ser la persona reclamante, deberá presentar carta de autorización simple del reclamante para ser notificado, el cual debe tener adjunto copias legibles de las cédulas de ciudadanía respectivas.

  • LEY 142 DE 1994 "Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones"
  • LEY 1437 DE 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo"

Financiaciones

A través de sus canales de atención.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas.

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Señor usuario si usted realiza un acuerdo de pago, usted estará obligado al pago total de la deuda por la cual se encuentre responsable de hacer el pago, si usted no cumple con el acuerdo respectivo o se constituye en mora, para evitar reportes negativos a centrales de riesgo y/o trámites jurídicos en su contra le recomendamos acercarse nuevamente al punto presencial donde efectuó el respectivo acuerdo con el fin de que se le otorgue una ampliación de plazo o en su defecto se le permita una nueva fecha de pago, cabe aclarar que lo anterior está sujeto a las políticas de financiación que en su momento disponga la empresa prestadora.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Deberá aportar la documentación que valide su competencia para suscribir acuerdos de pago, además de demostrar la calidad como propietario del inmueble para el cual se factura el servicio.

En el siguiente enlace encontrará un archivo Excel con la Política de financiación de la Empresa, así como la documentación requerida: 

  • Si el usuario no realiza el pago de las cuotas en el tiempo estipulado, se aplicará la cláusula aceleratoria.

¿Qué se debe hacer?

Se indica que para los usuarios que requieran acceder a facilidades de pago deberán realizar un acuerdo con el prestador comunicándose con la compañía a través de sus canales de atención antes del vencimiento de la factura, lo que evitará que se cobren intereses de mora.

Resolución UAESP 027 de 2018 2.3.1.    Alcance El concesionario es responsable de adelantar todas las acciones necesarias para administrar adecuadamente la cartera generada por la facturación del servicio público de aseo, tendiente a la recuperación de la misma teniendo en cuenta la relación costo- efectividad en su Área de Servicio Exclusivo.

Servicios especiales

¿Qué es y para qué sirve?

Promoambiental Distrito S.A.S. ESP, presta el servicio de recolección de residuos especiales, los cuales integran la recolección de:

  • Residuos de construcción y demolición.
  • Escombros domiciliarios.
  • Colchones.
  • Residuos vegetales.
  • Enseres.

Así como la atención de eventos privados en espacios públicos y la recolección de puntos críticos generados por malas prácticas ciudadanas.

La recolección de escombros domiciliarios y la atención de eventos son un servicio especial, es decir, no hacen parte del servicio público de aseo convencional y tienen un costo adicional.

La prestación del servicio de aseo para estos casos se establece con el cliente y la compañía se adapta para responder efectivamente a las necesidades puntuales del evento.

Estos servicios pueden ser solicitados únicamente por los canales oficiales de atención al usuario.


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  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas.

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¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Estos servicios pueden ser solicitados exclusivamente por usuarios localizados en las localidades que integran el ASE1UsaquénChapineroSanta FeLa CandelariaSan CristóbalUsme y Sumapaz.

  • Presentar factura del servicio al momento de la inspección técnica, para generar el cobro del servicio.

Escombros de origen clandestinos, se refiere a la recolección en lugares donde se acumulan residuos mixtos (escombros, objetos inservibles, etc.), por indisciplina ciudadana, generando deterioro sanitario que conlleva a la afectación de la limpieza del área, generación de malos olores, focos de propagación de vectores y enfermedades, entre otros.

Contenerización

¿Qué es y para qué sirve?

En total se contenerizarán 484 puntos, que contarán con 1 contenedor de tapa blanca para residuos aprovechables y 1 contenedor de tapa negra para residuos no aprovechables.

Los contenedores estarán localizados en las localidades de Usaquén, Chapinero, Santa fe, La Candelaria, Usme y San Cristóbal.


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  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas

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Promoambiental Distrito, es el responsable de la instalación, mantenimiento, recolección y disposición final de residuos sólidos domiciliarios ubicados en contenedores.

Cestas públicas

¿Qué es y para qué sirve?

En este proceso, se suministran dos cestas diferenciables entre sí, una para residuos aprovechables y otra para residuos no aprovechables. La compañía es responsable de la adecuación y mantenimiento mensual de las cestas instaladas.

La instalación y mantenimiento de cestas públicas hace parte del servicio CLUS -Costo de Limpieza Urbana por Suscriptor– regulado por la Resolución 720 de 2015, la cual establece el régimen de regulación tarifaria de los operadores que prestan el servicio de aseo público.

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  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas.

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Poda de árboles

¿Qué es y para qué sirve?

Esta actividad se desarrolla sobre árboles con altura superior a dos metros, con el fin de retirar las ramas que puedan generar afectaciones a la movilidad urbana y a las comunidades locales. El arbolado es intervenido según las frecuencias establecidas por el plan de podas autorizado por la Secretaría de Ambiente bajo el concepto técnico 00004 del 04 de enero de 2019.

De este proceso son excluidas las zonas de reserva forestal, parques naturales, las especies de árboles protegidos y las zonas de seguridad definidas por el RETIE (Zonas de seguridad definidas por el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas).

La poda de árboles hace parte del servicio CLUS -Costo de Limpieza Urbana por Suscriptor- regulado por la Resolución 720 de 2015, la cual establece el régimen de regulación tarifaria de los operadores que prestan el servicio de aseo público.

La poda de árboles se realiza en zonas y vías públicas, sin acceso restringido, como en los separadores en vías de tránsito, andenes y corredores peatonales, parques públicos, plazoletas comerciales y plazas. Esta actividad incluye la recolección y el transporte de los materiales obtenidos hasta las estaciones de clasificación y aprovechamiento o disposición final.

  • En caso de que existan árboles ubicados en zona de ronda hídrica o que presenten riesgo eléctrico y otras situaciones contempladas en el Decreto 383 de 2018; serán reportados a las distintas entidades responsables para que adelanten las acciones de poda en el marco de su competencia.

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  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas.

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Consulta la programación de poda de árboles para el año 2024 aquí.

La poda de árboles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Según lo establecido en el decreto 531 de 2010 y su modificatorio 383 de 2018, para cualquier intervención de arbolado en espacio público y privado se debe contar con la autorización previa realizada por la Secretaría de Ambiente.

La programación de poda de árboles, puede estar susceptible a cambios debido a las condiciones climáticas y/o la atención de solicitudes de emergencia.

Por directriz de la Secretaria Distrital de Ambiente – SDA solo se podrán intervenir los árboles que están incluidos en el censo arbóreo del SIGAU. Por lo anterior, los árboles que no cuenten con esta identificación no pueden ser intervenidos hasta tanto el Jardín Botánico de Bogotá JCM realice la actualización e inclusión de los mismos en el sistema y le informe al prestador, para así realizar su intervención en el siguiente ciclo de poda para esta zona.

Corte de césped

¿Qué es y para qué sirve?

Esta actividad se desarrolla con el fin de retirar el exceso de pasto.

El corte de césped hace parte del servicio CLUS -Costo de Limpieza Urbana por Suscriptor- regulado por la Resolución 720 de 2015, la cual establece el régimen de regulación tarifaria de los operadores que prestan el servicio de aseo público.

En las áreas verdes públicas: separadores viales, vías de tránsito automotor, peatonales y ciclorrutas; glorietas, rotondas; áreas verdes ubicadas en la red de andenes, y los parques públicos definidos en el Plan de Ordenamiento Territorial.


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  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea 110, horario domingo a domingo 24 horas.

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Consulta la programación de corte de césped aquí.

Los ciclos de este servicio se llevan a cabo entre 27 y 30 días de acuerdo a las condiciones del suelo y condiciones climáticas.

Solicitud para descuento por predio desocupado

Si la solicitud se realiza por primera vez lo puede hacer por medio de los puntos de atención mencionados, correo linea110@proceraseo.co y Línea 110 conociendo el número de la cuenta contrato, en caso contrario es necesario acercarse a los puntos de atención.


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  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea 110.

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A los inmuebles que acrediten estar desocupados se les aplicará la tarifa final por suscriptor establecida en la resolución 720 de 2015 Art. 45. 

 

 

  • Tiempo de respuestas 15 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

El solicitante deberá presentar a la persona prestadora al menos uno (1) de los siguientes documentos:

  • Factura del último período del servicio público domiciliario de acueducto, en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable.
  • Factura del último período del servicio público domiciliario de energía, en la que conste un consumo inferior o igual a cincuenta (50) kilowatts/hora-mes.
  • Acta de la inspección ocular al inmueble por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo, en la que conste la desocupación del predio.
  • Carta de aceptación de la persona prestadora del servicio público domiciliario de acueducto de la suspensión del servicio por mutuo acuerdo.

La acreditación de la desocupación del inmueble tendrá una vigencia de tres (3) meses, al cabo de los cuales deberá presentarse nuevamente la documentación respectiva ante la persona prestadora del servicio público de aseo.

  • El predio debe encontrarse desocupado.

CRA 720 de 2015: “Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”