Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Acciones técnico jurídicas de espacio público

¿Qué es y para qué sirve?

Brindar información al ciudadano y/o urbanizadores, acerca de la situación técnica y jurídica de un predio incorporado en el sistema de información distrital de espacio público-SIDEP y en el sistema de información geográfica distrital de espacio público-SIGDEP; para resolver inconsistencias jurídicas, urbanísticas o catastrales; atender solicitudes de anuencia de entidades distritales ante el DADEP y tramitar licencias de construcción sobre predios públicos o fiscales, que previamente tienen un contrato de administración suscrito con el DADEP. Igualmente, para la Secretaría Distrital de Planeación dicha información es requerida para que un predio incorporado en el SIDEP con acta se desafecte total o parcialmente, cambiando su condición de público a privado o disminuya su área.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Conmutador: (+60 1) 382 2510
  • Línea gratuita: 018000 127700 a través de teléfono fijo.
  • Celular: (+ 57) 316 4732213

Horario de atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 4:30 p.m.


VIRTUAL

Página Web Departamento Administrativo de Defensoría del Espacio Público -DADEP.

Para radicación virtual a través del correo electrónico: dadepbogota@dadep.gov.co o a través de la Ventanilla Virtual en horario de 7:00 a.m. a 4:00 p.m. las comunicaciones recibidas por los medios oficiales después de las 4:00 p.m. se gestionarán el día hábil siguiente de su recepción y se tomará esa fecha para el inicio de términos.

Chat: Horario de atención 8:00 a.m. a 12:00 m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Redes sociales: Horario de atención, lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Pronunciamiento del DADEP dando respuesta a la solicitud.

Los ciudadanos pueden realizar seguimiento a través de los diferentes canales de la entidad, en los días hábiles y horarios de atención dispuestos. De igual forma en el siguiente link: Consulte el estado de su radicado.

¿Qué se debe hacer?

Realizar la solicitud.

  • Se presenta el número del chip o matrícula inmobiliaria del predio.
  • Si el predio no es público, se notifica al peticionario, que no está en el inventario de espacio público.
  • Si el predio es público y se encuentra dentro del inventario del sistema de información de la defensoría del espacio público - SIDEP, se certifica al solicitante el predio.
  • Si el predio no está en el inventario sistema de información de la defensoría del espacio público - SIDEP, se realiza el estudio técnico y se le informa al ciudadano de los tiempos requeridos para finalizar el trámite.
  • Si el predio solicitado no está incluido en el inventario del sistema de información de la defensoría del espacio público - SIDEP se debe realizar el estudio técnico y los tiempos de demora dependen si se requieren solicitudes a otras entidades.
  • Acuerdo 18 de 1999 "Por el cual se crea la Defensoría del Espacio Público."
  • Decreto Distrital 478 del 2022 "Por medio del cual se modifica la estructura organizacional del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público"
  • Ley 388 de 1997 , "Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones".

Inscripción en el registro único ambiental RUA, para el sector manufacturero en el Distrito Capital

¿Qué es y para qué sirve?

Toda persona natural o jurídica que desarrolle actividades del sector manufacturero, cuya actividad productiva principal se encuentre incluida en la sección C, industrias manufactureras, divisiones 1101 a 3320 de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, CIIU, revisión 4.0 adaptada para Colombia por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, DANE, y que requieran de licencia ambiental, plan de manejo ambiental, permisos, concesiones, y demás autorizaciones ambientales, así como aquellas actividades que requieran registros de carácter ambiental, deberán solicitar inscripción en el Registro Único Ambiental, RUA, ante autoridad ambiental competente donde se encuentre localizado el establecimiento, y actualizar la información anual en lo correspondiente a este registro.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                              Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

La inscripción al Registro Único Ambiental no tiene costo.

Inscripción en el Registro Único Ambiental (RUA).

Se obtiene en 15 día(s) - Habil(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

  • Los plazos para realizar el diligenciamiento inicial o la actualización anual serán los siguientes:
ÚLTIMO CÓDIGO DEL NIT (SIN CÓDIGO DE VERIFICACIÓN)PLAZO
  0 A 2Entre el 1 y el  31 de enero de cada año
  3 A 6Entre el 1 y el  28 de febrero de cada año
  7 a 9 Entre el 1 y el  28 de febrero de cada año
  • Para el primer año de implementación del Registro Único Ambiental para el sector manufacturero, que será el año 2011, el establecimiento deberá diligenciar la información correspondiente a los periodos de balance 2009 y 2010.

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


¿Qué se debe hacer?

Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas:

  1. Diligencie el Anexo 2 Formato_RUA_Manufacturero-1 (1).
  2. Radicar la solicitud con mínimo dos (2) meses de anticipación en cualquiera de los puntos de atención o en nuestro canal virtual. La autoridad ambiental otorgará un usuario y contraseña por cada establecimiento o instalación generadora de residuos peligrosos, el cual podrá ingresar de la siguiente manera:
  • Ingresar al sitio Web del IDEAM.
  • Colocar usuario y contraseña.
  • Diligenciar las diferentes secciones y suba los soportes requeridos.
  • En el Manual Diligenciamiento Registro Único Ambiental podrá conocer los pasos necesarios para el correcto manejo del aplicativo.
  • Verifique su actividad de acuerdo a la Clasificación Industrial Internacional Uniforme CIIU 4.0.
  • Aquellos establecimientos del sector manufacturero que se hayan inscrito previamente en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos, deberán solicitar su inscripción en el Registro Único Ambiental Para el sector manufacturero. Si la empresa del sector manufacturero cuenta con más de un establecimiento donde se desarrolle esta actividad, deberá solicitar la inscripción en el registro por cada uno de ellos, así como diligenciar su información y actualizarla.
  • Aquellas empresas que se encuentren obligadas a realizar la inscripción en el Registro Único Ambiental cuya licencia ambiental o plan de manejo ambiental hayan sido expedidos o establecidos por el Ministerio de Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial deberán solicitarla ante esta entidad. El representante legal será responsable de la información presentada en el Registro Único Ambiental, la cual deberá ser veraz, exacta y se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento.
  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Decreto 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  • Resolución 1023 de 2010 Por la cual se adopta el protocolo para el monitoreo y seguimiento del Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables, para el sector manufacturero y se dictan otras disposiciones".
  • Ley 99 de 1993 "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".

Opción tarifaria de multiusuario

¿Qué es y para qué sirve?

Reducir los costos en la facturación del servicio de aseo de acuerdo al volumen de residuos sólidos generados a los copropietarios de inmuebles que se encuentren agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares.

  • Se puede realizar la solicitud adjuntando la documentación requerida por medio de https://ciudadano.sigab.gov.co/.
  • Para hacer la solicitud en un punto de atención, se debe presentar ante el prestador del servicio de aseo, en los centros de atención al usuario CAU dispuesto por cada concesionario de aseo, así:
PrestadorLocalidadCAU
PROMOAMBIENTAL DISTRITO S.A. E.S.PUsaquénTransversal 4 N. 51 A - 25
 Chapinero 
 Santa Fe 
 Candelaria 
 San Cristóbal 
 Usme 
 Sumapaz 
LIMPIEZA METROPOLITANA S.A. E.S.PCiudad BolívarCarrera 56 N.9-17
 Bosa 
 Tunjuelito 
 Rafael Uribe Uribe 
 Antonio Nariño 
 Puente Aranda 
 Teusaquillo 
 Los Mártires 
CIUDAD LIMPIA S.A. E.S.P.KennedyAvenida Boyacá N. 6 B - 20
 Fontibón 
BOGOTÁ LIMPIA S.A. E.S.P.EngativáCalle 65 A n. 93-02
 Barrios Unidos 
ÁRE LIMPIA S.A. E.S.P.SubaAvenida Calle 127 N. 60 - 75

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Conmutador 601 3580400 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
  • Línea 110 lunes a viernes de 8:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Decisión adoptada.

A partir de la fecha de radicación de la solicitud del usuario agrupado, el prestador del servicio de aseo cuenta con un plazo máximo de quince (15) días para conceder la opción tarifaria y de dos (2) meses adicionales para realizar el aforo e iniciar la aplicación de la opción tarifaria.

Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de aseo no podrán exigir requisitos adicionales a los establecidos en el presente artículo para que el usuario agrupado pueda acceder a la opción tarifaria.


¿Qué se debe hacer? 

  • Presentar la solicitud a la persona prestadora del servicio ordinario de aseo, a la cual se deberá adjuntar el acta del acuerdo en la que conste la decisión de acogerse a la opción tarifaria, suscrita por la asamblea de copropietarios o la autorización firmada por el propietario de cada uno de los inmuebles que conforman el usuario agrupado, en los casos en que no exista copropiedad. Adicionalmente, en la solicitud debe indicarse la persona designada como responsable de firmar las actas de producción de residuos resultado del aforo.
  • Indicar el sitio de presentación de los residuos y disponer de las cajas de almacenamiento para el aforo de la producción de residuos sólidos.
  • Disponer de una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla, como mínimo, con los requisitos establecidos en el Decreto 1713 de 2002 o la norma que lo derogue, modifique o adicione.
  • Presentar los residuos sólidos en un lugar común para la recolección y aforo.
  • Presentar la relación de usuarios que solicitan acceder a la opción tarifaria, con sus datos identificadores, de acuerdo con el catastro de usuarios. También se deberá informar la existencia de inmuebles desocupados.
  • Indicar la forma como será asumida la producción de residuos por cada uno de los usuarios individuales que conforman el multiusuario, esto es, por coeficiente de propiedad horizontal, por coeficiente simple de acuerdo con el número de usuarios que conforman el usuario agrupado, o por la distribución porcentual que el usuario agrupado reporte.

Aforo: Es la medición que hace el operador de aseo para determinar la cantidad de residuos que produce el usuario agrupado y así calcular el valor que se debe pagar.

El grupo de Multiusuarios debe cumplir con las siguientes indicaciones:

  • Presentar los residuos sólidos en la unidad de almacenamiento o en el andén frente al predio.
  • Disponer de cajas de almacenamiento suficientes para almacenar y presentar el volumen de residuos producidos.
  • Presentar los residuos sólidos en un lugar común para la recolección y aforo.

Aforo: Es la medición que hace el operador de aseo para determinar la cantidad de residuos que produce el usuario agrupado y así calcular el valor que se debe pagar.

  • Resolución 236 de 2002,(Todos) "Por la cual se establece la metodología para la realización de aforos a multiusuarios y se modifica la Resolución 233 de 2002".
  • Resolución 233 de 2002, (Artículo 2, 3, 4 y 5) "Por la cual se establece una opción tarifaria para los multiusuarios del servicio de aseo, se señala la manera de efectuar el cobro del servicio ordinario de aseo para inmuebles desocupados y se define la forma de acreditar la desocupación de un inmueble".
  • Resolución 247 de 2003, "Por la cual se reglamentan los comités legales e institucionales de la "Empresa".

Registro Único de Organizaciones de Recicladores -RUOR-

¿Qué es y para qué sirve?

El Registro Único de Organizaciones de Recicladores de Oficio – RUOR tiene como objeto mantener una base de datos actualizada de las organizaciones de recicladores de oficio en Bogotá D.C., que permita el seguimiento de las acciones de fortalecimiento a la prestación del servicio público de aseo en la actividad de aprovechamiento conforme a lo dispuesto por la Resolución 196 de 2022.

La documentación puede ser enviada al correo uaesp@uaesp.gov.co


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Conmutador 601 3580400 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • www.uaesp.gov.co chat página web de la entidad horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Como respuesta se obtiene la inclusión o no inclusión como organización recicladora de oficio. 

El tiempo de respuesta es aproximadamente 60 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Certificado de existencia y representación legal vigente expedido por la Cámara de Comercio.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal y de todos los miembros de la junta directiva de la organización.
  • Acta de constitución de la organización registrada ante la Cámara de Comercio.
  • Registro único Tributario RUT de la organización.
  • Registro Único Empresarial y Social RUES, en el que se evidencie que está activa la organización.
  • Registro en el Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPJ-, en el cual se evidencie que la organización de recicladores está activa.
  • Listado oficial de recicladores de oficio que hacen parte de la organización en formato Excel, en el cual se describa como mínimo los siguientes datos: nombre, dirección, teléfono, edad, género y cédula en físico.
  • Libro de asociados o fundadores de conformidad con el artículo 175 del Decreto - Ley 019 de 2012, o la que la modifique, sustituya o complemente, debidamente registrados en la Cámara de Comercio.
  • Copia de las actas de asamblea de vinculación o desvinculación de asociados.
  • Informe de gestión y resultados presentado ante la Secretaría Jurídica del Distrito Capital.
  • Otros que derivados del funcionamiento y la naturaleza jurídica de la organización que sean necesarios de acuerdo con las directrices de la Subdirección de Aprovechamiento.

La organización solicitante solo podrá radicar nuevamente la documentación para inclusión cuatro (4) meses después que cobre firmeza el acto administrativo de no inclusión, sin exceder en un mismo año dos (2) solicitudes de inclusión.

Resolución 196 de 2022 – Titulo II

Decreto Distrital 345 de 2020 “Por el cual se adopta la actualización del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos - PGIRS- del Distrito Capital, y se dictan otras disposiciones.”

Resoluciones No. SSPD - 20211000482115 del trece (13) de septiembre de 2021 “Por la cual se adicionan formatos de información al Capítulo 1 del Título 1 del Anexo de la Resolución SSPD No. 20151300054195 de 2015"

Registro de libros de fundaciones, corporaciones y/o asociaciones de utilidad común y/o sin ánimo de lucro

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la inscripción de los libros de asociados, de actas de la asamblea general, de actas de la junta directiva y libros de contabilidad de las fundaciones, corporaciones y/o asociaciones de utilidad común y/o sin ánimo de lucro - ESAL que tengan su domicilio principal en la ciudad de Bogotá D.C., con fines educativos.

Sede central de la oficina de servicio al ciudadano de la Secretaría de Educación D.C.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

Para más información se puede comunicar a las siguientes líneas:

  • Línea 195, atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea (601) 3241000 Secretaría de Educación del Distrito (SED) en el horario de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m.
  • Si selecciona la opción 6 será comunicado con un asesor de la línea 195.
  • Si selecciona la opción 7 u 8 será comunicado con la oficina de servicio al ciudadano de la SED.

VIRTUAL

Para más información se puede comunicar a través del siguiente canal:

Chat institucional: horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. ingresando a la página web de la Secretaría de Educación www.educacionbogota.edu.co.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite no tiene costo.

 Registro de los libros de las fundaciones, corporaciones y/o asociaciones de utilidad común y/o sin ánimo de lucro.

El trámite tiene una duración de quince (15) días hábiles.

  • La ESAL deberá aportar el libro respecto del cual se solicita el registro, teniendo en cuenta que las hojas del libro deberán estar en blanco. La respuesta será enviada a la dirección registrada en la solicitud por el solicitante.
  • La ESAL solicitante de registro de libros de reuniones de órganos sociales de las ESAL, debe tener en cuenta que el registro de libros de parte de la SED-DIV procede en los siguientes eventos: 
  1. Cuando se trata de una ESAL bajo la Inspección, Vigilancia y Control (IVC) de la SED y el registro de sus actos no corresponda a Cámara de Comercio.
  2. Cuando se trata de una ESAL bajo la IVC de la SED y la ESAL no sea del régimen tributario especial. 
  3. Si la ESAL es del régimen tributario especial, el registro de libro procede siempre y cuando no se trate del libro de actas de reuniones del máximo órgano social, si el libro corresponde al máximo órgano social el registro le corresponde a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
  • La ESAL solicitante debe tener en cuenta que solo procederá el registro de un (1) libro por cada órgano social.

¿Qué se debe hacer?

Asistir a la sede central de la oficina de servicio al ciudadano de la Secretaría de Educación D.C. previo agendamiento de cita, ingresando al siguiente enlace: http://agendamiento.educacionbogota.gov.co:8815/ ​​​y radicar la siguiente documentación:

Solicitud de registro de libro, que contenga con claridad y completitud el nombre o denominación de la ESAL y el órgano social al que corresponde el libro de actas de reuniones.

NormaDescripción

Constitución Política de Colombia

Artículo 189, numeral 26.

Ley 57 de 1887

Artículos 73, 86, 633 al 652.

Ley 1755 de 2015

Por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Artículo 13, 14 , 15, 16 y 17.

Decreto 2150 de 1995

Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. Artículo 45.

Decreto 410 de 1971

Por el cual se expide el Código de Comercio. 

Artículos 26

Artículo 28, Numeral 7

Decreto 019 de 2012

Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública. Artículo 175.

Decreto 2150 de 2017

Por el cual se sustituyen los Capítulos 4 y 5 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1, se adiciona un artículo al Capítulo 2 del Título 4 de la Parte 2 del Libro 1 y un inciso al artículo 1.6.1.2.19. y un numeral al literal a) del artículo 1.6.1.2.11. del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar las donaciones de que trata el artículo 257 del Estatuto Tributario, el Régimen Tributario Especial en el impuesto sobre la renta y complementario y el artículo 19­5 del Estatuto Tributario. Artículo 1.2.1.5.4.5.

Decreto 848 de 2019

Por el cual se unifica la normativa sobre las actuaciones y los trámites asociados a la competencia de registro y a la asignación de funciones en materia de inspección vigilancia y control sobre entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones. 

Artículo 3, numerales 3.2., 3.4, 5.5, y 3.6.

Artículo 4.

Decreto 310 de 2022

Por el cual se modifica la estructura organizacional y las funciones de la Secretaría de Educación del Distrito. Artículo 3, literal C. Artículo 19, literales B y H.

Examen de laboratorio clínico

¿Qué es y para qué sirve?

Acceder a la toma de muestras de sangre y/o fluido corporal para exámenes de laboratorio de baja, mediana y alta complejidad, para procesamiento y posterior valoración médica.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

El Servicio de Laboratorio Clínico dispone de 16 sedes para la toma de muestras a lo largo de las 4 localidades en las que la institución tiene injerencia en el sur de Bogotá lo que facilita la accesibilidad de nuestros usuarios sin necesidad de cita, por lo cual no es necesario crear agenda para su acceso. 

LOCALIDADUNIDADDIRECCION HORARIO DE TOMA DE MUESTRASDIAS DE TOMA DE MUESTRAS 
TUNJUELITOCAPS El CarmenCL 48 B SUR No. 28 - 80De 6:00am a 9:00amLunes a viernes 
CIUDAD BOLIVAR CAPS-UMHES MeissenKR 18 B No. 60 G - 36 SURDe 6:00am a 9:00amLunes a viernes
CIUDAD BOLIVAR CAPS- UMHES Vista HermosaCALLE 67 A SUR 18 C 12De 6:00am a 9:00amLunes a viernes
CIUDAD BOLIVAR CAPS CandelariaTV 36 No. 59 B - 59 SURDe 6:00am a 9:00amLunes a sábado
CIUDAD BOLIVAR USS Manuela BeltránCra 45 # 69 G sur-2A De 6:00am a 9:00amLunes a sábado 
CIUDAD BOLIVAR USS PasquillaDG 53 SUR NKR 1 No. 3 -29 Solo los martes de 6:00am a 9:00amMartes y jueves 
CIUDAD BOLIVAR USS MochueloKR 4 No. 3 - 29 PasquillaSolo los viernes De 6:00am a 9:00amlunes miércoles y viernes 
USME CAPS MarichuelaCL 76 SUR No. 14 - 74De 5:30am a 9:00amLunes a sábado
USME USS UsmeKR 13 No. 135 A - 42 SURDe 6:00am a 9:00amLunes a viernes
USME USS La ReformaKR 6 B ESTE No. 89 - 44 SURDe 6:00am a 9:00amLunes miércoles y viernes 
USME USS DestinoLa Regadera 96 La RegaderaMartes 6:00am a 9:00ammartes 
USME CAPS BetaniaCL 76 B SUR No. 7 - 64De 6:00am a 9:00amLunes a viernes
USME USS La FloraKR 14 B ESTE No. 74 B - 44 SURMiércoles y jueves De 6:00am a 9:00ammiércoles y jueves 
USME USS Danubio AzulCalle 65 No 7 D 90 De 6:00am a 9:00amLunes a viernes
SUMAPAZUSS San Juan de SumapazCorregimiento San Juan de SumapazDe lunes a jueves de 7:00am a 10:00amLunes a domingo
SUMAPAZUSS Nazaret de SumapazCorregimiento de Nazaret de SumapazDe lunes a jueves de 7:00am a 10:00amLunes a domingo

Para la realización del examen es necesario presentarse al punto de toma de muestra elegido, en los horarios elegidos, con la autorización y factura del examen, en ayunas y con la preparación indicada por el profesional tratante.


 

Ver puntos de Atención
  • Dependiendo del examen de laboratorio clínico solicitado y el tipo de afiliación del usuario.
  • Resultados de laboratorio.
  • Se obtiene en 48 horas.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Original de remisión médica en la que se referencia los exámenes a realizar.
  • Original de la autorización de servicios por parte de la Entidad Promotora de Salud - EPS, en caso de ser necesaria, verifique que la autorización se encuentre vigente.
  • Prepararse de acuerdo al tipo de examen que se va a realizar.

Si se identifica con alguno de estos casos adicionalmente debe:

En caso de ser afiliado a una Entidad Promotora de Salud del régimen subsidiado:

  • Estar afiliado a la entidad promotora de salud - EPS del régimen subsidiado que tenga convenio con la Subred Sur E.S.E.

En caso de ser población vinculada:

Si se encuentra clasificado en el SISBÉN en los siguientes grupos, acérquese a una EPS del régimen subsidiado para realizar la afiliación en salud:

  • Grupo A: Conformado por 5 subgrupos (desde A1 hasta A5).
  • Grupo B: Conformado por 7 subgrupos (desde B1 hasta B7).
  • Grupo C: Conformado por 18 subgrupos (desde C1 hasta C18).

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general. 

  • Original de la cédula de ciudadanía.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general. 

  • En caso de ser menor de 7 años, presentar el registro civil de nacimiento.
  • En caso de ser mayor de 7 años y menor de 18, presentar la tarjeta de identidad.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general. 

  • Original de la cédula de extranjería.

¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas.

  2. Presentarse en la ventanilla para anunciarse y realizar el pago en el área de facturación, dependiendo del examen de laboratorio clínico solicitado y el tipo de afiliación del usuario.

  3. Asistir a la toma de muestra y presentar los documentos requeridos.

  • Asistir 20 minutos antes de la hora programada para realizar el pago.
  • Entregar el dinero únicamente en la ventanilla de facturación de la unidad de servicios a la que asiste.
  1. Firmar consentimiento informado del examen a realizar.

  2. Dirigirse a los Puntos de Atención Laboratorio Clínico.

  • Debe prepararse para el examen, según las indicaciones dadas por el médico tratante.
  • Decreto 77 de 1997, “Por el cual se deroga totalmente el Decreto 1917 del 5 de agosto de 1994 y se reglamenta el título VII de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a los requisitos y condiciones técnico-sanitarias para el funcionamiento de los laboratorios clínicos y se dictan otras disposiciones sobre la materia”.
  • Resolución 5261 de 1994,“Por la cual se establece el Manual de Actividades, Intervenciones y Procedimientos del Plan Obligatorio de Salud en el Sistema General de Seguridad Social en Salud”.
  • Ley 036 de 1993, (Artículo 8) “Por la cual se reglamenta la profesión de Bacteriólogo y se dictan otras disposiciones”.
  • Ley 23 de 1981, (Artículos 7 Literal C, 10) “Por lo cual se dictan Normas en Materia de Ética Médica”.
  • Acuerdo 641 de 2016, (Todos): “Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”

El asistente Chatico, en dos años, se ha conectado con más de 900 mil ciudadanos

30·JUN·2024
Chatico ha sido un canal fundamental dentro de escenarios como la construcción del Plan de Desarrollo y la medida de racionamiento de agua en la ciudad.
Chatico, en dos años, se ha conectado con más de 900 mil ciudadanosFoto: Secretaría General
Chatico está soportado en inteligencia artificial y procesamiento de lenguaje natural, brinda atención 24/7 sobre trámites y servicios.

La Alcaldía de Bogotá, celebra y reconoce los dos años de funcionamiento de Chatico, el agente virtual que, desde junio de 2022, ha acompañado de manera remota y permanente a la ciudadanía para la consulta de trámites, servicios e información de Bogotá.

Si te interesa leer: Policía de Bogotá frustró envío de estupefacientes en cuatro extintores 

Este asistente virtual, diseñado bajo el liderazgo de la Secretaría General, a través de la Consejería Distrital de TIC, ha logrado posicionarse como un servicio de fácil acceso, intuitivo, con una amplia y escalable capacidad para atender consultas a través de sus dos canales:Portal Bogotá(www.bogota.gov.co) y la línea de WhatsApp 316 023 15 24). En picos de alta demanda, Chatico ha logrado responder hasta 15.000 solicitudes en el margen de una hora. 

Chatico está soportado en inteligencia artificial y procesamiento de lenguaje natural, brinda atención 24/7 sobre trámites, servicios y, en general, información estratégica de Bogotá. Se actualiza semanalmente en razón a la coyuntura de la ciudad, pero también, gracias a la analítica de datos, se tienen en cuenta los comentarios y solicitudes de sus usuarios, a través de un proceso de verificación, pertinencia e impacto frente a cada implementación. 

A continuación conoce Chatico, escaneando el siguiente códico QR con la cámara de tu celular. Consulta servicios, datos y mucho más de la ciudad:

Código QR

Desde su puesta en marcha, ha sido un actor fundamental en instancias participativas de procesos como: Causas Ciudadanas, Presupuestos Participativos y, recientemente, recibió más de 147.000 aportes ciudadanos para la construcción del Plan Distrital de Desarrollo 'Bogotá Camina Segura' 2024-2027, el cual fue aprobado en mayo de 2024 por el Concejo de Bogotá. 

En el siguiente post de la Secretaría General, en la red social X, más información sobre Chatico

Actualmente, el chatbot alberga cinco intenciones padre, de las cuales se despliegan más de 400 temáticas relacionadas con:

1. Trámites, servicios y apoyos: Salud, movilidad, impuestos, ayuda distrital, educación en Bogotá, Sisbén, oferta de discapacidad, mascotas, establecimientos comerciales, catastro y ambiente. 

2. Turismo y cultura: Oferta de actividades culturales, curiosidades y planes para hacer en Bogotá en 3 idiomas (español, inglés y portugués).

3. Cortes de agua Bogotá: Consulta de fechas de corte de agua según sectores, información relacionada con la medida de racionamiento y gestión de reportes de mal uso del recurso hídrico. 

4. Oportunidades Bogotá: Programas sociales, empleabilidad y datos sobre la ciudad.

5. Chatico cerca de ti: Cómo utilizar Chatico, preguntas frecuentes, solicitud de atención en lengua de señas y derivación para ser atendido por un asesor.  

A la fecha, ya son más de 2.800.000 conversaciones atendidas por el agente virtual, dentro de las cuales se destacan temas relacionados con procesos de participación, información sobre cupos, traslados y movilidad escolar; impuestos y servicios, movilidad, y oferta de discapacidad, la cual presentó un aumento en consultas del 94% respecto al año anterior. 

Por su parte, Arleth Saurith, consejera Distrital TIC encargada, destaca que “Chatico se proyecta como una herramienta con mayor alcance, más funcionalidades accesibles a la ciudadanía en la que se utilicen tecnologías emergentes como la inteligencia artificial generativa para ofrecer un servicio cada vez más apropiado, útil y centrado en la experiencia de sus usuarios.”

Si bien Chatico fue creado con el propósito de promocionar los tres pilares de Gobierno Abierto: transparencia, participación y colaboración, la incorporación de innovación pública en su desarrollo, ha permitido obtener grandes resultados y posicionar este servicio como un caso de éxito y referente a nivel local, nacional e internacional. De hecho, en 2023, Chatico recibió el premio 'Best Digital Transformation Project' de Conecta Latam, Caribe y Centroamérica.

No te vayas sin ver: Video: Golpes contundentes a la criminalidad en Bogotá de enero a junio de 2024  

Las y los invitamos a escribirle a Chatico a través de este enlace (https://bit.ly/3XJgDo5) y conocer la información disponible e indicar qué otros servicios les gustaría encontrar en el agente virtual que nunca nos deja en visto. 

Certificado de paz y salvo

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la certificación donde se manifiesta que el deudor se encuentra a paz y salvo con la entidad.

En dependencia de la cual requiere que se le expida el paz y salvo. 


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • 601 323 9300 Ext. 1421 - 1420 / 3238340 lunes a viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Certificado de paz y salvo.

En 3 días - hábil(es).

¿Qué se debe hacer?

1. El estudiante debe radicar la solicitud en la dependencia de la cual requiere que se le expida el paz y salvo.

MedioDetalle
CORREOlabiud@udistrital.edu.co
CORREOlabbiologia@udistrital.edu.co
CORREOlab-facartes@udistrital.edu.co
CORREOlabmedioambiente@udistrital.edu.co
CORREOlabbasicastecno@udistrital.edu.co

2. Reclamar paz y salvo acercarse a reclamar en (3) días hábiles el paz y salvo en la facultad correspondiente. O si se pidió por correo electrónico, se enviará respuesta al mismo.

Bogotá ya tiene nuevos directores y directoras Locales de Educación

5·JUL·2024
Del total de hojas de vida recibidas, 413 cumplieron con los requisitos establecidos y fueron habilitadas para presentar la respectivas pruebas.
Distrito seleccionó a las y los nuevos directores locales de educaciónFoto: Secretaria de Educación.
De esta manera la SED reafirma su compromiso con una educación de calidad, equitativa y accesible para todos los habitantes de Bogotá.

¡Bogotá ya tiene nuevos directores y directoras Locales de Educación! La Secretaría de Educación del Distrito (SED) realizó la selección de las y los profesionales que estarán al frente de las Direcciones Locales de Educación, con la responsabilidad de actuar como puente articulador para gestionar la educación en su localidad, esta selección a través de un proceso abierto y meritocrático. 

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Del total de hojas de vida recibidas, 413 cumplieron con los requisitos establecidos y fueron habilitadas para presentar la respectiva prueba psicotécnica comportamental y cognitiva. Los 150 candidatos con mejores puntajes ingresaron al banco de hojas de vida y fueron convocados a entrevistas grupales. Posteriormente los 33 perfiles más destacados tuvieron entrevista personal con la secretaria de Educación, Isabel Segovia, y el subsecretario de Integración Interinstitucional, Diego Escallón.

Se conformó el equipo definitivo integrado por 11 mujeres y 8 hombres, con amplia experiencia en el sector educativo y un gran compromiso de trabajar con excelencia y calidad por el bienestar y el desarrollo educativo de las niñas, niños y jóvenes de Bogotá.

De cara al propósito de garantizar una educación que les responda a las niñas, niños, jóvenes y adolescentes de Bogotá, a sus familias y en general a la ciudad, las directoras y directores locales de educación enfrentarán desafíos significativos siendo actores fundamentales para promover la educación pertinente y de calidad:

1. Acercar la gestión escolar a las comunidades: fomentar la participación ciudadana en los procesos educativos y asegurar una gestión cercana y transparente.

2. Responder al plan sectorial de educación: gestionar administrativa, técnica y jurídicamente el territorio para fortalecer las instituciones educativas públicas y privadas, garantizar el bienestar del recurso humano en su localidad y gestionar la legalización de instituciones de educación formal y ETDH.

3. Asegurar infraestructura y calidad educativa: implementar acciones para la búsqueda y aseguramiento de infraestructura e insumos necesarios, garantizar el acceso oportuno al sistema educativo con equidad y calidad, asignar cupos escolares, y apoyar a los colegios en la renovación de sus Proyectos Educativos Institucionales (PEI) y en los procesos de innovación e investigación escolar.

En este sentido, de acuerdo con el Decreto 310 de 2022 de la Secretaría de Educación del Distrito, las funciones de un director o directora local de Educación incluyen, pero no se limitan a:

• Gestionar la educación en la localidad: desarrollar acciones de fortalecimiento institucional y procesos de bienestar del recurso humano en su área de influencia.

• Participar en la planeación educativa: colaborar en la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos educativos.

• Garantizar la calidad educativa: asegurar la calidad y equidad en la prestación del servicio educativo, así como la asignación de cupos escolares y la gestión de infraestructura educativa.

• Promover la participación ciudadana: fomentar la participación activa de la comunidad en la gestión educativa y los procesos escolares.

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De esta manera la SED reafirma su compromiso con una educación de calidad, equitativa y accesible para todos los habitantes de Bogotá, y confía en que este nuevo equipo de directoras y directores locales contribuirá significativamente a la construcción de una educación que te responde.

Las nuevas y nuevos directores locales tomarán posesión de sus cargos la próxima semana. Sus hojas de vida se encuentran publicadas para conocimiento de la ciudadanía en la página web del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.