Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Datos del consumo de agua y nivel de embalses del domingo 28 de julio

29·JUL·2024
El nivel de los embalses del Sistema Chingaza, con corte al domingo 28 de julio, se encuentra en 49.92 %. 
Racionamiento de agua en Bogotá domingo 28 de julio consumo y embalsesImagen: Alcaldía Mayor de Bogotá.
El nivel de los embalses del Sistema Chingaza se encuentra en 49.92 %. 

El consumo de agua en Bogotá durante el domingo 28 de julio fue de 16,46 metros cúbicos por segundo, según datos reportados por la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.

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El nivel de los embalses del Sistema Chingaza, con corte al domingo 28 de julio, se encuentra en 49,92 %. 

A continuación te compartimos una imagen de la Alcaldía Mayor de Bogotá con más detalles del consumo de agua del domingo 28 de julio:

Consumo de agua

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02
August

Secretaría Distrital de Planeación - Red CADE

Hoy 29 de julio hasta el 02 de agosto del 2024, la Secretaría Distrital de Planeación - SDP ,no brindará atención  para los servicios de planoteca por parte de la dirección de Servicio a la ciudadanía. En el siguiente punto de la Red CADE:

SuperCADE CAD

Trámites y servicios recientes

Corrección de certificados

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Es cuando se requiere ajustar uno o más datos en el sistema de información de registros públicos a un registro y/o certificado,…

Comprobante que certifica únicamente el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de hojas de vida de Bogotá.

Consulta de información

¿Qué es y para qué sirve?
Brindar a la ciudadanía un comprobante oficial que certifique el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de…

Inscripción de documentos (Excepto constitución de sociedades y entidades sin ánimo de lucro)

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
La inscripción de documentos en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) es un proceso mediante el cual se registran actas y otros…

Dos capturas y un arma traumática incautada dejó nueva megatoma en San Bernardo

28·JUL·2024
Las autoridades realizaron patrullajes durante la noche del sábado y madrugada del domingo, así como requisas a personas y vehículos.
Dos capturas y un arma traumática incautada dejó nueva megatoma en San BernardoFoto: Secretaría de Seguridad
Durante el operativo se realizó registro a vehículos, así como a personas y verificación de antecedentes judiciales.

La Secretaría de Seguridad, la Policía y el Ejército realizaron patrullajes durante la noche del sábado y madrugada del domingo, así como requisas a personas y vehículos.

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Dos personas capturadas y la incautación de armas blancas y una traumática, fueron algunos de los resultados de la megatoma realizada en los sectores de San Fernando y Las Cruces, localidad de Santa Fe, entre la noche del sábado y la madrugada del domingo por parte de la Secretaría de Seguridad, la Policía Metropolitana de Bogotá y el Ejército Nacional.

Las dos personas capturadas por parte de la Policía tenían orden judicial, una por el delito de hurto y la otra por el delito de concierto para delinquir y tráfico de estupefacientes. 

A continuación, el post de la Secretaría de Seguridad, en la red social X, sobre esta megatoma en San Bernardo:

Durante el operativo se realizó registro a vehículos, así como a personas y verificación de antecedentes judiciales; se impusieron 16 comparendos por el Código Nacional de Seguridad y Convivencia; y se hizo inspección, vigilancia y control a establecimientos como bares, tiendas y comercios, de los cuales tres fueron cerrados.

Se realizó patrullaje en el sector realizando actividades de control, prevención y disuasión con el fin de contener delitos y garantizar la seguridad y convivencia en el marco del plan ‘Bogotá Camina Segura’.

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En caso de identificar cualquier tipo de hecho sospechoso o que atente contra la tranquilidad de la ciudadanía, se puede reportar ante la Línea de Emergencias 123.

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Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia -Red CADE

Hoy 29 de julio del 2024, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - SDSCJ, brindará atención hasta la 03:30 p.m. en los siguientes puntos de la Red CADE:

SuperCADE 20 de Julio SuperCADE CAD SuperCADE Calle 13 SuperCADE Suba CADE Santa Lucía CADE Tunal

Trámites y servicios recientes

Corrección de certificados

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Es cuando se requiere ajustar uno o más datos en el sistema de información de registros públicos a un registro y/o certificado,…

Comprobante que certifica únicamente el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de hojas de vida de Bogotá.

Consulta de información

¿Qué es y para qué sirve?
Brindar a la ciudadanía un comprobante oficial que certifique el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de…

Inscripción de documentos (Excepto constitución de sociedades y entidades sin ánimo de lucro)

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
La inscripción de documentos en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) es un proceso mediante el cual se registran actas y otros…

Trabajo sí hay: 981 vacantes disponibles con Talento Capital hasta 4 de agosto

29·JUL·2024
La oferta laboral incluye 381 puestos de trabajo que no requieren experiencia relacionada con el cargo.
Trabajo en Bogotá: 930 vacantes disponibles con Talento Capital Foto: Secretaría de Desarrollo Económico
● La oferta laboral incluye 381 puestos de trabajo que no requieren experiencia relacionada con el cargo. Regístrate aquí.

Trabajo sí hay en Bogotá. Accede a empleo digno y con garantías laborales con ‘Talento Capital’. Para la semana del 29 de julio y el 4 de agosto, la Secretaría de Desarrollo Económico (SDDE), en alianza con 45 empresas, oferta 981 puestos de trabajo, de los cuales, 381 no requieren experiencia relacionada con el cargo. Las personas interesadas en postularse deben registrar la hoja de vida en www.bogotatrabaja.gov.co y en www.serviciodeempleo.gov.co

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“A través de la estrategia ‘Talento Capital’, seguimos articulando los procesos de intermediación laboral para que las personas que buscan trabajo tengan acceso a la información de las vacantes disponibles en distintos sectores económicos. De esta manera, buscamos que las personas puedan postularse a los cargos que se adecuan a su perfil laboral”, indicó Guillermo Alarcón, director de Desarrollo Empresarial y Empleo de la entidad pública.

Entre las ofertas laborales hay 670 cargos para personas con educación primaria, básica y media; 210 oportunidades laborales para quienes no cuentan con educación formal; y para profesionales, tecnólogos y técnicos hay 101 puestos de trabajo para coordinador (a) de aduanas, ejecutivos comerciales, gestor de cartera, ingeniero DevOps, arquitectos Cloud, asesor comercial, entre otros.  

Se destaca que hay 100 cargos disponibles para la población negra, afrocolombiana, raizal, palenquera, indígena o Rrom para ocupar vacantes en analista de seguridad, auxiliar contable, técnico eléctrico automotriz, profesional o especialista en seguridad y salud en el trabajo, administradoras de restaurante, entre otros. 

Entre las vacantes activas, la Agencia Distrital de Empleo, en colaboración con Activos S.A.S., busca 50 soldadores (a) cuyo salario es de $2.400.000. Quienes deseen postularse deben registrarse en www.serviciodeempleo.gov.co  y buscar aplicar al cargo con el código 1626428385-1. 

Por otro lado, Deloitte & Touche S.A.S. busca 10 analistas de seguridad responsables de monitorear amenazas cibernéticas, el salario es de $2.829.350 y se requiere como mínimo 12 meses de experiencia. Para aplicar a esta oportunidad laboral las personas deben ingresar a www.serviciodeempleo.gov.co y aplicar con el código 1626386461-2. 

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Estos son algunos de los 981 puestos de trabajo disponibles entre el 29 de julio al 4 de agosto

  • Analista de recursos humanos.
  • Auxiliar inventarios administrativos.
  • Scrum Master.
  • Operario de producción.
  • Impulsador (a).
  • Soldador.
  • Auxiliar de almacén.
  • Auxiliar de obra.
  • Reforzador herrero.
  • Conductor de camioneta.
  • Gestor de cartera y operaciones.
  • Auxiliar de seguridad y salud en el trabajo y calidad.
  • Data engineer.
  • Desarrollador .net.
  • Soporte sitio.
  • Desarrollador Full Stack.
  • Ingeniero DevOps.
  • Arquitectos Cloud.
  • Desarrollador Java.
  • Domiciliario.
  • Auxiliar administrativo y contable.
  • Analista de compras.
  • Operarios de servicios de aseo.
  • Comerciales.
  • Asesor comercial sector retail.
  • Conductor c1 o c2.
  • Asesor comercial /captador de fondos.
  • Técnico eléctrico automotriz.
  • Operario(a) de logística.
  • Auxiliar de servicio de seguridad.

Traslados de régimen pensional.

¿Qué es y para qué sirve?

Efectuar el traslado libre y voluntario por parte del afiliado del régimen de ahorro individual con solidaridad (RAIS) o de cualquier otra administradora del RPM, al régimen de prima media con prestación definida, administrado por Colpensiones.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Call center (601) 4890909 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 08:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. en Bogotá.
  • Línea gratuita 018000410909 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 08:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. en el resto del país.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

Puede hacer seguimiento al trámite con el número de radicado, a través de los siguientes canales:

Como resultado se obtiene carta de respuesta de aceptación o rechazo del traslado.

  • Se obtiene en 2 Mes(es).
  • El traslado originado por sentencia o fallo judicial se efectuará en plazo estipulado por la orden judicial.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Reunir documentos y cumplir condiciones: 

Condición.

  • Que el ciudadano interesado en el traslado haya cumplido cinco (5) años de vinculación al régimen de ahorro individual con Solidaridad (RAIS), estar a más de diez (10) años del cumplimiento de la edad de pensión y haber recibido la doble asesoría, la cual no debe ser superior a 12 meses. (No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla).

Documentos.

Nota: Descargar el formulario de afiliación al sistema general de pensiones en la página web o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional.

  • Fotocopia de documento de identificación ampliada al 150%.

Nota: Al momento de radicar los documentos, se debe presentar el documento de identificación original.


En caso de que el traslado de régimen se solicite accediendo al beneficio que otorga la Sentencia Unificada SU 062, presentar:

  • Carta de solicitud en original acogiéndose a la sentencia unificada SU 062.

Nota: Para acceder al beneficio que otorga la sentencia unificada SU 062, se debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser beneficiario del régimen de transición.
  • Haber cotizado 15 años al régimen de prima media o haber prestado sus servicios al estado durante un período igual con antelación al primero (1º) de abril de 1994.

En caso de que pertenezca a una agremiación o comunidad religiosa, presentar:

  • Certificación original expedida por la asociación, agremiación o comunidad religiosa donde se acredite la vinculación a la misma. 

En el caso en que el traslado sea ordenado por sentencia o decisión de tutela, presentar:

  • Decisión expresa de la sentencia o de la tutela (original).

Nota: Recuerde que puede agendar una cita previa a través de la página de Colpensiones antes de asistir a un punto de atención para agilizar su trámite, sin embargo, no es obligatorio para el ciudadano.


¿Qué se debe hacer?

1. Reunir documentos y cumplir con condiciones.  

2. Radicar los documentos requeridos para el trámite, en cualquier punto de atención Colpensiones o a través de la página web.

3. Recibir comunicación de respuesta del trámite en cualquier punto de atención Colpensiones o a través de la página web.

  • Circular 062 de 2017, (Toda)": Deber de asesoría para que proceda el traslado de afiliados entre regímenes pensionales – Circulares Externas 016 y 051 de 2016. "
  • Ley 1687 de 2013 (Artículo 92) "Por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2014"
  • Ley 100 de 1993 (Artículos 13 literal b), 113 y 114) "Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 1406 de 1999 (Artículos 42 y 44) "Por el cual se adoptan unas disposiciones reglamentarias de la Ley 100 de 1993, se reglamenta parcialmente el artículo 91 de la Ley 488 de diciembre 24 de 1998, se dictan disposiciones para la puesta en operación del Registro Único de Aportantes al Sistema de Seguridad Social Integral, se establece el régimen de recaudación de aportes que financian dicho Sistema y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 692 de 1995 (Artículos 15 y 17) "Por el cual se adopta el Manual Único para la Calificación de la Invalidez"
  • Decreto 1161 de 1994, (Artículo 3) "Por el cual se dictan normas en materia del Sistema General de Pensiones."
  • Circular 016 de 2016, (Circular Externa ( Abril 28 ) "Instrucciones en materia del deber de asesoría para que proceda el traslado de afiliados entre regímenes pensionales y se adiciona información a los extractos de los afiliados al Régimen de Prima Media con Prestación Definida."
  • Ley 1748 de 2014 (Artículo 2) "Por medio de la cual se establece Circular 016 de 2016la obligación de brindar información transparente a los consumidores de los servicios financieros y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 2071 de 2015 (Artículo 2.6.10.2.3) "Por el cual se modifica el Decreto número 2555 de 2010 en lo referente al régimen de protección al consumidor financiero del Sistema General de Pensiones.
  • Ley 1328  de  2009 (Inciso segundo del artículo 9º.Titulo VI) "Por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones"
  • Decreto 2555 de 2010 (Artículo 2.6.10.2.3)"Por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del Sector Financiero, Asegurador y del Mercado de Valores y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 2364 de 2012, (Artículos 1 y 4) "Por medio del cual se reglamenta el artículo 7° de la Ley 527 de 1999, sobre la firma electrónica y se dictan otras disposiciones"

Reconocimiento de auxilio funerario en el régimen de prima media.

¿Qué es y para qué sirve?

Esta prestación económica se entrega a las personas que compruebe haber sufragado los gastos fúnebres o de entierro de un afiliado o pensionado por vejez o invalidez, equivalente al último salario base de cotización, o al valor correspondiente a la última mesada pensional recibida, según sea el caso, sin que este auxilio pueda ser inferior a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes, ni superior a diez (10) veces dicho salario.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Call center (601) 4890909 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 08:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. en Bogotá.
  • Línea gratuita 018000410909 lunes a viernes de 7:00 a.m. a 08:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 2:00 p.m. en el resto del país.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

La prestación deberá solicitarse dentro de los tres (3) años siguientes al fallecimiento, de lo contrario prescribirá.

Como respuesta se obtiene reconocimiento del auxilio funerario.

En un término de 2 meses.

Puede hacer seguimiento al trámite con el número de radicado, a través de los siguientes canales:

Telefónico:

  • Call center (601)4890909.
  • Línea gratuita 018000410909.

Presencial:

  • En los puntos de atención Colpensiones.

Virtual:

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Condiciones: No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.

  • Que el fallecido sea un afiliado o pensionado por vejez o invalidez.
  • Si es afiliado deberá estar cotizando y al día en sus pagos al momento del fallecimiento.
  • La prestación deberá solicitarse dentro de los tres (3) años siguientes al fallecimiento, de lo contrario prescribirá.
  • Formato de solicitud de prestación económica Auxilio Funerario.

Nota: Descargar el formulario de solicitud de prestaciones económicas o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional.

  • Copia del registro civil de defunción del afiliado o pensionado.
  • Fotocopia del documento de identidad y/o número único de identificación tributaria - NIT del solicitante que demuestre haber sufragado los gastos fúnebres.

Cuando el ciudadano solicita que sea notificado por medio de correo electrónico, presentar: 

Nota: Descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional.


En caso de existir contrato preexequial, presentar:

  • Copia de contrato preexequial.

Nota: En el que aparezca el afiliado o pensionado fallecido o certificación de la funeraria en el cual conste el valor cubierto por el servicio, donde se identifique la calidad del titular o beneficiario.

Condiciones: No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.

  • Que el fallecido sea un afiliado o pensionado por vejez o invalidez. Si es afiliado deberá estar cotizando y al día en sus pagos al momento del fallecimiento.
  • La prestación deberá solicitarse dentro de los tres (3) años siguientes al fallecimiento, de lo contrario prescribirá.
  • Formato de solicitud de prestación económica Auxilio Funerario.

Nota: Descargar el formulario de solicitud de prestaciones económicas o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional.

  • Copia del registro civil de defunción del afiliado o pensionado.
  • Fotocopia del documento de identidad y/o número único de identificación tributaria - NIT del solicitante que demuestre haber sufragado los gastos fúnebres.

Cuando el ciudadano solicita que sea notificado por medio de correo electrónico, presentar: 

Nota: Descargar el formulario o reclamarlo en cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional.


En el caso en que la solicitud sea realizada por intermedio de empleador privado, presentar:

  • Original del certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio.

En caso de que la solicitud sea realizada por beneficiario persona natural, con factura como medio de pago:

  •  Factura original discriminada a nombre de la persona natural o jurídica que haya sufragado los gastos funerarios, debidamente cancelada.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

En caso en que la solicitud sea realizada por tercero autorizado, presentar:

Nota: El autorizado debe presentar carta de autorización original con facultades específicas, para lo cual puede tomar como referencia el modelo presentado.

  • Fotocopia del documento de identidad del tercero autorizado.

En caso en que la solicitud sea realizada por intermedio de apoderado, presentar:

  • Poder original, debidamente conferido con presentación personal ante notario público.
  • Fotocopia de documento de identidad, del apoderado y de quien otorga poder.
  • Fotocopia de la tarjeta profesional del abogado.

¿Qué se debe hacer?

1. Reunir documentos y cumplir condiciones requeridas para realizar el trámite.

2. Radicar documentos requeridos para el trámite en cualquier punto de atención Colpensiones o en la sede electrónica Colpensiones.

3. Notificarse de la respuesta a la solicitud de prestación económica.

Para quienes autoricen la notificación por correo electrónico, la misma le llegará al correo electrónico relacionado en la autorización. En caso contrario, deben acercarse a cualquier punto de atención Colpensiones a nivel nacional a recibir su notificación.

De manera presencial en los puntos de atención indicados por la institución o recibiendo correo electrónico por parte de la entidad, también a través de Notificación electrónica.

  • Ley 100 de 1993 (Artículos 51 y 86)"Por la cual se crea el Sistema de Seguridad Social Integral y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 1889 de 1994 (Artículo 18) "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993".
  • Decreto 876 de 1994 (parágrafo del Art. 4) "Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 100 de 1993"

Casa de Todas cambió de sede en Bogotá: Anímate a conocer sus servicios

29·JUL·2024
Un servicio único de la Secretaría de la Mujer, que ofrece atención especializada y gratuita a mujeres que realizan Actividades Sexuales Pagadas (ASP).
Casa de Todas en Bogotá: Cambió su sede, conoce sus servicios Foto: Secretaría de la Mujer
Se ofrecen herramientas para el autocuidado, primeros auxilios psicológicos y recursos de afrontamiento para evitar situaciones de pánico.

Casa de Todas en Bogotá, cambió de sede, ahora está ubicada en la calle 27A #24-30, para ofrecer un espacio seguro y acogedor a las mujeres ASP.  Un servicio único de la Secretaría de la Mujer (SDMujer), que ofrece atención especializada y gratuita a mujeres que realizan Actividades Sexuales Pagadas (ASP).

Si te interesa leer: Consejo Consultivo de Mujeres priorizó temas clave con la Secretaría de Gobierno

Este programa, diseñado para apoyar a una comunidad frecuentemente marginada y discriminada, proporciona un entorno donde las mujeres pueden acceder a servicios especializados que les permitan ejercer plenamente sus derechos y vivir con dignidad. 

Con un equipo comprometido, Casa de Todas brinda una atención integral que incluye asesoría socio-jurídica, apoyo psicosocial y servicios de intervención social. Estos servicios abordan las necesidades específicas de cada mujer de manera holística, logrando así proteger y empoderar a las mujeres en todas sus diferencias y diversidades desde un enfoque de derechos de las mujeres e interseccional. Casa de Todas se enmarca en la Política Pública de Actividades Sexuales Pagadas. 

La secretaria Distrital de la Mujer, Laura Tami Leal, invita a la ciudadanía a conocer esta nueva sede y recuerda que "Casa de Todas es más que un servicio; es un refugio seguro y un símbolo de nuestro compromiso con las mujeres que ejercen Actividades Sexuales Pagadas en Bogotá. Aquí, cada mujer encontrará un espacio acogedor donde puede acceder a servicios esenciales y especializados que le permitan vivir con dignidad y ejercer plenamente sus derechos”. 

Un equipo de psicólogas especializadas brinda apoyo para identificar y manejar sentimientos como la ansiedad, el miedo y la soledad a las mujeres que realizan Actividades Sexuales Pagadas (ASP).
Un equipo de psicólogas especializadas brinda apoyo para identificar y manejar sentimientos como la ansiedad, el miedo y la soledad a las mujeres que realizan Actividades Sexuales Pagadas (ASP).

Un equipo de psicólogas especializadas brinda apoyo para identificar y manejar sentimientos como la ansiedad, el miedo y la soledad. Se ofrecen herramientas para el autocuidado, primeros auxilios psicológicos y recursos de afrontamiento para evitar situaciones de pánico. Este servicio promueve la toma de decisiones que favorecen el bienestar emocional de las mujeres, fomentando su autonomía y el ejercicio de sus derechos. 

Las mujeres que realizan ASP también pueden acceder a orientación y asesoría legal. Un equipo de abogadas especializadas está disponible para hacer acompañamiento legal, asegurando que las mujeres conozcan y puedan exigir sus derechos frente a cualquier vulneración. 

También puede acceder a los servicios de intervención social, que se centran en identificar y atender las necesidades básicas y derechos de las mujeres. Esto incluye, movilidad, afiliación y atención en salud, derechos sexuales y reproductivos, procesos de cedulación y formación para el trabajo. 

No te vayas sin leer: Sensibilización sobre violencias basadas en género en Estación Museo Nacional

“Nuestra nueva sede reafirma nuestro compromiso de mejorar para ustedes. Invitamos a todas las mujeres a descubrir lo que Casa de Todas tiene para ofrecer y a beneficiarse de nuestros servicios integrales", concluyó Laura Tami Leal, secretaria de la Mujer. 

Casa de Todas también brinda sus servicios de forma telefónica y por correo electrónico, facilitando el acceso y seguimiento a las mujeres que lo necesiten. Para ser atendidas vía telefónica, deben comunicarse al número 305 816 2919, o por correo electrónico en casadetodas@sdmujer.gov.co.

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Secretaría Distrital de Gobierno - Red CADE

La Secretaría Distrital de Gobierno - SDG, hoy 29 de julio del 2024, no brindará atención presencial a partir de las 10:00 a.m en el siguiente punto de la Red CADE:

SuperCADE 20 de Julio

Trámites y servicios recientes

Corrección de certificados

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Es cuando se requiere ajustar uno o más datos en el sistema de información de registros públicos a un registro y/o certificado,…

Comprobante que certifica únicamente el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de hojas de vida de Bogotá.

Consulta de información

¿Qué es y para qué sirve?
Brindar a la ciudadanía un comprobante oficial que certifique el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de…

Inscripción de documentos (Excepto constitución de sociedades y entidades sin ánimo de lucro)

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
La inscripción de documentos en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) es un proceso mediante el cual se registran actas y otros…