Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Pico y placa vehículos particulares y taxis en Bogotá hoy viernes 9 de agosto

9·AUG·2024
Te contamos cuáles son los vehículos particulares y taxis que pueden circular en Bogotá este viernes 9 de agosto de 2024.
Pico y placa en Bogotá viernes 9 de agosto 2024 particulares y taxisFoto: Archivo Alcaldía Mayor de Bogotá
Conoce la medida de pico y placa para este viernes 9 de agosto de 2024.

¡Agéndate y evita contratiempos! Conoce cómo aplica la medida de pico y placa en Bogotá para hoy viernes 9 de agosto de 2024. Estos son los vehículos particulares y taxis que pueden circular en la ciudad, según el calendario de la Secretaría de Movilidad (SDM)

Particulares:  Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1 - 2 - 3 - 4 - 5 

Te invitaos consultar: Cortes de luz en barrios de Bogotá este viernes 9 de agosto de 2024

Taxis: Pueden circular los taxis con placas terminadas en 1 - 2 - 5 - 6 - 7 - 8 - 9 - 0 

Recuerda que el horario de la medida de pico y placa es el siguiente:

Particulares:  6:00 a. m. a 9:00 p. m. y taxis: 5:30 a. m. a 9:00 p. m. 

Te puede interesar: Calendario del pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante agosto

Recuerda que los usuarios que quieran ser exentos del pico y placa pueden registrarse en la página de la Secretaría de Movilidad y conocer el Pico y Placa Solidario, la modalidad con la que usted puede pagar para usar su vehículo sin ninguna restricción.

Cortes de luz en barrios de Bogotá hoy viernes 9 de agosto de 2024

9·AUG·2024
Conoce la programación, horarios, barrios y localidades que tendrán cortes de luz este viernes 9 de agosto de 2024 en Bogotá.
Cortes de luz en Bogotá viernes 9 de agosto de 2024 conoce los barriosFoto: Enel Colombia
Conoce la programación de cortes de luz para viernes 9 de agosto de 2024.

¡Agéndate y evita contratiempos! Por ajustes en el servicio Enel Colombia realizará trabajos de mantenimiento en redes de energía hoy viernes 9 de agosto de 2024, en los siguientes barrios de Bogotá:

Localidad Barrios Unidos 

Te invitamos consultar: Pico y placa para vehículos particulares y taxis en Bogotá viernes 9 de agosto

Desde las 9:30 a. m. hasta las 6:00 p. m. De la carrera 59 a carrera 61 entre calle 66 a calle 68 - Barrio Popular Modelo. 

Localidad Chapinero 

Desde las 8:45 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 8 a carrera 11 entre calle 60 a calle 62 - Barrio Chapinero Central. 

Desde las 9:15 a. m. hasta las 5:30 p. m. De la carrera 11 a carrera 15 entre calle 95 a calle 97 - Barrio Chico Norte II Sector. 

Localidad Engativá

Desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 98 a carrera 100 entre calle 63 a calle 65 - Barrio Los Ángeles.

Localidad Suba

Desde las 7:00 p. m. del viernes 9 de agosto hasta las 6:00 a. m. del sábado 10 de agosto. De la calle 100 a calle 106 entre carrera 69 a carrera 71 - Barrio Santa Rosa.

Desde las 7:00 p. m. viernes 9 de agosto hasta las 6:00 a. m. del sábado 10 de agosto. De la calle 114 a calle 117 entre carrera 69 a carrera 71 - Barrio Potosí. 

No te vayas sin leer: Puntos de vacunación contra COVID-19 y otras enfermedades en Bogotá 9 de agosto

Localidad Kennedy

Desde las 7:30 a. m. hasta las 11:59 p. m. De la carrera 70 a carrera 72 entre calle 2 a calle 6 - Barrio Hipotecho. 

Localidad Tunjuelito 

Desde las 8:30 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la calle 51 sur a calle 54 sur entre carrera 6 a carrera 9 - Barrio Abraham Lincoln. 

¡Toma nota! Barrios con cortes de agua en Bogotá hoy viernes 9 de agosto 2024

9·AUG·2024
Conoce la programación, horarios, barrios y localidades que tendrán cortes de agua este viernes 9 de agosto de 2024 en Bogotá.
Barrios con cortes de agua en Bogotá para el viernes 9 de agosto 2024Foto: Acueducto de Bogotá
Conoce la programación de cortes de agua para el viernes 9 de agosto de 2024

Prográmate para hoy viernes 9 de agosto de 2024, ya que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) realizará diferentes obras y trabajos de mantenimiento en redes de agua potable para mejorar el suministro en las localidades de la ciudad. Por ello en varias zonas y barrios se presentarán cortes de agua. Estos cortes u suspensión en el servicio no hacen parte de la programación de racionamiento de agua en Bogotá

Te invitamos consultar: Barrios de Bogotá con racionamiento de agua sábado 10 de agosto

Estos trabajos buscan minimizar afectaciones por daños mayores en las tuberías o en los accesorios de suministro de agua y para ejecutarlos se requiere una suspensión temporal. 

Localidad Kennedy

Provivienda Oriental. De la avenida calle 8 Sur a la calle 26 Sur, entre la avenida carrera 68 a la carrera 71D. Desde las 8:00 a. m. hasta por 24 horas. Debido a empates redes acueducto. 

Localidad Fontibón

Montevideo Zona Industrial, Franco. De la carrera 68D a la carrera 72, entre la avenida calle 13 a la calle 22. Desde las 7:00 a. m. hasta por 24 horas. Debido a empates redes acueducto. 

Modelia, Santa Cecilia, Bosques de Modelia, Capellanía, Modelia Occidental. De la avenida calle 22 a la avenida calle 26, entre la transversal 73A a la avenida carrera 86. Desde las 6:00 p.m. hasta por 24 horas. Debido a empates redes acueducto.

Localidad Usme

Tanque El Dorado II:

Bolonia, Bolonia I, Brisas del Llano, El Bosque, El Bosque Central, El Bosque Central I, El Curubo, El Nevado II, El Nuevo Portal, El Portal Urbano, El Progreso Usme, El Tuno, El Uval, El Uval Rural, Fiscala Alta, La Comuna, La Esperanza de Usme, La Esperanza Sur, La Huerta, La Orquídea de Usme, La Reforma, Los Olivares, Pepinitos, Portal Rural II, Puerta al Llano de Usme, Puerta al Llano Rural, San Felipe de Usme, San Felipe de Usme Rural, Tocaimita Oriental, Tocaimita Oriental I, Villa Israel, El Nuevo Portal, El Nuevo Portal II, El Nuevo Portal II Rural, El Portal del Divino, El Portal Urbano, El Porvenir de Los Soches, El Refugio I, Portal Rural II, Puerta al Llano de Usme

No te vayas sin consultar: Consulta fácil tu día y turno de racionamiento en la ciudad con Mapas Bogotá

Tanque El Paso:

El Nuevo Portal, El Nuevo Portal II, El Nuevo Portal II Rural, El Portal del Divino, El Portal Urbano, El Porvenir De Los Soches, El Refugio I, Portal Rural II, Puerta al Llano de Usme.

Tanque El Dorado II:

Área 1: De la calle 77 Bis Sur a la calle 89C Sur, entre la carrera 10 Este a la carrera 8 Este.

Área 2: De la calle 89C Sur a la calle 98C Sur, entre la carrera 7F Este a la carrera 5B Este.

Área 3: De la calle 98C Sur a la calle 118B Sur, entre la carrera 1D a la carrera Primera.

Área 4: De la calle 97D S a la calle 114 S, entre la transversal 7 Este a la carrera 10C Este

Tanque El Paso:

Área 1: De la calle 97D S a la calle 114 S, entre la transversal 7 Este a la carrera 10C Este 

Desde las 10:00 a. m. hasta por 4 horas. Debido al reemplazo Cambio de Válvulas. 

Hoy viernes 9 de agosto vence el plazo para pagar segunda cuota del predial

9·AUG·2024
La fecha aplica para los contribuyentes que se acogieron al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), en mayo pasado.
Pago impuesto predial en Bogotá: 9 agosto vence plazo segunda cuota Foto:Secretaría de Hacienda
La fecha aplica para los contribuyentes que se acogieron al Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntario (SPAC), en mayo pasado.

Evita sanciones y multas. Paga la segunda cuota del impuesto predial en Bogotá hasta hoy viernes 9 de agosto de 2024. El Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC) es una modalidad que les permite a los contribuyentes del impuesto Predial diferir el pago de una vigencia fiscal en cuatro cuotas iguales y sin intereses, siempre que estas personas hayan presentado de forma previa una declaración manifestando su voluntad de acogerse al SPAC.

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En el 2024, el plazo para acogerse a esta modalidad venció el 10 de mayo pasado, cuando 31.876 contribuyentes se inscribieron. Para estos contribuyentes, el plazo para pagar la segunda cuota del impuesto Predial del 2024 vence hoy viernes 9 de agosto de 2024.

Para cumplir con esta obligación, los contribuyentes deben ingresar a la Oficina Virtual de la página web de la entidad, en donde podrán obtener el cupón correspondiente para su pago o imprimir el recibo para cancelar por ventanilla en las entidades bancarias autorizadas para el recaudo. En caso de necesitar ayuda, los ciudadanos pueden apoyarse en el siguiente video instructivo:

A continuación, un post de la Secretaría de Hacienda de Bogotá (SDH) en X, recordándole a los ciudadanos la fecha de pago de la segunda cuota.

La Secretaría de Hacienda de Bogotá (SDH) les recomienda a los contribuyentes realizar sus pagos dentro de las fechas establecidas, las cuales podrá consultar en el Calendario Tributario 2024. En caso de no cumplir con esta obligación en los plazos indicados, se deberán cancelar intereses de mora. Adicionalmente, el valor de la cuota que no paguen se le acumulará para la siguiente fecha.

Es importante recordar que todos los trámites que presta la Secretaría de Hacienda son gratuitos y se sugiere evitar el uso de tramitadores que pueden incrementar los costos, o inclusive, inducir a posibles estafas.

De igual forma, ante cualquier inquietud, se recomienda acudir a los canales de atención que tiene la entidad para atender a los contribuyentes.

Reclamación seguro de vida grupo deudores.

¿Qué es y para qué sirve?

Ampara a todos los deudores y/o locatarios beneficiarios de crédito otorgado por el Fondo Nacional del Ahorro (FNA), desde el momento del desembolso, adquiriendo este en todos los casos la calidad de tomador y primer beneficiario.

Este trámite se puede realizar en cualquiera de los puntos de atención del Fondo Nacional del Ahorro a nivel nacional.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
  • Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
  • #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
  • Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • WhatsApp: 321 3213441.
  • Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • www.fna.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite es gratuito.

En caso de enfermedades graves se debe esperar el informe de la aseguradora para definir el corte del crédito y la generación del estado de cuenta.

El Fondo Nacional del Ahorro verifica el estado actual del crédito, el monto de la deuda y los documentos necesarios para demostrar la cuantía del siniestro.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Cédula de ciudadanía: 1 fotocopia(s).
  • Anotaciones adicionales: Del usuario asegurado.
  • Oficio de reclamación: 1 original(es).
  • Anotaciones Adicionales: Debidamente suscrito por el afiliado o sus herederos, (según el caso) donde se informe la ocurrencia de los hechos, los datos personales, teléfono, correo electrónico y dirección para envío de correspondencia.

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

  • En caso de enfermedades graves: Informe 1 fotocopia(s) certificación médica donde se diagnostique y certifique la enfermedad y el resumen de la historia clínica.
  • En caso de invalidez o incapacidad total y permanente: Concepto 1 fotocopia(s) formulario emitido por la junta regional de invalidez, o del ente competente, donde se especifique la fecha de estructuración (día, mes, año) y porcentaje de la pérdida de capacidad laboral, o fotocopia de la resolución de reconocimiento de la pensión por invalidez emitida por la entidad respectiva.
  • En caso de muerte: Registro civil de defunción, 1 fotocopia(s), 1 original(es) fotocopia autenticada expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
  • Ser afiliado al Fondo Nacional del Ahorro con crédito vigente otorgado para vivienda o para educación, ya sea por cesantías o ahorro voluntario (AVC).
  • Demostrar los hechos del suceso por fallecimiento, invalidez o incapacidad total y permanente, o por enfermedades graves, según sea el caso.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Cédula de extranjería: 1 fotocopia(s).

Aplicación de cesantías a cuotas futuras.

¿Qué es y para qué sirve?

Aplicación o abono de las cesantías al crédito para vivienda o educación en la modalidad de cuotas futuras.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
  • Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
  • #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
  • Línea 195 desde teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • WhatsApp: 321 3213441.
  • Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • www.fna.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite es gratuito.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Contar con saldo de cesantías en el Fondo Nacional del Ahorro.
  • Documento de identidad: 1 original(es), 1 copia(s).

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Documento de identidad: 1 original(es), 1 copia(s).

¿Qué se debe hacer?

Radicar documentos en oficina de atención al usuario.

Impresión de recibo de pago de AVC.

¿Qué es y para qué sirve?

Brindar la posibilidad al afiliado de imprimir en línea el recibo de pago de ahorro voluntario contractual (AVC).

Este servicio se puede realizar de forma digital a través de https://www.fna.gov.co en el botón "Fondo en Línea".


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
  • Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
  • #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
  • Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • WhatsApp: 321 3213441.
  • Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • www.fna.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este servicio es gratuito.

¿Qué se debe hacer?

  • Ingrese a la página web del Fondo Nacional de Ahorro www.fna.gov.co, seleccione en el lado izquierdo el vínculo de fondo en línea, y solicite clave de acceso e ingrese en el campo usuario el número de cédula, clave asignada y acepte los términos del contrato de acceso.
  • Despliegue el menú de ahorro voluntario, seleccione la opción de reimpresión de la consignación y para finalizar haga clic en el botón de imprimir.

Sustitución, inclusión y exclusión de deudor hipotecario.

¿Qué es y para qué sirve?

El FNA podrá autorizar la exclusión (retiro), inclusión y sustitución del deudor hipotecario, para el crédito conjunto o individual con deudor solidario no afiliado, en los casos de cambio de la titularidad del derecho de dominio de un bien inmueble adquirido con crédito del FNA, siempre y cuando quien sustituya, cumpla con los requisitos previstos en el reglamento de crédito y leasing habitacional vigente (dejar link donde lo encuentran). En ningún caso se autorizará la sustitución a un tercero no afiliado.

Esta solicitud se puede realizar en cualquiera de los puntos de atención del Fondo Nacional del Ahorro a nivel nacional.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
  • Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
  • #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
  • Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • WhatsApp: 321 3213441.
  • Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • www.fna.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite es gratuito.

Este trámite se podrá hacer siempre y cuando quien sustituya cumpla con los requisitos previstos en el reglamento de crédito para vivienda.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Ciudadanos o ser afiliado al FNA.

  • Durante el trámite deberán permanecer las obligaciones al día, desde el momento de radicación de la solicitud hasta la creación de la nueva obligación. La obligación hipotecaria deberá encontrarse al día.
  • El nuevo deudor o deudor solidario deberá cumplir con los requisitos establecidos para cada producto.
  • Presentar solicitud de vivienda, conforme al reglamento crédito y leasing habitacional vigente, así como al Manual SARC.
  • Para crédito hipotecario, previo a la exclusión, sustitución o inclusión de deudor, el (los) titular(es) de la nueva obligación deberá(n) ser propietario(s) del inmueble.
  • Correrán por cuenta de los solicitantes, en la proporción que ellos convengan, los gastos ocasionados por la legalización de la sustitución y de constitución de la hipoteca.
  • Formulario de  solicitud  Sustitución, inclusión  y exclusión deudor solidario.
  • Cédula de ciudadanía de los actuales deudores, 1 fotocopia(s).
  • Escritura pública en la cual se constituyó hipoteca a favor del FNA.
  • El afiliado que va a asumir la deuda deberá allegar la documentación básica requerida para presentar solicitud de crédito.
  • Formulario Solicitud para financiación de vivienda.                 

Anotación adicional: El formato de solicitud debe estar totalmente diligenciado.

  • En caso de que la solicitud sea por liquidación conyugal.
  • Documento de liquidación, sociedad conyugal y copia de certificado de tradición y libertad donde aparece únicamente el nuevo dueño, al que le correspondió la titularidad del inmueble en la liquidación de dicha sociedad.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Cédula de extranjería de los actuales deudores, 1 fotocopia(s).
  • En ningún caso se pueden desmejorar las garantías y se deberá otorgar un nuevo pagaré por el (los) nuevo(s) deudor solidario según corresponda. 
  • Se podrán pignorar las cesantías de los afiliados. La pignoración estará vigente durante la existencia de la obligación a favor del FNA. Este gravamen abarca las cesantías que se causen en favor del deudor, sea que estén depositadas en esta u otra entidad.
  • Si en el término de sesenta (60) días contados a partir de la fecha de notificación de la(s) inconsistencia(s) presentada(s), el afiliado no procede con la(s) subsanación(es) a que haya lugar, se entenderá que desiste del trámite y se solicitará archivar dicha documentación.
  • Las solicitudes en mención tendrán carácter de novación, de tal manera que para crédito hipotecario la tasa de interés aplicable a la nueva operación será la más alta entre la tasa de interés de la obligación vigente y la tasa de interés asignada al momento de la nueva aprobación. En ningún caso la tasa de interés se disminuirá.
  • Las condiciones financieras aplicables al deudor, o deudor solidario de la nueva obligación, serán las determinadas en el manual SARC, en el reglamento y descritas en el acuerdo de condiciones financieras vigentes al momento de la nueva aprobación (sustitución, inclusión o exclusión para deudor). 

¿Qué se debe hacer?

El afiliado que asume la deuda deberá suministrar la documentación requerida para presentar solicitud de crédito.

Sustitución de bien dado en garantía.

¿Qué es y para qué sirve?

El FNA podrá aceptar la sustitución del bien inmueble dado en garantía hipotecaria de créditos otorgados, conforme a las siguientes condiciones que pueda presentar el inmueble:

  • Sea perseguido judicialmente.
  • Presente desmejora o deprecio.
  • No preste suficiente garantía a juicio de un perito.
  • Se vea afectado por hechos sobrevivientes a su constitución, casos en los cuales deberá otorgar una garantía hipotecaria en primer grado que sea satisfactoria para el FNA.
  • Cuando el afiliado mediante escrito solicite al FNA el cambio de la garantía hipotecaria en eventos diferentes a los anteriores.

Este trámite se puede realizar en cualquiera de los puntos de atención del Fondo Nacional del Ahorro a nivel nacional.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de atención en Bogotá: 601 307 7070.
  • Línea gratuita nacional: 018000 52 7070.
  • #289 para operadores Claro, Tigo o Movistar.
  • Línea 195 desde Teléfono fijo y celular, lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • WhatsApp: 321 3213441.
  • Chat: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. sábados de 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • www.fna.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Este trámite es gratuito.

Conforme a las siguientes condiciones que pueda presentar el inmueble:

  1. Sea perseguido judicialmente.
  2. Presente desmejora o deprecio.
  3. No preste suficiente garantía a juicio de un perito.
  4. Se vea afectado por hechos sobrevivientes a su constitución, casos en los cuales deberá otorgar una garantía hipotecaria en primer grado que sea satisfactoria para el FNA.
  5. Cuando el afiliado mediante escrito solicite al FNA el cambio de la garantía hipotecaria en eventos diferentes a los anteriores.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Formulario solicitud para sustitución del bien dado en garantía.
  • Promesa de Compraventa autenticada: 1 copia(s) (autenticada). Promesa de compraventa en caso de que el inmueble que se pretende dejar como nueva garantía no sea propiedad del afiliado o escritura pública en la cual se pueda verificar que este ostenta dicha calidad.
  •  Cédula de ciudadanía: 1 fotocopia(s).
  • Certificado de tradición y libertad: 1 fotocopia(s).
  • Anotaciones Adicionales: Certificado de tradición y libertad del inmueble a hipotecar.
  • El bien inmueble con el que se pretende sustituir la garantía hipotecaria, deberá ser de propiedad del afiliado(a), o el afiliado(a) y su deudor solidario no afiliado.
  • El deudor hipotecario debe hallarse al día en el pago de sus obligaciones a favor del FNA y además deberá asumir los gastos que genere el perfeccionamiento del trámite de sustitución. 
  • Para aceptar la sustitución de garantía se validarán las siguientes condiciones: La ubicación y dimensiones de la nueva garantía comparada con la garantía actual deberán cumplir con favorabilidad al momento del avalúo y la vetustez del inmueble no podrá ser superior a la del bien a sustituir.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

 Cédula de extranjería: 1 fotocopia(s).

  • Si el afiliado (a) recibe notificación por alguna inconsistencia dentro del proceso, tiene sesenta (60) días para subsanar, de lo contrario, se entenderá que desiste del trámite y se solicitará archivar dicha documentación.
  • Si el afiliado (a) no cumple con los requisitos para la sustitución de garantía, el trámite será negado y deberá radicar una nueva solicitud.