Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Puntos de vacunación contra COVID-19 y otras enfermedades en Bogotá 30 de julio

30·JUL·2024
Aquí te compartimos los puntos y horarios habilitados para vacunación contra COVID -19 para el 30 de julio en Bogotá.
Vacunación gratuita en Bogotá 30 de julio de 2024 puntos habilitados Foto: Secretaría de Salud
Conoce los puntos de vacunación contra COVID-19 para el 30 de julio en Bogotá.

La Secretaría de Salud (SDS)invita a la ciudadanía en Bogotá a acercarse, con su documento de identidad, a cualquiera de los siguientes puntos de vacunación contra COVID-19 y otras enfermedades habilitados en capital para iniciar, completar su esquema o recibir las dosis de refuerzo.

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🚩 Puntos de vacunación 

Los puntos de vacunación están habilitados a partir de las 8:00 a. m.; actualmente, hay varios espacios en toda la ciudad. Allí también hay disponibilidad de dosis de refuerzo sin necesidad de agendar cita previa. 

Recuerda que las vacunas son una de las estrategias más costo-efectivas de la Salud Pública a nivel mundial. Sus beneficios han permitido erradicar la viruela, reducir la incidencia mundial de la poliomielitis en un 99 % y disminuir notablemente la incidencia de enfermedades como el sarampión, VPH, la difteria, la tos ferina, el tétanos, la hepatitis B, además de superar la pandemia de la Covid-19 y otras enfermedades. 

También te puede interesar consultar: Conoce los puntos de vacunación contra la fiebre amarilla en Bogotá

Puntos habilitados para hoy martes 30 de julio de 2024:
Vacunación COVID

Cortes de luz en barrios de Bogotá hoy martes 30 de julio de 2024

30·JUL·2024
Conoce la programación, horarios, barrios y localidades que tendrán cortes de luz este martes 30 de julio de 2024 en Bogotá.
Cortes de luz en Bogotá martes 30 de julio de 2024 conoce los barriosFoto: Enel Colombia
Conoce la programación de cortes de luz para martes 30 de julio de 2024.

Por ajustes en el servicio Enel Colombia realiza trabajos de mantenimiento hoy martes 30 de julio  de 2024, en los siguientes barrios de Bogotá:

Localidad Fontibón 

Te invitamos leer: Pico y placa para vehículos particulares y taxis en Bogotá martes 30 de julio

Desde las 2:00 p. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 80 a carrera 82 entre calle 15 a calle 17 - Barrio El Vergel. 

Desde las 7:30 a. m. hasta las 4:00 p. m. De la carrera 71 a carrera 73 entre calle 21 a calle 23 - Barrio La Esperanza Sur. 

Localidad Los Mártires

Desde las 9:30 a. m. hasta las 2:00 p. m. De la carrera 23 a carrera 25 entre calle 21 a calle 23 - Barrio Samper Mendoza. 

Localidad Puente Aranda 

Desde las 1:00 p. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 32 a carrera 34 entre calle 21 a calle 23 - Barrio La Florida Occidental.  

Localidad Santa Fe 

Desde las 12:00 a. m. hasta las 4:00 a. m. De la calle 11 a calle 14 entre carrera 11 a carrera 14 - Barrio La Capuchina. 

Desde las 12:00 a. m. hasta las 4:00 a. m. De la carrera 12 a carrera 14 entre calle 9 a calle 13 - Barrio Santa Ines. 

Localidad Chapinero

Desde las 9:00 a. m. hasta las 5:30 p. m. De la calle 91 a calle 94 entre carrera 15 a carrera 19 - Barrio Chico Norte.  

Localidad Suba 

Desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 45 a carrera 47 entre calle 101 a calle 103 - Barrio Estoril. 

Desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la calle 136 a calle 138 entre carrera 97 a carrera 99 - Barrio La Chucua. 

Desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la calle 138 a calle 140 entre carrera 97 a carrera 99 - Barrio Las Flores. 

Localidad Bosa 

Desde las 8:15 a. m. hasta las 5:30 p. m. De la carrera 77 a carrera 79 entre calle 73 sur a calle 75 sur - Barrio San Bernardino. 

Localidad Kennedy 

Desde las 7:30 a. m. hasta las 5:30 p. m. De la calle 1 a calle 3 entre carrera 70 a carrera 72 - Barrio Hipotecho Occidental. 

No te vayas sin consultar: ¡Miércoles 31 de julio! Racionamiento de agua en Bogotá y municipios aledaños

Localidad Sumapaz 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Laguna Verde - Barrio Betania. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Santa Rosa - Barrio El Istmo. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Ismo Corregimiento - Barrio El Tabaco. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Las animas bajas - barrio las animas 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Las Auras - Barrio Las Auras. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Las Palmas - Barrio Las Palmas. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Las Sopas - Barrio Las Sopas. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Los Rios - Barrio Los Ríos. 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Caserío Nazaret - Barrio Nazareth Urbano.  

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Las Palmas - Barrio Nazareth 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Peñalisa - Barrio Peñalisa 

Desde las 6:30 a. m. hasta las 6:30 p. m. Vereda Raizal - Barrio Raizal 

Desde las 06:30 a. m. hasta las 06:30 p. m. Vereda Santa Rosa - Barrio Santa Rosa baja 

Desde las 06:30 a. m. hasta las 06:30 p. m. Vereda Taquecito - Barrio Taquecitos. 

Localidad Usme 

Desde las 08:00 a. m. hasta las 06:00 p. m. De la carrera 2 a carrera 4 entre calle 132 sur a calle 134 sur - Barrio Centro Usme Rural I. 

Conoce el consumo de agua del turno de racionamiento del lunes 29 de julio

30·JUL·2024
El nivel de los embalses del Sistema Chingaza, con corte al lunes 29 de julio, se encuentra en 50,25 %. 
Racionamiento de agua consumo en Bogotá lunes 29 de julio embalsesImagen: Alcaldía Mayor de Bogotá.
El nivel de los embalses del Sistema Chingaza, con corte al lunes 29 de julio, se encuentra en 50,25 %. 

La Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá informa que el consumo de agua en Bogotá y municipios aledaños presentado el lunes 29 de julio de 2024 fue de 16,00 metros cúbicos por segundo.

El nivel de los embalses del Sistema Chingaza, con corte al lunes 29 de julio, se encuentra en 50,25 %. 

Consulta aquí:Racionamiento de agua en Bogotá y municipios aledaños ¡Miércoles 31 de julio!

A continuación te compartimos una imagen de la  Alcaldía de Bogotá con más detalles del consumo de agua del lunes 29 de julio:

Consumo de agua El Distrito sigue invitando a la ciudadanía a racionar el consumo de agua, a cambiar hábitos y contribuir con el ahorro de agua para garantizar que todos los ciudadanos en Bogotá y municipios aledaños tengan acceso a este líquido vital. #CierraLaLlaveYa.

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Al
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Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia -Red CADE

El día 30 de julio del 2024, la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - SDSCJ, brindará atención a partir de las 12:00 p.m. hasta las 3:00 p.m. en el siguiente punto de la Red CADE

SuperCADE Suba

Trámites y servicios recientes

Corrección de certificados

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Es cuando se requiere ajustar uno o más datos en el sistema de información de registros públicos a un registro y/o certificado,…

Comprobante que certifica únicamente el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de hojas de vida de Bogotá.

Consulta de información

¿Qué es y para qué sirve?
Brindar a la ciudadanía un comprobante oficial que certifique el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de…

Inscripción de documentos (Excepto constitución de sociedades y entidades sin ánimo de lucro)

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
La inscripción de documentos en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) es un proceso mediante el cual se registran actas y otros…

Tuesday
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July
Al
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Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - Red CADE

Hoy 30 de julio del 2024, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital - UAECD, no brindará atención entre las 3:00 p.m. a 4:30 p.m. en los siguientes puntos de la Red CADE:

SuperCADE 20 de Julio SuperCADE Bosa SuperCADE CAD SuperCADE Manitas SuperCADE Suba

Trámites y servicios recientes

Corrección de certificados

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Es cuando se requiere ajustar uno o más datos en el sistema de información de registros públicos a un registro y/o certificado,…

Comprobante que certifica únicamente el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de hojas de vida de Bogotá.

Consulta de información

¿Qué es y para qué sirve?
Brindar a la ciudadanía un comprobante oficial que certifique el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de…

Inscripción de documentos (Excepto constitución de sociedades y entidades sin ánimo de lucro)

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
La inscripción de documentos en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) es un proceso mediante el cual se registran actas y otros…

Centro de Orientación para Víctimas de Siniestros Viales (ORVI)

¿Qué es y para qué sirve?

El centro de orientación a víctimas de siniestros viales(ORVI) tiene como propósito informar y orientar a las víctimas y sus familiares sobre procedimientos a seguir luego de un siniestro vial.

El centro de orientación no actúa como un ente de reacción inmediata al siniestro de tránsito, ni como un mecanismo de atención primaria en salud.

Deberes del centro de orientación a víctimas de siniestros viales:

ORVI reconoce y se compromete a velar por los siguientes derechos de las y los usuarios:

  • A recibir buen trato, sin discriminaciones de raza, color, sexo, nacionalidad, idioma, religión, cultura, etnia, orientación sexual, opinión política o jurídica, situación económica, atributos físicos o cualquier condición.
  • A recibir atención oportuna, eficiente y de calidad, sin importar las limitaciones de movilidad, habla o escucha.
  • A participar activamente de los procesos de transformación de la Entidad por medio de los canales autorizados.
  • A obtener información, orientación y respuestas claras de forma gratuita sobre las PQRS* instauradas a través de los canales de atención y en los tiempos establecidos por la ley.
  • A solicitar y recibir información de movilidad de manera confidencial y a obtener copia de la misma, en cumplimiento de los términos legales.
  • A solicitar aclaración, actualización o rectificación de los datos contenidos en la base de datos de la Entidad.
  • A realizar los trámites ante la Secretaría de Movilidad establecidos en los procedimientos y sin intermediarios.
  • Al acceso de la información de interés general, su divulgación activa y la posibilidad de consulta a través de los canales de comunicación habilitados.
  • A acceder a espacios adecuados para la atención o prestación del servicio a la ciudadanía en condiciones de comodidad, seguridad, aseo y accesibilidad universal.

*Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias.

Las y los ciudadanos podrán consultar sobre cualquiera de los servicios de orientación de manera telefónica, virtual y/o presencial.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Celular y WhatsApp de orientación: 305 870 3458 - 300 586 3576. El horario de atención de nuestras líneas telefónicas es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 8:00 a.m. a las 12:00del mediodía.
  • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364 9400, opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Línea 195, lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.

VIRTUAL

De manera virtual en los mismos horarios (de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 del mediodía.) previo agendamiento con las y los profesionales de atención.


PRESENCIAL

Av. Cra 30 No. 19, Centro Comercial Mall Plaza (Antiguo Calima) cuarto piso en la ciudad de Bogotá, en horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 del medio día.

Ver puntos de Atención

No, los servicios de orientación brindados son gratuitos.

La asignación de citas se programa con las y los ciudadanos, acorde a su disponibilidad y la de agendamiento del Centro de Orientación a Víctimas de Siniestros Viales (ORVI).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Para acceder a las orientaciones, las personas deben contar con algún soporte que permita comprobar que estuvieron involucradas en un siniestro vial, tales como:

Condiciones: El servicio de orientación se brinda a víctimas de siniestros viales residentes de la ciudad de Bogotá, cuyo suceso se haya presentado en la ciudad de Bogotá.

Documentos: (cantidad, característica, observación).

  • Registro del Informe Policial de Accidente de Tránsito (IPAT).
  • Concepto de un médico legista.
  • Dictamen de medicina legal, epicrisis de la IPS donde fue atendida la urgencia.
  • Documento de identificación.
  • Cualquier otro documento que soporte que la persona estuvo vinculada al siniestro.Cualquier otro documento que soporte que la persona estuvo vinculada al siniestro. 

Nota:Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Las y los menores de edad podrán acudir a ORVI acompañados de sus padres o acudientes legalmente designados.

  • Decreto 813 de 2017“Por el cual se adopta el Plan Distrital de Seguridad Vial y de Motociclista 2017-2026” Plan Distrital de Seguridad Vial 2017-2026.
  • Acuerdo 761 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”

Entrega de las copias de informes policiales de accidente de tránsito

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener el informe de accidente en un plano descriptivo de los por menores de un accidente de tránsito, bien sea simple, con lesiones o muertos, realizado en el sitio de los hechos por el agente de policía, con el fin de atender los requerimientos de personas naturales y/o jurídicas que son radicadas en la entidad.

TELEFÓNICO (Únicamente para información) 

Para mayor información comunícate a:

  • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

    VIRTUAL


    PRESENCIAL

      Ver puntos de Atención
      • Para la solicitud de copias físicas, que superen los 5 ejemplares, presentar el recibo de pago original cancelado por el valor de las copias.
      • Si la solicitud se realiza por los canales virtuales, no se realizará ningún cobro.
      • Para expedir copias de dichos informes de accidentes, debe acercarse a la Secretaría Distrital de Movilidad sede Paloquemao dirección Carrera 28 A No 17 A-20 Piso 1 y cancelar el valor de acuerdo a lo establecido en la resolución SHD-000242 del 09 de junio de 2016. Luego deberá presentar factura original de pago.
      • Se obtiene como respuesta la copia de accidente de tránsito.
      • La copia de los IPATs se remite junto con la respuesta, siempre y cuando no excedan las 5 copias y únicamente cuando el solicitante sea el propietario, conductor o víctima. Lo anterior solo aplica para accidentes registrados en Bogotá.

      En 15 días hábiles.

      ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

      • Solicitud de copia de informe de accidentes, el cual debe contener los siguientes datos:
        • Número de placa de vehículo
        • Fecha del accidente.
        • Número de cédula de ciudadanía de las personas involucradas.
      • Presentar copia del documento de identidad.

      Solicitud de excepción

      ¿Qué es y para qué sirve?

      Interponer las excepciones como mecanismo de defensa del deudor contra el mandamiento de pago.

      La solicitud de excepciones es una petición dirigida a la Dirección de Gestión de Cobro, mediante la cual solicita que se estudien las excepciones que considere el ejecutado que proceden contra el mandamiento de pago librado en su contra.

      • El mandamiento de pago es la orden que la administración emite a un ciudadano para que este de cumplimiento con el pago de una suma líquida de dinero que obra en un título ejecutivo, respecto del cual, ya se ha iniciado un proceso de cobro por Jurisdicción Coactiva. Es importante señalar que el mandamiento de pago se puede generar dentro de los 3 años siguientes a la fecha de ejecutoria del acto administrativo que impuso la sanción, de conformidad al artículo 159 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 206 Decreto Nacional 019 de 2012, y para sanciones administrativas, dentro de los 5 años siguientes.

      TELEFÓNICO (Únicamente para información)

      • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
      • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
      • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

        VIRTUAL


        PRESENCIAL

        Debe radicarse en el módulo de correspondencia de sede Paloquemao y Calle 13.

        Ver puntos de Atención
        • Si las excepciones son probadas, el funcionario competente así lo declarará y ordenará la terminación del procedimiento cuando fuere el caso y el levantamiento de las medidas preventivas cuando se hubieren decretado. En la resolución que rechace las excepciones propuestas, se ordenará el embargo de los bienes muebles e inmuebles, salarios, saldos bancarios, depósitos de ahorro, títulos de contenido crediticio, acciones y demás valores de que sea titular o beneficiario el ejecutado, así como el posterior avalúo y remate de los mismos. Contra dicha resolución procede únicamente el recurso de reposición ante el Subdirector de Jurisdicción Coactiva, dentro del mes siguiente a su notificación. (Art. 834 Estatuto Tributario Nacional).
        • Las excepciones serán resueltas de conformidad con el trámite establecido en el Estatuto Tributario Nacional título Vlll artículo 832 que establece que serán resueltas dentro del mes siguiente al escrito mediante el cual se proponen.
        • Una vez librado el Mandamiento de pago por el valor de la sanción impuesta, más los respectivos intereses moratorios a la tasa del 12% efectivo anual, el deudor cuenta con quince (15) días hábiles para proponer las excepciones estipuladas en el artículo 831 del Estatuto Tributario Nacional y/o en su defecto efectuar el pago de la obligación.

        Seguimiento a la respuesta:

        • Para este proceso el Ciudadano debe esperar la respuesta por parte de la Dirección de Gestión de Cobro en el término descrito para la respuesta.

        ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

        • Fotocopia de la cédula de ciudadanía. 
        • Presentar solicitud escrita dentro de los quince días siguientes a la notificación del mandamiento de pago, debe invocar alguna de las excepciones establecidas en el artículo 831 del Estatuto Tributario: 

        ARTÍCULO 831. EXCEPCIONES. Contra el mandamiento de pago procederán las siguientes excepciones:

        1. El pago efectivo.

        2. La existencia de acuerdo de pago.

        3. La de falta de ejecutoria del título.

        4. La pérdida de ejecutoria del título por revocación o suspensión provisional del acto administrativo, hecha por autoridad competente.

        5. La interposición de demandas de restablecimiento del derecho o de proceso de revisión de impuestos, ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

        6. La prescripción de la acción de cobro, y

        7. La falta de título ejecutivo o incompetencia del funcionario que lo profirió.

        PARAGRAFO. <Parágrafo adicionado por el artículo 84 de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> Contra el mandamiento de pago que vincule los deudores solidarios procederán además, las siguientes excepciones :

        1. La calidad de deudor solidario.

        2. La indebida tasación del monto de la deuda.

         

        Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

        • Si son presentadas por apoderado debe anexarse el poder debidamente otorgado.
        • Las excepciones presentadas después de los quince (15) días hábiles siguientes a la notificación del mandamiento de pago serán rechazadas por extemporáneas.
        • PM03-MN01 Manual De Cobro Administrativo Coactivo De La Secretaría Distrital De Movilidad "Por medio de la cual se adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo de la Secretaría Distrital de Movilidad y se deroga la Resolución No.345 de 2016."
        • Resolución 087 del 30 de mayo de 2017 "Por medio del cual se adopta el Manual de Cobro Administrativo Coactivo de la Secretaría Distrital de Movilidad y se deroga la Resolución No. 345 de 2016".
        • Decreto 624 de 1989 "624 de Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales". En su título Vlll “Cobro Coactivo"
        • LEY 1066 DE 2006 "Por la cual se dictan normas para la normalización de la cartera pública y se dictan otras disposiciones".
        • Decreto 4473 de 2006 "Por el cual se reglamenta la Ley 1066 de 2006".
        • Decreto 3366 de 2003 "Por el cual se establece el régimen de sanciones por infracciones a las normas de Transporte Público Terrestre Automotor y se determinan unos procedimientos".
        • Resolución 010800 de 2003 “Por la cual se reglamenta el formato para el Informe de Infracciones de Transporte de que trata el artículo 54 del Decreto número 3366 del 21 de noviembre de 2003".
        • Resolución 392 de 2003 "Por la cual se fija el índice de reducción de sobreoferta de vehículos, se reglamenta el sistema centralizado de recaudo de la tarifa del servicio de transporte público colectivo de pasajeros en la ciudad de Bogotá, y se fijan los parámetros para su administración y aplicación".
        • Ley 336 de 1996 “Por el cual se adopta el Estatuto Nacional de Transporte”
        • Ley 105 de 1399 “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones.
        • Ley 1383 de 2010 "Por la cual se reforma la Ley 769 de 2002 Código Nacional de Tránsito Terrestre".
        • Decreto 19 de 2012 "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".

        Trata de Personas: forma de esclavitud moderna que afecta a miles de mujeres

        30·JUL·2024
        En Colombia, el 80% de las víctimas de trata son mujeres y niñas, con finalidad de explotación sexual y explotación a través de labores de cuidado.
        Día Mundial contra la Trata de Personas: Forma de esclavitud moderna Foto: Secretaría de la Mujer
        La trata de personas desconoce la dignidad humana de las mujeres porque desborda y cuestiona los límites del ejercicio de poder.

        En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ estamos comprometidos en la lucha con la trata de personas y desde la Secretaría de la Mujer (SDMujer), se reconoce la importancia de analizar este delito desde los enfoques de género, diferencial y de derechos de las mujeres, contribuyendo a brindar una atención humanizada y restauradora, además de generar acciones de prevención, que partan desde el conocimiento del delito de la Trata de Personas, las formas en las que se presenta, los escenarios de riesgo y las rutas existentes en el Distrito para la atención de las víctimas.   

        Si te interesa leer: Casa de Todas cambió de sede en Bogotá: Anímate a conocer sus servicios

        La trata de personas desconoce la dignidad humana de las mujeres porque desborda y cuestiona los límites del ejercicio de poder y se interrelaciona con el riesgo al feminicidio. Así mismo, las víctimas experimentan graves impactos psicosociales que afectan todas las dimensiones de sus vidas: individuales, familiares, comunitarias y sociales.  

        La mayoría de veces cuando hablamos de este delito, solemos relacionarlo con la trata de personas para explotación sexual, sin embargo, existen otras manifestaciones de este fenómeno:  

        La explotación sexual es el principal motivo de explotación en el que las víctimas son mujeres. A través de esta se vulneran los derechos sexuales y reproductivos, la autonomía, los deseos y decisiones sobre su sexualidad. Generalmente está acompañada de violencia física y psicológica.  

        El trabajo forzado y la servidumbre hace referencia a trabajar bajo condiciones de violencia o intimidación. También trabajo sin un reconocimiento económico acorde a lo que determina la ley, o en condiciones precarias. 

        Las uniones serviles y forzadas bajo subordinación emocional y económica hacia la pareja. Se explota, humilla y se reduce la humanidad como objetos-mercancías.   

        La explotación a través de extracción de órganos, tejidos y fluidos del cuerpo, puede estar atravesada por escenarios de manipulación y engaño hacia las mujeres en el marco de la confianza, por condiciones socioeconómicas limitantes, o por desconocimiento de procesos ilegalmente realizados. 

        • La mendicidad ajena, implica el aprovechamiento de las condiciones de vulnerabilidad de una persona, entre ellas desigualdad en razón al género, relaciones de poder o la discriminación frente al acceso limitado a fuentes de ingresos. 

        A través de la atención de estos casos se han podido identificar algunos factores de riesgo:   

        • Pobreza y desigualdad 
        • Limitada participación laboral 
        • Problemas familiares 
        • Discriminación por género  
        • Alta feminización del fenómeno migratorio.
        La explotación sexual es el principal motivo de explotación en el que las víctimas son mujeres.
        La explotación sexual es el principal motivo de explotación en el que las víctimas son mujeres.

        En Bogotá, los servicios de asistencia para las víctimas de este delito, son responsabilidad del Comité Distrital de Lucha contra la Trata de Personas, que funciona a través de acciones articuladas entre las entidades distritales, y brinda los servicios estipulados en la Política Pública de Lucha contra la trata de Personas, y el Decreto 836 de 2019 de la Alcaldía de Bogotá. Es así como se ha construido la ruta distrital de atención a las víctimas del delito de Trata de Personas, que lidera la Secretaría de Gobierno (SDG), en donde se brindan los servicios de asistencia, protección, investigación y judicialización. 

        En la Secretaría de la Mujer (SDMujer) se cuenta con la Estrategia contra la Trata de Personas que se encarga de transversalizar el enfoque de género y que tiene como objetivo el velar porque se protejan los derechos de las mujeres, así como evitar la revictimización.    

        No te vayas sin leer: Consejo Consultivo de Mujeres priorizó temas clave con la Secretaría de Gobierno

        Si conoces algún caso, has recibido una oferta sospechosa, o sabes de alguna persona que pueda estar en riesgo de ser víctima de trata, comunícate con la línea distrital: 300 250 5050, también puedes enviar un correo a lucha.trata@gobiernobogota.gov.co