Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

¡Imperdible! Llega por primera vez a Bogotá el show de 'ASTROPICAL'

4·FEB·2025
Esta propuesta musical producto de la unión de los grupos Bomba Estéreo y Rawayana confirmó su presentación en el Festival Estéreo Picnic.
¡Imperdible! Llega por primera vez a Bogotá el show de 'ASTROPICAL' Foto: Festival Estéreo Picnic
El concierto de 'ASTROPICAL' se llevará a cabo el tercer día del Festival Estéreo Picnic

¡En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ se disfruta lo mejor de la música latinoamericana!. Tras varias semanas de expectativa, el show de 'ASTROPICAL' confirmó su primera presentación en Bogotá en el marco del Festival Estéreo Picnic que se llevará a cabo en el Parque Simón Bolívar entre el jueves 27 de marzo y el domingo 30 de marzo de 2025. La entrada a este concierto, así como para el Festival, es con boletería. 

Puedes leer: Desde ya prepárate al Festival Estéreo Picnic 2025 en Bogotá ¡Aquí artistas!

Este show es producto de la colaboración de dos reconocidas agrupaciones: Bomba Estéreo por Colombia y Rawayana por Venezuela. Todo con el objetivo de hacer aún más visibles sus propuestas de afrobeat, pop y dembow. En enero presentaron su tema debut 'Me pasa (Piscis)' con el que comenzaron a consolidar esta dupla a nivel internacional. 

El concierto de 'ASTROPICAL' se llevará a cabo el tercer día del Festival (29 de marzo de 2025), jornada en la que también se presentarán artistas de la talla de Charlotte de Witte, Nathy Peluso, Galy Galiano, entre otros. 


Descubre más eventos en la ciudad en la Agenda Cultural de Bogotá.

Supervisión delegado de sorteos y concursos

¿Qué es y para qué sirve?

Para la supervisión de sorteos que realicen las loterías, juegos promocionales de su competencia, consorcios comerciales, así como el desarrollo de concursos, la Secretaría Distrital de Gobierno, a través de la Dirección para la Gestión Policiva, en ejercicio de su función designará un delegado(a) encargado de velar por el cumplimiento de las condiciones establecidas, de los reglamentos y su correcto desarrollo, de lo cual deberá rendir un informe.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • PBX: 57 (601) 338 70 00  lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.
  • Teléfono 3387000 Ext 4240-4222

VIRTUAL

https://jacd.gobiernobogota.gov.co/jacdempresarios/login


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Para el pago se debe descargar y diligenciar el “Formulario de Conceptos Varios”, para posteriormente subirlo al correo recibospagojacd@gobiernobogota.gov.co​, solicitando la generación del recibo de pago precisando la fecha para la que se requiere el servicio y el lugar de su celebración

  • Para la vigencia 2025, los valores son los siguientes:

VALOR: $ 355.875

IVA (19%) $ 67.616

TOTAL A CANCELAR: $ 423.491

  • Para la vigencia 2024, los valores son los siguientes:

VALOR: $ 325.000

IVA (19%) $ 61.750

TOTAL A CANCELAR: $ 386.750

Recuerde que, al tercer día hábil de ingresado exitosamente el trámite vía web, usted debe consultar los datos del funcionario delegado para la supervisión, con los 6 últimos dígitos del recibo expedido por la Dirección Distrital de Tesorería y ponerse en contacto con el delegado

La solicitud del delegado se debe hacer con mínimo ocho días hábiles de antelación al evento.

Supervisión de un delegado.

Recuerde que, al tercer día hábil de ingresado exitosamente el trámite vía web https://jacd.gobiernobogota.gov.co/jacdempresarios/login, usted debe consultar los datos del funcionario delegado para la supervisión, con los 6 últimos dígitos del recibo expedido por la Dirección Distrital de Tesorería y ponerse en contacto con el delegado

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  1. Para el pago se debe descargar y diligenciar el “Formulario de Conceptos Varios”, para posteriormente subirlo al correo recibospagojacd@gobiernobogota.gov.co​, solicitando la generación del recibo de pago precisando la fecha para la que se requiere el servicio y el lugar de su celebración.

  2. Posteriormente, en el término máximo de 3 días hábiles será remitido el respectivo recibo de pago al correo del cual realizó la solicitud.

  3. Realizado el pago a través de ventanilla en el Banco de Occidente o por sistema de PSE desde la oficina virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda, accediendo al siguiente vínculo: https://pagosweb.shd.gov.co/notributarios/consulta, deben ingresar nuevamente a la página web https://www.gobiernobogota.gov.co/ juegos, atracciones, Concursos y Delegados, opción 3 donde se indican los pasos a seguir para la solicitud de delegados.
     
  4. Recuerde que el recibo tiene una vigencia de diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su expedición. La tarifa cubre máximo dos horas de presencia del delegado en la supervisión y corresponde al 25% de un SMMLV (Decreto Distrital 774/95).

Para la vigencia 2025, los valores son los siguientes:

  • VALOR: $ 355.875
  • IVA (19%) $ 67.616
  • TOTAL A CANCELAR: $ 423.491

Para la vigencia 2024, los valores son los siguientes:

  • VALOR: $ 325.000
  • IVA (19%) $ 61.750
  • TOTAL A CANCELAR: $ 386.750

Registrarse en el aplicativo JACD (Juegos, Aglomeraciones, Concursos y Delegados) de la Secretaría Distrital de Gobierno, con el fin de obtener usuario y contraseña. Si ya se encuentra registrado, ingrese con los datos suministrados. (En caso de olvidar el usuario o contraseña debe informar al correo delegados.bog@gobiernobogota.gov.co).

Una vez registrado seleccione la opción Gestión de Delegados

Diligencie los campos requeridos en el formulario de Gestión de Delegados.

Adjunte los siguientes documentos en PDF o TIF (máximo 4 MB):

  1. Mecánica del evento a supervisar autorizada por la entidad competente.  
  2. Autorización expedida por la entidad competente, (Resolución, Acuerdo o Contrato de Concesión, debe contener firma digital o manuscrita), en el caso de Coljuegos adicional debe anexar la Renuncia a términos y/o constancia ejecutoria, en el mismo archivo.
  3. Cronograma (fecha, hora y lugar, donde debe hacer presencia el delegado) y Protocolos de Bioseguridad. (Los dos documentos deben ir en un solo archivo)".   
  4. Recibo de pago de la Dirección Distrital de Tesorería – (Con timbre de pago debidamente escaneado).  

Recuerde que, al tercer día hábil de ingresado exitosamente el trámite vía web, usted debe consultar los datos del funcionario delegado para la supervisión, con los 6 últimos dígitos del recibo expedido por la Dirección Distrital de Tesorería y ponerse en contacto con el delegado.

  • La solicitud del delegado se debe hacer con mínimo ocho días hábiles de antelación al evento.
  • En caso de pagar en cheque, este debe ser de gerencia y dirigido a nombre de Dirección Distrital de Tesorería. 
  • Este trámite se realiza únicamente a través del aplicativo JACD.
  • Los documentos anexos deben ser en formato PDF o TIF y de máximo 4 MB.
  • Si se generan turnos de tiempo excedido, estos deben ser cancelados de forma inmediata, con el mismo procedimiento de la solicitud del recibo (opción 1), previo a requerir o solicitar nuevos eventos para supervisar.
  • Cualquier duda o inquietud puede elevarla al correo delegados.bog@gobiernobogota.gov.co o al teléfono 3387000 Ext 4240-4222.
  • Resolución No. 3 de 2021 “Por la cual se adicionan las instrucciones dadas a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno contenidas en la Resolución 01 de 2021, en relación con los servicios de supervisión que están a cargo de asignar por la Dirección para la Gestión Policiva, en congruencia con las medidas adoptadas por la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19”

  • Resolución No. 1 de 2021 "Por la cual se emiten instrucciones a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno en relación con los servicios de supervisión que están a cargo de asignar por la Dirección para la Gestión Policiva, en contingencia con las medidas adoptadas por la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19"

  • Resolución No. 93 de 2020 "Por la cual se emiten nuevas instrucciones a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno en relación con los servicios de supervisión que están a cargo de asignar por la Dirección para la Gestión Policiva."

  • Resolución No. 89 de 2020. "“Por la cual se modifica la Resolución No. 0673 de 2017 “Por la cual se expide el Reglamento Interno de los delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno para la supervisión de sorteos, concursos y espectáculos públicos y se deroga la Resolución No. 628 del 21 de octubre de 2009” y se amplía la vigencia de la Lista de Delegados contenida en las Resoluciones 116 de 2017 y la 094 de 2018”

  • Resolución No. 78 de 2020 "Por la cual se declara la pérdida parcial de ejecutoria de la Resolución No. 67 de 2020 “´Por la cual modifica el artículo 3 de la Resolución No. 56 de 2020 “Por la cual se modifica y adiciona la Resolución No. 55 de 2020 “Por la cual se dan instrucciones a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno en relación con los servicios de supervisión asignados por la Dirección para la Gestión Policiva, en congruencia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19"

  • Resolución Número 67 de 2020,  "Por la cual se modifica el artículo 3 de la Resolución No. 56 de 2020 “Por la cual se modifica y adiciona la Resolución No. 55 de 2020 “Por la cual se dan instrucciones a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno en relación con los servicios de supervisión asignados por la Dirección para la Gestión Policiva, en congruencia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19"

  • Resolución No. 56 de 2020 "Por la cual se modifica y adiciona la Resolución No. 55 de 2020 "Por la cual se dan instrucciones a los Delegados de la Secretaría Distrital de Gobierno en relación con los servicios de supervisión asignados por la Dirección para la Gestión Policiva. en congruencia con las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital en el marco de la contingencia ocasionada por el Coronavirus COVID-19"

  • Decreto Distrital 411 de 2016 “Por medio del cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Gobierno"

  • Decreto 3034 de 2013 "Por el cual se reglamenta la Ley 643 de 2001, modificada por la Ley 1393 de 2010, en lo relativo a la modalidad del juego de lotería tradicional o de billetes"

  • Decreto Distrital 455 de 2006 "Por medio del cual se definen las reglas de la designación de delegados para la supervisión de sorteos y concursos que se realicen en Bogotá D. C. y se deroga el artículo 6 del Decreto 321 del 8 de octubre de 2004."

  • Decreto Distrital 321 de 2004 "Por el cual se dictan normas en relación con las rifas, juegos y espectáculos públicos en Bogotá, D.C., se redistribuyen las funciones de algunas dependencias de la Secretaría de Gobierno y se dictan otras disposiciones en la materia".

  • Decreto Distrital 350 de 2003 "Por el cual se regulan las rifas, juegos, concursos, espectáculos públicos y eventos masivos en el Distrito Capital"

  • Acuerdo Distrital 079 de 2003 "Por el cual se expide el Código de Policía de Bogotá D.C.". en el cual en el artículo 128, establece como función a la Secretaría de Gobierno el designar un delegado para la supervisión de los sorteos que realicen las loterías, los chances, los juegos promociónales de su competencia, los consorcios comerciales así como para el desarrollo de los concursos"

  • Decreto  493 de 2001 Art 10 "Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 643 de 2001". Plazo para la entrega de premios. De acuerdo con lo previsto en el artículo 5º de la Ley 643 de 2001, los premios promocionales deberán entregarse en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de realización del sorteo respectivo. A los sorteos de los juegos de suerte y azar promocionales deberá asistir un delegado de la primera autoridad administrativa del lugar donde éste se realice. De la diligencia de los sorteos y de la de entrega de premios, deberán levantarse las actas correspondientes y enviarlas a la empresa territorial para la salud, Etesa, o a la respectiva sociedad de capital público departamental, SCPD, dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha en que se surtan.

  • Decreto Distrital 774 de 1995 "Por el cual se fija la tarifa a los empresarios de rifas, sorteos y concursos para cancelar el servicio extra prestados por los Delegados de la Dirección de rifas, juegos y espectáculos de la Secretaría de Gobierno".

Urgencias Veterinarias para caninos y felinos

¿Qué es y para qué sirve?

El programa de Urgencias Veterinarias está encaminado a la atención de caninos y/o felinos en situación de urgencia vital que habitan en calle y no tiene un tenedor responsable. Todos los casos son atendidos por un equipo conformado por médicos veterinarios para garantizar una atención integral con calidad.

Para acceder a este servicio los(as) ciudadanos(as) deben reportar cada caso a la Línea Única de Emergencias 123; un equipo Enlace 123 recibe la llamada y procede a realizar la verificación de la información para enrutarla al programa.

A través de la línea 123, horario de atención lunes a domingo, 24 horas al día.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

¿Qué se debe hacer?

El reporte se debe realizar a través de la línea 123, indicando dirección exacta de los hechos y descripción de la situación en la que se encuentra el animal.

Inspección y Vigilancia a Prestadores de servicios para y con animales

¿Qué es y para qué sirve?

Solicitud de información, quejas o denuncias sobre prestadores de servicios para y con los animales.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • PBX: (601) 6477117, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • proteccionanimal@animalesbog.gov.co.
  • https://bogota.gov.co/sdqs/.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Descripción exacta de los hechos y dirección de los hechos.

Atención de casos de presunto maltrato animal

¿Qué es y para qué sirve?

Canal de recepción de llamadas de los ciudadanos en donde pueden reportar casos de presunto maltrato animal que han sido evidenciados por la comunidad Línea 57 (601) 439 98 01, una vez el ciudadano se contacta con un asesor de servicio se le informan los números de WhatsApp para que a través de estos se envíen las evidencias correspondientes a los casos de denuncia.

Horario de atención:

Lunes a Viernes de 6:00 a.m a 8:00 p.m

Sábados, domingos y festivos de 6:30 a.m. a 7:30 p.m.

La atención de los casos depende de la clasificación de los mismos, razón por la cual se hace necesario que se realice la descripción exacta de los hechos y de ser posible enviar evidencias que permitan realizar la clasificación (alta, media o baja), así el equipo de Escuadrón Anticrueldad asigne los tiempos de atención.

Línea 57 (601) 439 98 01, esta línea es gratuita, la ciudadanía puede comunicarse desde cualquier teléfono, ya sea fijo o celular.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Línea 57 (601) 439 98 01, de lunes a viernes de 6:00 a.m a 8:00 p.m, sabados, domingos y festivos de 6:30 a.m a 7:30 a.m. 

VIRTUAL

  • proteccionanimal@animalesbog.gov.co.

¿Qué se debe hacer?

  1. Realizar solicitud de atención por la línea 57 (601) 439 98 01, enviar evidencias del maltrato en lo posible también puede realizar su denuncia de forma anónima, los datos allí dados respetan la confidencialidad del ciudadano según normatividad vigente nacional.
  2. Realizar descripción de los hechos.
  3. Tener dirección exacta de los hechos.

Financiaciones del servicio público de aseo

¿Qué es y para qué sirve?

Si su factura del servicio público domiciliario de aseo prestado en las localidades de Kennedy y Fontibón, se encuentra en mora y usted no puede realizar el pago total puede solicitar financiaciones del servicio público de aseo con el fin de llegar a un acuerdo de pago y de esta manera evitar la continuidad en el cobro de intereses por mora y los posibles cobros jurídicos.

Acercarse a las instalaciones de atención al usuario ubicado en la Av. Boyacá 6B 20, o a los puntos presenciales establecidos actualmente en la Red CADE.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 110, ciudad de Bogotá D.C., horario 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Factura original donde se evidencie que el usuario se ha constituido en mora por 1 o más periodos, o en su caso el servicio de escombros domiciliario facturado.
  • Copia de la cédula de ciudadanía al 150% por ambas caras.

Si usted va a realizar un acuerdo de pago, bien sea por mora en el pago oportuno del servicio, o por servicios de escombros domiciliarios, deberá presentar los documentos.


Cabe aclarar que de conformidad con el artículo 130 de la ley 142 de 1994 "mediante la cual se expide el régimen básico de los servicios públicos domiciliarios", la financiación o acuerdo de pago lo podrá llevar a cabo cualquier persona que se beneficie directa o indirectamente del servicio público domiciliario de aseo, esto es, tanto el propietario, como el poseedor, el arrendador o el que tenga a su cargo el cuidado y el pago oportuno de los servicios públicos.

Por lo cual se establece que el pago del servicio público de aseo es de carácter solidario con las excepciones que establece la ley, es decir, la constitución de fianza anterior al contrato de arrendamiento y que haya sido puesta en conocimiento de la entidad prestadora del servicio y/o el pago de seguro de arrendamiento que de igual forma debe ser notificado a la entidad prestadora. 

  • Señor usuario si usted realiza un acuerdo de pago bien sea como propietario, poseedor, arrendatario o representante, usted estará obligado al pago total de la deuda por la cual se hubiese firmado el respectivo acuerdo de pago, si usted no cumple con el acuerdo respectivo o se constituye en mora, para evitar reportes negativos a centrales de riesgo y/o trámites jurídicos en su contra le recomendamos acercarse nuevamente al punto presencial donde efectuó el respectivo acuerdo con el fin de que se le otorgue una ampliación de plazo o en su defecto se le permita una nueva fecha de pago, cabe aclarar que lo anterior está sujeto a las políticas de cartera que en su momento disponga la empresa prestadora.
  • Si el usuario no realiza el pago de las cuotas en el tiempo estipulado las cuales se verán reflejadas en el recibo de aseo, se dará aplicación a la cláusula aceleradora, esto implicara el cobro total de la deuda, como también la reversión de los ajustes o de la condonación de intereses que se hubiesen realizado con ocasión del acuerdo de pago, y se asumirá la imposibilidad de generar nuevos acuerdos de pago.
  • Resolución UAESP 027 de 2018 " Por la cual se adopta el Reglamento Comercial y Financiero de la concesión del servicio publico de aseo en la ciudad de Bogotá D.C., en sus componentes de recolección de residuos no aprovechables, barrido, limpieza de vías publicas y transporte de los residuos generados por las anteriores actividades a los sitios de disposición final"
  • REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN COMERCIAL Y FINANCIERA PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO EN EL DISTRITO CAPITAL
  • 2.3. GESTIÓN DE CARTERA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO
  • 2.3.1. Alcance
  • El concesionario es responsable de adelantar todas las acciones necesarias para administrar adecuadamente la cartera generada por la facturación del servicio público de aseo, tendiente a la recuperación de la misma teniendo en cuenta la relación costo- efectividad en su Área de Servicio Exclusivo.

Notificaciones respuestas peticiones al servicio público de aseo

¿Qué es y para qué sirve?

Señor usuario si usted presentó reclamación oportuna del servicio público domiciliario de aseo prestado en las localidades de Kennedy y Fontibón, bien sea por la facturación del servicio, por una queja frente a un funcionario, o por la prestación del servicio o ejecución del contrato, es pertinente aclarar que su reclamación será contestada en los términos expuestos en el artículo 158 de la ley 142 de 1994, “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.” Y para la notificación de la decisión se llevará a cabo el procedimiento establecido en los artículos 68 y siguientes, del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativo "ley 1437 de 2011", en concordancia con lo establecido en el inciso primero del artículo 159 de la ley 142 de 1994 anteriormente mencionada.

Para realizar la notificación de la decisión que emite la empresa prestadora, el usuario reclamante deberá acudir presencialmente a los puntos de atención dispuestos para este trámite.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 110, medio informativo, horario 24 horas del día, los siete (7) días de la semana.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención
  • Mediante el siguiente link el usuario podrá observar el estado en que se encuentra su reclamación; sin embargo, la notificación se entenderá surtida de acuerdo a la normativa en los artículos 56, 67 y siguientes de la ley 1437 de 2011 "Por medio del cual se expide el código de procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativo".

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Cédula de ciudadanía original, (en caso de robo o pérdida deberá presentar el respectivo denuncio frente a la Policía Nacional o la fiscalía general de la nación, según corresponda, y la contraseña o documento temporal expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil)
  • Citación a notificación personal emitida por la empresa prestadora.
  • En caso de no ser la persona reclamante, deberá presentar carta de autorización simple del reclamante para ser notificado, el cual debe tener adjunto copias legibles de las cédulas de ciudadanía respectivas.
  • En caso de ser notificado de un acto administrativo meramente informativo, la notificación se entenderá surtida con la entrega del acto administrativo en la dirección de correspondencia, teniendo en cuenta que de acuerdo con el artículo 75 de la ley 1437 de 2011, en concordancia con el inciso 1 del artículo 154 de la ley 142 de 1994, contra dichos actos no procede la vía administrativa (recursos).

Frente a la notificación de los actos y/o decisiones emitidas por la prestadora, los usuarios deben tener en cuenta las siguientes observaciones y aclaraciones:

  • Cuando el usuario autoriza realizar la notificación de tipo electrónica, la misma se efectuará siempre y cuando la prestadora posea los medios tecnológicos para efectuarla y para dar cumplimiento a lo estipulado por el concejo de estado mediante concepto sala de consulta C.E. 00210 de 2017, de no ser posible se realizará la notificación personal o en su caso la subsidiaria mediante aviso. (artículos 67. 68 y 69 de la ley 1437 de 2011, mediante el cual se expide el código de procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativo).
  • Si el usuario no puede asistir presencialmente a la citación para notificación personal, la ley manifiesta que la administración o quien emite el acto o respuesta a la petición deberá realizar la notificación subsidiaria, es decir; se llevara a cabo mediante aviso de conformidad con el artículo 69 del código de procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativo, donde se dejara una copia íntegra del acto administrativo en la dirección de notificación física que el usuario hubiese suministrado o aquella que se encuentre en la base de datos de la empresa prestadora.

  • Una vez notificado de la decisión, el usuario podrá interponer los recursos de que trata el artículo 154 de la ley 142 de 1994, en los términos allí señalados, y contra las decisiones que sean susceptibles de esta vía.
  • LEY 142 DE 1994 “por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.”
  • ARTÍCULO 159. DE LA NOTIFICACIÓN DE LA DECISIÓN SOBRE PETICIONES Y RECURSOS. <Artículo modificado por el artículo 20 de la Ley 689 de 2001. El nuevo texto es el siguiente:> La notificación de la decisión sobre un recurso o una petición se efectuará en la forma prevista por el Código Contencioso Administrativo. El recurso de apelación solo se puede interponer como subsidiario del de reposición ante el Gerente o el representante legal de la Empresa, quien deberá en tal caso remitir el expediente a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Una vez presentado este recurso al mismo se le dará el trámite establecido en el Código Contencioso Administrativo. Si dentro del trámite de la apelación, la Superintendencia de Servicios Públicos estima necesario practicar pruebas o el recurrente las solicita, deberá informar por correo certificado a las partes, con la indicación de la fecha exacta en que vence el término probatorio, que no puede ser superior a treinta (30) días hábiles, prorrogables hasta por otro tanto.
  • Parágrafo. Una vez presentado en forma subsidiaria el recurso de apelación, las partes podrán sustentar y aportar pruebas a la Superintendencia para que sean tenidas en cuenta al momento de resolver en segunda instancia.

Entiéndase que cuando la ley hace referencia al código contencioso-administrativo, se debe aclarar que hará referencia a la ley o código vigente dentro del ordenamiento legal que lo haya modificado, subrogado o derogado, por lo cual para sus efectos se entenderá en referencia lo pertinente al actual código de procedimiento administrativo y de lo contencioso-administrativa ley 1437 de 2011.

Explora, crea y comparte momentos en las Bibliotecas Públicas de Bogotá

Te presentamos la programación de las actividades destacadas del 4  al 9 de febrero BibloRed.
Planes en Bogotá: actividades BibloRed del 4 al 9 de febrero 2025BibloRed

¡En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa, el 2025 será de grandes eventos y actividades culturales! La programación cultural de BibloRed continúa innovando con diferentes eventos para la participación de la comunidad usuaria en las bibliotecas públicas de Bogotá. Para esta semana del 4  al 9 de febrero de 2025 la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá (BibloRed) te trae talleres de braille, clubes de ciencia, la conmemoración del Día Mundial de los Humedalesespacios de lectura inclusivos, artes escénicas, talleres de dibujo y actividades para bebés.

¡Asiste es gratis!

Este contenido te puede interesar: ¡Atención! artistas locales de La Candelaria, inscríbete al Festival Góspel 2025

Inicia un nuevo mes y en  BibloRed tienen diferentes actividades culturales que desarrollan en las bibliotecas y otros espacios de lectura. 

Actividades destacadas en BibloRed entre el 4 al  9 de febrero

Club de ciencia y tecnología

¿Eres una persona curiosa y te interesa entender mejor el mundo? El Club de ciencia  y tecnología es el espacio perfecto para ti. Te esperamos los martes 4 y 18 de febrero para que investiguemos juntos los temas que nos interesan  

  • Lugar: Biblioteca Pública Usaquén - Servitá
  • Fecha: Martes 4 de febrero de 2025

  • Hora:   3:00 p. m.


Descubramos el Humedal Chiguasuque

Alcaldía local de BosaFoto: Alcaldía local de Bosa

Chupqua Chiguasuque es reconocido por la comunidad indígena Muisca de Bosa como parte de su territorio ancestral y como un sitio sagrado. Según las creencias muiscas en este humedal habitan tunjos, la Mojana y el Moján y otros seres encantados. 

  • Lugar: Biblioteca Pública Bosa
  • Fecha: Miércoles 5 de febrero de 2025

  • Hora:   10:00 a. m.


Círculo del cuidado: Cosas que piensas cuando te muerdes las uñas

Un espacio en el que hablaremos sobre cómo transitamos las emociones acompañado de literatura. En este mes y a lo largo de febrero leeremos el libro "Cosas que piensas cuando te muerdes las uñas" de Amalia Andrade acompañado de una Bitácora emocional que iremos construyendo en el proceso.

  • Lugar: Sala de lectura Manzana del Cuidado Centro
  • Fecha: Miércoles 5 de febrero de 2025

  • Hora:   2:00 p. m.


Artes escénicas

¿En algún momento has deseado ser otro? Pues la buena noticia es que este espacio te lo permite. Te invitamos a compartir en escena con otras personas y crear situaciones increíbles, personajes salidos de cuentos y amistades únicas.

El teatro nos permite recrear vidas que a veces desearíamos vivir, pero en otras ocasiones no. Este espacio tiene la magia de transformar tu realidad.

  • Lugar: Biblioteca Julio Mario Santo Domingo
  • Fecha: Jueves 6 de febrero de 2025

  • Hora:  10:00 a. m.


Espacio de No Ficción Inclusivo

Se proporciona acceso a experiencias de LEO, ofreciendo a las personas con discapacidad cognitiva la posibilidad de involucrarse en actividades de alfabetización y lectura. También se facilitan recursos y talleres que promueven el aprendizaje continuo y la participación comunitaria.

  • Lugar: Biblioteca Pública Rafael Uribe Uribe
  • Fecha: Viernes 7 de febrero de 2025

  • Hora: 2:30 p. m.


Taller de dibujo cómic: nivel básico

¿Te gusta dibujar? Esta es tu oportunidad para que crees tus propios personajes e historias, orientado por el artista visual y creador de cómic 

  • Lugar: Biblioteca Pública Usaquén - Servitá
  • Fecha: Viernes 7 de febrero de 2025

  • Hora: 3:00  p. m.


¡Ositos para bebés!

Cuentos de osos que amaban los libros. Acompáñanos en el mes de febrero con tu bebé a una aventura para conocer osos grises, polares, marrones, juguetones, gruñones, aterradores y encantadores. Ven con tu bebé a un espacio de lectura y exploración para probar, bailar, pintar, jugar, escuchar y explorar el mundo de nuestros peludos, esponjosos y lectores amigos.

  • Lugar: Biblioteca Pública El Parque
  • Fecha: Sábado 8 de febrero de 2025

  • Hora: 11:00 a. m.

  • Esta actividad está dirigida a bebés de 7 meses a 5  años y tiene un énfasis en exploración plástica. Trae ropa de cambio para tu bebé y ropa cómoda para ti. 

Taller de podcasting: Sesión 4

Creación de podcast como parte de los talleres de periodismo para personas de la comunidad LGBTIQ+ y mujeres en su diversidad; en este segundo módulo veremos técnicas enfocadas a creación de un podcasting y todas las herramientas que atraviesan a estos procesos como: identificación de productos, técnicas de edición, manejo y modulación de la voz, afinamiento de una voz como marca y plataformas donde se puede realizar la respectiva difusión.

  • Lugar: Sala de lectura Casa LGBTI Teusaquillo
  • Fecha: Sábado 8 de febrero de 2025

  • Hora:  2:00 p. m.


Hora del cuento: Ciencia y naturaleza

El misterio y la curiosidad han suscitado algunas de las más maravillosas formas de conocimiento, ven y descúbrelas con nosotros.

  • Lugar: Biblioteca Pública El Mirador 
  • Fecha: Domingo 9 de febrero de 2025

  • Hora:  2:00 p. m.

Biblioteca Julio Mario Santo Domingo / Foto: BibloRed


Descubre más eventos en la ciudad en la Agenda Cultural de Bogotá.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por BibloRed . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.





Consumo de agua del turno de racionamiento del lunes 3 de febrero de 2025

4·FEB·2025
En Bogotá seguimos con medidas de ahorro, cuidemos hasta la última gota de agua. Juntos podemos evitar llegar al Día Cero.
Niveles embalses por racionamiento de agua en Bogotá 3 de febrero 2025Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá
Ahorra agua y adopta un consumo responsable siguiendo las recomendaciones del Acueducto de Bogotá.

¡En 'Bogotá, mi Ciudad, mi Casa' seguimos con medidas de ahorro y cuidado del agua! Según la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), este lunes 3 de febrero de 2025, se presentó en Bogotá y municipios aledaños un consumo de agua de 16,83 metros cúbicos por segundo. El nivel de los embalses del Sistema Chingaza, con corte al 3 de febrero de 2025 se encuentra en 42,61 %. Chingaza subió 1.230.000 metros cúbicos.

Te puede interesar: Aumentó la multa por colarse en TransMilenio ¡Evite comparendos!

En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’, juntos podemos evitar llegar al Día Cero, cuidemos hasta la última gota de agua. 

El alcalde Carlos Fernando Galán en su cuenta de X, entregó un balance de las medidas que se han tomado en la ciudad.

Las medidas que hemos tomado funcionan y vamos por buen camino.

Gracias al racionamiento, la reducción voluntaria del consumo y la optimización de la Planta de Tibitoc, hoy el Sistema Chingaza tiene 33 millones de m3 más que el 1 de febrero de 2024. Esa diferencia, además, ha…

— Carlos F. Galán (@CarlosFGalan) February 2, 2025

Recomendaciones del Acueducto y Alcantarillado de Bogotá para el consumo responsable de agua: 

  1. No acumular de agua durante los turnos de racionamiento. Evitar el desperdicio.
  2. Reutilizar el agua de la lavadora para descargar el sanitario.
  3. Cerrar la llave de los lavamos cuando nos enjabonamos las manos.
  4. Lavarnos los dientes con un vaso de agua.
  5. Disminuir al máximo el periodo de riego de jardines.
  6. No lavar el carro con manguera, usar una toalla y balde con agua.

No te vayas sin leer: Conoce tu turno de racionamiento de agua en la ciudad con Mapas Bogotá ¡Ingresa!

Conoce en el siguiente post de la Alcaldía Mayor de Bogotá, más detalles del consumo del agua y niveles del Sistema Chingaza con corte al 3 de febrero de 2025