Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Salvoconducto único nacional en línea - SUNL Flora y Arbolado urbano

¿Qué es y para qué sirve?

El Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica (SUNL) es una autorización para movilizar dentro del territorio nacional especímenes de la diversidad biológica (flora); así como para su removilización y renovación.   

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                              Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

Realizar el pago por el concepto del SUNL en el autoliquidador.

La solicitud deberá tramitarse por lo menos con cinco (5) días hábiles de antelación a la fecha que tenga programada la movilización.

 

Tiempo de respuesta: 5 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).
  • Los productos sobre los cuales se solicita el salvoconducto deben estar ubicados dentro de la jurisdicción de la Secretaría Distrital de Ambiente.
  • Salvoconducto Único Nacional en línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica (SUNL): documento que ampara la movilización, removilización y renovación en el territorio nacional de especímenes de la diversidad biológica, emitido por la autoridad ambiental competente, a través de la Ventanilla integral de Trámites Ambientales en Línea (VITAL).
  • El presente trámite corresponde específicamente para autorizar el transporte de los especímenes de  la diversidad biológica de: Flora silvestre en primer grado de transformación (Flora maderable obtenida de los permisos o autorizaciones de intervención de arbolado urbano), o flora silvestre no maderable.

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."


¿Qué se debe hacer?

Cumplir con las condiciones establecidas:

  1. Se realiza la Solicitud de Verificación documental y visita SUNL de acuerdo al instructivo, Solicitud visita evaluación para expedición de SUNL flora y arbolado urbano.
  2. Estar registrado en la ventanilla virtual de la SDA.
  3. Estar registrado en la plataforma VITAL de acuerdo con el instructivo Registro de nuevos usuarios en la plataforma VITAL.
  4. Realizar la solicitud en la ventanilla virtual de la SDA en el módulo verde "Arbolado urbano, flora y fauna silvestre" y a continuación presionar en "Evaluación y expedición salvoconducto, flora y arbolado urbano".
  5. Diligenciar la información COMPLETA en el módulo, descargar y firmar el documento resultante.
  6. Realizar el pago por el concepto del SUNL en el autoliquidador y cargar el documento.
  7. Atender la visita del profesional de la SDA que evaluará las especies y cantidades a movilizar.
  8. Realizar la solicitud de expedición de SUNL en la plataforma VITAL de acuerdo con las indicaciones entregadas por el profesional que realiza la visita (Especies, cantidades, etc.).
  9. Dirigirse a la Secretaría Distrital de Ambiente a retirar el SUNL.
  10. Presentar el radicado de solicitud firmado por el representante legal para que le sea entregado el SUNL.
  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Resolución 1072 de 2018  "Por la cual se modifica por la cual se modifica el artículo 34 de la Resolución 5589 de 2011, modificado por el artículo  7 de la Resolución 288 de 2012".
  • Resolución 1909 de 2017, (Todos) “Por el cual se establece el Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica”.
  • Decreto único reglamentario 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
  • Resolución 3074 de 2011 "Por la cual se delegan unas funciones y se deroga una resolución".
  • Resolución 5589 de 2011 "Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental"
  • Decreto 531 de 2010  "Por  el  cual  se  reglamenta  la  silvicultura urbana, zonas verdes y la jardinería en Bogotá y se definen las responsabilidades de las Entidades Distritales en relación con el tema  y  se dictan otras disposiciones."
  • Resolución 3962 de 2009 "Por la cual se delegan unas funciones al subdirector de silvicultura, flora y fauna silvestre".
  • Decreto 472 de 2003 "Por  el  cual  se reglamente la arborización, aprovechamiento, tala, poda,  trasplante o reubicación del arbolado urbano y se definen  las responsabilidades de las entidades  distritales en relación con el tema".
  • Resolución 1029 de 2001 "Por la cual se fija el valor de los servicios de evaluación y seguimiento por la expedición del Salvoconducto Único Nacional para la movilización de especímenes de la diversidad biológica, y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 1791 de 1996 "Por medio del cual se establece el régimen de aprovechamiento forestal".
  • Ley 99 de 1993"Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 2811 de 1974 "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente".

Permiso ambiental para zoológicos

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener el permiso de zoológicos donde se mantienen individuos de fauna silvestre en confinamiento o semiconfinamiento para exhibición y con propósitos educativos y en el cual se adelantan investigaciones biológicas sobre las especies en cautividad, actividades que se adelantan sin propósitos comerciales, aunque se cobren tarifas al público por el ingreso.  

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

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  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

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PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                             Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención
  • Realizar el pago de evaluación de permisos de aprovechamiento de fauna silvestre.
  •  Ingresar al Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y seguir con las instrucciones para la liquidación del servicio y establecer el valor a cancelar.
  •  Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente.

Como respuesta se obtiene el permiso ambiental para zoológicos.

Se obtiene en 30 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


¿Qué se debe hacer?

1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas:

2. Tener en cuenta la información contenida en:

Nota:

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foleadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Decreto único reglamentario 1076 de 2015 Artículos: 2.2.1.2.21.12 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
  • Resolución 5589 de 2011, (Artículos 1-5, 13)"Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental".
  • Resolución 1280 de 2010 (Artículos 1 -2) “Por la cual se establece la escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2115 SMMV y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método definido en el artículo 96 de la Ley 633 para la  liquidación de la tarifa”.
  • Ley 633 de 2000, (Artículo 96) "Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el tratamiento a los fondos obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la Rama Judicial".
  • Decreto 309 de 2000 "Por el cual se reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica".
  • Ley 99 de 1993, (Artículos 5 numeral 23, 31, 66) "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones."
  • Decreto 1608 de 1978 "Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre".

Permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas

¿Qué es y para qué sirve?

Procedimiento mediante el cual el usuario manifiesta ante la autoridad ambiental su intención de explorar la existencia y la viabilidad de aprovechar en el futuro las aguas subterráneas, con el fin de obtener el permiso de exploración. Tenga en cuenta que dicho permiso no le confiere la concesión para el aprovechamiento de aguas subterráneas, por lo tanto, una vez obtenga la viabilidad de esta solicitud deberá adelantar el trámite de solicitud de concesión de aguas subterráneas ante la Secretaría Distrital de Ambiente.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812-3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que, debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                              Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

Como respuesta se obtiene el permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas.

Se obtiene en 80 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

 Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Poder debidamente otorgado, cuando se actúe por medio de apoderado.
  • Prueba idónea de la posesión o tenencia del predio, en caso de no ser el propietario del predio.
  • Autorización del propietario o poseedor del predio, en caso de ser en tenedor del predio. 

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009." 

Se entiende por aguas subterráneas, las subálveas y las ocultas debajo de la superficie del suelo o del fondo marino que brotan en forma natural, como las fuentes y manantiales captados en el sitio de afloramiento o las que requieren para su alumbramiento obras como pozos, galerías filtrantes u otras similares (Decreto 2811 de 1974. Artículo 149).

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.   


¿Qué se debe hacer?

​​​​​​Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas:

  1. Descargar y diligenciar el Formulario Nacional Solicitud prospección y exploración Aguas Subterráneas y Lista chequeo Trámite Ambiental Solicitud Permiso Prospección, Exploración o reclamarlo en los puntos de atención.
  2. Adjuntar plano del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, a escala 1: 10.000, señalando ubicación del predio y pozo.
  3. Realizar documento técnico que contenga lo siguiente:
    • Ubicación y extensión del predio o predios a explorar, indicando si son propios, ajenos o baldíos.
    • Nombre y número de inscripción de la empresa perforadora, y relación y especificaciones del equipo que va a usar en las perforaciones.
    • Sistema de perforación a emplear y plan de trabajo.
    • Características hidrogeológicas de la zona, si fueren conocidas.
    • Relación de los otros aprovechamientos de aguas subterráneas existentes dentro del área.
    • Superficie para la cual se solicita el permiso y término del mismo.
    • Demás datos que la autoridad ambiental considere convenientes.
  4. Realizar el pago del permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas:
  • Solicitar el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice, la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y seguir con las instrucciones para la liquidación del servicio.
  • Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente.

     8. Radicar los documentos en los puntos de atención antes mencionados o en nuestros canales virtuales.   

   9. Recibir la visita donde se verificará la información suministrada por la firma perforadora y el cumplimiento de lo establecido en el artículo 150 del Decreto 1541 de 1978.

Nota:

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Decreto único reglamentario 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
  • Resolución 00288 de 2012 "Por la cual se modifica la Resolución No 5589 de 2.011".
  • Resolución 5589 de 2011 "Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental".
  • Resolución 1280 de 2010 Artículo 1. "Por la cual se establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 smmv y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método definido en el artículo 96 de la Ley 633 para la liquidación de la tarifa".
  • Resolución 2202 de 2006 "Por la cual se adoptan los Formularios Únicos Nacionales de Solicitud de Trámites Ambientales".
  • Ley 962 de 2005 Artículo 25."Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".
  • Resolución 3859 de 2007 "Por la cual se dictan normas respecto al funcionamiento de los medidores de consumo para la explotación del agua subterránea en el Distrito Capital".
  • Ley 373 de 1997. "por la cual se establece el programa para el uso eficiente y ahorro del agua".
  • Resolución 815 de 1997 "En la cual se obliga a implementar un sistema de medición para la exploración de RHS".
  • Resolución 250 de 1997 "Por el cual se obliga la determinación anual de los niveles estáticos y dinámicos de las aguas y su monitoreo fisicoquímico".
  • Ley 99 de 1993 "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 2858 de 1981 "Por el cual se reglamenta parcialmente el Artículo 56 del Decreto-Ley 2811 de 1974 y se modifica el Decreto 1541 de 1978".
  • Decreto 2811 de 1974. "por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente".

Permiso para el aprovechamiento forestal de bosques naturales únicos, persistentes y domésticos

¿Qué es y para qué sirve?

Mediante este permiso se obtiene el derecho para aprovechar bosques naturales o productos de la flora silvestre no maderable ubicados en terrenos de dominio público, ya sean únicos, persistentes o domésticos.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                               Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

Permiso para el aprovechamiento forestal.

Se obtiene en 90 Dia(s) - Habil(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural. 

  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.5.7. Del decreto 1076 de 2015, en caso de solicitar aprovechamiento forestal único, se deberá presentar en el plan de aprovechamiento en mención, un inventario estadístico con error de muestreo no superior al quince por ciento (15%) y una probabilidad del noventa y cinco por ciento (95%).
  • De acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.4.5. Del decreto 1076 de 2015, en caso de solicitar aprovechamiento forestal persistente, se deberá presentar en el plan de manejo forestal en mención, un inventario estadístico para todas las especies a partir de diez centímetros (10 cm) de Diámetro a la Altura del Pecho (DAP) con una intensidad de muestreo de forma tal que el error no sea superior al quince por ciento (15%) y una probabilidad del noventa y cinco por ciento (95%). Para los aprovechamientos menores de veinte (20) hectáreas, además de los exigidos anteriormente, el titular del aprovechamiento deberá presentar un inventario al ciento por ciento (100%) de las especies que se proponen aprovechar, a partir de un DAP de diez centímetros (10 cm) para el área solicitada.
  • Para los aprovechamientos iguales o superiores a veinte (20) hectáreas, además de los exigidos anteriormente, el titular del aprovechamiento deberá presentar un inventario del ciento por ciento (100%) de las especies que pretende aprovechar, a partir de un DAP de diez centímetros (10 cm) sobre la primera unidad de corta anual y así sucesivamente.
  • La dependencia solicitará en caso de requerirse información adicional para su trámite.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


¿Qué se debe hacer? 

Radicar una carta dirigida a la Subdirección de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre, solicitando permiso para el aprovechamiento forestal de bosques naturales únicos, persistentes y domésticos, incluyendo la dirección del predio.

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Decreto único reglamentario 1076 de 2015. Artículos: 2.2.1.1.7.11.
  • Resolución 5589 de 2011, (Todos)  "Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental".
  • Resolución 001 de 2017, (Todos) "Por la cual se modifica el Artículo 40 de la Resolución 5983 de 2011 por la cual se establecen las especies vegetales que no requieren permiso para tratamientos Silviculturales".
  • Resolución 5983 de 2011, (Todos) "Por la cual se establecen las especies vegetales que no requieren permiso para tratamientos silviculturales".
  • Resolución 1280 2010. "Por la cual se establece la escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2115 SMMV y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método definido en el artículo 96 de la Ley 633 para la liquidación de la tarifa”.
  • Resolución 2202 de 2006. "Por la cual se adoptan los Formularios Únicos Nacionales de Solicitud de Trámites Ambientales”.
  • Ley 962 de 2005. "Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".
  • Ley 633 de 2000. "Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el tratamiento a los fondos obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la Rama Judicial".
  • Ley 99 de 1993. "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 2811 de 1974, (Artículo 211 - 224) "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente".

Permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial - Corporaciones

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                              Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

En caso de solicitar el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales y el permiso de Estudio con Fines de Investigación Científica en Diversidad Biológica, se deberá generar el recibo en el autoliquidador y pagarlo en cualquier banco de occidente.

  • Obtenga permisos de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigaciones científicas no comerciales.
  • Obtenga permisos de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de elaboración de estudios ambientales.
  • Obtenga permisos de Estudio con fines de investigación científica en diversidad biológica.

 

Se obtiene en 45 día(s) - calendario(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


¿Qué se debe hacer?

Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas.

  1. Oficio de radicación del usuario solicitando los permisos de diversidad biológica según sea el caso.
  2. Diligenciar los formatos de solicitud, según lo previsto en la Resolución 068 de 2002 y los Decreto 1376 de 2013 y Decreto 3016 de 2013, expedidos por el Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible.
  3. Allegar el documento técnico de formulación del proyecto, de conformidad con los lineamientos del Decreto 1375 de 2013Decreto 1376 de 2013 y Decreto 3016 de 2013, expedidos por el Ministerio Ambiente y Desarrollo Sostenible, de la universidad o instituto de investigación o persona natural o jurídica.
  4. Radicar la documentación en cualquiera de nuestros puntos de atención o en nuestros canales virtuales.

Nota:

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Ley 99 de 1993, "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 309 de 2000, "Por el cual se reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica".
  • Decreto Único reglamentario 1076 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
  • Resolución 068 de 2002 “Por la cual se establece el procedimiento para los permisos de estudio con fines de investigación científica en diversidad biológica y investigación científica en diversidad biológica y se adoptan otras determinaciones” y se adoptan otras determinaciones".
  • Decreto 1376 de 2013 "Por el cual se reglamenta el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial".
  • Decreto 3016 de 2013 "Por el cual se reglamenta el Permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de Elaboración de Estudios Ambientales".
  • Decreto 1375 de 2013 "Por el cual se reglamentan las colecciones biológicas".

Autorización para Expo o Impo de especímenes de Fauna Silvestre (Cites y No Cites)

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la verificación para exportar o importar especímenes de fauna silvestre amparados por permisos cites (su misión es asegurar que la fauna y la flora sometidas a comercio internacional no se exploten de manera insostenible) y no cites expedidos previamente por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.      

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
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La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

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PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                              Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

La autorización para expo o impo especímenes de fauna silvestre (Cites y no cites).

Se obtiene en 5 Día(s) - hábil(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  1. Diligenciar la Solicitud verificación, exportación o importación fauna.
  2. Anexar la documentación que se indica en la Lista chequeo verificación, para exportación o importación.
  3. Permiso de aprovechamiento.1 fotocopia(s) (cuando requiera).
  4. Copia del permiso cites y no cites: 1 fotocopia(s).
  5. Recibo de pago por concepto de expedición de salvoconducto para la movilización de la biodiversidad biológica: 1 original(es) (cuando requiera).
  6. Permiso de aprovechamiento de la autoridad Nacional de acuicultura y pesca: 1 Fotocopia(s) (Cuando requiera).
  7. Permiso de investigación: 1 fotocopia(s) (Cuando requiera).
  8. En caso de que se actúe como apoderado: poder debidamente otorgado: 1 Original(es). 

Nota:

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foleadas y no son incluidas en el momento de escanear.
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • La autoridad ambiental realiza la verificación en el puerto de salida.

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.

  • Decreto Ley 2811 de 1974, (Todos) "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente".
  • Decreto 1608 de 1978, (Todos)"Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre".
  • Ley 17 de 1981, (Todos)"Por la cual se aprueba la "Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres", suscrita en Washington, D.C. el 3 de marzo de 1973".
  • Ley 13 de 1990, (artículo 2 / Capitulo Dos)"Por la cual se dicta el Estatuto General de Pesca".
  • Ley 165 de 1994, (Todos)"Por medio de la cual se aprueba el "Convenio sobre la Diversidad Biológica", hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992".
  • Decreto 1909 de 2000“Por el cual se designan los puertos marítimos y fluviales, los aeropuertos y otros lugares para el comercio internacional de especímenes de fauna y flora silvestre”.
  • Resolución 1317 de 2000, (Todos)"Por la cual se establecen unos criterios para el otorgamiento de la licencia de caza con fines de fomento y para el establecimiento de zoocriaderos y se adoptan otras determinaciones".
  • Resolución 1367 de 2000, (artículo 1 y 5) "Por la cual se establece el procedimiento para las autorizaciones de importación y exportación de especímenes de la diversidad biológica que no se encuentran listadas en los apéndices de la Convención CITES".
  • Resolución 68 de 2002, (Todos)"Por la cual se crea el comité de conciliación del Hospital Meissen II Nivel Empresa Social del Estado y se establecen sus funciones de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 75 de la ley 446 de 1998 y el Decreto 1214 de 2000".
  • Resolución 923 de 2007, (Todos)"Por la cual se establecen medidas para el seguimiento y control para la medición, corte y/o fraccionamiento de pieles en los establecimientos debidamente autorizados para trabajar con la especie Caiman crocodilus".
  • Resolución 3692 de 2009, (artículo 2)"Por la cual se delegan unas funciones al Subdirector de Silvicultura, Flora y Fauna Silvestre".
  • Resolución 1740 de 2010, (Todos) "Por la cual se adoptan unas medidas de manejo y control ambiental para la especie babilla (Caimán crocodilus fuscus) y la subespecie Caimán crocodilus crocodilus y se adoptan otras determinaciones".
  • Ley 1437 de 2011, (Todos)  "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo".
  • Decreto 3016 de 2013, (Todos)"Por el cual se reglamenta el permiso de estudio para la recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biólogica con fines de elaboración de Estudios Ambientales".
  • Decreto 1376 de 2013, (Todos)"Por el cual se reglamente el permiso de recolección de especímenes de especies silvestres de la diversidad biológica con fines de investigación científica no comercial".
  • Decreto 1375 de 2013, (artículo 6)"Por el cuál se reglamentas las colecciones biológicas".
  • Resolución 2652 de 2015, (Todos)"Por la cual se establecen las medidas para el control y seguimiento de las pieles y partes o fracciones de pieles de la especie Caiman crocodilus, que son objeto de exportación".
  • Resolución 2651 de 2015, (Todos) " Por la cual se establecen medidas para el control y seguimiento del corte de pieles de Caiman crocodilus en los establecimientos debidamente autorizados como zoocriaderos, curtiembres, comercializadoras y manufactureras que trabajan con esta especie".
  • Decreto 1076 de 2015, (Todos) "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
  • Ley 1801 de 2016, (Todos)"Por la cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia".
  • Resolución 1909 de 2017, (Todos)"Por el cual se establece el Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica".
  • Resolución 081 de 2018, (Todos)"Por la cual se modifica la Resolución 1909 del 14 de septiembre de 2017 y se toman otras determinaciones".

Este 17 de septiembre habrá jornada de sisbenización en la Alcaldía de Kennedy

16·SEP·2024
Uno de los requisitos para acceder a los programas que otorga el Distrito es estar registrado y tener un puntaje determinado en el Sisbén.
Jornada para acceder a los programas del distrito en Kennedy Foto: Alcaldía Local de Kennedy
Es crucial que los interesados cumplan con los requisitos establecidos y residan en un lugar fijo para garantizar la validez de la encuesta.

Uno de los requisitos para acceder a los programas y subsidios que otorgan la Nación y el Distrito es estar registrado y tener un puntaje determinado en el Sisbén. Es por esto que la Alcaldía Local de Kennedy realizará el próximo martes 17 de septiembre una jornada de inscripción y que está dirigida a personas que nunca hayan estado categorizadas.

Te puede interesar: Encuesta Sisbén en Bogotá: cómo solicitar la visita y clasificación

El evento será en la Alcaldía Local, ubicada en la transversal 78 K # 41 A – 04 Sur, de 9:00 a.m. a 12:00 m. y retomará de 1:00 p.m. a 3:00 p.m. Para la jornada se dispondrán de 200 cupos para recibir por primera vez la visita de los encuestadores del Sisbén.

Por otro lado, es importante aclarar que para recibir la visita, la persona deberá residir en un lugar fijo, es decir, que no aplica quienes habiten en pagadiarios, residencias u hoteles, entre otros, ya que la encuesta será nula.

Si bien son 200 cupos en esta jornada, no se descarta abrir una segunda, según la demanda.

Requisitos para colombianos

  • Cédula original y copia (informante calificado)

  • Copia legible de los documentos de los integrantes del hogar

  • Menores de 0 a 17 años copia de registro civil y tarjeta de identidad

  • Recibo público de luz o agua no mayor a 3 meses (físico o digital)

  • Nota: no se admiten contraseñas por primera vez

Requisitos extranjeros

  • PPT, salvoconducto vigente, cédula extranjería y certificado PPT

  • Menores de 0 a 17 años copia de acta de nacimiento (DNI) y documento vigente

  • Recibo público de luz o agua no mayor a 3 meses (físico o digital)

  • Nota: no se admiten RUMV ni PEP

Lee también: Trabajo sí hay en Bogotá: accede a 1.340 vacantes hasta el 22 de septiembre

El evento representa una valiosa oportunidad para aquellos que aún no están categorizados. Al ofrecer 200 cupos para la primera visita de los encuestadores, esta jornada busca facilitar el acceso al sistema de clasificación y asegurar que más ciudadanos puedan recibir el apoyo necesario.

Monday
16
September
Al
Monday
16
September

Secretaría Distrital de Salud - Red CADE

El día de hoy, 16 de septiembre del 2024, la Secretaría Distrital de Salud - SDS, brindará atención hasta la 2:30 p.m. en el siguiente punto de la Red CADE:

Secretaría Distrital de Salud - SDS
SuperCADE Suba

Trámites y servicios recientes

Corrección de certificados

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
Es cuando se requiere ajustar uno o más datos en el sistema de información de registros públicos a un registro y/o certificado,…

Comprobante que certifica únicamente el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de hojas de vida de Bogotá.

Consulta de información

¿Qué es y para qué sirve?
Brindar a la ciudadanía un comprobante oficial que certifique el registro de su perfil laboral o profesional en el Banco de…

Inscripción de documentos (Excepto constitución de sociedades y entidades sin ánimo de lucro)

Otro servicio

¿Qué es y para qué sirve?
La inscripción de documentos en la Cámara de Comercio de Bogotá (CCB) es un proceso mediante el cual se registran actas y otros…

Reconocimiento y pago de pensión por invalidez.

Es aquella prestación económica a la que tienen derecho los afiliados al sistema de riesgos laborales que se consideren inválidos a la luz de lo dispuesto por el artículo 9 de la ley 776 de 2002.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Líneas gratuitas de atención nacional 01-8000-111-170 Horario de atención: De lunes a domingo 24 horas al día
  • Líneas de atención en Bogotá 601 3307000 Horario de atención: De lunes a domingo 24 horas al día

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Reconocimiento de la pensión de invalidez de riegos laborales.

  • Medios por donde se obtiene el resultado correo electrónico, correo normal y presencial
  • Se obtiene en 2 meses oficio que concede u objeta la pensión de invalidez.
  • Se tiene un tiempo legal de dos meses a partir de la fecha de acreditación de requisitos exigidos para su reconocimiento.

Se puede hacer seguimiento de forma presencial en los puntos de atención.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

CIUDADANO Alistar la documentación y cumplir con los requisitos

  1. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del trabajador,
  2. FORMATO DE SOLICITUD DE PENSIÓN Formato Solicitud de Pensión
  3. Reclamar de forma presencial  en los puntos de atención indicados por la institución,
  4. INFORMACIÓN SOBRE VINCULACIÓN A ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - RÉGIMEN CONTRIBUTIVO Formulario Vinculación Salud
  5. Reclamar de forma presencial  en los puntos de atención indicados por la institución,
  6. FORMATO DE AUTORIZACIÓN PARA MODIFICACIÓN DE RECONOCIMIENTO PENSIÓN DE INVALIDEZ Autorización Modificación Reconocimiento Pensión
  7. Reclamar de forma presencial  en los puntos de atención indicados por la institución,
  8. Fotocopia de Tarjeta de identidad para los trabajadores menores de edad,
  9. Copia auténtica del original del Registro civil de nacimiento del trabajador y sus beneficiarios con expedición no mayor a tres meses,

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debeAplica si el dictamen médico laboral es emitido por la junta regional de calificación de invalidez

  • Carta de solicitud en original (Constancia ejecutoria del dictamen de la Junta Regional de Calificación de Invalidez,
  • Carta firmada donde especifique que no tiene beneficiarios.

En caso de que su beneficiario sea cónyuge o compañero permanente

  • Fotocopia de la Cédula de ciudadanía.
  • Copia auténtica del original del registro civil de matrimonio en el caso que uno de los posibles beneficiarios sea el cónyuge.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

En caso de actuar como apoderado:

  • Copia autentica del original del Poder.
  • Fotocopia de la Cédula de ciudadanía del apoderado.
  • Copia simple de la Tarjeta profesional del apoderado.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

En caso de que el beneficiario sea menor de edad:

  • Fotocopia de la Tarjeta de identidad  para hijos mayores de 7 años

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

EXTRANJERO Alistar la documentación y cumplir con los requisitos

  1. Fotocopia de la Cédula de extranjería del trabajador extranjero
  2. INFORMACIÓN SOBRE VINCULACIÓN A ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD - RÉGIMEN CONTRIBUTIVO Formulario Vinculación Salud
  3. Reclamar de forma presencial  en los puntos de atención indicados por la institución
  4. Copia autentica del original del Registro civil de nacimiento del trabajador y sus beneficiarios con expedición no mayor a tres meses

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debeEn caso de actuar como apoderado

  • Copia autentica del original del Poder
  • Copia simple de la Tarjeta profesional del apoderado

En caso de que su beneficiario sea cónyuge o compañero permanente

  • Fotocopia de la Cédula de ciudadanía
  • Copia auténtica del original del registro civil de matrimonio en el caso que uno de los posibles beneficiarios sea el cónyuge
  • También se conoce como Pensión de invalidez riesgos laborales.

¿Qué se debe hacer?

 

Radicar la documentación