Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Hasta el 20 de septiembre hay plazo para pagar el ReteICA en Bogotá

16·SEP·2024
Los contribuyentes deben ingresar a la Oficina Virtual de la página web de la entidad para hacer su trámite.
Pago del ICA en Bogotá: viernes 20 de septiembre 2024 vence el plazo Foto: Secretaría Distrital de hacienda
En caso de dudas o preguntas, los ciudadanos cuentan con los diferentes canales de atención que tiene la entidad para atenderlos de manera oportuna.

¡Atención! Hasta este viernes 20 de septiembre de 2024, hay plazo para declarar y pagar el ICA - Impuesto de Industria y Comercio en Bogotá. Por ello, la Secretaría de Hacienda (SDH) informa que los agentes retenedores su obligación con este tributo por retenciones practicadas durante el cuarto bimestre de 2024 (julio y agosto).

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Para realizar este proceso, los agentes de retención deben ingresar a la Oficina Virtual de la entidad, presentar la declaración y efectuar el pago a través de los canales virtuales, o si así lo desean, descargar e imprimir el recibo para efectuar el pago de forma presencial en las entidades financieras autorizadas para el recaudo.

Además, se recuerda la importancia de cumplir con las obligaciones que tiene un agente retenedor del impuesto de Industria y Comercio.

El próximo vencimiento para declarar y pagar la retención del ICA correspondiente al quinto bimestre de 2024, es el 15 de noviembre, y para el sexto y último bimestre, es el 17 de enero de 2025. Los ciudadanos pueden consultar el Calendario Tributario 2024 para programar sus pagos con anticipación.

Se destaca que todos los servicios que presta la Secretaría de Hacienda (SDH) son gratuitos, por lo que se recomienda evitar el uso de tramitadores que podrían incrementar el costo de los trámites o inducir a estafas.

En caso de dudas o preguntas, los ciudadanos cuentan con los diferentes canales de atención que tiene la entidad para atenderlos de manera oportuna.

¿Quiénes son agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio?

    • Entidades de derecho público.
    • Quienes se encuentren catalogados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.
    • Los designados como agentes de retención del impuesto de Industria y Comercio mediante la resolución DDI-000305 del 16 de enero de 2020, expedida por la Dirección Distrital de Impuestos.
    • Intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas en las que se genere la retención del impuesto de Industria y Comercio, de acuerdo con lo que defina el reglamento.

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     ¿Cuáles son las obligaciones de un agente de retención del impuesto de  Industria y Comercio?

    Según el artículo 13 del Acuerdo 65 de 2002, los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio deberán cumplir con la expedición anual de un certificado de retenciones que contendrá los siguientes datos:

    • Año gravable y ciudad donde se consignó la retención.
    • Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor.
    • Dirección del agente retenedor.
    • Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le practicó la retención.
    • Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
    • Concepto y cuantía de la retención efectuada.
    • La firma del pagador o agente retenedor.

    Asiste este miércoles 18 de septiembre a la Feria 'A Tu Servicio' en Usaquén

    16·SEP·2024
    Más de 40 entidades atenderán todas las solicitudes de la ciudadanía, en el horario de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde.
    Feria de Servicios en Bogotá: asiste 17 de septiembre en UsaquénFoto: Portal Bogotá
    Más de 40 entidades atenderán todas las solicitudes de la ciudadanía, en el horario de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde.

    En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ acercamos los puntos de atención al ciudadano a los barrios y localidades. Por ello, la Secretaría General de la Alcaldía de Bogotá, en un esfuerzo conjunto y trabajo articulado con entidades distritales y nacionales, empresas de servicios públicos y algunas privadas, ha programado para este miércoles 18 de septiembre de 2024, una nueva feria “A Tu Servicio” en la Plazoleta La Mariposa de Usaquén, ubicada en la calle 163A con carrera 6A.

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    Más de 40 entidades atenderán todas las solicitudes ciudadanas, en el horario de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde.   

    Por el sector educativo, harán presencia la Secretaría de Educación (SED) con toda la información sobre el proceso de matrículas vigencia 2025 y la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, socializando su oferta académica a nivel de pregrado y posgrado y sus cursos libres de idiomas, con fecha de inscripciones y requisitos para sus carreras.

    Por su parte, la Secretaría de Hacienda (SDH) estará brindando orientación sobre su Oficina Virtual, declaraciones y recibos de pago de los impuestos predial y de vehículos vigencia 2024; el Registro de Información Tributaria – RIT y beneficios y alivios tributarios; mientras que la Secretaría de Planeación (SDP) se encargará de resolver todas las inquietudes que tienen que ver con temas urbanísticos y con la Encuesta Sisbén, sus beneficios y requisitos para aplicar a ésta. Por su parte, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital ofrecerá orientación sobre certificaciones catastrales.

    Si de empleo, emprendimientos y alternativas económicas y productivas se trata, la feria contará con la presencia de la Secretaría de Desarrollo Económico (SDEE), con información sobre Ruta de empleo y Ruta de Emprendimiento y Formalización y los servicios de la Agencia Pública de Empleo de Bogotá con la estrategia ‘Talento Capital’.

    Para el sector informal, además, el Instituto para la Economía Social (IPES) estará dando a conocer las diferentes alternativas que ofrece el Distrito para su formalización, como la asignación de un local o bodega en una Plaza Distrital de Mercado o la formación y capacitación gratuita para el trabajo.

    En esta oportunidad acompañará la jornada también la Secretaría de la Mujer (SDMujert), con la difusión de los servicios de la Casa de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres de Usaquén, la cual ofrece orientación psicosocial, orientación y asesoría socio jurídica, actividades de empoderamiento y bienestar y cursos de formación en Inclusión Digital, entre otros.

    Si al sector cultural nos referimos, la Secretaría de Cultura (SDCRD) estará a disposición de la ciudadanía para despejar inquietudes sobre Beneficios económicos periódicos para artistas adultos mayores, proceso de participación ciudadana, casas de cultura y el programa ‘Libro al Viento’; el Instituto Distrital de las Artes (IDARTES) estará promoviendo sus cursos de artes, como danza, pintura, música, teatro, entre otros, y dando a conocer todo lo relacionado con los Festivales al Parque y la programación del Planetario de Bogotá y la Cinemateca de Bogotá, entre otras actividades.

    Pero eso no es todo, uno de los tantos atractivos que ofrecerá esta feria “A Tu Servicio” será la presentación de la Filarmónica Juvenil de Bogotá, con la participación de 45 músicos. Además, quienes asistan a la jornada podrán acceder a un corte de cabello completamente gratis, con los especialistas de la Academia Crear Barber Shop.

    La ciudadanía también tendrá a su disposición funcionarios de empresas de servicios públicos como la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), VANTI y PromoAmbiental Distrito, con quienes se podrán radicar peticiones, quejas y reclamos o solicitar copia de las facturas.

    La siguiente imagen contiene información relacionada con la feria 'A Tu Servicio' de la localidad de Usaquén:

    Asiste este miércoles a la Feria 'A Tu Servicio' en la localidad de Usaquén

    Otras entidades y empresas participantes:

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    ¡Red CADE A Tu Servicio!

    Video: Capturan expendedor de droga que ocultaba estupefacientes en sus prótesis

    Los uniformados fueron alertados por la central de radio sobre dos personas que transitaban con una actitud sospechosa en la localidad de San Cristóbal.

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    Publicado por:
    Cielo Fierro
    16•Sep•2024

    Bajo la estrategia integral de seguridad ‘Bogotá Camina Segura’, la Policía de Bogotá en las últimas horas, logró la captura de dos hombres por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes. Uno de ellos, portaba las alucinógenos en sus prótesis, para intentar evadir los controles de las autoridades.

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    Los uniformados fueron alertados por la central de radio sobre dos personas que transitaban con una actitud sospechosa en el barrio Bello Horizonte de la localidad de San Cristóbal, al suroriente de Bogotá.

    “De manera inmediata y gracias al trabajo articulado con la ciudadanía, se logró identificar a dos hombres, quienes al notar la presencia de los uniformados intentan evadir el actuar policial”, aseguró el mayor Rubén Dario Pérez, comandante Estación de Policía San Cristóbal.

    El Comandante Estación de Policía San Cristóbal también comentó que: “uno de estos ciudadanos se opuso al procedimiento de Policía valiéndose en su condición de discapacidad, lo que generó sospecha en los uniformados. Al efectuarle el registro a personas, se encontró que en una de sus prótesis llevaba oculto cerca de 150 cápsulas de bazuco. De igual manera, a su acompañante se le encontró en su poder cerca de 15 dosis de marihuana”.

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    Los capturados y los elementos incautados fueron dejados a disposición de la Fiscalía General de la Nación.

    Día Amor y Amistad: Distrito y Policía adelantan acciones de seguridad en Bogotá

    16·SEP·2024
    Conoce las acciones realizadas durante el operativo del sábado y la madrugada del domingo en varias zonas de la localidad de Los Mártires.

    Día Amor y Amistad: Distrito y Policía adelantan acciones de seguridad en BogotáFoto: Secretaría de Seguridad
    Los operativos se llevaron a cabo en varias zonas de la localidad de Los Mártires.

    Bajo la estrategia integral de seguridad ‘Bogotá Camina Segura, la Secretaría de Seguridad (SDSCJ) y la Policía de Bogotá, lideraron operativos con acciones de inspección, vigilancia y control durante la noche del sábado 14 de septiembre y la madrugada del domingo 15 de septiembre de 2024, en varias zonas de la localidad de Los Mártires en el centro de Bogotá.

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    Durante el recorrido, funcionarios de la Secretaría de Seguridad (SDSCJ) realizaron una jornada de sensibilización en los establecimientos de venta y consumo de licor en los barrios El Listón, Santa Isabel y La Favorita, con el fin de prevenir situaciones conflictivas que pudieran derivar en riñas y lesiones personales en áreas con consumo de alcohol. Además, se proporcionó información sobre rutas de denuncia para delitos que afecten la vida, la integridad y la convivencia en el marco de las celebraciones del Día del Amor y la Amistad.

    Asimismo, se verificaron documentos y requisitos en los establecimientos comerciales de estas zonas de la localidad. En el barrio El Listón, la "Fonda Tres Caballos" fue clausurada por la  Secretaría de Salud (SDS) debido a la presencia de heces de roedores en varias áreas del lugar.

    Durante el operativo también se realizaron registros y verificaciones de antecedentes a personas, así como la inspección del licor en varios locales dedicados a su venta y consumo.

    Como resultado, se ordenó el cierre preventivo de tres establecimientos en total por no cumplir con los requisitos de funcionamiento, tales como la certificación de pago de derechos de autor y la autorización para la extensión de la actividad económica.

    En el operativo participaron funcionarios de la Secretaría de Seguridad, la Policía de Bogotá, la Secretaría de Gobierno (SDG), la Secretaría de Salud, el Ejército Nacional, la Alcaldía local de Los Mártires y los Cuerpo Oficial de Bomberos Bogotá.

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    Este sector es una prioridad para las autoridades de la ciudad, por lo que se mantienen operativos y controles permanentes con el objetivo de recuperar la tranquilidad y la confianza de sus habitantes.

    Inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Toda persona que desarrolle cualquier tipo de actividad que genere residuos o desechos peligrosos en una cantidad mayor a 10.0 kg/mes, deberá solicitar inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos, mediante comunicación escrita dirigida a la autoridad ambiental de su jurisdicción.

    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
    • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
    • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
    • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
    • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

    La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

    Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

    • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

    Corresponsal Ambiental:

    Secretaría Distrital de Ambiente:

    Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


    PRESENCIAL

    HORARIO DE ATENCIÓN.

    • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
    • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
    • SEDE PRINCIPAL                                                                                                             Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

    Ver puntos de Atención

    ¿La inscripción tiene algún costo?

    La inscripción no tiene costo y lo único que el generador deberá garantizar es realizar la actualización de la información de la gestión de los residuos generados de forma anual. Adicionalmente, podrán consultar las empresas con licencia ambiental a nivel nacional en el siguiente enlace.

    Inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos.

    Se obtiene en 15 día(s) - Habil(es).

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

    "El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

    Residuo o desecho peligroso: es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas puede causar riesgo o daño para la salud humana y el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.

    Información para generadores de residuos hospitalarios y similares.

    Desde el 1 de febrero de 2022, los generadores de residuos hospitalarios y similares deberán contratar directamente los servicios de transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final con un gestor externo autorizado.

    Cada generador será responsable de la cadena de gestión de este tipo de residuos, garantizando así la adecuada disposición para evitar fugas en el transporte hasta la disposición final.

    La empresa que venía realizando la gestión de residuos hospitalarios de tipo infeccioso o biológico dejará de tener la exclusividad del servicio y desde febrero habrá libre competencia, como lo establecen los lineamientos nacionales y distritales.

    ¿Dónde consultar la lista de gestores autorizados?

    Los generadores que requieran contratar estos servicios pueden consultar en el listado de gestores autorizados a nivel nacional en el siguiente link:

    ¿Quiénes son generadores de residuos hospitalarios y similares?

    Personas naturales o jurídicas que generen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas con:

    • Los servicios de salud (clínicas, centros odontológicos), además, de farmacias y droguerías.
    • Bancos de sangre, tejidos y semen.
    • Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
    • Bioterios y laboratorios de biotecnología.
    • Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
    • El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico.
    • Servicios veterinarios: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías y peluquerías.
    • Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas.
    • Servicios de estética y cosmetología ornamental tales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
    • Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.

    "Desde el 16 de diciembre, a través de la opción 'trámites en línea' de la página de Secretaría de Ambiente, se está realizando el registro de los generadores de residuos hospitalarios y similares. Esta inscripción se realizará teniendo en cuenta los dos últimos dígitos de cédula o NIT, sin código de verificación", afirmó Juan Manuel Esteban, subdirector de Control Ambiental al Sector Público de la Secretaría de Ambiente.

    El registro se realizará teniendo en cuenta los dígitos de la siguiente manera:

    • Del 00 al 20 - 16 de diciembre del 2021 al 28 de febrero de 2022.
    • Del 21 al 40 - 1 de marzo al 30 de abril de 2022.
    • Del 41 al 60 - 1 de mayo al 30 de junio del 2022.
    • Del 61 al 80 - 1 de julio al 30 de agosto del 2022.
    • Del 81 al 99 - 1 de septiembre al 30 octubre del 2022.

    Los generadores de residuos hospitalarios y similares, desde los microgeneradores, es decir, de 0 a 10 kg; pequeños, hasta 100 kg; medianos, que van a 1000 kg; o grandes, de más de 1000 kg al mes, deben estar inscritos ante la Secretaría de Ambiente. 

    Las secretarías de Ambiente y Salud se encargarán de realizar la verificación documental y de procedimiento de la gestión integral de los residuos hospitalarios.

    El Distrito hace un llamado especial a los generadores para que guarden un archivo con toda la documentación que soporte la gestión de los residuos (manifiestos de transporte y certificaciones de almacenamiento, tratamiento y disposición final) hasta por un periodo de cinco años. 

    Cualquier situación o anomalía ante una mala disposición de residuos hospitalarios y similares, debe notificarse a través de la línea 123 y denunciar el manejo inadecuado, ya que es un riesgo para quienes manipulan estos elementos o para la población en general que pueda verse expuesta. 

    En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


    ¿Qué se debe hacer?

    Inscripción en el registro de generadores de residuos o desechos peligrosos.

    Reunir la siguiente documentación:

    1. Descargar y diligenciar la Carta de solicitud y la Lista de chequeo.
    2. Radicar los documentos en cualquiera de los puntos de atención o canales virtuales.
    3. En caso de requerir alguna modificación, una vez obtenida la inscripción se deberá diligenciar la Solicitud de modificación.
    4. La autoridad ambiental otorgará un usuario y contraseña por cada establecimiento o instalación generadora de residuos peligrosos, el cual podrá ingresar de la siguiente manera:
    • Ingresar al sitio web del IDEAM.
    • Colocar usuario y contraseña.
    • Diligenciar las pestañas de acuerdo a la corriente de residuos y peso.
    • Diligenciar las variables de información establecidas en la Resolución 1362 de 2007.
    • El generador deberá llevar una recopilación con la información de las cantidades mensuales generadas por corriente de residuos al interior de la instalación.
    • Los generadores deberán anualmente actualizar la información consignada en el  registro a más tardar el  31 de marzo de cada año.
    • Para el caso de cancelación, el generador debe solicitar la cancelación del registro como generador de residuos peligrosos, mediante comunicación dirigida a la autoridad ambiental, en este caso ante la Secretaría Distrital de Ambiente.
    • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
    • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
    • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
    • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear.
    • Decreto único reglamentario 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
    • Ley 1252 de 2008 "Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental, referentes a los residuos y desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones".
    • Resolución 1362 de 2007 "Por la cual se establecen los requisitos y el procedimiento para el Registro de Generadores de Residuos o Desechos Peligrosos, a que hacen referencia los artículos 27 y 28 del Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005".
    • Resolución 043 de 2007 "Por medio de la cual se deroga la Resolución 028 del 6 de abril de 2006".
    • Resolución 1402 de 2006 "Por la cual se desarrolla parcialmente el Decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos".
    • Decreto 4741 de 2005"Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral".
    • Ley 99 de 1993 "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".

    Registro de movilizadores de aceite usado en Bogotá, Distrito Capital.

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Toda persona natural o jurídica que realice la actividad de movilización de aceites usados debe adelantar el trámite de registro ambiental para la movilización de aceites usados ante la Secretaría Distrital de Ambiente; presentar mensualmente el reporte de movilización de aceite usado, con el fin de registrar y controlar la información concerniente al movimiento de aceites usados. (Recolección en las instalaciones de un acopiador primario o secundario, tipo de transporte utilizado y entrega en las instalaciones de un acopiador secundario, un procesador o un dispositor final).

    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
    • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
    • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
    • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
    • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

    La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

    Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

    • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

    Corresponsal Ambiental:

    Secretaría Distrital de Ambiente:

    Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


    PRESENCIAL

    HORARIO DE ATENCIÓN.

    • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
    • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
    • SEDE PRINCIPAL                                                                                                             Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

    Ver puntos de Atención

    Realizar el pago de la evaluación de la licencia ambiental:

    • Ingresar al Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y seguir con las instrucciones para la liquidación del servicio y establecer el valor a cancelar.
    • Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente.

     Resolución que otorga o niega la solicitud de registro de movilización de aceite usado en el perímetro urbano de Bogotá, Distrito Capital.

    Tiempo de respuesta: Aproximadamente 90 días hábiles.

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

    "El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

    En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


    ¿Qué se debe hacer?

    1. Descargar y diligenciar los siguientes formatos:

    2. Radicar los documentos en alguno de los puntos de atención o en nuestros canales virtuales.

    El movilizador tendrá la responsabilidad de hacer la presentación del informe mensual de movilizador de aceites usados durante los primeros diez (10) días de cada mes, entregando el original de cada registro de movilización en orden consecutivo, incluyendo aquellos que hubieren sido anulados.

    Nota:

    • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
    • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
    • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
    • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
    • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.

    Metro Línea 1 seleccionó a los 40 jóvenes que se capacitarán en China

    16·SEP·2024
    Se capacitarán en control y servicio de transporte, obras e instalación eléctrica, material rodante y señalización, telecomunicaciones y mantenimiento.
    ML1 seleccionó a jóvenes en Bogotá que se capacitarán en ChinaFoto: Empresa Metro de Bogotá
    En unos años regresarán al país con los conocimientos que aplicarán en el Metro de Bogotá.

    En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ avanza la construcción de la Línea 1 del Metro de Bogotá y para ello, 40 jóvenes ingenieros civiles, mecatrónicos, mecánicos, y de otras disciplinas, iniciaron una nueva etapa en sus carreras, ya que se unieron al departamento de Operación y Mantenimiento del concesionario Metro Línea 1, encargado de construir el Metro de Bogotá, después de ser seleccionados para capacitarse en China.

    No olvides leer: Conoce el progreso de la Línea 1 del Metro de Bogotá al 31 de agosto 2024

    En unos años regresarán al país con los conocimientos que aplicarán en el Metro de Bogotá

    Se trata del programa “O&M Young Talents”, destinado para que jóvenes ingenieros recién graduados o con hasta dos años de experiencia viajen a China para capacitarse en cinco áreas clave: control y servicio de transporte, obras civiles e instalación eléctrica, material rodante y señalización, telecomunicaciones y mantenimiento de equipos. 

    Los 40 seleccionados viajarán a capacitarse en China y posteriormente quedarán vinculados laboralmente con el concesionario por lo menos durante 5 años. 

    Entretanto, estos 40 jóvenes se suman al primer grupo que viajó en julio del 2023, y que, durante 15 meses afianzaron los conocimientos técnicos y prácticos no solo en el Instituto de Sistemas Ferroviarios sino también en el metro de Xi’An.

    El consejero económico y comercial de la Embajada de China, sr. Gao Jinbao, manifestó: “Esta es una oportunidad única. Ustedes ya hacen parte de la historia de la ciudad: serán los primeros ingenieros expertos en el sector de operación y mantenimiento. Son un orgullo para su país y su familia”. 

    Además, resaltó la importancia de que CHEC y Xi’An creen estos espacios de beneficio mutuo, creando no solo empleo para jóvenes colombianos sino para la transmisión de conocimientos. 

    Por otro lado, el senior advisor de Metro Línea 1, el Sr. Wu Yu les explicó sobre la importancia del proyecto y los beneficios que traerán para la ciudad. Además, agradeció por el tiempo, esfuerzo y dedicación durante el proceso de selección, deseándoles que en el futuro ellos sean los jefes en la operación y mantenimiento de la Línea 1 del Metro de Bogotá.

    Para Jessica Berdugo, ingeniera mecánica, esta oportunidad “Representa un gran orgullo y una gran oportunidad, estoy agradecida porque Metro Línea 1 decidió apostarle al talento colombiano, a los jóvenes del país, para capacitarnos y ser pioneros en la tecnología de sistemas metro ferroviarios”. 

    También te puede interesar: Por obras Metro: cierre av. Villavicencio entre av. Agoberto Mejía y carrera 81c

    En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ se cumplen las promesas. 

    Permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Autorización para realizar emisiones al aire dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales. El permiso de emisión para fuentes fijas es el que concede la autoridad ambiental competente, mediante acto administrativo, para que una persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire. El permiso solo se otorgará al propietario de la obra, empresa, actividad, industria o establecimiento que origina las emisiones y aplica para todos los procesos productivos que establece la Resolución 619 de 1997 y el Decreto 948 de 1995. Las fuentes fijas que indican en la norma deben solicitar este permiso.

    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
    • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
    • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
    • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
    • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

    La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

    Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

    • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

    Corresponsal Ambiental:

    Secretaría Distrital de Ambiente:

    Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


    PRESENCIAL

    HORARIO DE ATENCIÓN.

    • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.  Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
    • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
    • SEDE PRINCIPAL                                                                                                             Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

    Ver puntos de Atención

    Realizar el pago del permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas:    

    • Solicitar el recibo de liquidación en los puntos de atención o realice, la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente, ingresando al módulo color azul claro de nombre "Calidad del aire, auditiva y visual" luego en botón "Liquidador para evaluación de permisos de emisiones para fuentes fijas".
    • Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente o en el CADE Bosa.
    • Tenga en cuenta que los costos del autoliquidador son: costos de inversión en donde se debe tener en cuenta todo el proyecto desde que empezó y los costos de operación son de un año.

    Como respuesta se obtiene el permiso de emisión atmosférica fuentes fijas.

    Se obtiene en 85 días hábiles.

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural. 

    Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas:

    • Ser propietario del predio, presentar el certificado de tradición y libertad del inmueble, con fecha de expedición no superior a 3 meses.
    • Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a un mes, para el caso de sociedades.
    • Para junta de acción comunal, presentar el certificado de existencia y representación legal o del documento que haga sus veces, expedido por la autoridad competente, con fecha de expedición no superior a 3 meses.
    • Información meteorológica básica del área de afectación por las emisiones, la cual puede ser solicitada en el IDEAM. 
    • Concepto de uso del suelo del establecimiento, obra o actividad expedido por la autoridad distrital competente, o en su defecto, los documentos públicos u oficiales contentivos de normas y planos, o las publicaciones oficiales que sustenten o prueben la compatibilidad entre la actividad u obra proyectada y el uso permitido del suelo.
    • Descripción de las obras, procesos o actividades de producción, mantenimiento, tratamiento, almacenamiento o disposición, que generen las emisiones y los planos que dichas descripciones requieran.
    • Flujograma con indicación y caracterización de los puntos de emisión al aire, ubicación y cantidad de los puntos de descarga al aire, descripción y planos de los ductos, chimeneas o fuentes dispersas, indicación de sus materiales, medidas y características técnicas.
    • Documento con la información técnica sobre producción prevista o actual, proyectos de expansión, proyecciones de producción y cambios de tecnología a 5 años.
    • Planos del diseño de los sistemas de control de emisiones atmosféricas existentes o proyectados, indicando su ubicación e información de ingeniería.
    • Información sobre consumo de materias primas, combustibles y otros materiales utilizados.
    • Informar si utiliza controles al final del proceso para el control de emisiones atmosféricas, o tecnologías limpias o ambos.
    • Plancha Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC de ubicación del proyecto.
    • Estudio técnico de dispersión, para el caso de refinería de petróleos, fabricas de cemento, plantas químicas y petroquímicas, siderúrgicas, quemas abiertas controladas en actividades agroindustriales y plantas termoeléctricas.

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • Poder, mandato o cualquier mecanismo de representación otorgado formalmente. (En caso de no ser el representante legal o titular de quien realice el trámite).
    • En caso de no ser el propietario o ser en tenedor del predio, presentar prueba idónea de la posesión o tenencia del predio.

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

    "El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

    En los puntos de atención de la RedCADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


    ¿Qué se debe hacer?

    1. Verifique si su actividad comercial requiere permiso de emisiones: Industrias, obras o actividades que requieren permiso emisión.
    2. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas.
    1. Radicar la documentación en los puntos de atención antes mencionados o en nuestros canales de atención.
    2. Recibir la visita donde se verificará que se cumplan con los límites máximos de emisiones atmosféricas de acuerdo a lo establecido en la Resolución 909 de 2008.

    Nota:

    • En el acompañamiento es necesario tener en cuenta los siguientes formatos y lineamientos establecidos:
    • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
    • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
    • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
    • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
    • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
    • Para renovación del permiso: se requerirá la presentación, por el titular del permiso, de un nuevo "Informe de Estado de Emisiones'' (IE-1), con una antelación no inferior a sesenta (60) días de la fecha de vencimiento del término de su vigencia, o a la tercera parte del término del permiso.
    • Se realiza la visita de auditoría a la toma de muestra en campo por parte de las empresas consultoras, la Secretaría Distrital de Ambiente no realiza la recolección y el análisis de las muestras; esta actividad la realiza el establecimiento solicitante y la firma consultora, la cual debe estar acreditada por parte del IDEAM. 
    • Decreto 623 de 2011 "Por medio del cual se clasifican las áreas-fuente de contaminación ambiental Clase I, II y III de Bogotá, D.C., y se dictan otras disposiciones".
    • Resolución 6982 de 2011 "Por la cual se dictan normas sobre prevención y control de la contaminación atmosférica por fuentes fijas y protección de la calidad del aire".
    • Resolución 1280 de 2010 Artículo 1. "Por la cual se establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 smmv y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método definido en el artículo 96 de la Ley 633 para la liquidación de la tarifa".
    • Resolución 2153 de 2010 "Por la cual se ajusta el protocolo para el control y vigilancia de la contaminación Atmosférica generada por fuentes fijas, adoptado a través de la Resolución 760 de 2010 y se adoptan otras disposiciones".
    • Resolución 1309 de 2010 "Por la cual se dictan normas sobre prevención y control de la contaminación atmosférica por fuentes fijas y protección de la calidad del aire".
    • Ley 1333 de 2009"por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones".
    • Resolución 909 de 2008 "Por la cual se establecen las normas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones".
    • Resolución 2202 de 2006 "Por la cual se adoptan los Formularios Únicos Nacionales de Solicitud de Trámites Ambientales".
    • Ley 962 de 2005 Artículo 25. "Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicio s públicos".
    • Resolución 0240 de 2004."Mediante la cual se fija la tarifa mínima para el cobro de la tasa por uso".
    • Resolución 619 de 1997 "Por la cual se establecen parcialmente los factores a partir de los cuales se requiere permiso de emisión atmosférica para fuentes fijas".
    • Decreto 948 de 1995 "Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 23 de 1973, los artículos 33, 73, 74, 75 y 76 del Decreto - Ley 2811 de 1974; los artículos 41, 42, 43, 44, 45, 48 y 49 de la Ley 9 de 1979 y la Ley 99 de 1993; en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire".
    • Decreto 2107 de 1995. "por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 948 de 1995 que contiene el Reglamento de Protección y Control de la Calidad del Aire".
    • Resolución 1351 de 1995, "Por medio de la cual se adopta la declaración denominada Informe de Estado de Emisiones".
    • Ley 99 de 1993 "Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones.

    Registro del libro de operaciones forestales

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Registrar el libro de operaciones de las empresas de transformación primaria de productos forestales, las de transformación secundaria de productos forestales o de productos terminados, las de comercialización forestal y las de comercialización y transformación secundaria de productos forestales. Toda empresa constituida como persona natural o jurídica que plante, maneje, aproveche, comercialice y/o transforme productos primarios (bloques, tablas, chapillas, piezas) o secundarios (productos elaborados en madera como láminas, aglomerados, contrachapados, muebles y accesorios en madera) del bosque o de la flora silvestre (semillas, resinas, látex, frutos, follajes, cortezas, bejucos) se cataloga como industria forestal y debe registrar un libro de operaciones de su actividad comercial ante la autoridad ambiental que ejerce jurisdicción en el sitio donde adelanta la actividad, en cumplimiento de los Artículos 64 al 68 del régimen de aprovechamiento forestal (Decreto 1791/96). Toda persona natural y/o jurídica que hace transformación primaria de productos forestales y/o transformación secundaria de productos forestales y/o de productos terminados y las de comercialización forestal.

    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
    • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

    VIRTUAL

    • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
    • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
    • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
    • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

    La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

    Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

    • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

    Corresponsal Ambiental:

    Secretaría Distrital de Ambiente:

    Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


    PRESENCIAL

    HORARIO DE ATENCIÓN.

    • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. Sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
    • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
    • SEDE PRINCIPAL                                                                                                             Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

    Ver puntos de Atención
    • Solicitar el recibo de liquidación en los puntos de atención o realicé la descarga por el  Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y seguir con las instrucciones para la liquidación del servicio.
    • Imprimir el recibo generado por el  Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del banco de occidente.
    • Realizar el pago en cualquier sucursal del Banco de Occidente.
    • El seguimiento que se efectúa mediante el consolidado no tiene costo.

    Registro del libro de operaciones.

    El registro del libro de operaciones se obtiene en 8 días hábiles.

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • Cuando se actúe por medio de apoderado debe presentar una (1) copia del poder. 

    Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

    • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

    En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.

    "El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."


    ¿Qué se debe hacer?

    Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas.

    1. Libro de operaciones: 1 Original(es), descargar y diligenciar la Solicitud de registro del libro operaciones.
    2. Radicar la documentación en los puntos de atención o en nuestros canales virtuales.

    Para mayor información revisar los instructivos de Diligenciamiento libro operaciones Una vez obtenido el registro del libro de operaciones, deberá cumplir con el reporte:

    Para mayor información revisar el instructivo de Diligenciamiento reporte libro operaciones.

    • No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.
    • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
    • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
    • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
    • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
    • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
    • Decreto único reglamentario 1076 de 2015 Artículos: 2.2.1.2.21.12 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
    • Resolución 5589 de 2011, (Artículos 1-5, 13)"Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental".
    • Resolución 1280 de 2010 (Artículos 1 -2) “Por la cual se establece la escala tarifaria para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2115 SMMV y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método definido en el artículo 96 de la Ley 633 para la  liquidación de la tarifa”.
    • Ley 633 de 2000, (Artículo 96) "Por la cual se expiden normas en materia tributaria, se dictan disposiciones sobre el tratamiento a los fondos obligatorios para la vivienda de interés social y se introducen normas para fortalecer las finanzas de la Rama Judicial".
    • Decreto 309 de 2000 "Por el cual se reglamenta la investigación científica sobre diversidad biológica".
    • Ley 99 de 1993, (Artículos 5 numeral 23, 31, 66) "por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones."
    • Resolución 1909 de 2017, (Todos)“Por el cual se establece el Salvoconducto Único Nacional en Línea para la movilización de especímenes de la diversidad biológica”.