Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Permiso de vertimientos

¿Qué es y para qué sirve?

Toda persona cuya actividad o servicio genere vertimientos de Aguas Residuales no Domésticas (ARnD) a las aguas superficiales, marinas, o al suelo, deberá solicitar y tramitar ante la autoridad ambiental competente, el respectivo permiso de vertimientos.  

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.

    SEDE PRINCIPAL                                                                                                             Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención
  • Solicitar el recibo de liquidación en los puntos de atención o realizar la descarga por el Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y siga las instrucciones para realizar la liquidación del trámite.
  • Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente. 
  • Realizar el pago de la evaluación.

Como respuesta se obtiene la resolución de permiso de vertimientos.

Se obtiene en 87 días hábiles.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

  • Nombre, dirección e identificación del solicitante y razón social si se trata de una persona jurídica.
  • Certificado actualizado del registrador de instrumentos públicos y privados sobre la propiedad del inmueble, o la prueba idónea de la posesión o tenencia.
  • Nombre y localización del predio, proyecto, obra o actividad. La información contenida en este numeral hace referencia a los predios para los cuales solicita el permiso de vertimientos.
  • Costo del proyecto, obra o actividad. El valor del proyecto, obra o actividad comprende la sumatoria de los costos de inversión y operación.
  • Fuente de abastecimiento de agua indicando la cuenca hidrográfica a la cual pertenece. 
  • Plano donde se identifique origen, cantidad y localización geo-referenciada de las descargas al cuerpo de agua. 
  • Nombre de la fuente receptora del vertimiento indicando la cuenca hidrográfica a la que pertenece.
  • Caudal de la descarga expresada en litros por segundo.
  • Frecuencia de la descarga expresada en días por mes.
  • Tiempo de la descarga expresada en horas por día.
  • Tipo de flujo de la descarga indicando si es continuo o intermitente.
  • Caracterización actual del vertimiento existente o estado final previsto para el vertimiento proyectado de conformidad con la norma de vertimientos vigente. 
  • Ubicación, descripción de la operación del sistema, memorias técnicas y diseños de ingeniería conceptual y básica, planos de detalle del sistema de tratamiento y condiciones de eficiencia del sistema de tratamiento que se adoptará, elaborados por firmas especializadas o por profesionales calificados para ello y que cuenten con su respectiva matrícula profesional de acuerdo con las normas vigentes en la materia.
  • Concepto sobre el uso del suelo expedido por la autoridad municipal competente.
  • Constancia de pago por concepto de evaluación de solicitud del permiso de vertimientos.
  • Evaluación ambiental del vertimiento. La evaluación ambiental del vertimiento deberá ser presentada por los generadores de vertimientos a cuerpos de aguas o al suelo.
  • Plan de gestión del riesgo para el manejo del vertimiento. Las personas naturales o jurídicas de derecho público o privado que desarrollen actividades industriales, comerciales y de servicios que generen vertimientos a un cuerpo de agua o al suelo deberán elaborar un Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos en situaciones que limiten o impidan el tratamiento del vertimiento. Dicho plan deberá tener en cuenta la Resolución 1514 de 2012, mediante la cual se adoptan los términos de referencia para la elaboración del Plan de Gestión del Riesgo para el Manejo de Vertimientos, así mismo, deberá incluir el análisis del riesgo, medidas de prevención y mitigación, protocolos de emergencia y contingencia y programa de rehabilitación y recuperación.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Poder debidamente otorgado cuando se actúe mediante apoderado.
  • Autorización del propietario o poseedor cuando el solicitante sea mero tenedor

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).
  • Certificado de existencia y representación legal para el caso de persona jurídica.

Tenga en cuenta que si los vertimientos de su establecimiento y/o industria se efectúan al alcantarillado, ya no es sujeto de permiso de vertimientos, no obstante, debe dar cumplimiento en todo momento a la resolución 631/2015 y/o a la normatividad vigente.

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

En los puntos de atención de la Red CADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


¿Qué se debe hacer?

Recibir la visita por parte de la Secretaría Distrital de Ambiente, donde se verificará la información aportada por el solicitante.

Nota:

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.
  • Resolución 0631 de 2015. "Por la cual se establecen los parámetros y los valores límites máximos permisibles en los vertimientos puntuales a los cuerpos de aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 1076 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible".
  • Resolución 00288 de 2012 "Por la cual se modifica la Resolución No 5589 de 2.011”.
  • Resolución 1514 de 2012."Por la cual adoptan los términos de referencia para la elaboración del plan de gestión del riesgo para el manejo de vertimientos".
  • Resolución 5589 de 2011 "Por la cual se fija el procedimiento de cobro de los servicios de evaluación y seguimiento ambiental".
  • Decreto 4728 de 2010 "Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 3930 de 2010".- "Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9ª de 1979, así como el Capítulo II del Título VI -Parte III- Libro II del Decreto-ley 2811 de 1974 en cuanto a usos del agua y residuos líquidos y se dictan otras disposiciones".
  • Resolución 1280 de 2010 Artículo 1. "Por la cual se establece la escala tarifaría para el cobro de los servicios de evaluación y seguimiento de las licencias ambientales, permisos, concesiones, autorizaciones y demás instrumentos de manejo y control ambiental para proyectos cuyo valor sea inferior a 2.115 smmv y se adopta la tabla única para la aplicación de los criterios definidos en el sistema y método definido en el artículo 96 de la Ley 633 para la liquidación de la tarifa".
  • Resolución 3956 de 2009  "Por la cual se establece la norma técnica, para el control y manejo de los vertimientos realizados al recurso hídrico en el Distrito Capital".
  • Ley 99 de 1993"Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones".
  • Decreto 2811 de 1974 "Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente".
  • Resolución 3957 de 2019, "Por la cual se establece la norma técnica, para el control y manejo de los vertimientos realizados a la red de alcantarillado público en el Distrito Capital".

Fotos: Con pintura y pinceles comunidad embellece zona de Ciudad Bolívar

¡Bogotá viste sus calles de colores! La comunidad de Ciudad Bolívar participó en la jornada de voluntariado “Cultura y Color en Illimaní”, que se llevó a cabo en el barrio El Paraíso, ubicado en la estación de TransMiCable El Mirador. Las y los habitantes del sector tuvieron la oportunidad de contribuir a la transformación de este entorno mediante la pintura del mobiliario, las materas y el muro interno del corredor.

“Esta actividad es un ejemplo de trabajo colaborativo entre el sector privado, el sector público y la comunidad. Pretendemos crear un tejido social alrededor del arte, el color y la participación ciudadana. Estas intervenciones no solo transforman el paisaje urbano, sino que también fortalecen los lazos comunitarios y promueven la apropiación del espacio público”, expresó Vanessa Velasco, secretaria Distrital del Hábitat. 

Esta jornada también contó con la colaboración de importantes aliados como Camacol, Fundación Pintuco, Constructora Bolívar, La Rolita – Operadora Distrital de Transporte, Wom y diversas entidades distritales, incluyendo la Alcaldía local de Ciudad Bolívar, la  Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SDCRD), TransMilenio y el Instituto Distrital de Turismo (IDT). Todos estos actores sumaron esfuerzos para embellecer este espacio.

Este fue el complemento de la intervención que se había venido realizando en este sector, donde se intervinieron 940 metros cuadrados con arte urbano y muralismo en 18 fachadas contiguas al corredor.

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Por esta razón, se invitó a la comunidad y a los interesados en apoyar esta causa a unirse para vivir una jornada llena de arte, color y solidaridad, y tener la oportunidad de ser parte de la transformación del Corredor Illimaní.

Te compartimos un video en el siguiente post de la Secretaría del Hábitat (SDHT)en red X con más detalles de la jornada de embellecimiento: 

Inscripción de establecimientos de expendio y almacenamiento de carne y productos cárnicos comestibles

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener el número de inscripción para los establecimientos de expendio y almacenamiento de carne y productos cárnicos comestibles, que operen en la ciudad de Bogotá D.C.

VIRTUAL


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • (601) 3295090 (Línea de Servicio a la Ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y sábados de 7:00 a.m. a 12:00 m.

    PRESENCIAL

    Ver puntos de Atención

    Este trámite no tiene costo.

    Número de inscripción del establecimiento.

    • No se requiere de ningún documento escrito; sin embargo, es importante tener los datos exactos del establecimiento para poder diligenciar el formulario, dado que estos serán sujetos a verificación.
    • Al finalizar el proceso de inscripción, el aplicativo le asigna un número, el cual lo va a identificar ante cualquier requerimiento de entidades de inspección, vigilancia y control, por lo tanto, es muy importante que usted siempre lo tenga presente.

    ¿Qué se debe hacer?

    Diligenciar el formulario electrónico.

    • Ingresar al link inscripción establecimientos de expendió y/o almacenamiento de carne a través de la página web de la Secretaría Distrital de Salud. No requiere usuario y contraseña.
    • Leer detalladamente el manual de diligenciamiento del formulario de inscripción.
    • Si usted desea consultar el manual de proceso, lo podrá consultar AQUÍ.
    • Reunir la información requerida para poder diligenciar el formulario.
    • Asegurarse de diligenciar en su totalidad el formulario electrónico de inscripción.
    • Así mismo usted deberá realizar la verificación de los requisitos a cumplir, (requisitos aquí).
    • Después de diligenciar completamente el formulario, guarde en forma digital el documento, que servirá como soporte probatorio para la visita de verificación
    • Como respuesta se obtiene el número de inscripción del establecimiento de manera inmediata.
    • Una vez determine el pleno cumplimiento de dichos requisitos, deberá solicitar visita para la obtención de concepto sanitario favorable (solicitar visita aquí), referenciando el número de inscripción del establecimiento. Mayor información podrá igualmente consultar el micrositio de Negocios Saludables - Negocios Rentables.

    (Artículos 288, 289, 290, 291, 292, 296, 297, 298, 304, 305, 306, 345, 359, 361, 362, 368 y 369)

    • Decreto 1500 de2007 - Minsalud:Por el cual se establece el reglamento técnico a través del cual se crea el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación.”

    (Artículos 5, 6, 26(1.2.4), 35, 36, 37, 62, 63, 66 y 70)

    • Decreto 1282 de 2016 - Minsalud: “Por el cual se establece el trámite para la obtención de la autorización sanitaria provisional y se dictan otras disposiciones.”

    (Artículos 2 y 9)

    (Artículos 4 y 5)

    • Resolución 240 de 2013 – Minsalud:Por la cual se establecen los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio animal de las especies bovina, bufalina y porcina, plantas de desposte y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles.”

    (Artículos 129, 130, 131, 132, 133 y 134)

    • Resolución 242 de 2013 - MinsaludPor la cual se establecen los requisitos sanitarios para el funcionamiento de las plantas de beneficio de aves de corral, desprese y almacenamiento, comercialización, expendio, transporte, importación o exportación de carne y productos cárnicos comestibles.”

    (Artículos 54, 55, 57, 58 y 59)

    • Resolución 41871 de 2016: "Por lo cual se establecen los lineamientos para obtener la autorización sanitaria provisional por parte de los establecimientos que realizan las actividades de almacenamiento y expendió de carne y/o productos cárnicos comestibles, así como la inscripción, inspección, vigilancia y control del transporte de carne y/o productos cárnicos comestibles.” (Artículos 10, 11 y 12)
    • Resolución 2019049081 de 2019 – Invima:Por la cual se establecen los lineamientos para la emisión del concepto sanitario en plantas de beneficio, desposte y desprese por parte del Invima, y para el expendio, distribución, almacenamiento y transporte de carne y/o productos cárnicos comestibles por parte de los Entes Territoriales de Salud y se dictan otras disposiciones.”
    • Resolución 2019055962 de 2019 – Invima: “Por la cual se adopta la guía de transporte y destino de la carne y productos cárnicos comestibles provenientes de plantas de beneficio, desposte, desprese, acondicionamiento, de establecimientos de almacenamiento y/o distribución e importadores de carne y productos cárnicos comestibles.”

    Acompañamiento a la movilización y protesta social

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Informar a la Secretaría Distrital de Gobierno 48 horas antes del desarrollo de las concentraciones, movilizaciones, plantón, o protesta en vías o espacios públicos en el marco normativo de la protesta social. De esta manera, la dirección de convivencia y diálogo social, a través del equipo de diálogo, realizará el acompañamiento y la articulación interinstitucional con las entidades correspondientes, para garantizar el ejercicio fundamental de protesta.

    48 horas antes del desarrollo de las concentraciones, movilizaciones, plantón, o protesta en vías o espacios públicos.

    Respuesta que brinda acompañamiento en el marco de la manifestación y/o protesta social.

    • Disponer de toda la infraestructura necesaria por parte del peticionario para llevar a buen término la reunión y manifestación pública.
    • Atender todas las disposiciones del Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, Ley 1 de 2016.
    • Si la actividad corresponde a expresiones como conciertos, esta se califica como espectáculo público de las artes escénicas, razón por la cual debe cumplir con lo consagrado en la Ley 1493 de 2011.
    • Si durante la realización del evento, se van a efectuar algunas de las actividades descritas en el Decreto No 599 de 2013 y 622 de 2016, las cuales constituyen espectáculos públicos, es necesario que se realice la solicitud de autorización, ante el Sistema Único de Gestión de Aglomeraciones SUGA, que pertenece al Instituto Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático IDIGER. Para mayor información puede consultar en https://www.sire.gov.co/sugaintro
    • Para efectos de la realización de caravanas vehiculares en las vías públicas, la solicitud para la autorización de la caravana vehicular, de conformidad con lo establecido en el Código Nacional de Tránsito y Transporte de Bogotá (ley 769 de 2002), debe radicarse en la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, con una antelación no inferior a 15 días de la realización de la caravana vehicular.
    • Si el lugar de la actividad programada se desarrollará en los parques o escenarios deportivos, debe contar con permiso de uso por parte del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD, para mayor información puede consultar https://www.idrd.gov.co/transparencia-acceso-informacion-publica/tramites-y-servicios.
    • Tener en cuenta las indicaciones que les den las autoridades competentes.

    ¿Qué se debe hacer?

    1. Los organizadores o convocantes pueden informar por el canal virtual y/o con carta escrita dirigida a la Secretaría Distrital de Gobierno en el punto de atención presencial Calle 11 No. 8 - 17, Piso 1 de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. indicando la fecha, hora y lugar en los cuales se desarrollará la actividad, así como los recorridos en los que se llevará a cabo la protesta social pacífica, con la finalidad de permitir una articulación interinstitucional para garantizar el ejercicio del derecho de protesta pacífica y de quienes no participan en ella.
    2. Una vez registrada la información en el canal virtual, el usuario recibirá un correo confirmando el registro de la movilización y/o protesta social.
    3. El usuario deberá diligenciar todos los campos requeridos en el formulario, aceptando los términos y condiciones del registro; El sistema generará un usuario genérico con una contraseña para acceder al registro de la movilización o protesta social.
    4. Si la movilización es programada con más de 48 horas de anticipación, el usuario recibirá un correo posterior al registro, informando el acompañamiento institucional al desarrollo de la movilización y/o protesta social, dependiendo de las actividades que se van a realizar. Se aclara que para las manifestaciones y/o protestas sociales espontáneas se evaluará la articulación interinstitucional.
    • Ley 1801 de 2016 “Por el cual se cual se expide e Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana
    • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA 1991 artículo 37 ¨Toda parte del pueblo puede reunirse y manifestarse pública y pacíficamente¨
    • DECRETO 563 2015 “Por medio del cual se adopta el Protocolo de Actuación para las Movilizaciones Sociales en Bogotá: Por El Derecho a la Movilización y la Protesta Pacífica”
    • DECRETO 003 DE 2021 “Por el cual se expide el Protocolo de acciones preventivas, concomitantes y posteriores, denominado "ESTATUTO DE REACCIÓN, USO Y VERIFICACIÓN DE LA FUERZA LEGÍTIMA DEL ESTADO Y PROTECCIÓN DEL DERECHO A LA PROTESTA PACIFICA CIUDADANA"
    • DECRETO 599 DE 2013¨Por el cual se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización para la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, a través del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital –SUGA y se dictan otras disposiciones¨.
    • DECRETO DISTRITAL 622 de 2016: Por el cual se modifica el Decreto Distrital 599 de 2013, "se establecen los requisitos para el registro, la evaluación y la expedición de la autorización poro la realización de las actividades de aglomeración de público en el Distrito Capital, través del Sistema Único de Gestión por el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en el Distrito Capital —SUGA y se dictan Otras disposiciones.
    • DECRETO 456 DE 2013¨Por el cual se adopta el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá¨
    • RESOLUCIÓN 185 DE 1999, artículo 1 "Por la cual se reglamentan los permisos de perifoneo dentro del Distrito Capital"

    En video te contamos qué es y cómo funciona Chatico, asistente virtual de Bogotá

    Chatico, soportado en inteligencia artificial y procesamiento de lenguaje natural, brinda atención 24/7 sobre trámites, servicios e información de Bogotá.

    Únete a nuestro canal de noticias en Whatsapp

    Publicado por:
    Julie Andrea Abril

    El asistente virtual de Bogotá, Chatico, es un servicio de fácil acceso, intuitivo, y con una amplia y escalable, con capacidad para atender consultas de la ciudadanía durante las 24 horas de los 7 días de la semana.

    (Te puede interesar: 155 animales maltratados fueron rescatados en operativo en el Barrio Restrepo)

    ¿Cómo puedo usar los servicios de Chatico?

    Puedes hacer tus consultas fácil y rápido, a través de dos canales:

    1. Portal Bogotá: www.bogota.gov.co
    2. Línea de WhatsApp 316 023 15 24

    Este asistente virtual cumplo recientemente dos años al servicio de las y los bogotanos y en picos de alta demanda ha logrado responder hasta 15.000 solicitudes en el margen de una hora.

    En el siguiente post, publicado por la Consejería Distrital de TIC, puedes conocer más sobre Chatico:

    ¿Sobre qué temas puedo consultar a Chatico?

    Actualmente, el chatbot alberga cinco intenciones padre, de las cuales se despliegan más de 400 temáticas relacionadas con:

    1. Trámites, servicios y apoyos: Salud, movilidad, impuestos, ayuda distrital, educación en Bogotá, Sisbén, oferta de discapacidad, mascotas, establecimientos comerciales, catastro y ambiente. 

    2. Turismo y cultura: Oferta de actividades culturales, curiosidades y planes para hacer en Bogotá en 3 idiomas (español, inglés y portugués).

    3. Cortes de agua Bogotá: Consulta de fechas de corte de agua según sectores, información relacionada con la medida de racionamiento y gestión de reportes de mal uso del recurso hídrico. 

    4. Oportunidades Bogotá: Programas sociales, empleabilidad y datos sobre la ciudad.

    5. Chatico cerca de ti: Cómo utilizar Chatico, preguntas frecuentes, solicitud de atención en lengua de señas y derivación para ser atendido por un asesor.  

    (También puedes leer: Bogotá ya tiene nuevos directores y directoras Locales de Educación)

    Si bien Chatico fue creado con el propósito de promocionar los tres pilares de Gobierno Abierto: transparencia, participación y colaboración, la incorporación de innovación pública en su desarrollo, ha permitido obtener grandes resultados y posicionar este servicio como un caso de éxito y referente a nivel local, nacional e internacional. De hecho, en 2023, Chatico recibió el premio 'Best Digital Transformation Project' de Conecta Latam, Caribe y Centroamérica.

    Escanea el código QR con la cámara de tu celular para consultar a Chatico sobre servicios, datos y mucho más:

    Escanea el código QR de Chatico

    El Restrepo vivirá el Festival Gabo 2024 con charlas gratuitas este 6 de julio

    Se realizará dos charlas de conflicto armado, paz, representación de vidas campesina y la memoria histórica en América Latina
    Festival Gabo en Biblioteca Carlos E. Restrepo

    ✨El #FestivalGabo2024 presente en laBiblioteca Carlos E. Restrepo. 🥳Prográmate el sábado 6️⃣ de julio para esta jornada, donde podrás profundizar en conversaciones y charlas sobre temas de conflicto armado, paz, representación de vidas campesina y la memoria histórica en América Latina. 🌎

    ¡Entrada libre!

    ¡Prográmate este sábado 6 de julio en Biblioteca Carlos E. Restrepo con Festival Gabo!

    Festival Gabo 2024

    Festival Gabo 2024

    Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por BibloRed . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
    Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.





    Los Hispanos, Los Tupamaros y más artistas para bailar en Festival Gabo 2024

    Estos son los artistas que nos acompañarán durante los tres días de esta fiesta que celebra el Festival Gabo.
    Festival Gabo 2024 con conciertos en Bogotá

    La música presente en el #FestivalGabo2024💃🏽🥳

    Estos son los artistas que nos acompañarán durante los tres días de esta fiesta que celebra las #HistoriasParaDespertar. ✨

    (Este contenido te puede interesar: Descubre aquí algunas de las personalidades especiales en Festival Gabo 2024)

    Ven con tus amigos, familia o colegas a disfrutar de toda la programación que hemos preparado para ti. 🤩

    📍 La cita es en el Gimnasio Moderno del 5️⃣ al 7️⃣ de julio. 

    Los Hispanos 

    • Día: Domingo 7 de julio 

    • Hora: 7:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    1280 Almas

    • Día: Viernes 5 de julio 

    • Hora: 7:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    Los Tupamaros

    • Día: Sábado 6 de julio 

    • Hora: 7:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    El Kalvo

    • Día: Viernes 5 de julio 

    • Hora: 5:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    Javier Alerta

    • Día: Domingo 7 de julio 

    • Hora: 3:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    Verito Asprilla

    • Día: Sábado 6 de julio 

    • Hora: 5:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    Paula Pera

    • Día: Sábado 6 de julio 

    • Hora: 3:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo


    Afro Legend

    • Día: Domingo 7 de julio 

    • Hora: 5:00 p. m.

    • Lugar: Gimnasio Moderno

    • Con boletería ingreso al Festival Gabo






    Barrios de Tunjuelito que tendrán cortes de luz hoy sábado 6 de julio de 2024

    6·JUL·2024
    Conoce la programación, horarios, barrios y localidades que tendrán cortes de luz este sábado 6 de julio de 2024 en Bogotá.
    Cortes de luz en Bogotá sábado 6 de julio de 2024 conoce barriosFoto: Enel Colombia
    Conoce la programación de cortes de luz para hoy sábado 6 de julio de 2024.

    Por ajustes en el servicio Enel Colombia realiza trabajos de mantenimiento hoy  sábado 6 de julio de 2024, en los siguientes Barrios de Bogotá:  

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    Localidad Tunjuelito

    Desde las 12:00 a. m. hasta las 3:30 p. m. De la calle 44 sur a calle 46 sur entre carrera 49 a carrera 51 - Barrio Escuela General Santander. 

    Desde las 12:00 a. m. hasta las 3:30 p. m. De la carrera 48 a carrera 53 entre calle 46 sur a calle 49 sur - Barrio Venecia. 

    Puntos de vacunación contra COVID-19 y otras enfermedades en Bogotá 6 de julio

    6·JUL·2024
    Aquí te compartimos los puntos y horarios habilitados para vacunación contra COVID -19 para el 6 de julio en Bogotá.
    Puntos de vacunación contra COVID-19 y otras enfermedades 6 de julio Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá.
    Conoce los puntos de vacunación contra COVID-19 para el 6 de julio en Bogotá.

    La Secretaría Distrital de Salud (SDS) invita a la ciudadanía en Bogotá a acercarse, con su documento de identidad, a cualquiera de los siguientes puntos de vacunación contra COVID-19 y otras enfermedades habilitados en capital para iniciar, completar su esquema o recibir las dosis de refuerzo.

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    🚩 Puntos de vacunación 

    Los puntos de vacunación están habilitados a partir de las 8:00 a. m.; actualmente, hay varios espacios en toda la ciudad. Allí también hay disponibilidad de dosis de refuerzo sin necesidad de agendar cita previa. 

    Recuerda que las vacunas son una de las estrategias más costo-efectivas de la Salud Pública a nivel mundial. Sus beneficios han permitido erradicar la viruela, reducir la incidencia mundial de la poliomielitis en un 99 % y disminuir notablemente la incidencia de enfermedades como el sarampión, VPH, la difteria, la tos ferina, el tétanos, la hepatitis B, además de superar la pandemia de la Covid-19 y otras enfermedades. 

    No te vayas sin consultar: Barrios de Tunjuelito que tendrán cortes de luz este sábado 6 de julio de 2024

    Puntos habilitados para hoy sábado 6 de julio de 2024:

    Vacunación COVID