Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Quejas por el servicio de recolección, barrido y limpieza

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

El usuario y/o suscriptor del servicio puede manifestar su inconformidad en relación con la operación de los servicios prestador por el concesionario del servicio público de aseo.

Presentar la solicitud a través de los canales de atención.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

VIRTUAL


PRESENCIAL

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  • Preferiblemente el usuario debe suministrar el número de cuenta contrato.

Notificación frente a PQR del servicio público de aseo

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

Trámite que puede efectuar el usuario para conocer mediante el acto administrativo o la decisión proferida por el prestador de servicio público domiciliario de aseo con ocasión a la atención de un PQRs.

Este trámite se realiza de forma presencial.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

VIRTUAL


PRESENCIAL

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¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

El citado debe acercarse con documento de identidad.

Si no fuere posible su presentación personal, podrá autorizar a un tercero, quien, deberá acreditar su calidad, presentando lo siguiente:

  1. Fotocopia del documento de identidad de quien autoriza y el autorizado.
  2. Autorización por escrito.
  3. Certificado de existencia y representación legal, si actúa en nombre de una persona jurídica.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

¿Qué se debe hacer?

En caso de no notificarse personalmente al cabo de los cinco (5) días siguientes del envío de esta citación; le será remitida por correo certificado, copia del Acto Administrativo de respuesta a la dirección de notificación registrada; surtiendo así, por este medio, la notificación por aviso en los términos y condiciones señalados en el Artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.

  • Ley 142 de 1994: Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1437 de 2011: Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

Opción tarifaria multiusuario

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

Beneficio tarifario que aplica para todos aquellos usuarios agrupados en unidades inmobiliarias, centros habitacionales, conjuntos residenciales, condominios o similares, bajo el régimen de propiedad horizontal vigente o concentrados en centros comerciales o similares, que se caracterizan porque presentan en forma conjunta sus residuos sólidos a la empresa prestadora del servicio.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

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  • Es un trámite que no requiere de intermediarios.
  • El acta asamblea de copropietarios, como documento, deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 189 del código de comercio, para que las decisiones que en esta consten tengan plena validez ante terceros.
  • Es importante relacionar los nombres de las personas que estarán a cargo de la suscripción de las actas, debido a que la resolución CRA 236 de 2002, mediante la cual se estableció la metodología para la realización de los aforos a multiusuarios, ha previsto que las mediciones base del nuevo aforo deberán estar suscritas por la persona designada por el multiusuario para tal fin o por dos testigos cuando este no se encuentra disponible o se niega a firmar el formato de aforo y que el dato puntual así obtenido tendrá plena validez. El multiusuario para el momento de la solicitud deberá contar con las cajas de almacenamiento o recipientes que permitan determinar su volumen y peso.
  • Se entiende por caja de almacenamiento, definida por el decreto 1077 de 2015, el recipiente metálico o de otro material técnicamente apropiado para el depósito temporal de residuos sólidos de origen comunitario, en condiciones herméticas y que facilite el manejo o remoción por medios mecánicos o manuales.

¿Qué se debe hacer?

  • Presentar la solicitud a la persona prestadora del servicio ordinario de aseo, a la cual se deberá adjuntar el acta del acuerdo en la que conste la decisión de acogerse a la opción tarifaria, suscrita por la asamblea de copropietarios o la autorización firmada por el propietario de cada uno de los inmuebles que conforman el usuario agrupado, en los casos en que no exista copropiedad.
  • Adicionalmente, en la solicitud debe indicarse la persona designada como responsable de firmar las actas de producción de residuos resultado del aforo.
  • Indicar el sitio de presentación de los residuos y disponer de las cajas de almacenamiento para el aforo de la producción de residuos sólidos.
  • Disponer de una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla, como mínimo, con los requisitos establecidos en el decreto 1077 de 2015 o la norma que lo derogue, modifique o adicione.
  • Presentar los residuos sólidos en un lugar común para la recolección y aforo.
  • Presentar la relación de usuarios que solicitan acceder a la opción tarifaria, con sus datos identificadores, de acuerdo con el catastro de usuarios.
  • También se deberá informar la existencia de inmuebles desocupados. Indicar la forma como será asumida la producción de residuos por cada uno de los usuarios individuales que conforman el multiusuario, esto es, por coeficiente de propiedad horizontal, por coeficiente simple de acuerdo con el número de usuarios que conforman el usuario agrupado, o por la distribución porcentual que el usuario agrupado reporte.

 

  • Resolución CRA 236 de 2002: Por la cual se establece la metodología para la realización de aforos a multiusuarios y se modifica la Resolución 233 de 2002.
  • resoluciones_cra_247_2003.pdf Por la cual se modifica el Artículo 4 de la Resolución 233 de 2002, en relación con los requisitos que el usuario agrupado debe cumplir para acceder a la opción tarifaria de multiusuarios.
  • Decreto 1077 de 2015

Descuento por predio desocupado

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

Cuando el inmueble o alguna de las unidades que lo componen se encuentre en estado de desocupación, el usuario deberá dar aviso oportuno al prestador del servicio público de aseo. A los inmuebles que acrediten estar desocupados se les aplicará la tarifa final por suscriptor establecida en el Artículo 39 de la presente resolución, considerando una cantidad correspondiente de toneladas presentadas para recolección igual a cero en las siguientes variables: (TRNA=0, TRA=0, TRRA=0).

  • Presentar la solicitud a través de los canales de atención.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

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PRESENCIAL

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¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Factura del último período del servicio público domiciliario de acueducto, en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable.
  • Factura del último período del servicio público domiciliario de energía, en la que conste un consumo inferior o igual a cincuenta (50) kilowatts/hora-mes.
  • Acta de la inspección ocular al inmueble por parte de la persona prestadora del servicio público de aseo, en la que conste la desocupación del predio.
  • Carta de aceptación de la persona prestadora del servicio público domiciliario de acueducto de la suspensión del servicio por mutuo acuerdo.
  • Es un trámite que no requiere de intermediarios.

¿Qué se debe hacer?

  • El peticionario debe informar el número de cuenta contrato y cumplir con los requisitos señalados en la normativa del servicio.
  • Para ser objeto de la aplicación de las disposiciones señaladas en el presente artículo, será necesario acreditar ante la persona prestadora del servicio la desocupación del inmueble, para lo cual el solicitante deberá presentar a la persona prestadora al menos uno (1) de los documentos.
  • Resolución CRA 720 de 2015, artículo 45 “Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones.

Reclamo por inconformidad con la tarifa o la facturación del servicio público domiciliario de aseo

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

El usuario y/o suscriptor del servicio puede manifestar su inconformidad con respecto a la tarifa, facturación, clasificación, volumen o unidades registradas en el catastro.

  • Presentar la solicitud a través de los canales de atención.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

VIRTUAL


PRESENCIAL

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  • Es un trámite que no requiere de intermediarios.
  • El peticionario debe informar el número de cuenta contrato.
  • Decreto 1077 de 2015
  • Ley 142 de 1994 Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1437 de 2011 Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
  • Ley 1755 de 2015
  • Resolución CRA 720-201Por la cual se establece el régimen de regulación tarifaria al que deben someterse las personas prestadoras del servicio público de aseo que atiendan en municipios de más de 5.000 suscriptores en áreas urbanas, la metodología que deben utilizar para el cálculo de las tarifas del servicio público de aseo y se dictan otras disposiciones”

Contenerización

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

Con relación a la Instalación esta actividad se ejecutó al inicio de la concesión, de conformidad al Contrato 286 de 2018; ya cumplida esta obligación, a la fecha se mantiene el servicio  de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LOS CONTENEDORES ( Dentro del cumplimiento del presente criterio de calidad por parte de los adjudicatarios el mantenimiento preventivo y correctivo de los contenedores de residuos aprovechables y no aprovechables está a su cargo, ya que Bogotá Limpia S.A.S E.S.P deberá garantizar el buen estado de los contenedores, mediante actividades de lavado, cambio de elementos o partes dañados de los contenedores, ajuste de los contenedores, entre otras actividades ubicados en las localidades de Barrios Unidos y Engativá)

  • Presentar la solicitud a través de los canales de atención.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

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No requiere, toda vez que hace parte de las obligaciones contractuales de la concesión.

Recolección de animal muerto

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

Servicio que presta el concesionario para la recolección de animales muertos que no pesen más de 50 Kg.

  • El medio considerado como más expedito para la prestación del servicio es establecer contacto con la línea 110.
  • Este tipo de solicitudes las puede hacer cualquier usuario mediante los siguientes canales.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, lunes a domingo las 24 horas del día.
  • Línea 110.

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PRESENCIAL

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  • El servicio de recolección de animal muerto de tipo doméstico se presta sin costo alguno para animales pequeños de peso no mayor a 50 kg, muertos en vía pública y/o en los hogares de las localidades de Barrios Unidos y Engativá.
  • Para el caso de recolección de animales muertos de tipo doméstico de proporciones grandes mayores a 50 kg como bovinos, porcinos, caprinos, caballar, perros, entre otras especies que hayan muerto en los hogares (No vía pública) generan costo y se consideran como un servicio especial de recolección domiciliaria.
  • Todo tipo de animal muerto de origen silvestre (Tigrillos, serpientes, papagayos, etc.) que muera en la vía pública y/u hogares deberá ser reportado a la Secretaría Distrital de Ambiente.

Inspección técnica a predios

Entidad responsable

Bogotá Limpia S.A.S E.S.P.

¿Qué es y para qué sirve?

Predio desocupado – verificación unidades – Medición de Residuos. Asignar al inmueble objeto del servicio la categoría de uso correspondiente de acuerdo a la información que sea obtenida por medio de la visita técnica, además para los casos que apliquen actualizar de acuerdo al resultado de las mediciones puntuales, que realiza un aforador debidamente autorizado por la persona prestadora, respecto de la cantidad de residuos sólidos que produce.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 110 lunes a domingo 24 horas.
  • Línea 195 lunes a domingo 24 horas.

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¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Puede ser realizado por el suscriptor o usuario del servicio, no requiere de intermediarios.
  • Número cuenta de contrato. Este número consta de 8 dígitos y lo puede encontrar en su factura de la empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá.
  • Decreto 1077 del 2015: Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio.

 

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Secretaría Distrital de Planeación - Red CADE

El día de hoy, viernes 17 de enero del 2025, la Secretaria Distrital de Planeación - SDP, brindará atención hasta las 12:00 m. para los servicios del SISBÉN en los siguientes puntos de la Red CADE:

Secretaría Distrital de Planeación - SDP
SuperCADE 20 de Julio SuperCADE Américas SuperCADE Bosa SuperCADE CAD SuperCADE Engativá SuperCADE Manitas SuperCADE Suba CADE Candelaria CADE Fontibón CADE Gaitana CADE Kennedy CADE Los Luceros CADE Santa Helenita CADE Santa Lucía CADE Servitá CADE Tunal CADE La Victoria CADE Yomasa

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