Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Agresiones ocasionadas por animales como perros, gatos, etc

¿Qué es y para qué sirve?

Las agresiones ocasionadas por animales en general son eventos en los que por alguna condición que puede ser comportamental (defensa del territorio, defensa ante agresión, protección de cachorros u otros miembros del grupo, alto instinto de presa, entre otros) o física (manipulación de animal con dolor, enfermedades que generen alteraciones nerviosas, intoxicación con algunas sustancias químicas, entre otros), el animal ataca a una persona, generando normalmente lesiones o heridas. En todo caso, estas lesiones o heridas ocasionadas por animales pueden representar un riesgo para la salud de la persona afectada, pues agentes bacterianos o virales pueden ingresar al organismo a través de estas y generar cuadros clínicos que pueden llegar a poner en riesgo la vida de la persona.

En Bogotá, la mayoría de las agresiones por animales que son reportadas son ocasionadas por mamíferos, particularmente perros y gatos. La rabia es la enfermedad que se asocia más comúnmente a las agresiones por mamíferos y al ser una enfermedad altamente mortal, es necesario tener claro cómo prevenir la agresión de animales (particularmente perros y gatos) y cómo actuar en caso de haber sido agredido (mordedura, rasguño o arañazo) por un animal.

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TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea de reporte de emergencias 123.
  • (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y sábados de 7:00 a.m. a 12:00 m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Conmutador SDS (601)  3649090 (Operadora opción 0) horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Jornada continua.

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PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

La forma más efectiva para prevenir la rabia en la ciudad es la vacunación antirrábica de perros y gatos. Es de mucha importancia informar al médico los datos de contacto y/o ubicación del canino o felino agresor, cuando se cuente con ellos para hacer la observación del animal y siempre garantizar que en caso de que sea ordenada la aplicación de tratamiento antirrábico, este se administre de conformidad a la instrucción médica.

Para evitar las agresiones de animales, considere lo siguiente: 

  • No se acerque a animales desconocidos y mucho menos intente acariciarlos, manipularlos o alimentarlos. 
  • Vigile cuidadosamente a los niños cuando haya animales cerca. Enséñeles a no acercarse y querer acariciar a animales desconocidos. 
  • En caso de que un animal presente un comportamiento agresivo, no responda bruscamente, busque alejarse del lugar de la forma más “tranquila” y rápida posible.
  • Tener precaución al acercarse a hembras con cachorros, particularmente si no es un animal conocido.
  • No perturbar a los animales durante sus momentos de alimentación o de descanso.

Consideraciones de manejo de caninos para prevenir agresiones:

  • El manejo de los caninos indistintamente de su raza no debe estar a cargo de un menor de edad sin supervisión adulta, esto con el fin garantizar que la interacción entre el menor y el animal se haga de una forma adecuada, evitando condiciones que pudieran ser estresantes o pudieran poner en estado defensivo al canino.
  • Se debe procurar que los menores no aborden a caninos que le sean desconocidos de forma descuidada. Es particularmente importante recalcar al menor la importancia de no acariciar incautamente a animales desconocidos, para evitar situaciones de incomodidad en el canino que pudieran llevar a reacciones como las agresiones, en este sentido, siempre se deberá preguntar al tenedor responsable del canino si es posible acariciarlo y como debería hacerse.
  • Se debe recordar que de acuerdo con la Ley 1801 de 2016, todos los caninos de manejo especial deben contar con traílla y bozal siempre que estén en espacios públicos. De igual forma, el animal deberá ser manipulado únicamente por un adulto.
  • Se recomienda que todo canino use traílla siempre que se encuentre en espacio público, indistintamente de su raza. El manejo con bozal podría aplicarse también para aquellos animales que independientemente de su raza, y por su temperamento, pudieran reaccionar de forma defensiva a algunos estímulos, con lo que se podría generar una agresión a personas u otros animales. En este sentido, es responsabilidad del tenedor conocer el temperamento de su canino y tomar todas las medidas preventivas para su manejo, que garanticen la comodidad del animal y proteja a las personas u otros animales, de posibles agresiones.

En caso de ser agredido por el animal, debe considerar lo siguiente: 

  • Es importante que siempre que una persona sea agredida por un canino, consulte un servicio médico. Las agresiones por animales potencialmente transmisores de rabia, como son los caninos, son catalogadas como urgencias médicas.
  • Se debe hacer un lavado inicial de la herida con agua y jabón detergente. Dicho lavado deberá hacerse por un periodo de 15 minutos, haciendo 3 lavados consecutivos de 5 minutos cada uno. Es importante que el jabón usado no sea de tipo cosmético, se debe procurar que sea un jabón tipo detergente de lavar ropa.
  • Si se tiene la información sobre la ubicación del canino, así como los datos de contacto del propietario, los mismos deberán ser informados al médico tratante durante la atención que reciba.
  • Es importante garantizar adherencia al tratamiento que el médico instaure, particularmente en caso de que se ordene tratamiento antirrábico, es indispensable que se dé cumplimiento riguroso a la aplicación del biológico de conformidad con la indicación médica.
  • Si el canino agresor es de propiedad de la persona agredida, es importante que cuando sea solicitado se permita el acceso al personal de la Secretaría Distrital de Salud para hacer el seguimiento y observación del animal, ya que esta actividad es propia de la vigilancia de la rabia y se hace para verificar que el animal no presente, signos compatibles con rabia durante los 10 a 15 días posterior a la agresión. Es por esto, que es de gran importancia para la vigilancia que se permita, por parte del tenedor del animal, hacer la observación correspondiente.

Taller textil, cine, danza y más para visitar en junio El Castillo de las Artes

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Planes en Bogotá en el Castillo de las Artes

✨¡Únete a nosotros durante todo el mes de junio en #ElCastilloDeLasArtes para disfrutar de una emocionante programación llena de cultura y creatividad!✨

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Trae a tus amigos y familiares para disfrutar juntos de un mes lleno de creatividad.

Castillo de las artes

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Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por Instituto Distrital de las Artes-IDARTES . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.





¡Arma parche! Tres conciertos de la Orquesta Filarmónica este 14 de junio

El Aeropuerto Internacional El Dorado, la Parroquia San Ambrosio y el Auditorio Fabio Lozano Universidad Jorge Tadeo Lozano son los escenarios para gozar.
Conciertos de la Filarmónica gratis este 14 de junio

Te presentamos tres conciertos para disfrutar este viernes 14 de junio de la Orquesta Filarmónica de Bogotá. 

El Aeropuerto Internacional El Dorado, la Parroquia San Ambrosio y el Auditorio Fabio Lozano Universidad Jorge Tadeo Lozano son los escenarios para gozar los conciertos.

¡Entrada libre!

En la Semana Ambiental suenan los vientos … de la Banda Filarmónica Juvenil

Orquesta Filarmónica de Bogotá

Se presentará el Ensamble de Metales de la Banda Filarmónica Juvenil.

  • Día: Viernes 14 de junio 

  • Hora: 11:00 a. m. 

  • Lugar:  Aeropuerto Internacional El Dorado

  • Entrada libre


Beethoven y Dukas interpretados por 40 talentosas mujeres

Concierto de la Filarmónica

Se presentará la Orquesta Filarmónica de Mujeres con la directora: Paola Ávila. El repertorio es el siguiente: 

– Beethoven, Sinfonía No. 3, Op. 55

– Paul Dukas, Fanfarria “La Peri” (fanfarria de metales)

  • Día: Viernes 13 de junio 

  • Hora: 5:30 p. m. 

  • Lugar: Parroquia San Ambrosio (Carrera 50 No 123A - 30)

  • Entrada libre


Un recorrido muy Filarmónico por las músicas populares de Colombia

Concierto de la Orquesta Filarmónica

Se presentará la Filarmónica de Bogotá a cargo del director: Rubián Zuluaga (Colombia).

El repertorio es el siguiente:

Canción de la Tierra Compositor: Andrés Sánchez Arreglista: Andrés Sánchez

Pacífico Amoroso: Compositor: Hugo Candelario Arreglista: Jaime Jaramillo

El Birimbí: Compositor: Tradicional Arreglista: Juan Carlos Valencia

Mi Buenaventura: Compositor: Petronio Álvarez Arreglista: Juan Sebastián Velasco

Prende la Vela: Compositor: Luis Eduardo Bermúdez Arreglista: Blas Emilio Atehortúa

Noche Buena: Compositor: Luis Carlos Meyer Arreglista: Victoriano Valencia

Pachito Eché: Compositor: Alejandro Tovar Arreglista: Ricardo Hernández

Te olvidé: Compositor: Antonio María Peñaloza Arreglista: Armando Velásquez

Sapo Viejo: Compositor: Victoriano Valencia Arreglista: Victoriano Valencia

Caribeando: Compositor: Victoriano Valencia Arreglista: Victoriano Valencia

Colombia Tierra Querida: Compositor: Luis Eduardo Bermúdez Arreglista: Rubén Darío Gómez

  • Día: Viernes 14 de junio 

  • Hora: 7:00 p. m.

  • Lugar: Auditorio Fabio Lozano Universidad Jorge Tadeo Lozano (Cra. 4 #22-40 )

  • Entrada con boletería


Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por Orquesta Filarmónica de Bogotá-OFB . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.





Información sobre Enfermedad Respiratoria Aguda - ERA

¿Qué es y para qué sirve?

La enfermedad respiratoria aguda (ERA) es un conjunto de morbilidades que afectan el sistema respiratorio, siendo causa muy frecuente de morbilidad y mortalidad en niños y niñas menores de cinco años, en especial por infección respiratoria aguda (IRA). La Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que trece millones de niños menores de 5 años de edad mueren cada año en el mundo; 99% de las muertes ocurridas en 2000 sucedieron en países no desarrollados. Con la preocupación desde la Subsecretaria de Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud por la mortalidad especial que se dio en niños menores de 5 años infectados con adenovirus en 2004, surge en octubre de ese mismo año el programa de prevención y atención en ERA. El programa, con un enfoque trans sectorial, consta de tres componentes:

  • Aspectos de promoción de hábitos saludables.
  • Aspectos de prevención específica de la enfermedad.
  • Atención oportuna y adecuada de las personas enfermas.

Se desarrollaron y establecieron puntos de atención para problemas relacionados con estas enfermedades, conocidas como salas ERA, para mejorar la atención en urgencias de los niños con ERA, buscando priorizar acciones de atención oportuna, adecuada a la severidad del cuadro clínico y con un uso racional de los recursos disponibles.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Conmutador SDS (601) 3649090 (Operadora opción 0) horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Jornada continua.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención
  • Puede consultar las medidas de prevención, signos de alarma, boletines, circulares y documentación referente al manejo de la enfermedad y sobre vigilancia en salud pública de ERA aquí.
  • Más del 80% de las muertes por Enfermedades Respiratorias Agudas en niños y niñas menores de 5 años, se pueden prevenir.
  • De igual forma, puede consultar los boletines ERA.
  • Si usted desea mayor información, podrá consultar al grupo ERA – SDS, a las referentes Carmen Graciela Zamora o Karen Lisset Jiménez, al teléfono 3649090 ext. 9345, o al correo electrónico: irag.bogota@saludcapital.gov.co.
  • Usted también podrá consultar la información pertinente relacionada con la influenza AH1N1.
  • La influenza AH1N1/09 es una enfermedad respiratoria causada por el virus de la influenza tipo AH1N1, que presentó cambios en su estructura, comportándose como un virus de Influenza nuevo y por ello se anota como influenza A H1N1/09.

Información sobre libre elección de entidad promotora de salud subsidiada

¿Qué es y para qué sirve?

La libre elección es el proceso mediante el cual los ciudadanos pueden elegir la Entidad Promotora de Salud Subsidiada (EPS) de su preferencia, que les garanticen la prestación de los servicios de salud requeridos. Si a usted le aplicaron la encuesta SISBÉN metodología 4 y está identificado entre los grupos A01 y C18  (certificada por el Departamento Nacional de Planeación) o está certificado como población especial mediante un listado censal emitido por una de las entidades competentes, será seleccionado como potencial beneficiario.

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TELEFÓNICO (Únicamente para información)


VIRTUAL

  • WhatsApp EPS Capital Salud - 318 586 5418.
  • Correo electrónico Capital Salud afiliaciones@capitalsalud.gov.co.
  • Si usted requiere mayor información podrá escribirnos al correo electrónico, contactenos@saludcapital.gov.co.

PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Presente original y fotocopia legible de los documentos de identidad de los integrantes del núcleo familiar que realizarán el proceso de elección.

  • Usted puede hacer parte del régimen subsidiado de salud si le han aplicado la encuesta SISBÉN metodología 4 y está identificado entre los grupos A01 y C18 (certificada por el Departamento Nacional de Planeación); siempre y cuando no esté o deba estar afiliado al régimen contributivo o a un régimen de excepción de salud (Ecopetrol, Policía, Fuerzas Militares, Magisterio, Unisalud). Igualmente, pueden afiliarse al régimen subsidiado, las personas que están identificadas como población especial: desmovilizados, indígenas, habitantes de calle, menores en protección, víctimas del conflicto armado, inimputables, pueblo ROM (gitanos), entre otros.
  • La libre elección de EPS subsidiada se realiza directamente en los puntos de atención de la EPS subsidiada que seleccione o a través del Sistema de Afiliación Transaccional - SAT.
  • Los beneficios que tienen los afiliados al régimen subsidiado son:
    • Acceso al Plan de Beneficios en Salud – PBS y a planes de promoción y prevención.
    • Atención de urgencias, diagnóstico, atención, rehabilitación y tratamiento.
    • Entrega de medicamentos incluidos en el PBS.
    • Atención de enfermedades de alto costo como cáncer, SIDA e insuficiencia renal.
    • Gratuidad en salud para menores de 5 años, mayores de 65 años y población con discapacidad severa, quienes, con el beneficio del programa de gratuidad en salud, quedarán exentas de copagos y cuotas de recuperación en la prestación de los servicios de salud.
  • Para elegir EPS subsidiada las personas no deben tener vínculo laboral vigente ni tener ingresos iguales o mayores a un SMLMV  o renta suficiente para afiliarse al régimen contributivo, no ser pensionados o tampoco ser beneficiarias de otra persona que esté afiliada al régimen contributivo en salud o a cualquiera de los regímenes de excepción.
  • Las personas con limitaciones físicas que no puedan acercarse a los puntos de libre elección deben tramitar su afiliación por el Sistema de Afiliación Transaccional o enviar autorización escrita, incluyendo el nombre de la EPS subsidiada seleccionada y anexar fotocopia legible del documento de identidad.
  • Los afiliados al régimen subsidiado que hayan permanecido como mínimo durante un año en cualquiera de las EPS subsidiada y quieran cambiarse, lo pueden hacer por medio del proceso de información sobre traslados de EPS subsidiada durante cualquier mes del año.
  • Todas las EPS subsidiadas ofrecen el mismo Plan de Beneficios en Salud – PBS subsidiado.
  • Para mayor información y orientación, podrá comunicarse con la línea de servicio a la ciudadanía 601 3295090.
  • Igualmente, podrá dirigirse a los puntos de atención.
  • Finalizada la elección se le hará entrega del carné, el cual no tiene costo.

Tenga en cuenta las disposiciones contenidas en el Decreto 616 de 2022 para el proceso de afiliación.


¿Qué se debe hacer?

Para ejercer su derecho a elegir una Entidad Promotora de Salud subsidiada (EPS) habilitada para Bogotá, realice el siguiente procedimiento:

  • Consulte si fue seleccionado como potencial beneficiario para elegir una Entidad Promotora de Salud subsidiada (EPS) mediante cualquiera de las siguientes opciones:
  • A través de internet, consulte el Comprobador de derechos.
  • Comuníquese con la Línea de servicio a la ciudadanía 601 3295090.
  • Una vez verificado que es beneficiario para elegir una EPS subsidiada, el jefe del núcleo familiar o persona mayor de edad puede seleccionar una de las siguientes EPS Subsidiada:
    ​​​​​​

Acuda a uno de los siguientes puntos de atención:

  • Decreto 780 de 2016"Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Salud y Protección Social"
     
  • Decreto 616 de 2022 "Por el cual se modifican los artículos 2.1.1.3, 2.1.3.11, 2.1.7.7, 2.1.7.8 Y se sustituye el Titulo 5 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 780 de 2016, en el sentido de incorporar la contribución solidaria como mecanismo de afiliación al Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones 

Red distrital de bancos de sangre y servicios de transfusión sanguínea

¿Qué es y para qué sirve?

La red Distrital de bancos de sangre, servicios de transfusión sanguínea y terapia celular (RDSyTC) es un equipo multidisciplinario y técnico que tiene como objetivo asegurar la disponibilidad, oportunidad, uso adecuado, seguridad y calidad de la sangre en Bogotá. Está conformada por 16 bancos de sangre, 99 servicios transfusionales (clínicas y hospitales) de la ciudad y la coordinación de la misma se encuentra a cargo de la Secretaría Distrital de Salud – Alcaldía Mayor de Bogotá.

Los bancos de sangre tienen como propósito fortalecer la cultura de la donación voluntaria y habitual de sangre en Bogotá, a través de acciones de educación y sensibilización dirigida a la ciudadanía, así mismo obtener unidades de sangre de las personas que cumplen con requisitos mínimos y que tienen la intención de donar sangre de manera voluntaria, responsable y solidaria para salvar vidas; de igual manera, velan por asegurar la calidad de los componentes sanguíneos en Bogotá.

Por su parte, los servicios transfusionales pertenecen a clínicas y hospitales de la ciudad en los que se transfunden componentes sanguíneos, con el objetivo de dar respuesta a las necesidades de sangre de la población y mejorar así sus condiciones de salud y calidad de vida.

La Secretaría Distrital de Salud – Alcaldía Mayor de Bogotá, ejerce la coordinación de la red mediante la generación de lineamientos, orientaciones, asistencias técnicas, seguimientos y capacitaciones a los bancos de sangre y a los servicios transfusionales para el fortalecimiento de sus procesos, a través de los siguientes programas estratégicos:

  • Promoción de la donación voluntaria y habitual de sangre, a partir de la generación de estrategias que permitan fortalecer la cultura de la donación en la ciudad.
  • Hemo vigilancia, incluye la promoción de buenas prácticas que contribuyan al mejoramiento de la seguridad de la sangre en bancos y servicios transfusionales.
  • Gestión de la calidad, con el propósito de fortalecer el funcionamiento y realizar seguimiento a los sistemas de calidad de los diferentes bancos y servicios transfusionales.

Para donar sangre en Bogotá puede acudir a uno de los puntos de donación de sangre o a los puntos móviles de atención a donantes ubicados en diferentes lugares como centros comerciales, espacios públicos, Red CADE y SuperCADE, parques, entre otros.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • (601) 3295090 (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Conmutador SDS (601) 3649090 (Operadora opción 0) horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Jornada continua.

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PRESENCIAL

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¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Para ser donante de sangre debe:

  • Portar un documento de identidad con foto.
  • Tener entre 18 y 65 años de edad.
  • Pesar igual o más de 50 kilogramos.
  • Encontrase en buen estado de salud, no estar con gripe, fiebre. Si sufre de hipertensión arterial o diabetes mellitus puede acercarse a un punto de donación para revisar con el personal de salud, si de acuerdo al tratamiento que viene recibiendo y otros factores individuales, puede donar.
  • Haber consumido alimentos en las últimas cuatro horas e hidratarse muy bien con agua.
  • Esperar seis meses si se realizó tatuajes o perforaciones o cualquier tratamiento de acupuntura.   
  • No haber tenido o tener actualmente hepatitis B, VIH-SIDA, hepatitis C, sífilis, chagas, paludismo, leishmaniasis, entre otros.
  • La donación de sangre es un procedimiento seguro, los elementos y equipos utilizados durante la donación de sangre son nuevos y no reutilizables, por tanto, no hay riesgo de transmisión de infecciones. Además, las personas que atienden al donante son profesionales de la salud, que se han capacitado y entrenado para garantizar la seguridad del procedimiento.
  • Más del 55% de la población colombiana es "O positivo", es el grupo sanguíneo que más se requiere y, por lo tanto, el que más escasea. Todos los grupos "RH negativo" son menos frecuentes y por ello también son de los que más se requieren en los bancos de sangre.
  • Donar sangre es dar vida: una donación de sangre puede llegar a salvar la vida de tres personas. Actualmente, no hay en el mundo ningún sustituto de la sangre y los seres humanos somos los únicos proveedores de este líquido vital que solo se puede almacenar por un tiempo limitado.
  • El costo que se cobra por la sangre corresponde a lo que invierte cada banco de sangre en su captación, procesamiento y distribución a las clínicas y hospitales de la ciudad y nunca debe ser pagado por el paciente sino por el Sistema de Seguridad Social en Salud.
  • La sangre tiene vencimiento y no se puede fabricar en laboratorios, por ello se requieren donantes de sangre permanentemente.
  • Si usted desea tener mayor información sobre este servicio, podrá ingresar a la dirección electrónica de la “Red Distrital de Bancos de Sangre y Servicios de Transfusión Sanguínea”.

 Además tenga en cuenta que hay falsas creencias o mitos, por ello recuerde que:

  • Donar sangre no engorda y tampoco adelgaza.
  • Donar sangre no debilita.
  • Donar sangre no disminuye la potencia sexual.
  • Al donar sangre no nos contagiamos de enfermedades.
  • Las personas que tuvieron hepatitis antes de iniciar su vida sexual pueden donar sangre.
  • No es necesario comer más cuando se dona sangre, solo se debe aumentar la ingesta de líquidos el día que realizó la donación.

Licencia para la cremación de cadáveres

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la autorización para cremar o incinerar un cadáver, en calidad de familiar de un fallecido, hospital o funeraria.

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  • Se realiza a través de la ventanilla única digital de trámites y servicios SDS - AGILINEA, ingresando a través AQUÍ.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • (601) 3295090 (Línea de Servicio a la Ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y sábados de 7:00 a.m. a 12:00 m.
  • Conmutador SDS (601) 3649090 (Operadora opción 0) horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Jornada continua.

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Este trámite no tiene costo.

Como respuesta se obtiene la licencia para la cremación de un cadáver.

En un término de 1 hora.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Reunir los siguientes documentos:

  • Copia escaneada legible en formato PDF de la cédula de ciudadanía del fallecido.
  • Copia escaneada legible en formato PDF del original del certificado de defunción, expedido por el médico en el cual conste que la persona ha muerto por causas naturales, el médico debe estar inscrito en el colegio médico (naturales en caso de que el certificado venga de hospital -clínica-o médicos domiciliarios).
  • Copia escaneada legible en formato PDF del original de la autorización de cremación por familiar en 1° grado de consanguinidad, padres, hijos o hermanos. También a sobrinos, primos y nietos, demostrando mediante registros civiles el parentesco con el fallecido. En caso de esposa, debe adjuntar partida de matrimonio o registro civil del mismo, si no cuenta con el apellido de casados. En caso de tener otro grado de parentesco, el familiar que autoriza debe tener el apellido que identifique el grado de consanguinidad. 
  • Copia escaneada legible en formato PDF de la cédula de ciudadanía del familiar que autoriza la cremación.
  • Copia escaneada legible en formato PDF de la autorización de cremación o manifestación escrita de la voluntad de la persona en vida o de sus familiares después de la muerte.
  • La persona que no tiene ningún familiar que haga la solicitud y dejo notariada su voluntad de ser cremado, quien asuma sus trámites funerarios, puede autorizar la cremación presentando copia escaneada legible en formato PDF del documento  de la voluntad del fallecido.

Si se identifica con alguno de estos casos, adicionalmente debe:

  • En caso de muerte violenta: Copia escaneada legible en formato PDF del original de la autorización del fiscal de conocimiento.

Nota Aclaratoria:

Señor ciudadano si usted contrata funeraria esta debe estar legalmente registrada ante la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, si desea hacer el trámite como familiar deberá ingresar como persona natural y solicitar la autorización personalmente en la Secretaria Distrital de Salud piso 1 oficina de registros.


¿Qué se debe hacer?

  1. Radicar los documentos requeridos para el trámite.
  2. El solicitante deberá subir la documentación legible en formato PDF a través de la ventanilla única digital de trámites y servicios SDS - AGILINEA, ingresando a través AQUÍ.
  • El proceso de cremación se realizará después de haber transcurrido 24 horas de fallecido.
  • El solicitante podrá consultar el MANUAL DEL USUARIO DEL TRÁMITE DE CREMACIÓN para resolver cualquier inquietud. Para cualquier inquietud adicional podrá escribirnos a través del correo contactenos@saludcapital.gov.co.
  • Resolución 5194 de 2010 (Artículos 3, 28-29) “Por la cual se reglamenta la prestación de los servicios de cementerios, inhumación, exhumación y cremación de cadáveres”.
  • Decreto 201 de 1996, (Artículo 1 Numeral 10) “Por el cual se modifica elDecreto número 367 del 7 de julio de 1995, por el cual se adopta el reglamento para la concesión de la administración, operación y mantenimiento de los cementerios y hornos crematorios de propiedad del Distrito Capital”.
  • Decreto 367 de 1995, (Artículo 1 Numeral 1 Literal 1.2, Numeral 10) “Por el cual se adopta el reglamento para la concesión de la administración, operación, mantenimiento de los cementerios y horno crematorio de propiedad del Distrito Capital”.
  • Ley 9 de 1979, (Artículos 533,534) “Por la cual se dictan Medidas  Sanitarias”.
  • Decreto 172 de 2020 "Por medio del cual se establecen medidas transitorias para garantizar la atención funeraria (Ruta Funeraria) en la ciudad de Bogotá, D.C., durante el estado de calamidad pública, derivado de la pandemia causada por el Coronavirus COVID-19, y se dictan otras disposiciones"

Certificado de capacidad de adecuación y de dispensación de dispositivos médicos sobre medida, para la salud visual y ocular

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la certificación de capacidad de adecuación de dispositivos médicos sobre medida, para la salud visual y ocular o el certificado de capacidad de dispensación de dispositivos médicos sobre medida, para la salud visual y ocular. Este trámite corresponde a los siguientes establecimientos ópticos sin consultorio y talleres ópticos.

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TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • (601) 3295090  (Línea de Servicio a la Ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m. en jornada continua y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

PRESENCIAL

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Certificación de capacidad de adecuación y/o dispensación de dispositivos médicos sobre medida, para la salud visual y ocular.

Se obtiene en 30 día(s) - hábil(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Documento escaneado en formato PDF donde se especifique las técnicas de control y garantía de calidad que se aplican en los procesos de almacenamiento de dispositivos médicos para la salud visual y ocular. (original)
  • Organigrama en formato PDF del establecimiento. (original)
  • Documento escaneado en formato PDF en donde se relacione el equipamiento con el cual se dispone para el funcionamiento del taller óptico u óptica sin consultorio de conformidad con las normas legales sobre la materia. La cual debe contener los siguientes datos de cada uno de los equipos (marca, modelo, serie) cuando este aplique.
  • Documento escaneado en formato PDF en donde se relacione los dispositivos médicos con los cuales se cuenta para la salud visual y ocular, que dispensan y/o adecuen. Indicando su registro sanitario.
  • Documento escaneado en formato PDF que acredite la vinculación del director científico con el establecimiento, así como la relación de sus funciones, que necesariamente deberá contener, entre otras, el diligenciamiento de la planilla de gestión de control de calidad y soportes de idoneidad profesional. (original)
  • Documento escaneado en formato PDF de la última visita efectuada por la autoridad competente, en materia de inspección, vigilancia y control, en la cual se evidencie el cumplimiento de las exigencias normativas. (Previo a la solicitud de visita, se deberá realizar la inscripción del establecimiento en el siguiente link. Una vez cuente con el número de inscripción, podrá realizar la solicitud de visita en el siguiente link).
  • Documento escaneado en formato PDF del certificado de constitución y representación legal del establecimiento o el certificado mercantil para persona natural expedido por la Cámara de Comercio, con fecha inferior a treinta (30) días calendario a la fecha de radicación.
  • ​​​​​​El certificado otorgado tendrá una validez de cinco (5) años contados a partir de su expedición, siempre y cuando el establecimiento conserve las condiciones higiénicas, técnicas, locativas y de control de calidad con las que se emitió el concepto técnico FAVORABLE. De no mantenerse dichas condiciones, se entenderá que este certificado perderá sus efectos jurídicos y la persona natural y/o jurídica a quien en su favor se haya otorgado, no podrá hacer uso del presente documento. En virtud de lo anterior, si en el ejercicio de las facultades de inspección, vigilancia y control, la Secretaría Distrital de Salud comprueba que el establecimiento no cumple con las condiciones técnicas y sanitarias que sustentaron la expedición del CCAD, procederá a aplicar las medidas sanitarias de seguridad correspondientes (Capítulo IX del Decreto 1030 de 2007).
  • Decreto 1030 de 2007 (Artículo 10)"Por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que deben cumplir los dispositivos médicos sobre medida para la salud visual y ocular y los establecimientos en los que se elaboren y comercialicen dichos insumos y se dictan otras disposiciones." 
  • Resolución Distrital 605 de 2015 "Por la cual se determina el procedimiento para la expedición del certificado de Capacidad de Adecuación y de Dispensación de dispositivos médicos sobre medida, para la salud visual y ocular en el Distrito Capital" 
  • Ley 715 de 2001 (artículos 42 y 43)  "Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros"
  • Ley 100 de 1993 (artículo 245) "Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones"
  • Ley 09 de 1979 (artículo 564) "Por la cual se dictan Medidas Sanitarias."

Pago de multas por investigaciones administrativas e incumplimiento contractual

¿Qué es y para qué sirve?

El Fondo Financiero Distrital de Salud (FFDS) está encargado del recaudo de acreencias a su favor que contengan una obligación clara, expresa y exigible. Esta actividad tendrá las siguientes etapas: cobro persuasivo (requerimientos para lograr el pago voluntario de la obligación) y coactivo (a través de un proceso que implica embargo, tendiente a hacer efectivas las obligaciones exigibles que no son canceladas dentro de los plazos establecidos).

Correo:

Escriba el código que aparece en la imagen:

 

Para formalizar dicho trámite debe acercarse a la oficina de atención al ciudadano, ubicada en la Carrera 32 N.º 12-81 piso 1 de esta entidad, en el horario de 7:30 a.m. a 1:00 p.m. y 2:00 p.m. a 4:00 p.m., con el fin de realizar la respectiva liquidación y posterior pago en alguna de las sucursales del Banco de Bogotá, a nombre del FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD cuenta de ahorros No 041744905, en efectivo o cheque de gerencia, indicando el número de cédula del sancionado o NIT de la empresa y el número del expediente.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • (601) 3295090  (Línea de servicio a la ciudadanía) horario de atención de lunes a viernes: 7:00 a.m. a 5:00 p.m. y sábado de 7:00 a.m. a 12:00 m.
  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Conmutador SDS (601) 3649090, extensión 9003, horario de atención lunes a viernes: 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Jornada continua.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

FACILIDADES DE PAGO.

En cualquier etapa del proceso administrativo de cobro, el interesado o un tercero a su nombre, puede solicitar facilidades de pago.

  • Para la legalización del pago manual, tiene que acercarse a la ventanilla de tesorería para que se expida el correspondiente comprobante de ingreso bancario del pago.
  • Si usted realizó el pago total de la obligación y/o parcial de la misma, agradecemos informarlo oportunamente, remitiendo sus recibos de pago o comprobantes de ingreso bancario (únicamente) al correo electrónico radicacioncobro@saludcapital.gov.co.
  • Evítese incomodidades, cancelando a tiempo sus obligaciones legales. 

¿Qué se debe hacer?

  1. La Secretaría Distrital de Salud, con el propósito de facilitar el pago de obligaciones, implementó el pago en línea a través de la página www.saludcapital.gov.co desde el submenú - Atención y Servicio a la ciudadanía - Ventanilla única digital de trámites y servicios – consulte y pague aquí sus multas – consulte aquí, opción que le permite realizar búsqueda de expediente en donde se le solicita tipo y número de identificación, desplegándose listado de sanciones identificadas a su nombre. Seleccione la sanción que desea cancelar y establecer un correo electrónico y un número telefónico móvil. Seleccione el método de pago que puede ser PSE para el pago virtual o puede también descargar un recibo con código de barras y cancelar en cualquier sucursal del Banco de Bogotá.

  2. La entidad tiene destinada la cuenta de ahorros Nº 041744905 del Banco de Bogotá a nombre del Fondo Financiero Distrital de Salud con Nit.800.246.953-2, para el recaudo electrónico de los pagos correspondientes a las SANCIONES Y MULTAS DE LA SECRETARÍA DE SALUD – FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD.

FACILIDADES DE PAGO CON PLAZO DE 2 A 12 MESES.

Se deberán considerar las siguientes condiciones:

  1. Radicar el formato solicitud de facilidad de pago SDS-FIN-FT-084.
  2. Acreditar el pago inicial mínimo de 20 % de la deuda en capital e intereses.
  3. Denuncia de bienes susceptibles de embargo.