Histórico de eventos de la agenda cultural de Bogotá

Conciertos, festivales, ferias, talleres, recorridos turísticos y patrimoniales, conversatorios, exposiciones y mucho más son algunas de las actividades culturales y artísticas que tenemos para ti en la Agenda Cultural de Bogotá. ¡Prográmate y disfruta!

Parques cerrados en Suba por racionamiento de agua hoy miércoles 31 de octubre

31·OCT·2024
El turno seis para el racionamiento de agua en Bogotá del ciclo 18, corresponde a este 31 de octubre, afectando la operación de parques en Suba.
Racionamiento de agua en Bogotá miércoles de 31 octubre cierre parquesFoto: IDRD
Conoce más detalles aquí de los parques y escenarios deportivos cerrados por los turnos de racionamiento.

En Bogotá, por las medidas de racionamiento de agua y los turnos que rigen en la ciudad, hay cierres en parques y escenarios deportivos administrados por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD). Conoce los escenarios que estarán cerrados debido a las restricciones en el servicio de agua potable.

Te puede interesar: ¡Turno seis! Racionamiento de agua en Bogotá y Soacha hoy jueves 31 de octubre

La medida busca apoyar el ahorro de agua. El turno seis del ciclo 18 programado para hoy miércoles 31 de octubre de 2024, afectará el suministro de agua para los escenarios deportivos y parques de la localidad de Suba de Bogotá.

Parques y escenarios deportivos Distritales cerrados hoy 31 de octubre de 2024

Localidad de Suba

  • La Gaitana
  • Tibabuyes
  • Fontanar
  • Centro Felicidad Fontanar Del Río

Los baños públicos no podrán funcionar dada la suspensión del suministro de agua. Además, muchas de las actividades desarrolladas en estos espacios requieren el recurso hídrico, como las fuentes ornamentales o los juegos de agua para niños, por lo que no podrán estar en funcionamiento durante los cortes.

También puedes leer: Conoce tu turno de racionamiento de agua en la ciudad con Mapas Bogotá

Suspensión temporalmente de el show de agua y luces del Parque de los Niños

Se suspende temporalmente el show de agua y luces del Parque de los Niños (Sector Simón Bolívar), por el tiempo que estén vigentes las medidas racionamiento de agua en Bogotá.

Cortes de luz en barrios de Bogotá hoy jueves 31 de octubre de 2024

31·OCT·2024
Conoce la programación, horarios, barrios y localidades que tendrán cortes de luz este jueves 31 de octubre de 2024 en Bogotá.
Cortes de luz en Bogotá jueves 31 de octubre de 2024 conoce zonasFoto: Enel Colombia
Conoce la programación de cortes de luz para el jueves 31 de octubre de 2024.

Por ajustes en el servicio, Enel Colombia realiza trabajos de mantenimiento en redes de suministro de energía hoy jueves 31 de octubre de 2024, en los siguientes barrios de Bogotá y Soacha:

Localidad de Fontibón 

Te invitamos consultar: Racionamiento de agua en Bogotá y Soacha hoy jueves 31 de octubre ¡Turno seis!

Desde las 8:15 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 103 a carrera 105 entre calle 12 a calle 14 - Barrio Sabana Grande.

Localidad de Los Mártires 

Desde las 2:00 p. m. hasta las 6:00 p. m. De la carrera 15 a carrera 17 entre calle 22 a calle 24 - Barrio Santa Fe 

Localidad de Puente Aranda 

Desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la calle 8 a calle 13 entre carrera 29 a carrera 32 - Barrio Pensilvania. 

Localidad de Teusaquillo 

Desde las 8:45 a. m. hasta las 11:45 p. m. De la calle 45 a calle 47 entre carrera 40 a carrera 42 - Barrio La Esmeralda.  

Localidad Barrios Unidos 

Desde las 9:45 a. m. hasta las 5:30 p. m. De la calle 84 a calle 86 entre carrera 20 a carrera 22 - Barrio Polo Club.

Localidad de Engativá 

Desde las 12:00 a. m. hasta las 4:00 a. m. De la carrera 71 a carrera 73 entre calle 80 a calle 82 - Barrio El Minuto de Dios.

Localidad de Suba 

Desde las 7:45 a. m. hasta las 5:45 p. m. De la carrera 61 a carrera 63 entre calle 164 a calle 166 - Barrio Portales del Norte.

Desde las 7:30 a. m. hasta las 5:30 p. m. De la carrera 52 a carrera 55 entre calle 130 a calle 135 - Barrio Prado Veraniego Norte.

Desde las 12:00 a. m. hasta las 6:00 a. m. De la calle 93 a calle 95 entre carrera 71 a carrera 73 - Barrio Club de los Lagartos. 

Localidad de Usaquén 

Desde las 9:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 44 a carrera 46 entre calle 115 a calle 117 - Barrio Santa Barbara Occidental. 

Desde las 9:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la calle 115 a calle 117 entre carrera 22 a carrera 24 - barrio santa barbara occidental. 

Localidad de Ciudad Bolívar 

Desde las 08:45 a. m. hasta las 05:45 p. m. De la calle 73 sur a calle 75 sur entre carrera 17 a carrera 19 - Barrio Quiba I. 

Desde las 7:45 a. m. hasta las 5:15 p. m. De la carrera 56 a carrera 58 entre calle 61 sur a calle 63 sur - Barrio Madelena.

Localidad de Kennedy 

Desde las 7:45 a. m. hasta las 5:15 p. m. De la calle 44 sur a calle 46 sur entre carrera 61 a carrera 63 - Barrio Las Delicias. 

Desde las 10:15 a. m. hasta las 6:00  p. m. De la carrera 68 a carrera 70 entre calle 19 sur a calle 23 sur - Barrio Provivienda Oriental 

Localidad de Puente Aranda 

Desde las 8:15 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la calle 25 sur a calle 30 sur entre carrera 34 a carrera 39 - Barrio Autopista Muzu Oriental. 

Desde las 9:30 a. m. hasta las 4:30 p. m. De la carrera 55 a carrera 57 entre calle 4 a calle 6 - Barrio San Rafael Industrial. 

Localidad de Santa Fe 

Desde las 9:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 2 a carrera 4 entre calle 0 a calle 2 - Barrio Las Cruces.

No te vayas sin consultar: Pico y placa vehículos particulares y taxis en Bogotá hoy jueves 31 de octubre

Localidad de Tunjuelito 

Desde las 6:00 a. m. hasta las 4:30 p. m. De la calle 44 sur a calle 46 sur entre carrera 21 a carrera 23 - Barrio Tunal Oriental.

Localidad de Usme 

Desde las 8:30 a. m. hasta las 6:00 p. m. De la calle 136 sur a calle 138 sur entre carrera 12 a carrera 14 - Barrio Centro Usme Urbano. 

Soacha 

Desde las 8:00 a. m. hasta las 5:00 p. m. De la carrera 5 este a carrera 7 este entre calle 0 a calle 2 - Barrio Villa Mercedes I. 

Aquí el reporte del tiempo para hoy jueves 31 de octubre en Bogotá ¡Entérate!

31·OCT·2024
De acuerdo con el reporte, durante la madrugada se prevé cielo entre parcial y mayormente nublado con predominio de tiempo seco.
Pronóstico del clima en Bogotá para el jueves 31 de octubre de 2024Foto: Alcaldía de Bogotá
La temperatura mínima esperada para este jueves es de 10°C.

El pronóstico del clima en Bogotá para hoy jueves 31 de octubre de 2024 fue entregado por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático (IDIGER) ¡Toma nota!

No olvides leer: Racionamiento de agua en Bogotá y Soacha hoy jueves 31 de octubre ¡Turno seis!

Según el reporte del IDIGER, durante la madrugada de este jueves, se prevé cielo entre parcial y mayormente nublado con predominio de tiempo seco.  

La temperatura mínima esperada para este jueves es de 10°C.

Durante la mañana, se espera cielo entre mayor a parcialmente nublado con predominio de tiempo seco, no se descarta la ocurrencia de lluvias ligeras en las localidades de Usaquén, Suba, Usme y Ciudad Bolívar.

En horas de la tarde, se espera la ocurrencia de lluvias entre ligeras a moderadas con actividad eléctrica atmosférica, especialmente en las localidades de Usaquén, Suba, Fontibón, Engativá, Kennedy, Bosa y Usme.

La temperatura máxima estimada es de 20°C.

También te puede interesar: Pico y placa vehículos particulares y taxis en Bogotá hoy jueves 31 de octubre

En la noche, se espera cielo parcialmente nublado, es probable la ocurrencia de lluvias entre ligeras a moderadas en las localidades de Bosa, Ciudad Bolívar, Kennedy, Engativá y Usme.

Consejos para un Halloween seguro: evita el consumo excesivo de dulces en niños

31·OCT·2024
En la temporada de Halloween, la emoción de recibir y disfrutar dulces puede hacer que niñas y niños tiendan a consumir más de lo recomendado.
Halloween en Bogotá: consejos en salud para niños y niñas Foto: Secretaría de Salud
Para un Halloween saludable, el programa #MASBienestar sugiere acompañar a los menores durante la recolección de dulces y supervisar su consumo.

Halloween se ha convertido en una de las fechas más esperadas para los niños y las niñas en ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’, quienes salen a las calles disfrazados en busca de dulces y aventuras. Sin embargo, en medio de la diversión, es fundamental recordar la importancia de cuidar la salud de los más pequeños, evitando el consumo excesivo de golosinas, que puede acarrear riesgos.

Te puede interesar: Todo lo que debes saber de la celebración de Halloween en Bogotá 2024

La Alcaldía de Bogotá y la Secretaría de Salud (SDS) hacen un llamado a las familias a fomentar un consumo moderado de dulces durante las celebraciones, resaltando que un exceso de azúcar puede provocar problemas de salud como malestares digestivos, alergias y hasta intoxicaciones. Además, el alto consumo de azúcar en una sola jornada puede afectar el estado de ánimo, provocar problemas en la dentadura y contribuir al desarrollo de enfermedades crónicas a largo plazo.

A través de su iniciativa #MASBienestar, la Secretaría de Salud impulsa un Halloween seguro y saludable para los niños. Entre las recomendaciones principales, sugieren a los padres y cuidadores que revisen los dulces recolectados antes de permitir su consumo, verificando que estén en buen estado, que el empaque esté sellado y que la etiqueta incluya la fecha de vencimiento. La supervisión en el consumo de dulces es clave, y es preferible limitar la ingesta a cantidades pequeñas durante la noche y reservar el resto para disfrutarlos con moderación en los días siguientes.

Consejos para evitar riesgos de salud durante la celebración de Halloween

  1. Revisar los empaques: Verifique que los dulces no presenten alteraciones en sus envolturas y que las etiquetas estén completas.
  2. Controlar el consumo: Ayude a los niños a escoger algunos dulces para disfrutar esa noche y guarde el resto para repartir en otros días.
  3. Promover meriendas saludables: Ofrecer a los niños snacks saludables antes de salir a pedir dulces puede reducir la ansiedad por comer en exceso.
  4. Educación sobre el bienestar: Aproveche esta oportunidad para enseñar a los niños que consumir dulces de manera moderada les permite disfrutar mejor y cuidar su salud.

No te vayas sin leer: Goza tu Halloween con la Filarmónica de Bogotá y varios conciertos misteriosos

Con estas medidas, el programa #MASBienestar busca que todas las familias bogotanas disfruten de un Halloween divertido, donde la salud y el bienestar de los niños ocupen el primer lugar. La Secretaría de Salud invita a la ciudadanía a unirse a esta campaña de prevención y a celebrar de manera responsable.

A continuación, un post de la Secretaría de Salud en X, con más recomendaciones para celebrar Halloween seguros. 

En Bogotá, mi Ciudad, te damos recomendaciones en salud para celebrar Halloween

31·OCT·2024
El sector salud invita a padres, madres y cuidadores a reforzar las medidas de salud y seguridad durante las celebraciones de Halloween en Bogotá.
Recomendaciones en salud para celebrar Halloween en Bogotá 2024 Foto: Secretaría de Salud
Acompañar a los niños al salir a pedir dulces y asegurarse de que usen disfraces que no obstruyan la visibilidad, ni dificulten la respiración.

En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ la celebración de Halloween se hace con medidas de prevención. Por ello, para que las y los bogotanos disfruten de una fiesta sin contratiempos, la Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría de Salud (SDS) recomienda algunas medidas de precaución para mantener la seguridad y salud.

Te puede interesar: Sigue estas recomendaciones en salud para celebrar Halloween en Bogotá ¡Pilas!

En el marco de la celebración de Halloween, el subsecretario de Salud Pública de la Secretaría de Salud, Julián Fernández Niño, destaca la necesidad de tomar medidas preventivas para revisar todo tipo de alimento y dulce, antes de su ingesta o consumo.

“Inspeccionar minuciosamente los dulces recolectados, establecer límites en su consumo y fomentar la seguridad durante la actividad de pedir dulces”, explicó el subsecretario de salud.

Además es importante revisar pinturas, cosméticos durante la celebración de Halloween.

"La revisión de cosméticos, tinturas y lentes oftálmicos, asegurándose de que cumplan con los estándares de calidad establecidos por las autoridades sanitarias”. Con estas medidas, se busca que “la festividad sea una experiencia divertida y segura para todos”, enfatizó Julián Fernández Niño.

Teniendo en cuenta que se presenta un incremento en el consumo de dulces, productos cosméticos y lentes oftálmicos de uso estético, el subsecretario de Salud Pública de la SDS, Julián Fernández Niño, solicita prestar especial atención a las siguientes recomendaciones:

Inspección de comestibles

Es importante que antes de consumir golosinas, galletas, refrescos o bebidas se deben revisar los empaques y etiquetas para comprobar que estén en buen estado y sin adulteraciones.

Revisar todos los dulces recolectados antes de permitir que los niños los consuman y desechar aquellos que estén abiertos, dañados o no etiquetados.

Establecer Límites

Definir una cantidad razonable de dulces que los niños y niñas pueden consumir en una sola noche.

Almacenar el resto de los dulces en un lugar seco y fresco y revisar el consumo en los días siguientes.

Evitar el consumo de dulces muy pequeños, revisar los que contengan juguetes o consistencia que pueda producir la obstrucción de la vía aérea, sobre todo en los niños más pequeños.

Seguridad y acompañamiento

Acompañar a los niños al salir a pedir dulces y asegurarse de que usen disfraces que no obstruyan la visibilidad, ni dificulten la respiración.

Fomentar el uso de linternas o accesorios reflectantes para mejorar la visibilidad.

Tener especial cuidado si durante la actividad hay mascotas, evitar el uso de disfraces que puedan generar algún riesgo en los animales, siempre llévelos con correa y traílla y manténgalos bajo su supervisión para evitar accidentes o mordeduras.

De ninguna manera, compre, manipule, almacene, encienda, ofrezca a los demás artefactos pirotécnicos.

Te invitamos consultar: Todo lo que debes saber de la celebración de Halloween en Bogotá 2024

Actividades Alternativas

Fomentar la creatividad a través de manualidades o concursos de disfraces en casa.

Cosméticos

Teniendo en cuenta que los cosméticos de uso artístico y entran en contacto directo con la piel, se recomienda a los consumidores revisar que la etiqueta contenga la registro INVIMA, el nombre del fabricante o responsable de la comercialización, el número del lote, y la lista de ingredientes o composición, que garantiza que el producto fue evaluado por la autoridad sanitaria y que cumplió los requisitos de fabricación.

Lea las indicaciones de uso, no realice mezclas ni los use de la forma que no está recomendada en la etiqueta, al final de la jornada retírelos, evite el contacto directo con las mucosas.

Lentes oftálmicos

Los lentes oftálmicos son considerados como dispositivos médicos, por lo tanto, deben contar con registro sanitario, revise que éste se encuentre impreso en el empaque.

Antes del uso lea las instrucciones, lávese muy bien las manos antes de manipularlos.

Otras recomendaciones

Compre y consuma alimentos, bebidas y agua en sitios seguros y autorizados para vender alimentos.

Si hay personas con síntomas respiratorios se recomienda evitar participar en las actividades donde haya aglomeraciones.

No te vayas sin leer: Todo lo que debes saber de la celebración de Halloween en Bogotá 2024

Recuerde lavarse las manos antes o después de comer y manipular alimentos. Halloween puede ser una festividad divertida y segura si se toman las precauciones adecuadas. Siguiendo estas recomendaciones, padres, madres y cuidadores pueden garantizar que los niños y niñas disfruten de una noche memorable sin poner en riesgo su salud.

Cualquier emergencia relacionada con el consumo de alimentos se puede notificar a la Línea de Emergencias 123.

Todo lo que debes saber de la celebración de Halloween en Bogotá 2024

31·OCT·2024
Actividades gratuitas, eventos y recomendaciones para disfrutar con tus hijos, hermanos y con toda la familia en Bogotá.
Celebración de Halloween en Bogotá 2024: todo lo que debes saber Foto: Alcaldía de Bogotá
Celebra en familia, con precaución y disfruta de Halloween con planes gratuitos.

En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ la celebración de Halloween se hace con actividades gratuitas y para toda la familia. Se estima que en la ciudad cerca del 75 % de las personas celebra esta fecha, especialmente familias con niños, mascotas y jóvenes. 

Te invitamos consultar: Sigue estas recomendaciones en salud para celebrar Halloween en Bogotá ¡Pilas!

Según sondeos realizados por Fenalco Bogotá-Cundinamarca para el presupuesto del disfraz, el 44% destinará entre $100.000 y $200.000 para comprarlo; un 37 % menos de $100.000; un 9 %, más de $200.000; y un 10 % elaborará su propio disfraz o utilizará uno de años anteriores.

"La ciudad se ha convertido en escenario de múltiples eventos para grandes y chicos, pues si bien Halloween es una fecha pensada en los niños y eventos familiares el 36 % recorrerá Centros Comerciales,y un 22 % saldrá a pedir dulces en su barrio junto a sus hijos, lo cual termina dinamizando la economía, siendo el pico más alto en la venta de dulces durante el año, tanto en Grandes Superficies como en tiendas”, aseguró Juan Esteban Orrego, director de Fenalco Bogotá-Cundinamarca.

Este año, 31 de octubre es un jueves por lo tanto la celebración se extenderá el fin de semana del 1 al 4 de noviembre, lo cual beneficia al comercio.

Si aún estás sin planes para Halloween en Bogotá, te recomendamos los siguientes eventos gratuitos:

Disfruta los eventos del Día Dulce en Bogotá

La Red Distrital de Bibliotecas Públicas de Bogotá (BibloRed), desde el 23 de octubre hasta el 1 de noviembre de 2024, disfruta de 25 actividades como clubes de lectura, cine foros, conciertos, obras de teatro, recorridos y demás propuestas alrededor del tradicional Halloween.

Halloween Bogotá con la Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá

¡Entrada libre!


Pelis de Halloween en Bogotá Horror Film Festival 2024 y Cinemateca

El Bogotá Horror Film Festival regresa para su sexta edición, consolidándose como el evento más esperado del cine de terror en Colombia.

Del 22 al 31 de octubre, los fanáticos del horror se darán cita en tres locaciones emblemáticas: la Cinemateca de Bogotá, Casa 32 y el Cineclub Nebula en Zipaquirá, para vivir una experiencia única con lo mejor del cine de terror nacional e internacional.

 Con una programación que abarca más de 50 proyectos, seleccionados de entre 700 propuestas, los asistentes podrán disfrutar de una variedad de largometrajes y cortometrajes que exploran los rincones más oscuros del cine de horror contemporáneo.

Cinemateca


    Exposición Midbo Expandido

    Explora la reflexión sobre la imagen y su resistencia a través de la muestra MIDBO Expandido, con obras de artistas internacionales como Kamal Aljafari.


    Gran jornada de Halloween en el Centro Felicidad Chapinero

    Halloween en Bogotá

    Una jornada llena de actividades gratuitas como talleres, cuentería, proyección de películas, maquillaje artístico y flashmob. ¡No te pierdas este Halloween en Chapinero!


    Ciclo II del VIII Salón BAT de Arte Popular

    VIII Salón BAT de Arte Popular

    Descubre obras excepcionales hechas con materiales como cerámica, lana y madera, destacando artistas privados de la libertad y piezas de los pueblos patrimonio de Guaduas y Villa de Leyva.

    • Fecha: 25 de octubre al 17 de noviembre de 2024.

    • Lugar: Salas de exposición de la FUGA, Calle 10 N° 3-16

    • Más información aquí

    Recomendaciones para la celebración de Halloween en Bogotá

    Frente al uso de disfraces y otros elementos decorativos:

    · Selecciona disfraces fabricados con materiales seguros. 

    · Ten en cuenta que elementos como espadas, varitas, bastones y otros, sean flexibles, para evitar accidentes.

    · Evita el uso de máscaras, estas pueden obstruir la visión de los niños. Es preferible usar maquillaje no tóxico y que sea lavable con agua; antes de aplicarlo en el rostro, se debe realizar una prueba en el antebrazo para verificar que no genere alergia.

    · Recuerda que los lentes de contacto son de uso personal. No se deben prestar, intercambiar, alquilar y nunca se debe dormir con ellos puestos.

    · Los únicos establecimientos autorizados para vender y adaptar lentes de contacto son las ópticas con consultorio.

    También puedes leer: Recomendaciones en seguridad para disfrutar Halloween en Bogotá de manera responsable

    Frente al consumo de dulces:

     · Verifica que no estén decolorados, derretidos, desmoronados o húmedos. Se deben desechar aquellos que no estén empacados ni rotulados y es importante revisar las fechas de vencimiento.

     · Compra los dulces o alimentos en lugares confiables. 

     · El consumo de dulces debe ser moderado. Si recibes muchas golosinas, almacénalas en un sitio alejado de la luz y de la humedad, y por un periodo de tiempo corto.

     · Si por consumo excesivo o en mal estado de dulces, algún integrante del hogar presenta dolor abdominal, náuseas, vómito y diarrea, debes evitar auto medicarte y acudir de inmediato a un servicio de salud.

    · Recuerda la importancia de lavarte las manos con frecuencia.​

    Descubre más eventos en la ciudad en  Agenda Cultural de Bogotá. 

    Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Si tiene pagos en exceso o lo no debido, es decir, devolución de retención en la fuente por un trámite de enajenación de vehículos no exitoso ante el concesionario de la Ventanilla única de Servicios, podrá  solicitar de  la devolución y/o compensación de esos pagos. 

    De forma física o virtual.


    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
    • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
    • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día

    VIRTUAL

    • Formulario de radicación de Correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad.Clic Aquí.
    • Formulario de Bogotá te Escucha. Clic Aquí.
    • Chatea con nuestro asesor en línea Clic Aquí.

     


    PRESENCIAL

    Ver puntos de Atención

    Recuerde que este trámite, no tiene costo.

    Cuando la ciudadanía lo requiera.

    Respuesta a su solicitud, en caso de ser procedente devolución de dinero.

    Recuerde que este trámite, tendrá una duración de 15 días hábiles.

    Por el sistema de correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad podrá consultarla en el siguiente link: https://gestiondocumental.movilidadbogota.gov.co/orfeo-api/

     

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    Reunir los siguientes documentos y cumplir condiciones requeridas para realizar el mismo. Descargue el formulario para devolución y diligéncielo en su totalidad.

    Nombre

    Cantidad

    Característica

    Documento de identificación (Cédula de Ciudadanía o Cédula de Extranjería)

    1

    Fotocopia

    Fotocopia de recibo de pago

    1

    Fotocopia

    Fotocopia de la certificación bancaria

    1

    Fotocopia

    Autorización autenticada

    1

    Fotocopia (Cuando se deba realizar la devolución a una cuenta de un tercero).

    Para el trámite realizado por personas jurídicas, estar legalmente constituida ante Cámara y Comercio

     

    La SDM verificará en el RUES que el representante legal sea quien realice la solicitud.

    Debe diligenciar el Formulario de solicitud de devolución. Reunir todos los documentos requeridos y una vez haya radicado ante la Secretaría Distrital de Movilidad, posteriormente obtendrá respuesta al correo electrónico o dirección registrada, 15 días hábiles después de la recepción, por parte de la entidad. 

     

    Decreto 1400 de 1970: " Código de procedimiento civil". Aplica el Artículo 564: El artículo 564 trata de la notificación del mandamiento ejecutivo, se encuentra vigente.

    Ley 57 de 1987: "Con arreglo al artículo 52 de la Constitución de la República, declárase incorporado en el Código Civil el Título III (arts. 19-52) de la misma Constitución". Aplica los Artículos 2313, 2315. Debe ser la Ley 57 de 1887. 

    Decreto 624 de 1989: "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales". Aplica los Artículos 555, 815, 816, 850, 851, 853-855, 857, 858, 860. 

    Decreto 807 de 1993: " Por el cual se armonizan el procedimiento y la administración de los tributos distritales con el Estatuto Tributario Nacional y se dictan otras disposiciones". Aplica los Artículos 35, 35-3, 36.

    Decreto 499 de 1994:  "Por el cual se dictan unas disposiciones sobre retención en la fuente para el impuesto de industria y comercio y se dictan otras en materia tributaria". Aplica el Artículo 9.

    Ley 223 de 1995:  "Por la cual se expiden normas sobre Racionalización Tributaria y se dictan otras disposiciones". Aplica los Artículos 49, 140, 141

    Ley 791 de 2002: "Por medio de la cual se reducen los términos de prescripción en materia civil". Aplica el Artículo 8. (Vigente).

    Ley 962 de 2005: “Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".

    Ley 1437 de 2011: "Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo". Aplica los Artículos 19 y 20.

    Acuerdo 469 de 2011: "Por el cual se establecen medidas especiales de Pago de Tributos en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones". (Artículos 16 - 19). (Vigente).

    Decreto 2777 de 2012: "Por el cual se reglamenta parcialmente el procedimiento de gestión de las devoluciones y compensaciones y se dictan otras disposiciones"

    Ley 1607 de 2012: "Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones".(Artículo 65), modifica el primer inciso del artículo 816 del Estatuto Tributario.

    Ley estatutaria 1581 de 2012: “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales". 

    Decreto Ley 019 de 2012: "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".(Artículo 10)  

    Decreto 1625 de 2016: "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria" (Artículo: 1.6.1.21.13 y 1.6.1.25.7).

    Circular 05 del 2021: “Devolución de Ingresos No Tributarios”

    Decreto Distrital 236 de 2024: “Por medio del cual se reglamentan los artículos 97, 316, 317 y 318 del Acuerdo 927 de 2024”.

    Devolución y/o compensación de pagos en exceso y pagos de lo no debido por conceptos no tributarios

    ¿Qué es y para qué sirve?

    Es la obtención de  la devolución y/o compensación de pagos en exceso o no debido,   por concepto de  comparendos y/o acuerdos de pago, pico y placa solidario, Planes de Manejo de Tránsito.

    De forma virtual o presencial:


    TELEFÓNICO (Únicamente para información)

    • Centro de Contacto de Movilidad (601) 364-94-00 opción 2. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
    • Línea Única Nacional 01 8000 127 425. Horario de atención lunes a viernes de 7:00 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 p.m.
    • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

    VIRTUAL

    • Formulario de radicación de Correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad.Clic Aquí.
    • Formulario de Bogotá te Escucha. Clic Aquí.
    • Chatea con nuestro asesor en línea Clic Aquí.


    PRESENCIAL

    Ver puntos de Atención

    Recuerde que este trámite no tiene costo.

    Cuando la ciudadanía lo requiera.

    Respuesta a su solicitud, en caso de ser procedente devolución de dinero.

    Recuerde que este trámite tendrá una duración de 15 días hábiles.

    Por el sistema de correspondencia de la Secretaría Distrital de Movilidad podrá consultarla en el siguiente link: https://gestiondocumental.movilidadbogota.gov.co/orfeo-api/

    ¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

    Reunir los siguientes documentos y cumplir condiciones requeridas para realizar el mismo. Descargue el formulario para devolución y diligéncielo en su totalidad.

    Nombre

    Cantidad

    Característica

    Documento de identificación (Cédula de ciudadanía o cédula de extranjería.

    1

    Copia.

    Fotocopia de recibo de pago.

    1

    Copia.

    Fotocopia de la certificación bancaria.

    1

    Copia.

    Autorización autenticada.

    1

    Fotocopia (Cuando se deba realizar la devolución a una cuenta de un tercero).

    Para el trámite realizado por personas jurídicas, estar legalmente constituida ante Cámara y Comercio.

    1

    Debe diligenciar el Formulario de solicitud de devolución. Reunir todos los documentos requeridos y una vez haya radicado ante la Secretaría Distrital de Movilidad, posteriormente obtendrá respuesta a la dirección registrada, 15 días hábiles después de la recepción, por parte de la entidad.

    Decreto 1400 de 1970: " Código de procedimiento civil". Aplica el Artículo 564: El artículo 564 trata de la notificación del mandamiento ejecutivo.

    Ley 57 de 1987: "Con arreglo al artículo 52 de la Constitución de la República, declárase incorporado en el Código Civil el Título III (arts. 19-52) de la misma Constitución". Aplica los Artículos 2313, 2315. Debe ser la Ley 57 de 1887. 

    Decreto 624 de 1989: "Por el cual se expide el Estatuto Tributario de los impuestos administrados por la Dirección General de Impuesto Nacionales". Aplica los Artículos 555, 815, 816, 850, 851, 853-855, 857, 858, 860. 

    Decreto 807 de 1993: " Por el cual se armonizan el procedimiento y la administración de los tributos distritales con el Estatuto Tributario Nacional y se dictan otras disposiciones". Aplica los Artículos 35, 35-3, 36.

    Decreto 499 de 1994:  "Por el cual se dictan unas disposiciones sobre retención en la fuente para el impuesto de industria y comercio y se dictan otras en materia tributaria". Aplica el Artículo 9.

    Ley 223 de 1995:  "Por la cual se expiden normas sobre Racionalización Tributaria y se dictan otras disposiciones". Aplica los Artículos 49, 140, 141

    Ley 791 de 2002: "Por medio de la cual se reducen los términos de prescripción en materia civil". Aplica el Artículo 8. 

    Ley 962 de 2005: “Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".

    Ley 1437 de 2011: "Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo". Aplica los Artículos 19 y 20.

    Acuerdo 469 de 2011: "Por el cual se establecen medidas especiales de Pago de Tributos en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones". (Artículos 16 - 19). 

    Decreto 2777 de 2012: "Por el cual se reglamenta parcialmente el procedimiento de gestión de las devoluciones y compensaciones y se dictan otras disposiciones"

    Ley 1607 de 2012: "Por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones".(Artículo 65), modifica el primer inciso del artículo 816 del Estatuto Tributario.

    Ley estatutaria 1581 de 2012: “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales". 

    Decreto Ley 019 de 2012: "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".(Artículo 10)  

    Decreto 1625 de 2016: "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria" (Artículo: 1.6.1.21.13 y 1.6.1.25.7).

    Circular 05 del 2021: “Devolución de Ingresos No Tributarios”

    Decreto Distrital 236 de 2024: “Por medio del cual se reglamentan los artículos 97, 316, 317 y 318 del Acuerdo 927 de 2024”.

    ¡Juega el sorteo especial de la Lotería de Bogotá hoy jueves 31 de octubre!

    31·OCT·2024
    El premio mayor de la Lotería de Bogotá puede ser tuyo. Apuéstale a tus números ganadores, comprando tu billete físico o virtual.
    Lotería de Bogotá jueves 31 de octubre 2024 cómo jugar y premios Foto: Lotería de Bogotá
    Consulta cuándo juega la Lotería de Bogotá y cómo apostarle a tu número de la suerte.

    ¡Hoy jueves 31 de octubre de 2024, la suerte te espera con el Sorteo Especial de la Lotería de Bogota de Halloween! 🎃✨ Participa y aprovecha esta oportunidad única para ganar millones en premios. Adquiere tus fracciones o billetes del sorteo del 31 de octubre de 2024 y participa por un increíble premio mayor de $14.000 millones, alguno de los 25 millonarios premios secos, el lanzamiento adicional de un bono por $100 millones, recambios y bonos en efectivo en el Raspa y Gana Físico.

    Te puede interesar: Lotería de Bogotá: conoce aquí resultados del último sorteo jueves 24 de octubre

    Recuerda que puedes comprar la fracción o billete del sorteo especial 2766 con tu lotero de confianza, en puntos de venta autorizados y desde ésta página web, creando un usuario y efectuando tu compra a través del canal online transaccional.  

    PLAN DE PREMIOS – ACTIVIDAD PROMOCIONAL RASPA Y GANA SORTEO 2766

    Este promocional está dirigido a los clientes que adquieran billetes físicos preimpresos de la Lotería de Bogotá. El plan de premios del Juego Raspa y Gana está compuesto por:

    • Un (1) premio de $5.000.000 MCTE
    • Tres (3) premios de $1.000.000 MCTE
    • Cinco (5) premios de $500.000 MCTE.
    • Diez (10) premios de $200.000 MCTE.
    • Cien (100) premios de $50.000 MCTE
    • Cuarenta mil (40.000) premios de $3.000 MCTE
    • Quince mil (15.000) premios de recambio Fracción de $6.000.

    Los mismos se sortearán bajo la modalidad Raspa y Gana el cual consiste en un sistema Scratch Off1 impreso en el billete, que permitirá al cliente raspar e identificar de manera inmediata si es ganador de alguno de los premios contenidos en esta mecánica.

    Mecánica de la actividad promocional

    Al comprar el billete o fracción física del sorteo 2766 de la Lotería de Bogotá, el cliente encontrará un desprendible con un “Raspa y gana” en cada una de las fracciones que conforman el billete, el cual tendrá una casilla con un sistema scratch off cada una, la cual deberá ser raspada para descubrir si se es ganador, el cliente será ganador del premio respectivo si al aplicar el scratch off se observa alguno de los siguientes textos:

    • “PREMIO DE $5.000.000”
    • “PREMIO DE $1.000.000”
    • “PREMIO DE $500.000”
    • “PREMIO DE $200.000”
    • “PREMIO DE $50.000”
    • “PREMIO DE $3.000”
    • “RECAMBIO FRACCIÓN LDB”

    Cuando al raspar el sistema scratch off la fracción no resulte ganadora aparecerá un mensaje indicando:

    • “INTÉNTALO DE NUEVO”

    Será ganador el poseedor de la fracción auténtica que raspe la casilla de juego, si ésta muestra alguno de los premios señalados en el presente reglamento ganará el premio indicado. 

    También puedes consultar: ¿Sabes cuanto tiempo tienes para reclamar el premio de la Lotería? Consulta aquí

    VIGENCIA DE LA ACTIVIDAD PROMOCIONAL

    La reclamación del bono de $100 millones, contemplado en el presente reglamento deberá realizarse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la realización del sorteo respectivo. Pasado este tiempo sin que haya sido reclamado el premio, se perderá el derecho sobre el mismo.

    Para realizar la reclamación del premio, el ganador deberá, directamente en la Lotería de Bogotá, hacer entrega de los siguientes documentos:

    • Billete original, debidamente diligenciado en el respaldo.
    • Copia del documento de identidad.
    • Formato de identificación de ganadores debidamente diligenciado con firma y huella en original.
    • Certificación de cuenta bancaria.
    • Autorización para que la Lotería de Bogotá realice el pago del premio en la cuenta certificada

    La persona que resulte ganadora de los bonos de $1.000.000, $500.000, $200.000, $50.000, $3.000 y Recambio fracción ($6.000) podrá solicitar la redención del premio dentro de tres (3) meses siguientes a la realización del sorteo por intermedio de colocadores y distribuidores autorizados. Pasado este tiempo sin que haya sido reclamado el premio, se perderá el derecho sobre el mismo.

    No te vayas sin leer: Los 56 años de la Lotería de Bogotá: historia, premios y ciudad

    La persona que resulte ganadora del premio de cinco millones de pesos m/cte. ($5.000.000) podrá solicitar la redención del premio dentro de los tres meses siguientes a la realización del sorteo, directamente en la sede de la organizadora o si se encuentra fuera de la ciudad, deberá hacer llegar los

    documentos solicitados por correo certificado, pasado este tiempo sin que haya sido reclamado el premio, se perderá el derecho sobre el mismo.

    Para solicitar el pago del premio de $5.000.000, el ganador deberá hacer entrega de los siguientes documentos:

    1. Billete o colilla debidamente diligenciado en el respaldo.
    2. Copia de su documento de identidad.
    3. Formato de identificación de ganadores debidamente diligenciado con
    4. firma y huella digital.
    5. Certificación bancaria
    6. Autorización para que la Lotería de Bogotá consigne el valor del premio en cuenta bancaria de la certificación bancaria que adjunta.

    Nota: Los premios de $1.000.000, $500.000, $200.000, $50.000, $3.000 y Recambio fracción pueden ser cobrados a través del distribuidor y no requiere cumplir los literales c, d y e.