RESTITUCIÓN DE BIEN INMUEBLE ARRENDADO.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocante, ampliada al 150%.
Nota: La fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocado, ampliada al 150 %, deberá ser aportada por el mismo convocado el día de la audiencia.
- Fotocopia de la escritura pública del inmueble.
- Fotocopia de la certificación catastral (con dirección actualizada).
- Fotocopia del contrato de arrendamiento (Si existe contrato escrito).
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
FIJACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocante ampliada al 150%.
Nota: La fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocado, ampliada al 150 %, deberá ser aportada por el convocado el día de la audiencia).
- Fotocopias de los registros civiles de nacimiento de los hijos.
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
AUMENTO O DISMINUCIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocante ampliada al 150%.
Nota: La fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocado, ampliada al 150 %, deberá ser aportada por el convocado el día de la audiencia).
- Fotocopias de los registros civiles de nacimiento de los hijos.
- Fotocopia del acta de conciliación o sentencia en donde se fijó la cuota alimentaria que se pretende aumentar o disminuir.
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
DECLARACIÓN DE UNIÓN MARITAL DE HECHO.
- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de los compañeros permanentes ampliadas al 150%.
- Fotocopia de los registros civiles de nacimiento de los compañeros permanentes.
- Fotocopias de los registros civiles de nacimiento de los hijos (si tienen hijos en común).
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD CONYUGAL.
- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de las partes ampliadas al 150%.
- Fotocopias de los registros civiles de nacimiento de los hijos menores, si los hay, siempre y cuando se deba efectuar audiencia de fijación de cuota alimentaria.
- Escrituras públicas de inmueble (si se tiene y, siempre y cuando su avalúo catastral no supere los 40 SMLMV).
- Fotocopia del certificado de tradición y libertad del inmueble (si se tiene y, siempre y cuando su avalúo catastral no supere los 40 SMLMV).
- Paz y salvo de administración (si es propiedad horizontal y, siempre y cuando su avalúo catastral no supere los 40 SMLMV).
- Fotocopia de registro civil de matrimonio.
- Fotocopia de la tarjeta de propiedad del automotor (si se tiene y, siempre y cuando su avalúo según impuesto no supere los 40 SMLMV).
- Fotocopia de seguro obligatorio.
- Fotocopia del certificado del vehículo (sin pendientes).
- Relación detallada de los pasivos que existen.
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
NOTA: Debe tenerse en cuenta la competencia en razón de la cuantía; esto es mínima cuantía, razón por la cual el valor total de los bienes a liquidar es HASTA 40 S.M.M.L.V.
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD PATRIMONIAL.
- Fotocopias de las cédulas de ciudadanía de las partes ampliadas al 150%.
- Fotocopias de los registros civiles de nacimiento de los hijos menores, si los hay, siempre y cuando se deba efectuar audiencia de fijación de cuota alimentaria.
- Escrituras públicas de inmueble (si se tiene y, siempre y cuando su avalúo catastral no supere los 40 SMLMV).
- Fotocopia del certificado de tradición y libertad del inmueble (si se tiene y, siempre y cuando su avalúo catastral no supere los 40 SMLMV).
- Paz y salvo de administración (si es propiedad horizontal y, siempre y cuando su avalúo catastral no supere los 40 SMLMV).
- Fotocopia del documento mediante el cual se declaró la unión marital de hecho.
- Fotocopia de la tarjeta de propiedad del automotor (si se tiene y, siempre y cuando su avalúo según impuesto no supere los 40 SMLMV).
- Fotocopia de seguro obligatorio.
- Fotocopia del certificado del vehículo (sin pendientes).
- Relación detallada de los pasivos que existen.
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
NOTA: Debe tenerse en cuenta la competencia en razón de la cuantía; esto es mínima cuantía, razón por la cual el valor total de los bienes a liquidar es HASTA 40 S.M.M.L.V.
RECONOCIMIENTO Y PAGO DE OBLIGACIÓN.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocante ampliada al 150%.
Nota: La fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocado, ampliada al 150 %, deberá ser aportada por el convocado el día de la audiencia).
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Es para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
RESPONSABILIDAD CIVIL DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocante ampliada al 150%.
Nota: La fotocopia de la cédula de ciudadanía del convocado, ampliada al 150 %, deberá ser aportada por el convocado el día de la audiencia).
- Fotocopia de factura de seguros del Estado (SOAT).
- Fotocopia de la cédula(s) y tarjeta(s) profesional(es) de(l) abogado(s) (si hay abogado/s).
- Fotocopia del informe de la policía de tránsito.
- Fotocopia de un recibo de servicio público, solo estratos 1, 2 o 3. (Para corroborar los recursos económicos del solicitante. Ley 583).
Nota: Cuando el solicitante sea una persona institucional, no se solicita fotocopia del recibo de servicio público. Se solicita fotocopia del documento que prueba su institucionalidad.
- Cotización taller para arreglos al vehículo.